C-351-2006
31 de
agosto de 2006
Sra.
Haydée
Foster Benjamín
Auditora
interna
Municipalidad
de Matina
Estimada señora:
Con aprobación de la señora Procuradora General de
Las interrogantes a evacuar
evidencian un tema cuyas implicaciones
conlleva el análisis de la normativa sobre ordenamiento territorial, tutela del
ambiente, ecoturismo, entre otros, y obligan a la reseña de importantes hechos
histórico geográficos, y de la legislación dictada a través de los años, como
hemos procedido en estudios anteriores (pronunciamientos OJ-050-2005 de 26 de
abril de 2005, OJ-204-2005 de 12 de diciembre de 2005, OJ-042-2005 de 31 de
marzo de 2005, OJ-045-2006 de 3 de abril de 2006), para que nuestro criterio
sea útil a los operadores jurídicos con injerencia en la materia, pues no
debemos olvidar que el "espacio
costero es un ámbito en el que la concurrencia de competencias de diversas
Administraciones Públicas resulta especialmente intensa y trascendente"
(YEPES PIQUERAS, Víctor. Ordenación y
Gestión del Territorio Turístico. Las
Playas. Director de Colección David
Blanquer, Edita Tirant Lo Blanch, Valencia 2002, p. 552).
Ante ello, en el uso de las
potestades conferidas por los artículos 4 de
I.- BREVE RESEÑA HISTÓRICA
SOBRE
SUS COSTAS, LAGUNAS, CANALES, FLORA Y
FAUNA
1)
Algunos apuntes geológicos y geomorfológicos
Desde el Cuaternario ([1]) los suelos de la
llanura caribeña norte han sido formados con los sedimentos arrastrados por los
numerosos ríos que discurren hacia el mar Caribe.([2]) Esos depósitos aluviales consisten en gran
cantidad de lavas, piroclastos, cenizas y arenas.([3]) En las cercanías a la costa hay pequeños
lomeríos, vestigios de archipiélagos que sirvieron de ancla a los sedimentos
fluviales e impidieron su arrastre por las corrientes litorales, originándose
la actual llanura de inundación. Esas corrientes han acordonado el material en
dirección paralela a la de la costa, sobre todo entre la desembocadura del río
San Juan y Puerto Limón, formando cordones litorales o restingas que encierran
las lagunas típicas de este sector y ganan terreno al mar por la unión de esos
cordones o por el relleno de esas lagunas en la trasplaya (FLORES SILVA,
Eusebio. Geografía de Costa Rica, Editorial Universidad Estatal a Distancia,
San José, Costa Rica, 1982, pp. 48-78).
Las lomas y cerros cercanos a la costa son:
cerro Coronel ([4]) (
El sedimento de los materiales provenientes
del sistema fluvial y su distribución en la plataforma marina adyacente da
origen a las denominadas costas de depositación (DENYER, Percy y CÁRDENES,
Guaria. Costas marinas, en Geología de Costa Rica, Editorial Tecnológica de
Costa Rica, Cartago, Costa Rica, 2000, p.199).
Los numerosos humedales costeros y barras arenosas se extienden
paralelamente a la costa en forma angosta y elongada, separadas de tierra firme
por las lagunas, ensenadas y canales, y son parte del sistema de barra. La playa es parte de la barra. La barra constituye la playa actual y tiene
una altura de unos
Sobre el particular, comentaba PITTIER
DORMOND, Henri François:
"Casi
todos los ríos de Costa Rica acarrean una masa considerable de aluviones,
resultado principalmente de la fácil erosión de las rocas de origen eruptivo
reciente que forman, por ejemplo,
Con los aluviones cuaternarios la llanura
litoral gana terreno al mar. El proceso
se combina con la tectónica de solevantamiento por el choque entre las placas
del Coco y del Caribe, donde la primera es subduccionada por la segunda ([7]) (PIERRE
BERGOEING, Jean, Geomorfología de Costa Rica, Instituto Geográfico Nacional,
Costa Rica, 1998, pp. 58, 79, 377-380). ([8])
Por ello, las costas presentan un nivel
levemente superior al de las lagunas y canales internos, impidiendo el ingreso
de las corrientes marinas y favoreciendo los hábitats ([9]) de la región:
"En
las llanuras costaneras, el nivel del terreno es a menudo ligeramente inferior
al del océano, y solo la existencia del cordón litoral impide la invasión
perenne de las olas. Las aguas pluviales del interior, periódicamente
impelidas por el flujo en su éxito hacia
el mar, se derraman en la llanura y dan
lugar a extensos pantanos o swampos, cubiertos igualmente de vegetación
arbórea, y que son el temor del hombre por favorecer el desarrollo del
paludismo… La vegetación de las márgenes de los ríos es más escasa y menos
desarrollada, también debido a los cambios continuos que causan las corrientes. Los tipos más característicos de esas
distintas formaciones: selva tropical de lluvias perennes, pantanos costaneros,
márgenes de los ríos y cordón litoral, llaman desde un principio la atención
del naturalista" (PITTIER,
Capítulos escogidos de
Desde el punto de vista hidrográfico, los
ríos de la costa al norte del Caribe no tienen la capacidad necesaria para
franquear los poderosos cordones litorales flandenses, y como vimos constituyen
lagunas en sus desembocaduras. Forman
una trama de meandros divagantes o sinuosos, que durante el período de crecidas
cambian muchas veces de curso (PIERRE BERGOEING, Op. cit., pp. 51-54, 122, 125).
"Desde
la "Barra del Colorado" salen algunas lagunas costeñas que empiezan
con la extensa laguna llamada "laguna Samai" y que se unen con la
laguna del "Tortuguero" por medio del Caño que esta medio tapado por
el Caño de
El tipo de suelos presenta un drenaje
pobre, sujeto a inundaciones periódicas, con pequeñas acumulaciones orgánicas
en los valles aluviales y arenosos en las costas poco profundas (Mapa Limón:
asociación de subgrupos de suelos de Costa Rica, Oficina de Planificación
Sectorial Agropecuaria, marzo de 1978, escala 1:200.000. Biblioteca Joaquín García Monge de
Así, por ejemplo, el uso actual del suelo
entre Boca de Matina y Estero Madre de Dios es bosque de bajura con yolillaje ([10]) y vegetación
hidromórfica. Esta zona de
La vertiente se caracteriza por tener altas
precipitaciones, más de
Sin embargo, el desarrollo de actividades
humanas no sostenibles pone en riesgo el equilibrio de los diversos
ecosistemas:
"El
período actual, normalmente es un período biostásico donde la selva virgen,
densa, debería dominar en todas partes en los sectores de clima tropical
húmedo. La presencia de esta cobertura
forestal es un factor determinante en la estabilización de las vertientes. Es lo que se produce desde hace 6.000 años y
antes de la implantación de los españoles (los indígenas autóctonos vivían en
perfecta armonía con la naturaleza). Es
sobre todo el siglo XX, con sus tecnologías y su explosión demográfica que
actúan como factores desestabilizadores, por lo tanto rexistásicos, que ponen
en marcha procesos irreversibles de fuerte erosión de los suelos, por medio de
la deforestación continua de la selva, malas prácticas agrícolas y
acondicionamiento de espacios vírgenes con fines agrícolas, industriales o
urbanos." (PIERRE
BERGOEING, Op.cit., p. 81).
2)
Época precolombina
Entre
Entre
Por
ello, los grupos aborígenes de las llanuras del Caribe, como en el resto del
país, fueron denominados por los españoles con el nombre de los diferentes
cacicazgos. Los Suerres ([13]) se localizaron
entre el río San Juan y el Reventazón; los Pococís ([14])
del Reventazón al río Matina, y los Tariacas ([15]),
del Matina al río Estrella.([16]) Los asentamientos eran dispersos, rodeados de
bosque virgen, y la población se mantenía por debajo de la capacidad real del
sustento del territorio, el cual dedicaban a la vegecultura, consistente en el
cultivo de tubérculos como la yuca, el ñame y el camote, incluyéndose la
recolección y aprovechamiento del aguacate, nance, pejibaye ([17]), guayabas,
palmitos, zapotes, miel de abejas y cera, así la práctica de la caza y la
pesca. Las áreas de cultivo eran
pequeñas, y se iban desplazando conforme se ponía en práctica la rotación de
cultivos y el barbecho. La vegecultura
es muy estable, pues demanda menos nutrientes en los suelos y provoca menor
erosión (MELÉNDEZ CHAVERRI, Carlos, Tipos de Población en Costa Rica a Mediados
del Siglo XVI, Ministerio de Educación Pública, San José, Costa Rica,
marzo-junio, 1964, en ANDE, Nº 33-37, agosto-diciembre, 1968, p. 46; FERRERO
ACOSTA, Luis. Costa Rica Precolombina, Editorial Costa Rica, Biblioteca Patria,
volumen 6, San José, Costa Rica, 1975, pp. 135 y 199; FERRERO ACOSTA, Luis.
Entre el Pasado y el Futuro, Editorial Costa Rica, San José, Costa Rica, 1988, pp.
38, 44, 45; IBARRA ROJAS, Eugenia, y
PAYNE IGLESIAS, Elizet, Costa Rica en el Siglo XVI: De las Sociedades Cacicales
a
Sobre el paisaje de esta época tenemos:
“El
modo de vida indígena debió haber producido un paisaje particular, donde las grandes
áreas naturales predominaban. En los valles los diferentes asentamientos, por
los materiales empleados y por su arquitectura en equilibrio con los
alrededores y accidentes naturales, no deben haber roto, mayormente, la
continuidad de la riqueza natural.
Pueblos principales, pueblos secundarios, casas de grupos de parentesco,
pequeñas construcciones en las parcelas y sembradíos variados que poco a poco
se mezclaban con las características naturales del entorno, deben haber
producido una imagen de armonía antes que de ruptura, de relación antes que de
separación con la naturaleza.” (FONSECA ZAMORA, Oscar, La
civilización antigua costarricense 800–1550 d.C, p. 61).
“En
aquella época el territorio se caracteriza por una densidad boscosa muchísimo
más acentuada que la actual. Ello
implica mayor humedad y mayor caudal de aguas en los ríos. Las especies de flora y fauna son abundantes
al contar con mayor posibilidad de alimentación y de protección contra los
enemigos en la espesura de los bosques.
Es un ambiente tropical agreste y abundante.” (IBARRA ROJAS, Eugenia, y
PAYNE IGLESIAS, Elizet, Op.cit.,p.4).
Los
aborígenes del Caribe trabajaron muy bien el oro (labrado de aguilitas e
idolillos), que junto con el cacao ([18]) intercambiaban
con los mercaderes mejicanos para obtener mantas, camisas de algodón, espadas
de madera con la navaja de pedernal. Es
probable que los Suerres adquirieran el arte para labrar joyas de oro de los
Muiscas de
El comercio de trueque entre las culturas
del norte y sur utilizaron Suerre región de intercambio. Los comerciantes entraron en contacto con sus
pobladores (Fundación de Pastoral Aborigen, Instituto de las Tradiciones
Sagradas, Op.cit., p.11). ([20]) En las travesías
por mar usaron embarcaciones construidas con troncos de balsa y bejucos, clavos
de pejibaye, e impulsadas por velas de algodón.
Para los viajes en ríos y lagos se movilizaban en canoa (FONSECA ZAMORA,
Oscar, La civilización antigua costarricense 800–1550 d.C., p. 58, y del mismo
autor, Historia Antigua de Costa Rica, pp. 41-46).
En
cuanto a los sitios de hallazgos arqueológicos en la región del Suerre, entre
el Reventazón y el río Jiménez tenemos: “Williamsburg” (400-900 D.C.); "Las Mercedes" ([21]) descubierto
durante la construcción del ferrocarril al Atlántico ([22])
y donde un grupo considerable de piezas fue coleccionado por Minor Cooper
Keith ([23]) con anterioridad
a la legislación que demanializó nuestro patrimonio arqueológico ([24]); “
Actualmente,
según
3) Período colonial
Nuestras aguas costeras en el
Caribe fueron navegadas por Cristóbal Colón en la carabela ([26])
Capitana ([27]). Con
su hijo Hernando de trece años y su hermano el Adelantado Bartolomé,
fondeó en su
último y cuarto viaje, según opinión de Cleto
González Víquez y Ricardo Fernández
Guardia, en Limón (Cariarí o Cariay) ([28]) el domingo 18 de
setiembre de 1502([29]), frente a la
isla
Sobre la fauna de nuestro territorio apuntó
Colón:
“Animalias
menudas y grandes hay hartas y muy diversas de las nuestras. Dos puercos hube yo en presente, y un perro
de Irlanda no osaba esperarlos. Un
ballestero había herido una animalia, que se parece á gato paul, salvo que es
mucho más grande, y el rostro de hombre…Gallinas muy grandes y la pluma como
lana vide hartas. Leones, ciervos,
corzos otro tanto, y así aves.” (Fernández de Navarrete,
Martín, Op.cit., p. 455).
En cuanto a la flora, el cronista de la
época Pedro Mártir de Anglería (Décadas del Nuevo Mundo), relató: “… está
el puerto de Cariai, que el propio Almirante llamó “Mirobalano” ([35]), porque este árbol abunda allí”. Sobre la
fauna mencionó los monos grandes de largo y fuerte rabo, además acotó: “…otros cazadores trajeron un jabalí de las lagunas que había en la costa, pues el deseo de comer carne los obligaba a
explorar las playas”, y refirió otros desconocidos para ellos, pues los
catalogaban como monstruos que cría nuestra tierra. (Colección de Documentos para
Es probable que durante la estadía,
visitaran también en pequeñas embarcaciones el sector hoy conocido de Moín,
pues en un informe de 1675 de Fernando Francisco de Escobedo sobre nuestra
provincia señaló: “Muy cerca de este
Portete entra un río que llaman del Caray,
que forma una vaía grande con la entrada breve y corta, y en ella se forma una
isleta muy apropósito para fortificación con que se resguarden dos canales que entran en la
vaía: ay aquí grandísima copia de todo
género de pescado y en especial de Tortuga, que el principal bastimento de los
Piratas para sus navegaciones y abastecer á Jamaica. Seis leguas de estos puertos corren dos ríos
que llaman Suerre y Matina”. (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Conquista y
Poblamiento en el Siglo XVI, Relaciones Histórico-Geográficas, p. 362). (El destacado es nuestro). Nótese que en Moín ha habido lagunas y
canales. ([36])
Sobre la vestimenta de los nativos de
Cariay señaló Colón: “Allí van vestidos;
y en aquela provincia vida sábanas grandes de algodon, labradas de muy sotiles
labores; otras pintadas muy sútilmente á colores con pinceles” (Fernández
de Navarrete, Martín, Op.cit., p.
455). (Ver supra nota 35).
En cuanto a registros de hallazgos
arqueológicos, según dataciones obtenidas por el Museo Nacional y
En los documentos oficiales de 1539,
nuestro territorio fue denominado por primera vez Costa Rica, cuando el doctor Francisco Pérez de
Robles, presidente de
En 1540, Rodrigo de Contreras descubrió el
río Suerre (río Reventazón) ([39]). En 1543 Diego
de Gutiérrez de San Pedro lo recorrió y
El milanés Gerolamo Benzoni, uno de los
seis acompañantes de Diego de Gutiérrez que sobrevivió a la expedición ([43]), describió sus
experiencias al regresar a Europa. Sobre
las tortugas que había a lo largo de la costa hacia la desembocadura del
Suerre, anotó:
"…muchas
tortugas de desmesurado tamaño, de las que, por espacio de cuatro meses, se
halla muy gran copia en la playa, porque vienen á poner huevos á tierra entre
la arena, como lo hacen los cocodrilos; y después nacen con el gran calor del
sol." ([44]) (Dell" Historie del Mondo Nuovo, lib.
II, Venetia, 1572, citado por FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa Rica,
pp. 52, 56).
Más adelante, en un relato de gran valor,
Benzoni refiere sobre las costumbres de
los naturales de la provincia de Suerre: “No comen carne humana: su lengua es
bonísima de aprender: á la tierra llaman isca;
á los hombres chichi, á la enfermedad
stasa, al oro quiaruela." Sobre la fauna que apreció, no difiere de la
observada por Colón en 1502, pues mencionó puercos monteses, algunos leones ([45]) y tigres feroces ([46]),
pero tímidos porque huyen al ver a un hombre, serpientes de gran tamaño ([47]), muchos monos ([48]), dantas ([49]), marsupiales ([50]), murciélagos ([51]) y las siguientes
aves ([52]): pavonas,
faisanes y perdices (citado por FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa
Rica, p. 57).
En 1561, Alfonso de Anguciana de Gamboa
trasladó de Bocas del Toro (Bahía de Zorobaró) al Puerto de Suerre
Las villas reseñadas fueron prontamente
abandonadas por el clima mortífero y la falta de víveres. Además, ciertas fundaciones de los conquistadores
se reducían a levantar un acta de escribano.
En mayo de 1564, Juan Vásquez de Coronado descubrió el río Matina ([54]), llamado luego por los conquistadores
de Los Carpinteros; sin embargo, prevaleció el nombre indígena (NORIEGA, Félix,
Op.cit., p. 9; GONZÁLEZ VÍQUEZ,
Cleto, Apuntes sobre Geografía Histórica de Costa Rica, pp. 16-24, 40;
FERNÁNDEZ BONILLA, León, Conquista y Poblamiento en el Siglo XVI, p. 400;
FERRERO ACOSTA, Luis, Entre el Pasado y el Futuro, p. 102).
Para 1569 la población de aborígenes en
Pococí se estimaba en 50. (THIEL, Bernardo Augusto, Monografía de la población
de
En
1604 el puerto de Suerre, abierto desde 1576, fue saqueado y quemado por
piratas ingleses y holandeses. (FERNÁNDEZ GUARDIA, Ricardo, Cartilla Histórica
de Costa Rica, Imprenta LIL, S.A., San José, Costa Rica, 1992, p. 53). El 2 de enero de 1632, el Teniente Capitán de
En
1610 el fraile Agustín de Zevallos escribía al Rey:
“
En 1637, el gobernador Gregorio de Sandoval
ingresó por el puerto de Matina a ejercer su cargo. Construyó una aduana e hizo reparar el camino
que conducía al puerto, el cual una vez abierto permitió exportar harina y bizcocho
a Cartagena y Portobelo (FERNÁNDEZ GUARDIA, Ricardo, Cartilla Histórica de
Costa Rica, p. 52; Archivo Nacional, signatura: 5380-CC).
En esta época se iniciaron las plantaciones
de cacao en el valle de Matina:
"A
mediados del siglo XVII llevóse a cabo la plantación de cacaotales en las vegas
de los ríos Matina y Barbilla, con tan feliz resultado que a principios del
siglo siguiente se encontraba en aquellos ubérrimos valles la casi total
riqueza de
“La
explotación agrícola del cacao en Matina, se inició por lo que parece como
agricultura en pequeña escala, al mediar el siglo XVI. La primera referencia documental que alude a
una plantación formal de cacao en la zona, data del año
El 12 de mayo de 1659, el gobernador Andrés
Arias Maldonado y Velazco, en busca de un nuevo puerto visitó Cariari (Limón),
pues el de Suerre tenía muy malas condiciones, y en su barra y boca se habían
perdido muchas fragatas. Arias Maldonado
encontró la tribu de los tariacas o cariacas e informó al Rey el 8 de julio de
ese año.([55]) (FERNÁNDEZ
GUARDIA, Ricardo, el Descubrimiento y
El 20 de mayo de
1665, el gobernador Juan de Obregón solicitó al Rey dos torres para defensa de
las playas del Norte constantemente atacadas por corsarios, de quienes era muy
deseada la provincia por su comunicación con ambos mares. Por real cédula del 4 de junio de 1667, el
Rey comunicó al gobernador Juan Francisco Sáenz Vásquez que había ordenado a
Entre 1665 y 1669, y nuevamente en 1676, los
zambos mosquitos ([56]) aliados con los
ingleses establecidos en Jamaica, y además bucaneros franceses, saquearon las
plantaciones de cacao en Matina y secuestraron a quienes las atendían
(FERNÁNDEZ, León, Historia de Costa Rica, pp. 113-118; FERNÁNDEZ GUARDIA,
Ricardo, Cartilla Histórica de Costa Rica, pp. 54-56). ([57])
En 1674 el gobernador Sáenz Vásquez propuso
hacer un castillo de cal y piedra en la boca del río Matina para defender las
costas (Archivo Nacional, signatura 5220-CC). ([58]) La real cédula del 4 de junio de 1677 ordenó
a
El 31 de diciembre de 1682, el gobernador
Miguel Gómez de Lara informaba que el puerto de Suerre había sido utilizado en
el pasado por muchas embarcaciones procedentes de Cartagena y Portobelo,
llegando hasta el río que llaman
El 10 de enero de 1687 se emitió
Para 1700, la población nativa se había
diezmado, producto de las enfermedades como la viruela y los trabajos forzados
a los que fue sometida. Muchos
aborígenes huyeron hacia las llanuras del norte y
“Para
nadie es desconocido que el proceso de conquista y colonizaje español en
tierras americanas tuvo nefastas consecuencias para las civilizaciones ya
presentes con anterioridad en ellas. Los arduos trabajos a que fueron sometidos
los indios (así denominados por los españoles) bajo institutos que, como la
encomienda o la mita, disfrazaban auténticos regímenes de esclavitud; así como
la influencia de nuevas enfermedades, entre las principales causas, terminaron
por ocasionar lamentablemente una reducción significativa de las poblaciones, y
por ende, la paralización de su desarrollo cultural.
Conforme
fue avanzando el período colonial se hizo patente cómo los españoles y los
criollos (descendientes de aquellos nacidos en las Indias) se fueron apoderando
de las tierras más aptas para la producción agropecuaria y el asentamiento de
poblados. Muchos indígenas, por su parte, celosos de guardar sus costumbres y
de no someterse a las imposiciones del hombre blanco, buscaron como refugio
tierras cada vez más inaccesibles para éste, pero que les implicaron, al mismo
tiempo, condiciones de vida más difíciles”.
El 15 de marzo de 1719, el gobernador Diego
de
"Los
tratos y comercios de esta provincia son muy cortos y de poca sustancia para
sus vecinos; la razón es porque el zurrón de cacao, que vale en toda ella 25
pesos, para sacarlo del valle de Matina á la ciudad de Cartago tiene de costo 6
pesos, y para dársele alguna salida es necesario traficarlo á la provincia de
Nicaragua, y para esto se paga 1 peso de derechos y otros 5 de conducirlo, con
que, en lugar de tener algún adelantamiento, se atrasan, perdiendo más de la
mitad de su valor…la moneda corriente es el cacao ([61]),
sin que se conozca el real de plata en lo presente en toda ella, ni haberse
podido descubrir de donde tuvo la derivación y título de Costa Rica siendo tan
sumamente pobre".(FERNÁNDEZ
BONILLA, León, Historia de Costa Rica, pp. 154-155). (Ver supra nota 38).
El 17 de abril de 1724, los mosquitos
invadieron nuevamente el valle y saquearon las haciendas, llevándose 500
zurrones de cacao, 12 esclavos negros y 18 hombres libres (Archivo Nacional,
signatura: 303-CO). Para 1728 el
comercio de Matina con Portobelo y Cartagena se hallaba enteramente perdido y
la exportación de cacao había disminuido por los robos que de las cosechas
hacían los zambos mosquitos. También para esa época, ya se contaba con
registros de que las bocas de los ríos Matina y Suerre en algunas ocasiones se
abrían y en otras se cerraban. La playa
localizada entre las desembocaduras de ambos ríos se denominó San Patricio (FERNÁNDEZ
BONILLA, León, Historia de Costa Rica, pp. 164-166).
El 14
de marzo de 1736, el Procurador Síndico General, Juan José de Cuende, levantó
informe para determinar que la provincia nunca había pagado alcabala del viento
por privilegio, que las haciendas de cacao en Matina se habían sembrado desde
hacía 80 años, y ya no fructificaban como antes por estar viejos y mal
cultivados por la falta de indios, y que desde hacía 12 años la crecida del río
se había llevado una tercera parte de los plantados (FERNÁNDEZ BONILLA, León,
Asentamiento, Hacienda y Gobierno, p. 343).
El 2 de octubre de 1736, el Gobernador de
Guatemala solicitó al de Costa Rica informe sobre el costo para construir un
fortín en la costa del norte. Con ese
propósito, el martes 17 de setiembre de 1737 el Gobernador Francisco Antonio de
Carrandi y Menán inició en Cartago una gira a Matina. Señaló que entre
Entre el 29 y el 30 de setiembre de 1737
Carrandi y sus oficiales analizaron las bocas de los ríos Suerre, Pacuare,
Matina ([63]) y Moín ([64]), en busca del mejor lugar donde hacer
el fuerte para contrarrestar las invasiones de los zambos mosquitos, y de
piedras y cal para construirlo, sin éxito en esto último. Sobre la boca del río
Suerre, el gobernador apuntó que tenía de fondo 5 varas (
El martes 1º de octubre de 1737 en la
desembocadura del Matina el gobernador anotó: "...sobre la boca y barra del Río de Matina, á la banda del Sur,
fortificándome lo mejor y más breve que pude de estacada y cestón, hice vista
ocular y reconocimiento de todos los terrenos de una y otra parte de dicha Boca
y Barra, Esteros, orillas y bancos de dicho Río, haciendo de todo tosco diseño
en borrador, para darle alguna curiosidad en esta Ciudad, como lo califica la
exacta y menuda diligencia que de todo escribí en dicho paraje...” ([65]). Luego,
Carrandi agregó: “...de donde decampé á
los 2 del dicho mes de Octubre, deshaciendo y arrojando al Río dicha estacada,
retirándome al Valle, donde en tres de dicho mes los avaluadores hicieron el
cálculo y costos de los materiales que discurrieron á propósito para la
construcción del dicho Fuerte." (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Colección de
Documentos para
Carrandi mencionó además las numerosas
tortugas grandes que salen a las playas y los bosques pantanosos constituidos
con gruesos y erguidos árboles de cativo de mucha resina. ([66])
(FERNÁNDEZ BONILLA, León, Indios, Reducciones y Cacao, pp. 273, 343, 359, 361).
El 30 de abril de 1739 se expidió otra real
cédula que ordenó construir las fortificaciones en la boca del río Matina
(FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa Rica, Editorial Costa Rica,
Biblioteca Patria, volumen 7, San José, Costa Rica, 1975, p. 174; FERNÁNDEZ
GUARDIA, Ricardo, Crónicas Coloniales, Editorial Costa Rica, San José, 1991, p. 131).
El 18
de febrero de 1741 José de Sierra, oriundo de Santa María de España, y Teniente
de Infantería, inició la construcción del fuerte, obra que concluyó el 11 de
abril de 1742, con un costo de 39.000 pesos (PÉREZ ZELEDÓN, Pedro, Op.cit., pp. 99-101 ([67]);
Archivo Nacional, Inventarios de armas y herramientas del Fuerte, signatura
3562-CC). El fuerte, denominado de San
Fernando, limitaba al norte con el río Matina con un frente de 22 toesas (
El Ingeniero Director de los Reales
Ejércitos, Luis Diez Navarro, visitó el Fuerte de San Fernando el 6 de febrero
de 1744 (Archivo Nacional, signatura: 273-GA).
El 28 de agosto de ese año informó sobre su ubicación y condiciones, ([69]) así como de las
ordenanzas que debían regirlo (Archivo Nacional, signatura: 274-GA), reiteradas
por el Presidente de
El 13 de agosto de 1747, alrededor de las
11 del día, la fortaleza fue tomada en el sector suroeste por ingleses y zambos
luego de atravesar la montaña y una ciénaga de teonsito, especie de yerba alta
en la cual permanecieron por 5 días aguardando el mejor momento para el
ataque. Ingresaron primeramente al recinto
por el Baluarte de Santa Bárbara, donde derribaron seis estacas en mal estado a
causa de la humedad. (Archivo Nacional, signaturas: 482-CO, 483-CO, 226-CC,
292-GA y 494-GA; FERNÁNDEZ BONILLA, León, Indios, Reducciones y el Cacao, pp.
376-428).
Pedro Pérez Zeledón afirmó que el ataque al
Fuerte de San Fernando estuvo a cargo del Capitán Thomás Owens, que con 45
soldados ingleses y otros zambos mosquitos desembarcaron en Portete ([70]) y penetraron por
Moín, cuya vigía estaba desprotegida, y llegaron al fuerte a través de la
espesura y extensa ciénaga ubicada por su lindero sur, reduciéndolo a cenizas y
escombros. ([71]) Además, señaló
que con su pérdida las haciendas de los moradores de Cartago vinieron a menos
cada año y su abandono era absoluto en vísperas de la independencia (Op. cit., pp. 106-116).
En 1751, el obispo Pedro Agustín Morel de
Santa Cruz visitó nuestro territorio, en su informe del 8 de setiembre de 1752
dirigido al rey Fernando VI señaló:
“Hállase,
por último, en la provincia de Costa Rica, un valle nombrado Matina, muy conocido
por el fruto de cacao tan exquisito que produce. Dista de la capital treinta leguas á la banda
del Norte. Tiene su iglesia de paja y
por titular á
Para
1756, sobre la descripción de nuestra costa Norte se apuntaba:
"De
la boca de este río de Moin á la del Matina hay de 7 á 8 leguas al rumbo del
Norte.
De
la boca del río Matina á la boca del río de Suerre hay 4 leguas al mismo rumbo
del Norte y en este paraje hay una vigía de 4 soldados que mantiene el
Gobernador de Costa Rica para observar los movimientos del Zambo.
Del río de Suerre á la boca del río
Paresmenes ó Ximenez hay 6 leguas al rumbo del Norte… río arriba, está una
vigía que se llamaba Reventazón.
Del río de Paresmenes ó Ximenez á la
boca del río Tortuguero ó Morillo hay dos leguas al rumbo del Norte. A esta boca del río ocurren los zambos ó
ingleses á pescar carey. Este río del
Tortuguero tiene un brazo que camina para el Sur y entra en el antecedente Paresmenes
ó Ximenez, Reventazón, y por él navegan en canoas para sacar plátanos y
bastimentos y tiene otro brazo que camina hacia el Norte y desemboca en el río
Colorado…" (Dirección
Hidrográfica de Madrid, América Septentrional, tomo I, doc. 35, foja 14, 1756.
Citado por GÓNZALEZ VÍQUEZ, Cleto, Apuntes sobre Geografía Histórica de Costa
Rica, pp. 31-32).
Después de 1756, el río Pacuare ([72]) se convirtió en
un afluente del Reventazón, pero en 1778 se hizo río independiente. (GONZALEZ
VIQUEZ, Op.cit., pp. 24-25, 32-37).
Lo
anterior concuerda con el siguiente informe del gobernador José Perie en 1780:
"De
Matina á la desembocadura del Río de San Juan…cuentan veinte leguas
imaginarias. Los exploradores que yo
envié en aquel tiempo lo andubieron en tres días. En este intermedio se encuentran los Ríos de
Paquare,
El 24
de abril de 1776, los vecinos de Cartago enviaron carta sobre el
establecimiento de relaciones comerciales entre Matina y Cartagena. (Archivo
Nacional, signatura 5120-CC). El 23 de
noviembre de 1778, solicitaron a
En un mapa de 1790 ([73]),
se aprecia que las haciendas de cacao se localizaban para ese entonces hacia el
oeste de la confluencia de los ríos Barbilla y Chirripó, que dan origen al río
Matina (coordenada vertical 613.5 y horizontal 227.8, hoja cartográfica Matina)
([74]) a
Cleto González Víquez afirmó que no hubo
haciendas de cacao en las riberas del Pacuare, y que los cacaotales fueron
exclusivamente plantados en la orilla del Reventazón y en el valle de Matina
(Apuntes sobre Geografía Histórica de Costa Rica, p. 36).
Para 1790 la explotación cacaotera había
decaído completamente por la falta de mano de obra, los caminos intransitables,
el desbordamiento de los ríos, el pillaje y la competencia del cacao venezolano
con fácil acceso a los principales mercados coloniales (Cartagena y Curazao)
para el comercio con Europa. Los hacendados no legalizaron sus ocupaciones
comprándolas a
La legislación sobre el uso de las costas
vio promulgar el Real Decreto del 9 de febrero de 1793, recopilado por Antonio
Xavier Pérez y López en el Tomo XXII de su obra Teatro de
Además,
"La inmunidad de las costas de todos mis
dominios no ha de ser marcada como hasta aquí por el dudoso e incierto alcance
del cañón sino por la distancia de dos millas de 950 toesas cada una" (
El 21 de febrero de 1798, los habitantes de
Matina fueron sorprendidos por un fuerte temblor que duró un cuarto de hora y
dejó el mar muy picado (Informe de 22 de febrero de 1798 del Comandante de
Matina al gobernador Acosta, citado por: González, Cleto. Temblores, terremotos,
inundaciones y erupciones volcánicas de Costa Rica, 1608-1910. Tipografía de
Avelino Alsina, 1910, p. 13, Biblioteca Nacional, signatura 551.2/T278t). ([76])
Para 1801, en el valle de Matina había
entre mulatos y pardos 150 (THIEL, Bernardo Augusto, Op.cit., p. 20).
En
informe del 19 de setiembre de 1803, el Gobernador Tomás de Acosta señalaba:
"El
cultivo del cacao…desgraciadamente se halla en notable decadencia, porque
siendo el valle de Matina, en la costa del Norte de esta Provincia, el paraje
más á propósito para este cultivo, las continuas invasiones que los Indios
Moscos y Zambos han hecho allí en el siglo último, destruyeron muchas haciendas
y han ahuyentado los cultivadores; de modo que no hay en el día la cuarta parte
de las haciendas que había cien años antes.
Este inconveniente subsiste, pues todos los años, sino maltratan,
incomodan á aquellos habitantes; y así, lejos de fomentarse los cacaotales,
cree el exponente que de aquí á poco no habrá una hacienda cultivada" (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de
Costa Rica, p. 219). ([77])
En sesión de las Cortes de
Cádiz del 15 de mayo de 1811, el Diputado por la provincia de Costa Rica,
Florencio del Castillo, solicitó habilitar para el comercio “el puerto de Matina ó de Moín, que se
hallan en la costa del Norte de dicha provincia.” ([78]) El 31 de octubre de 1811, el Consejo de
Indias emitió informe sobre la habilitación del puerto de Matina al de Moín
(Archivo Nacional, signatura 4199-CC). Y por despacho superior del 25 de mayo
de 1812, se comunicó el Decreto Nº CVIII de las Cortes Generales del 1º de
diciembre de 1811, que dispuso:
“Se
habilita el puerto de Matina, al Norte de Costa-Rica, y se concede á
aquellos habitantes la gracia por diez años de libertad derechos de los frutos
y producciones de su país que se exporten por el mismo puerto” ([79]) (el subrayado es
nuestro).
Sobre
la trascendencia de esa normativa para nuestro país, comentó Peralta:
“Las
Córtes prescindieron de la formalidad de pedir informes ó de referir la
decision de la habilitacion de Matina al capitan gederal de Guatemala y en 1º
de Diciembre de 1811 expidieron el siguiente decreto, que constituye por sí
solo la más formal y solemne derogatoria de
Por real Cédula del 26 de
mayo de 1818, se acordó el impuesto de un peso por cada quintal de cacao
introducido del puerto de Matina a Cartago, “con el objeto de que sus rendimientos se empleasen religiosamente en
componer los fragosos caminos, casi intransitables, que van desde esa capital á
los puertos de Matina, en la costa del Norte”, pago que según indicaba el
12 de julio de 1814 Florencio del Castillo tenía 60 años de ser voluntario
(PERALTA, Manuel María de, Límites de Costa Rica y Colombia, 1573 Á 1881, su
jurisdicción y sus límites territoriales según los documentos inéditos del
Archivo de Indias de Sevilla y otras autoridades, Madrid, p. 315).
En
informe del 13 de noviembre de 1818, el gobernador Bernardo Vallarino describió
el estado ruinoso de las haciendas de cacao de Matina a consecuencia de las
invasiones y saqueos de los zambos mosquitos.
El 16 de agosto de 1819, el alcalde ordinario Ramón Jiménez, a cargo del
mando político, ante la muerte del gobernador Juan de Dios de Ayala, informó
que el valle de Matina había sido invadido por los moscos y "se teme cualquier evento funesto"
(FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa Rica, p. 234).
4) Siglo XIX a partir de
El
7 de mayo de 1822, se produjo un tsunami y licuefacción en Barra de Matina, con
daños en Cartago y San José (Tomado de
htm). Ver supra notas 7 y 76.
Para
1824, la población de Matina entre mulatos, pardos y zambos ascendía a 150
habitantes (THIEL, Bernardo Augusto, Op.cit,
p. 27).
En 1825, el inglés John
Gerard Hale ([82]) relató que en
nuestros ríos y lagos abundaba la vaca marina o manatí, así como la tortuga
verde cerca del río Tortuguero. Agregó
que los ríos Colorado, Parismina, Tortuguero y Matina figuraban con diferentes
nombres en diversos mapas, y que las barras de los tres últimos no tenían más
de tres pies de agua (
En
abril de 1827, Orlando W. Roberts describió así nuestro litoral en el
Caribe, y el desove de las tortugas en
la playa:
"Salt
Creek” dista doce millas de Matina, que junto con el puertecito de El Portete, se
conoce como el puerto de Cartago; la bahía enfrente de Matina no es más que una
gran ensenada abierta, donde es casi imposible atracar una embarcación Europea:
"Salt Creek" se puede conocer por la presencia de varias pequeñas
islas situadas a la orilla del extremo sur de la bahía. Este es el principal refugio (o punto de
reunión) de los contrabandistas cuando sus cargas no pueden ser desembarcadas
en Matina River…Saliendo de Matina y siguiendo a lo largo de la costa, nos
encontramos con dos ríos, el Vásquez y el Anzuelos; y al norte de esos el Bocas
de
En
1828,
En informe del 19 de
noviembre de 1828, el Jefe Político José María Peralta anotaba: "El
Valle de Matina se quedó casi solo, porque sus vecinos se vinieron a Cartago,
de modo que en las casas no había más que uno a dos hombres, existiendo en la
totalidad del valle de
En
1832, el Intendente General y los Administradores de Aduana informaban: "El nombre de Matina es una voz
indefinida que comprende toda la playa de Moín, como 8 leguas, todo el valle
que riega el río Matina tiene
El
22 de marzo de 1833, el Bachiller Rafael Francisco Osejo realizó un informe
sobre el valle de Matina, donde mencionó sus especies forestales: palo níspero ([84]), caoba, cedro,
laurel ([85]) y brasil. Además, propuso al Ejecutivo, entre otras
cosas, la reapertura y acondicionamiento del canal o "balla" entre
los ríos de Moín y Matina que permitiera la comunicación, pues se encontraba
obstruida en la extensión de una legua (
Ese mismo año, Osejo hizo una
adición al Catecismo de Geografía de Mr. R. Ackermann, impartido en
Según el Decreto del 9 de
setiembre de 1836, había en Matina 141 habitantes. Para 1844, 160 junto con los de Moín. (THIEL,
Bernardo Augusto, Op.cit., p. 27).
El 10 de mayo de 1838, el Ing. Henrique
Cooper elaboró el "Informe sobre el
camino a Matina y
El 27 de mayo de 1838, Braulio Carrillo
Colina asumió el gobierno como Jefe de Estado.
El
30 de julio de 1841 se dictó el Código General del Estado, que en su numeral 296 disponía: "…el flujo y reflujo del mar, sus riveras, los puertos, las
ensenadas, radas y generalmente las porciones del territorio del Estado, que no
son susceptibles de una propiedad privada, se considerarán como pertenecientes
al dominio público."
En
1854,
"Un
párrafo de carta escrita en Cartago el 18 del corriente dice que habiendo
llegado en estos días, de Matina, un pasajero de crédito, da la noticia de que
el dique que desde tiempo remoto hicieron los españoles en el estero de Moín
para resguardarse de las irrupciones de los moscos, ya está abierto por causa
de una creciente que se llevó aquel obstáculo, en términos que ya se va en
botes de Matina á Moín, sin necesidad de andar á pie la playa que hay desde la
boca del rio de Matina hasta Moín, porque uniéndose el río dicho de Moín y
estando franco el pasaje que por tanto años permaneció cerrado, ya no queda
obstáculo para esta comunicación por agua.
Este suceso nos acerca del puerto del Norte ([91])
hasta el Bejuco, que está al principio de Matina y que dista como a dos leguas
de Pacuare. Hay más en esto, y es que
siendo uno mismo el estero de Moín y el que pasa al frente de las bocas de
Chirripó ó sea río Matina, de Pacuare y Reventazón, ya se puede navegar desde
Moín hasta entrar en el Reventazón, sin necesidad de salir á la mar, ni de
experimentar riesgos á la boca del Reventazón, porque caminando por dentro de
un estero sereno, se toma el Reventazón y se sube por él punto llamado
Calcetas, que dista de Turrialba sólo seis leguas." (Citada por GONZÁLEZ VÍQUEZ, Cleto, Apuntes sobre Geografía Histórica de
Costa Rica, pp. 9-10).
Sobre
Matina, Carl Scherzer escribió en 1856:
"Desde
Cartago una vereda de mulas conduce hasta Matina, que a causa de sus cultivos
de cacao, mantiene una comunicación continua e importante…Matina se halla a
treinta millas de la costa, en el río del mismo nombre que se forma aquí por la
unión de dos aguas de montaña, el Barbillo y el Chirripó. Consiste este pueblo
de unas cuarenta casas y cerca de trescientos moradores, cartagineses por
nacimiento en su mayor parte, que se dedican casi exclusivamente al cultivo del
cacao. El valle de Matina se inunda todos los años en el mes de diciembre, a
menudo hasta una altura de nueve pies; esa es la causa de su gran fertilidad pero
también la de su clima mortífero. La inundación del valle por el desbordamiento
de los dos ríos mencionados, dura de uno a tres días…Los moradores, durante
esta catástrofe que todos los años se repite, buscan refugio en barracas de
madera levantadas sobre postes elevados. Este regadío natural es de gran
provecho para el cultivo del cacao, particularmente porque destruye los tan
perjudiciales topos"
(
En análogo sentido, en 1857
señalaba Francisco Solano Astaburuaga:
"En
el valle de Matina, con especialidad, se da un excelente cacao (theobroma
cacao) que abastece el consumo interior y está llamado a ser un artículo
considerable de exportación, cuando la población se extienda hacia esas
comarcas. El árbol que lo produce es
hermoso y sus granos, de la forma de una almendra grande, se encierran en un
fruto semejante al pepino. El pueblo
hace uso del cacao como medio de circulación, representando cada almendra el
valor de medio centavo, o bien 20 o 25 de ellas equivalen a un real de plata
que, en tiempos de
En mayo de 1862, el capitán José Antonio Angulo
presentó al Gobierno su informe sobre la costa atlántica donde, entre otros
aspectos, destacó los recursos forestales y abundancia de tortugas:
“El Río Salt-Creek
pude utilizarse para fondear adentro (unido al canal de la boca se amplie con
el curso del agua, ó mediante limpieza) y para navegar aún con vaporcitos
rompiendo la presa ó balla que le hicieron los españoles para dividirlo del
Barbilla Creek como doce o más leguas hasta el lugar que llaman “Bejuco” en
Matina...para facilitar el embarque y desembarque en toda la isla de “Moín” o
“Salt Creek”, para construir muelles, ya que abundan maderas sólidas y
estables...Abunda igualmente en gran manera la tortuga blanca...mas sino se
pone oportuno remedio a su destrucción, ha de escasearse...porque hay pescador
en la boca de “Parismina”, cerca del “Tortuga”, que me ha asegurado
espontánemente, que en la pezca del año próximo pasado, que se hace de mayo a
agosto en solo quince días, mató más de ochocientas por sólo quince a veinte
onzas de concha que produce una con otra y se vende a real la libra,
desperdiciando brutalmente la carne...Otro de los productos que destruyen
inconsiderablemente los estranjeros, es la tortuga de carey, la cual matan para
sacarle la concha, sin aprovecharse siquiera de la carne y manteca. Los indígenas de la costa de San Blas del
estado de Panamá ([92]) a quienes llaman salvajes, tienen la
prudencia económica de quitar la concha a la tortuga y volverla al mar,
castigando severamente a los que las matan” (Revista Archivo Nacional, San
José, Costa Rica, 1966, pp. 224-225).
También en 1862, Alejandro Von Frantzius
comentó sobre la zona comprendida entre los ríos Colorado y Matina:
"La
región situada al norte del Río Sucio y Tortuguero es todavía inexplorada. Sólo se sabe que también se compone de
terrenos bajos y llanos, y que allí se encuentran lagos importantes…la laguna
que está al sur del Colorado y en conexión con él, lleva el nombre de Laguna Zaimán (no
Caimán). Este nombre le ha sido dado por
los indios misquitos que visitan la laguna en ciertas épocas del año para coger
tortugas…desde la desembocadura del Río Colorado hasta Matina, uno de estos
esteros que forma una especie de canal navegable para las pequeñas
embarcaciones y comunica con el mar por varios puntos. Estas comunicaciones están sujetas á grandes
cambios, se cierran a veces en un lugar, á consecuencia de fuertes tempestades
ó de las corrientes marítimas, mientras el estrecho dique posterior se rompe en
otro punto…Las desembocaduras de los ríos en la ensenada parece también haber
experimentado grandes cambios con el tiempo.
El Río Colorado… ha tenido anteriormente un desagüe más meridional que
se encuentra cerrado hoy día. El río Parismina tuvo igualmente su primera boca
al norte de la del Reventazón. Pero su curso ha cambiado más tarde, y se vierte
hoy día en este mismo Reventazón, más arriba de su desembocadura. De la antigua boca del Parismina no queda más
que una pequeña ensenada de agua tranquila, en forma de canal". (
El 10 de junio de 1864, el Ing. Juan Mechan
informó al Ministro de Guerra, Francisco Echeverría:
“El
Matina es navegable por vapores pequeños hasta la colonia conocida como
“Matina” y se encuentra generalmente
En
1869, nuevamente apuntaba FRANTZIUS sobre las cuencas del Caribe:
"La
parte noreste de Costa Rica se forma de las cuencas de los ríos Reventazón,
Pacuare, Matina, Sixaola y Changuenola.
Algunos puntos solamente de éste inmenso territorio están poblados. En su mayor extensión lo cubren selvas
impenetrables, cuyas soledades quedan ignoradas de los hombres y donde apenas
persisten aquí y allá las huellas de los
numerosos indios que en otro tiempo poblaron esta región. Pero aquellas veredas casi borradas no
conducen hoy á ninguna hospitalaria cabaña y el viajero que se aventura por
ellas se ve obligado á preparar cada noche su abrigo de hojas, debajo del cual
ha de descansar sobre el húmedo suelo de la selva" (La parte sureste de
Así, para 1871 no había
asentamientos permanentes sobre la costa norte Atlántica, con excepción de
áreas asiladas de colonización como los valles de Turrialba y Matina. (HALL,
Carolyn, Los Archivos de Keith: Algunos aspectos de
En 1879, el Dr. Helmut Polakowsky citaba
los pantanos y selvas vírgenes tupidas al sur del brazo del río Colorado, donde
predominan los bosques extensos, formados por árboles altísimos que se elevan
en medio de malezas casi impenetrables, y que no han sufrido modificaciones de
parte del hombre, así como también la excesiva humedad traída en permanencia
por los alisios del noreste. Agregó: "Ricas cosechas de cosas nuevas esperan
allí al naturalista que se atreva á explorar estas soledades." (Op.cit., pp. 192, 195 y 200, 201).
Por Ley Nº 2 del 21 de abril de 1884, se
aprobó el contrato firmado el 13 de julio de 1883 entre el Secretario de Estado
Bernardo Soto y Minor Cooper Keith y Meiggs, con el propósito de llevar a cabo
la construcción del ferrocarril entre las inmediaciones del río Reventazón en
la línea férrea del Atlántico y la ciudad de Cartago. La interpretación de tres de sus cláusulas
fue dilucidada por el convenio del 18 de octubre de 1904 y sus modificaciones
del 29 del mismo mes, firmado por el Secretario de Estado José Astúa Aguilar, y
Alexander Fraser Pirie Both, personero de
El 29 de agosto de 1885, el
Ing. Luis Matamoros presentó el siguiente informe:
"Entre
5) Siglo XX, canalización de las lagunas,
caños y ríos del Caribe Norte
El 21 de abril de 1908, el
Ing. Luis Fournier rindió un informe a
Por Ley Nº 45 del 4 de agosto de 1916, se
autorizó al Poder Ejecutivo para destinar 50 mil colones para la apertura de
los caños que comunican la laguna Simón, del Colorado, con la del Tortuguero,
con la capacidad necesaria para la navegación de las embarcaciones que pudieran
navegar en el río Parismina. (Colección de Leyes y Decretos, semestre 2, pp.
118-119).
En su informe del Proyecto de Canalización entre
Moín y el río Colorado (1925-1926), el Ing. Sprung explicó los atributos de
Moín como puerto natural, así como las razones geomorfológicas que permitieron
la formación de la faja costera:
“La laguna de Moín tiene la ventaja de
desembocar en una bahía protegida, la de Moín, pues allí no hay barras con sus
fuertes rompientes como generalmente sucede en las desembocaduras de los ríos y
es laguna dará fácil y segura salida al mar, cualquiera que sea la estación del
año y las condiciones del tiempo. Esta
circunstancia de por sí tan rara, se explica por tener la laguna de Moín poca
corriente y porque desembocan en ella ríos que proceden de alturas de poca
importancia, arrastra muy pocos sedimentos...una península que se extiende
hacia el Norte forma una protección natural contra las corrientes del mar y sus
movimientos, anulando además el efecto perjudicial de los vientos del Noreste
allí predominantes. Esta circunstancia y
la de alcanzarse muy pronto aguas profundas, indican que la naturaleza ha
condicionado este lugar para un puerto natural, contrario al de la rada de
Limón que está expuesto al rigor de los vientos predominantes. Sin embargo, no se trata en este momento de
demostrar la bondad del Puerto de Moín, sino más bien de indicar que la vía de
agua proyectada tendrá fácil acceso al ferrocarril y al mar...
El Ing. Sprung concluyó que las condiciones
topográficas eran excepcionalmente favorables para el canal de las lagunas,
pues de
En diciembre de 1937, Pittier
destacaba como rasgos distintivos de la zona, su flora y fauna. Mencionó al manatí y la tortuga carey, y
entre las especies forestales citó: caoba, cedro, ceibo ([97]),
gavilán ([98]) y espavel ([99]). (Capítulos
escogidos de
En 1961, el Ministerio de
Obras Públicas presentó el “Proyecto Preliminar de Canalización: Lagunas del
Atlántico”, con las descripciones de los sectores por canalizar, elaborado en
agosto de 1960 por Consultécnica Ltda. (Biblioteca Nacional, signatura Cr
386.4/C8375p; Archivo Nacional, serie: aa, signaturas 17.896, 17.897 y
17.898). La distancia habilitada
permitiría unir Moín con Barra de Colorado en una extensión navegable de
En octubre de
1964, empezó el dragado del canal entre la boca del río Pacuare y
El Decreto N°
20 del 21 de diciembre de 1964, señaló que el traspaso a favor de JAPDEVA
conforme al artículo 23 de
En relación con
la “faja de tres kilómetros de ancho
paralela a ambos lados de los ríos y canales que administre
Por Decreto N°
23 de 19 de setiembre de 1967, se adicionaron al Decreto N° 20 de 21 de
diciembre de 1964, los artículos 2, 3, 4, 5, 6, así como 2 transitorios, a
efecto de traspasar al Instituto de Tierras y Colonización el terreno de
montaña situado en Pococí y descrito en plano del 30 de mayo de 1967,
denominado: “Requerimiento de Tierras
para
El Decreto N°
19 de 8 de julio de 1969, reformó el N° 23 de
19 de setiembre de 1967, para modificar la descripción del terreno que compone
Por Ley N° 512
de 4 de junio de 1973, se ratificó el Contrato de Préstamo suscrito el 9 de
febrero de 1973 entre el Gobierno y el Banco Centroamericano de Integración
Económica, por el cual se amplió hasta por 390 mil dólares el préstamo de un
millón quinientos mil dólares, para concluir el proyecto de canalización de las
Lagunas del Atlántico (Colección de Leyes y Decretos, semestre 1, pp. 993-994).
Así, por norma
posterior y de rango legal, quedó sin efecto el artículo 1° inciso b), del
Decreto N° 12 del 29 de abril de 1966, que había dispuesto extensiones de 20 y
Luego
de casi 10 años de trabajos, el Decreto N° 3729 del 3 de mayo de 1974 (
II.- EL PAISAJE
COMO BIEN JURÍDICO TUTELADO
El extraordinario valor escénico de los
canales y lagunas será tomado en cuenta, entre otros motivos, como veremos más
adelante, para crear varias áreas silvestres protegidas.
Cabe
mencionar entonces algunos preceptos normativos, precedentes jurisprudenciales
y doctrina especializada sobre esta materia, para que se útil a los agentes
jurídicos con injerencia en la región. ([101])
En ese orden, tenemos
"Los
Gobiernos Contratantes convienen en adoptar o en recomendar a sus respectivos
cuerpos legislativos la adopción de leyes que aseguren la protección y
conservación de los paisajes, las formaciones geológicas extraordinarias, y las
regiones y los objetos naturales de interés estético o valor histórico o
científico."
El Reglamento
para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, Nº 3391 del 13
de diciembre de 1982, (Capítulo I, I.3) señala que el desarrollo de terrenos
mediante su fraccionamiento o urbanización se permite si el diseño geométrico
del desarrollo es lo más acorde posible con las condiciones naturales del área
(incluyendo la vegetación y el paisaje), tomando en cuenta no sólo las del
terreno por desarrollar, sino también las de sus inmediaciones. (Alcance
Otro tanto hace
"Artículo
71.- Contaminación visual.- Se considerarán contaminación visual, las acciones,
obras o instalaciones que sobrepasen, en perjuicio temporal o permanente del
paisaje, los límites máximos admisibles por las normas técnicas establecidas o
que se emitan en el futuro.
El
Poder Ejecutivo dictará las medidas adecuadas y promoverá su ejecución mediante
los organismos, los entes públicos y las municipalidades, para prevenir este
tipo de contaminación."
Además, el Reglamento General sobre los Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Nº 31849 del 24 mayo
del 2004 (º 2), define
los aspectos ambientales por tomar en cuenta con los posibles
efectos en los recursos socio culturales y el paisaje (área de influencia
social, potencialidad de afectación a recursos culturales, posibles efectos en
escenarios naturales (punto 4º, paso 2).
Asimismo,
nuestro Tribunal Constitucional ha ido emitiendo criterios orientadores que
permiten delimitar el campo de protección del paisaje como recurso integrante
del ambiente, veamos algunos ejemplos:
Su resolución Nº 3705-93 de 15:00 hrs. del
30 de julio de 1993, sostiene:
"Asimismo, desde el
punto de vista psíquico e intelectual, el estado de ánimo depende también de la
naturaleza, por lo que también al convertirse el paisaje en un espacio útil de
descanso y tiempo libre es obligación su preservación y conservación. Aspecto
este último que está protegido en el artículo 89 constitucional…Proteger la
naturaleza desde el punto de vista estético no es comercializarla ni
transformarla en mercancía, es educar al ciudadano para que aprenda a apreciar
el paisaje estético por su valor intrínseco".
En
Voto Nº 6240-93 de 14:00 hrs. del 26 de noviembre de 1993, agregó:
"El término "bellezas naturales"
era el empleado al momento de promulgarse
La sentencia Nº 2001-03967 de 16:29 hrs.
del 15 de mayo del 2001, con una posición de mayor avance resolvió:
"…el Parque Metropolitano
Esas decisiones de
El
reto de preservar la belleza de un paisaje es mayor cuando estamos frente a
posiciones que no conciben el desarrollo integral o sostenible, el cual, además
de las variables socioeconómicas, incluye la ambiental. ([103]) No obstante, lo mejor será siempre anticipar los efectos dañinos sobre lo que la
colectividad estima como un paisaje valioso y atractivo, sin perder de vista
que su deterioro puede acontecer fácilmente con modificaciones perjudiciales a
sus componentes.
Como elementos integrantes
del paisaje suelen citarse la percepción estética, relativamente estable,
visualizada por la colectividad sobre determinados espacios que por su belleza
resultan útiles o brindan satisfacciones a quienes los contemplan o perciben. ( [104]
)
En el
escenario pueden converger tanto bienes públicos como privados, y cuando aquel
se altera o desfigura, han de adoptarse las medidas correctoras para
restaurarlo.
También,
"Se declara con lugar el recurso por contaminación
visual de la belleza escénica del valle de Orosi. En consecuencia se dispone: a) se ordena a
Determinar cuándo un paisaje es hermoso y
por qué debe ser respetado y con qué criterios, es una decisión que corresponde
a los poderes públicos. Para ello han de
apoyarse en una razonable interpretación de los valores estéticos culturalmente
relevantes para la comunidad de que se trata, siendo su aplicación susceptible
de revisión por los jueces. ([105])
En este caso, como vimos, desde la
visita de Colón en 1502, se mencionaron las lagunas y abundante flora y fauna
costeras. En 1572, Benzoni escribió
nuevamente sobre la fauna que observó en Suerre durante la expedición a nuestro
territorio de Diego de Gutiérrez en 1543 y 1544. En 1632, el capitán Antonio Rodríguez Moreno
refirió los terrenos de montaña y pantanos hacia el puerto de Suerre. Los canales fueron citados en 1675 por
Fernando Francisco de Escobedo. En 1737,
el gobernador Carrandi y Menán refirió las numerosas y grandes tortugas que
desovan en las playas, los abundantes ríos caudalosos, los terrenos de bosques
con árboles gruesos, los pantanos y caños de agua dulce de la región, así como
la hermosura de la ensenada de Moín.
En 1744, el Ing. Luis Diez Navarro describió con
propiedad los terrenos aledaños al Fuerte de San Fernando:“…por entre la playa y el Fuerte corre hácia el Sur paralelo con la
playa, un brazo de rio, el que llega cerca del puerto de Moin, que está á
distancia de siete leguas; es tan ancho y profundo, que lo puede navegar un navio
de alto bordo, pero no se puede entrar por la barra, por lo muy cerrado que
está con otras embarcaciones que piraguas ó lanchas, las que parece se hace
preciso las conduzcan Indios Mosquitos por lo práctico que son de ella y por
que dichos Indios, aunque se arrojen al agua para soliviantar las piraguas en
algunos bancos de arena que hay, no se los comen los lagartos, de que abunda
dicho rio…dichos Indios se untan un betun del que huyen dichos peces...Cap. 16.
Lo restante del terreno, por la parte del Sur y de el Poniente, es
muy pantanoso y con mucha espesura de árboles, con lo que queda islado el
Fuerte por todas partes.”
En 1756, un informe de
En 1827, Orlando Roberts apreció el
desove de los tortuga verde en las playas de Matina a Tortuguero durante los
meses de abril a julio y los felinos que se alimentaban de sus
nutrimentos. En 1833, el bachiller Osejo
anotó en la zona las especies de palo níspero, caoba, cedro, laurel y brasil,
así como sobre la obstrucción del canal entre Moín y Matina en la extensión de
una legua. En 1838, Henrique Cooper citó
a las tortugas carey y verde, el manatí, las culebras, lagartos, tiburones, los
árboles de cedro y caoba e informó sobre la imposibilidad de navegar con buques
las bocas de los ríos Matina, Pacuare y Reventazón. En 1854, se anunciaba que los ríos
Reventazón, Pacuare, Matina y Moín habían logrando quedar nuevamente
comunicados por un canal natural. En
1862 el capitán José Antonio Angulo indicaba que en las bocas del Parismina y
Tortuguero abundaba la tortuga blanca y la carey, debiéndose poner remedio a su
caza indiscriminada. También ese año
Frantzius anotaba: “desde la
desembocadura del Río Colorado hasta Matina, uno de estos esteros que forma una
especie de canal navegable para las pequeñas embarcaciones y comunica con el
mar por varios puntos. Estas
comunicaciones están sujetas á grandes cambios, se cierran a veces en un lugar,
á consecuencia de fuertes tempestades ó de las corrientes marítimas, mientras
el estrecho dique posterior se rompe en otro punto…Las desembocaduras de los
ríos en la ensenada parece también haber experimentado grandes cambios con el
tiempo.” En 1879, Polakowsky señalaba las selvas vírgenes y las
ricas “cosechas de cosas nuevas esperan
allí al naturalista que se atreva á explorar estas soledades”. Y, en 1942, escribía Pittier: “selva
tropical de lluvias perennes, pantanos costaneros, márgenes de los ríos y
cordón litoral, llaman desde un principio la atención del naturalista”.
En suma, se trata de relatos que
atestiguan los valiosos recursos naturales que nos acompañan desde antes de
nuestra constitución como Estado independiente, y con los cuales también
disfrutaron y convivieron nuestros antepasados nativos.
III.-
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
La investigación
histórico geográfica reseñada permite anticipar las razones por las cuales en
nuestro Caribe Norte se favoreció a través de los años el desarrollo y
conservación de la flora y fauna silvestres, y de su belleza escénica, en
condiciones similares a las descritas por los cronistas, según relatos de las
primeras expediciones coloniales a nuestro territorio.
Las condiciones
geomorfológicas imperantes en la zona demostraron la imposibilidad de construir
puertos de buen calado en las bocas de los numerosos ríos que desembocan en el
Caribe y que han mudado sus cauces y bocas.
No es sino hasta finales del siglo XIX, con la construcción del
ferrocarril para exportar por el Atlántico principalmente café, y luego también
banano, entre otros, que se determinó una zona propicia para el desarrollo
portuario a gran escala, y que en el siglo XX, por razones obvias, será
exceptuada del régimen sobre zona marítimo terrestre, sin perjuicio de la
impronta demanial sobre el área de playa. ([106]) No en vano,
desde la visita de Colón en 1502, y la de Andrés Arias Maldonado en 1659, se
reconoció a Cariay (Limón) como buen
puerto, tierra fresca, saludable y abundante en frutos, donde habitaban los
tariacas.
Si bien las
poblaciones nativas de esta región del país se extinguieron o fueron
desplazadas a otras zonas en los primeros siglos de contacto colonial, los
numerosos hallazgos arqueológicos a lo largo de la trocha ferroviaria han
permitido esbozar sus prácticas acordes con la aptitud de los suelos y el medio
circundante.
La profusa
normativa para la protección de las costas durante la época colonial y de la
milla marítima en el período de post independencia, reflejan el marcado interés
del Estado por reservar para fines de utilidad general y estratégicos, los
valiosos reductos de la zona costera.
Estos antecedentes
sirven de preludio para la futura normativa creadora de áreas silvestres
protegidas y de la regulación actual sobre zona marítimo terrestre.
IV.- PATRIMONIO
NATURAL DEL ESTADO
1) Creación de Áreas Silvestre Protegidas
en el Caribe Norte
Encontrándose en vías de extinción varias
especies de flora y fauna en el Trópico Americano, dado el extraordinario valor
escénico de los canales y lagunas, y al contarse con extensiones considerables
de suelos inundables con severas restricciones para el uso agrícola, el Decreto
N° 1235 de 7 de setiembre de 1970 creó el Parque Nacional Tortuguero (
El Parque Nacional Tortuguero es el área más
importante en toda la mitad occidental del Caribe para el desove de la tortuga
verde (Chelonia mydas), aunque
también desovan la baula (Demochelys
coriacea) y la carey (Eretmochelys
imbriata). Recibe precipitaciones
entre 5.000 y
La fauna del Parque es rica y diversa. Abundan los monos y los anuros –de los cuales
se han visto 60 especies-, las aves –con 309 especies- y los peces. Entre los mamíferos presentes están: la danta
(Tapirus bairdii) (ver supra nota
49), el jaguar (Felis onca) (ver
supra nota supra notas 46 y 48), el manigordo (Felis pardales) (ver supra notas 46 y 50), la martilla (Potos flavus), el saíno (Tayasuu tajacu), la nutria (Lutra longicaudus), el tolomuco (Eira barbara), el olingo (Bassaricyon gabbii), el perezoso de tres
dedos (Bradypus variegatus), el
grisón (Galictis vittata), el
tepezcuintle (Agouti paca) y los
monos carablanca (Cebus capucinus),
colorado (Ateles geoffroyi) y congo (Alouatta palliata) (ver supra notas 45 y
48). En las lagunas se aprecia el
murciélago pescador (Noctilio leporinus),
uno de los más grandes del país. Con sus
fuertes patas y uñas logra cazar peces cuando sobre vuela aquellas.
Entre los anuros están la rana ternero (Leptodactylus pentadactylus) –muy
abundante a la orilla de las quebradas-, la ranita de vidrio reticulada (Centrolenella valerioi) –cuyos órganos
interinos traslucen a través de su piel transparente-, el sapito rojo (Dendrobates pumilio) -cuya piel es
tóxica-,
El Decreto N° 2886 de 15 de marzo de 1973 (
En cuanto a mamíferos,
En el género de los anfibios, entre
otros: la rana ternero, la rana calzonuda (Agalychnnis
callidryas), el sapito rojo, la tortuga lagarto (Cheydra serpentina), la tortuga verde, la tortuga carey, la tortuga
baula, Y, en reptiles: la iguana, la boa (Boa constrictor), la zopilote (Clelia
clelia), la bocaraca (Bothriechis
schlegeli), la mata buey (Lachesis
muta), el cocodrilo (Crocodylus
acutus) (CAYRO S.A, Ibídem, pp.
72-82).
Por Decreto Nº 1148 de 5 de febrero de 1980 se
amplió el Parque Nacional Tortuguero en su lindero sur, para incluir
En 1985 nuestro país
registraba 100 especies de fauna silvestre oficialmente declaradas
como en peligro de extinción de las cuales en
Ante ello, el Decreto Nº 16358 de 4 de junio de 1985 creó el Refugio Nacional de Fauna
Silvestre Barra del Colorado, limitando en su sector costero, al norte
en parte con la desembocadura del río
San Juan en el mar Caribe, al sur en parte con
El Decreto 16358 menciona entonces
varias especies de fauna, entre ellas: manatí o vaca marina, danta o tapir,
puma (Felis concolor) (ver supra
notas 45 y 50), jaguar o tigre, manigordo u ocelote, león breñero (Felis yaguaroundi) (ver supra nota 45),
mono carablanca, mono congo, mono colorado. (
En este Refugio también están presentes
el tepezcuintle (Agouti paca), el
cabro de monte (Mazama americana), el
saíno, el zorro pelón (Didelphys
marsupiales) (ver supra nota 45, 46 y 50), el zorro cuatro ojos (Philander opossum), el perezoso de tres
dedos (Bradypus variegatus). (BOZA
LORÍA, Mario, Op.cit., p. 230). Reptiles como (Boa constrictor)
(ver supra nota 47), iguana (Iguana
iguana) (ver supra notas 45 y 46), caimán (Caiman crocodilus) (
En 1990 se estimaba
que el área comprendida entre el Parque Nacional Tortuguero y el Refugio
Nacional de Fauna Silvestre Barra del Colorado no era propicia para el
desarrollo de actividades agropecuarias
debido a la alta precipitación y a su naturaleza pantanosa, además de cobijar
un tercio de las especies de fauna declaradas en peligro de extinción que
requieren de mayores extensiones para su sobrevivencia. Por ello, mediante Decreto N° 19971 de 25 de
agosto de 1990 (
Por Decreto N° 19545 del 15 de
febrero de 1990 (
Con
el propósito de contrarrestar la disminución de los habitas de los humedales y
proteger la belleza escénica de las lagunas y canales de la sección central y
norte de la costa Atlántica, el Decreto No. 23253 de 23 de abril de 1994 creó
el Humedal
Nacional Cariari, comprendiendo los canales, caños y lagunas
costeros, ubicados entre la desembocadura del río Moín en
Además,
El Decreto Nº 23253 dispuso
El 27 de abril de
1994, con el propósito de contrarrestar las amenazas por el desarrollo urbano y
turístico que pudiera incidir en la playa de Tortuguero donde anidan cuatro
especies de tortugas marinas (Chelonia
mydas, Dermochelys coriacea, Eretmochelys imbricada y Caretta caretta) (ver supra notas 44 y 83), se creó el Refugio
de Vida Silvestre Dr. Archie Carr en el canal de Lagunas del
Tortuguero, cuyo límite inicia con rumbo noroeste por la margen derecha de
esas lagunas hasta la boca del Tortuguero, excluyendo el área del aeródromo
(Decreto N° 23256,
Valga tomar en
cuenta que la tortuga baula anida en Tortuguero, Pacuare, Gandoca y en playa
Chiriquí (Panamá, Bocas del Toro) (ver supra notas 32 y 33). Ello refleja un corredor internacional
marino. Cabe advertir que la baula se
alimenta de una medusa tóxica para el ser humano. También la tortuga carey come esponjas
tóxicas. Sin las tortugas, las esponjas
crecen y dañan los arrecifes pues les impiden recibir la luz solar. La tortuga verde se alimenta de pastos marinos
(algas) en las aguas de Venezuela, Colombia y Panamá, y anida en Costa Rica,
poniendo de manifiesto igualmente estos corredores migratorios. Además, las tortugas baula, carey y verde son
fuente alimenticia para otros animales (orcas, tiburones, cocodrilos, felinos,
mapaches y aves) (ORDÓÑEZ ESPINOZA, Cristina, Bióloga especialista en tortugas
marinas y Coordinadora de Investigación de Caribbean Conservation Corporation
-Smithsonian Tropical Research Institute-, Isla Colón, República de Panamá, y
Endangered Wildlife Trust, Com. Pers, 29 de abril de 2006). ([109])
Con el objeto de
dar continuidad a las características biogeográficas del Parque Nacional
Tortuguero, se incluyeron dentro de sus límites tres áreas más ya inscritas a
nombre del Estado. La ampliación se
efectuó mediante Decreto N° 24428 del 4 de abril de 1995 (
2) Patrimonio
Natural del Estado y su Administración
Hasta aquí hemos
reseñado la normativa creadora de áreas silvestres protegidas en la zona de
interés, y que es parte integrante del Patrimonio Natural del Estado definido
por el artículo 13 de
Cabe agregar que
igualmente forman parte de ese Patrimonio Natural los terrenos de bosque y
forestales pertenecientes a las reservas nacionales, áreas inalienables,
municipalidades, instituciones autónomas y organismos de
Los numerales 14 y 15 también se ocupan de los atributos
demaniales de ese patrimonio y de los impedimentos para su enajenación y explotación
por parte de los organismos de
a) Areas
Silvestres Protegidas, cualquiera sea su categoría de manejo, son
declaradas por Ley o Decreto Ejecutivo: reservas forestales, zonas protectoras,
parques nacionales, reservas biológicas, refugios nacionales de vida silvestre,
humedales y monumentos naturales (Ley Forestal 7575, arts. 1°, pfo. 2°, 3°
inciso i; Ley Orgánica del Ambiente 7554, artículo 32; Ley de Biodiversidad N°
7788, arts. 22 y sigts. y 58; Ley del Servicio de Parques Nacionales N° 6084,
artículo 3° incs. d y f, en relación con
b) Reservas nacionales
son los terrenos comprendidos dentro de los límites de
"Pertenecen
al Estado todos los terrenos que no se encuentren inscritos en el Registro a
nombre de particulares. Es éste el
sentido de los artículos 276 y 486 del Código Civil y 11 de
"Las
reservas nacionales están sometidas de derecho al régimen (forestal) porque
pertenecen al Estado" (…). "Las tierras consideradas como reservas
nacionales quedan afectadas en forma
inmediata a los fines de la normativa forestal; sobre ellas el Estado
puede crear reservas forestales, zonas protectoras, parques nacionales,
refugios de vida silvestre y reservas biológicas, conformando así el patrimonio
forestal; para poder colonizarlas o enajenarlas se requiere autorización
legislativa, y cuando son poseídas por terceros, éstos no adquieren ningún
derecho, siendo imprescriptible el derecho del Estado para reivindicar"
(SALA CONSTITUCIONAL, voto 4587-97, considerando IV). Se agrega el subrayado.
c) El
Patrimonio Natural del Estado es aplicable a todos los bienes nacionales donde
hayan recursos naturales forestales (SALA CONSTITUCIONAL, voto 4587-97,
considerando IV).
d) Los bosques y terrenos forestales del
Patrimonio Natural del Estado gozan de las notas jurídicas esenciales de
inalienabilidad, inembargabilidad, imprescriptibilidad de las acciones
reivindicatorias, dichos bienes tienen por ley una afectación inmediata al
dominio público del Estado, sin acto complementario atributivo de ese carácter.
e) En interpretación sistemática de los
artículos 13, 14 y 15 de
El
vocablo "quedarán" ha de entenderse como sinónimo de
"permanecerán", "se mantendrán incorporados". La clasificación no determina el ingreso del
bien al régimen demanial, sino su permanencia.
f) La excepción que introduce el artículo 13 de
Al
ingresar esos inmuebles al patrimonio del Banco acreedor, se integrarían al
Patrimonio Natural del Estado, de no mediar la excepción de comentario. Tutela los derechos de los bancos estatales a
recuperar los dineros con que financiaron las operaciones, permitiéndoles
realizar el valor de los inmuebles adquiridos en subasta para hacer efectivos
sus créditos.
La
excepción se circunscribe a los inmuebles forestales de propiedad privada
lícita; no a los que forman parte del Patrimonio Natural del Estado y el ente
público dispone irregularmente, con vicio de nulidad absoluta.
g) Se reconsidera de oficio el
criterio que requiere la clasificación de los terrenos rurales, cubiertos de
bosque o forestales, propiedad o bajo administración de los organismos de
Así, los terrenos traspasados a
En ese sentido, el MINAE debe tomar las medidas
pertinentes para contrarrestar las acciones indebidas sobre ese patrimonio,
preservando sus recursos naturales con sus características ecológicas,
geomorfológicas y estéticas, siendo pertinente el desalojo de los ocupantes
ilegítimos y la destrucción de las edificaciones ilegales con base en las
potestades de autotutela y policía demanial, observando el debido proceso (Ley
Orgánica del Ambiente, artículo 34; Sala Constitucional, sentencias números
9158-98 del 22 de diciembre de 1998, 1191-99 de las 21:39 hrs del 17 de febrero
de 1999; Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Nº 343-2002 de
10:00 hrs. del 4 de octubre del 2002; Tribunal Contencioso Administrativo,
Sección Primera, Nº 424-2002 de 10:10 hrs. del 29 de noviembre del 2002; Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, sentencias 88-2001 de 16:00
hrs. del 21 de febrero de 2001, 174-2002 de 15:30 hrs.25 de febrero de 2002 y
1066-2002 de 14:30 hrs. del 15 de noviembre de 2002; dictamen C-287-2002 del 22
de octubre del 2002) y sin perjuicio de que interponga las denuncias penales
contra los infractores. La omisión de
actuar conforme a lo indicado, puede hacer incurrir a sus funcionarios en
responsabilidades disciplinarias y penales (Ley General de
Igual suerte alcanza a los bosques y
forestales que estuvieren comprendidos por
También pertenecen al Estado,
bajo administración del MINAE, la zona marítimo terrestre cubierta por áreas
silvestres protegidas, o si cuentan con bosque o terrenos forestales. Las municipalidades respetivas están entonces
inhibidas para otorgar concesiones sobre esas porciones costeras que integran
el Patrimonio Natural del Estado y no administran (OJ-014-2004 de 30 de enero
de 2004). Criterio que reitera
En ese sentido en dictamen N°
C-015-88 de 26 de enero de 1988, se apuntó:
“I.
INAPLICABILIDAD DE
Señala el artículo 73 de
Se hizo ver en aquella oportunidad que liberar de la
administración municipal los parques nacionales y reservas equivalentes
localizados dentro de la zona marítimo-terrestre en el ánimo del legislador era
requisito para mantenerlos sometidos a los fines que justificaron su creación y
a planes de manejo unívocos, dirigidos por Departamentos especializados del
Poder Central, sin choques interinstitucionales…En síntesis, las áreas de esos
Refugios situadas dentro de las zonas marítimo-terrestre están excluidas, en
calidad de "reservas equivalentes", de la aplicación de
En el presente caso hallándose el sector del Refugio
dentro de la zona marítimo-terrestre de Playa Cacao substraída de la esfera de
aplicación de la ley Nº 6043 y del Subsiguiente usufructo y administración
Municipal… no debe
En cuanto a los expedientes de concesión iniciados, lo
recomendable es que el Concejo, previo acuerdo, notifique a los interesados la
paralización del trámite y se declare incompetente para conocer de ellas,
haciéndoles saber del cambio de administración producido con la creación del
Refugio…
Respecto a los derechos de ocupación (no de
arrendamiento, como erróneamente se les llama en la consulta) otorgados con
fundamento en el transitorio sétimo de la ley 6043, los cuales, a tono con su
letra, no originan derecho a concesión, son provisionales y revocables cuando
lo exija el interés general, creemos que
Recordemos, que el destino
asignado por ley a un espacio de dominio público, como los bosques y terrenos
forestales públicos, no puede cambiarse en forma tácita, implícita o por actos
abusivos (OJ-018-2002 del 4 de marzo del 2002).
Tampoco pueden las municipalidades incorporar esos bienes en planes
reguladores para otorgar concesiones, pues si bien ostentan naturaleza
normativa (dictámenes C-184-94, C-100-95) son de rango inferior a la ley
(OJ-042-2004). Y, autorizar u ordenar la
ejecución de actos administrativos absolutamente nulos genera responsabilidad
civil de
3) Patrimonio Natural del Estado y ecoturismo
En términos generales el artículo 18 de
Sin embargo, con posterioridad, el artículo 58
de
En
el dictamen C-339-2004 del 17 de noviembre de 2004, se abordaron amplitud
criterios orientadores para conceptualizar el ecoturismo, por lo que
seguidamente reseñamos sus principales contenidos.
1) El ecoturismo es una forma de “uso no extractivo” de la naturaleza
en áreas naturales y rurales (protegidas o no) cuyo objetivo es disfrutar,
estudiar y apreciar el medio natural que se visita (paisajes, flora y fauna) y
las manifestaciones culturales (presentes y pasadas) ([110]) pero con el añadido de la conservación de los recursos
naturales, apoyando para ello a la economía y la población local. Se distingue del turismo de masas por tener
menor incidencia en el entorno y requerir menos desarrollo infraestructural. La
escala de las actividades implica que relativamente a pocos turistas debe
permitírseles visitar el sitio, y en consecuencia, las facilidades de soporte
deben mantenerse en el mínimo y ser menos intrusivas.
2) Se recomienda que las instalaciones
sean: adecuadas, modestas, aunque
cómodas, y sin pretensiones, respetuosas de los hábitats frágiles, adaptadas al
paisaje, lo más discretas posible, tomando ventaja de las condiciones naturales
(con el uso de “ecotécnicas”: energía solar, retención y aprovechamiento de
aguas de lluvia, reciclaje de las basuras ¾orgánicas e inorgánicas, sólidas y líquidas¾, ventilación
natural por corrientes y no por aire acondicionado, aprovechamiento de la
sombra, etc.), utilizando materiales y técnicas constructivas locales (piedra,
madera, bambú, etc.) evitando colores llamativos y conservando las plantas
autóctonas (que evitan problemas de pestes naturales y reducen la necesidad de
deshierbar y regar). Y finalmente, deben
ubicarse preferiblemente en la periferia o perímetro del área protegida,
sirviendo de enlace entre el interior y el exterior de ésta.
3) Las actividades ecoturísticas deben ser
acordes con la vocación manifiesta del territorio y las limitaciones que impone
la naturaleza de los recursos, entre ellas tenemos:
-Las rutas ecológicas: itinerarios
temáticos o genéricos utilizando diversos medios de transporte (a pie, a
caballo, en bicicleta, incluso en vehículo de motor, con guía o autoguiada)
donde se trata de mostrar al visitante los puntos de interés ecológico que
definen la zona. Requieren señalización,
elaboración de rutas y guías, y son idóneos para dar a conocer los espacios
naturales y excelentes herramientas para la educación ambiental.
-Senderos de interpretación:
similares a las rutas ecológicas, con énfasis en los valores educativos e
interpretativos y por tanto generalmente con guía especializada.
-Aulas
de la naturaleza: centros educativos donde se realizan y organizan
actividades para grupos encaminadas al conocimiento, educación, interpretación
y acercamiento al medio natural. Se
ubican en zonas de interés natural, requieren de guías, profesores, señalización,
elaboración de itinerarios y programas, local para el aula y material
didáctico, laboratorios, talleres.
-Campos de trabajo: actividades
encaminadas hacia la investigación y/o restauración de áreas naturales.
-Ecomuseos: exhiben elementos
naturales del entorno inmediato. El énfasis
no son las colecciones sino la incorporación de nuevas tecnologías que permitan
la interactividad entre los visitantes y los materiales expuestos.
-Centros de interpretación:
lugares donde se exponen los principales recursos turístico-educativos de la
zona, facilitando herramientas para la comprensión de los rasgos relevantes y
fenómenos significativos del área mediante material expositivo, gráfico,
auditivo, etc. con medios electrónicos, informáticos, y otros (paneles,
maquetas, sistemas interactivos, etc.).
Permiten el disfrute de recursos inaccesibles para segmentos de la
población como grupos de la tercera edad, personas discapacitadas, niños.
4) La
infraestructura básica (senderos y miradores), información e interpretación,
pueden ser vistos como los principales servicios ecoturísticos provistos por
las áreas protegidas. Empero, no todas ellas han sido creadas pensando en el
turismo, por lo que no están preparadas para recibir visitantes. Principio acogido en
Así también, las
experiencias y actividades ofrecidas a los visitantes deben estar en armonía
con los objetivos de conservación definidos para un área protegida
determinada. En general, deben ser quietas, silenciosas, no intrusivas y
basadas en los caracteres específicos del área.
5) En nuestras áreas silvestres protegidas estatales rige la
prohibición prevista por el artículo 39 de
6) Los parques nacionales y reservas biológicas
tienen un régimen especial dado por
También
7) El artículo 45 de
8) La fragilidad de muchos de los ecosistemas atractivos para el
ecoturismo, y los impactos ambientales negativos potenciales de éste,([111]) las actividades complementarias o de soporte y el uso público
en las áreas naturales, hace necesario (en una perspectiva de
sostenibilidad): controlar la
frecuentación en función
a la capacidad
de carga de la zona, planificar y
regular las actividades de los turistas (planes de manejo o gestión, zonificación
de usos) y canalizar a los visitantes mediante el diseño de planes de uso
público, cuya implantación debería abarcar no solo a las áreas silvestres
protegidas, sino a todas aquellas áreas susceptibles de uso recreativo o
turístico.
V.- ZONA MARÍTIMO
TERRESTRE
1) Principios
generales
En nuestro país, la
zona marítimo terrestre es un término jurídico sobre varios espacios naturales
costeros o cercanos al litoral, y por ende, pueden tener influencia de las
mareas en algunos casos.
Ante
ello, este Despacho ha precisado cada uno de esos conceptos, pues su ámbito de
aplicación es fundamental para que
En ese
sentido, en el pronunciamiento OJ-014-2004
del 30 de enero del 2004 anotamos:
“II.- DEMANIALIDAD DE
a) La franja de doscientos metros de ancho a lo largo de los
litorales Atlántico y Pacífico de
a') Las playas (inclusión
implícita). "La zona pública incluye las playas marítimas, destinadas al
uso de todos los habitantes".
(Dictámenes C-002-99 y C-026-2001.
Opiniones Jurídicas O. J.-210-2003 y 253-2003, entre otras).
a'') "Igualmente es aplicable el concepto de
zona pública a ciertas áreas regidas por leyes especiales, como el Proyecto
Turístico de Papagayo y los Refugios Nacionales de Vida Silvestre".
(Dictamen C-210-2002 y Opiniones Jurídicas O. J.-216-2003 y O. J.-253-2003).
b) Los terrenos o áreas y rocas
que quedan al descubierto durante la marea baja.
c) Las islas, islotes y
peñascos marítimos, así como toda tierra o formación natural que sobresalen a
nivel del océano, dentro del mar territorial, desde la línea de bajamar a lo
largo de las costas (artículo 6° de
De
las islas, se excluyen las que tienen una regulación singular, como
d) Los manglares de los
litorales continentales e insulares y esteros del territorio nacional. (Respecto al carácter de dominio público
nacional de los esteros en la acepción de
"En
la actualidad con la categoría de humedales, los manglares son áreas
protegidas, de dominio público, integran el Patrimonio Natural del Estado y
están bajo administración del Ministerio del Ambiente y Energía, a través del
Sistema Nacional de Areas de Conservación regionales". (Opiniones
Jurídicas O. J.-122-2000 y O. J.-253-2003).
e) La franja de doscientos
metros aledaña a ambos lados del sistema de canales principales que unen los puertos
de Moín y Barra del Colorado.
f) La faja de doscientos metros
contigua a las rías, a que se extienda el litoral. Ría es la parte del río próxima a su entrada
en el mar, hasta donde llegan las mareas.
Estero, en términos de la legislación costera, es el terreno inmediato a
la orilla de la ría, por la que discurren las aguas de las mareas. Ley 6043, artículo 9°. Su Reglamento, artículo 2°, incs. e, f, y h.
(Opinión Jurídica O. J.-253-2003)…
Ciertos
sectores constituyen regímenes especiales o de excepción dentro de la zona
marítimo terrestre, como son:
a) Las islas que se mencionaron
(pto. II c, pfo. 2°);
b) Los parques nacionales y
reservas equivalentes, sea las áreas silvestres protegidas del Patrimonio
Natural del Estado (Ley 6043, artículo 73 y dictamen C-210-2002).
c) Las áreas de las ciudades
litorales (Ibid., art. 6°. Dictamen
C-002-99 y Opiniones Jurídicas O. J.-122-2000, y O. J.-253-2003).
ch) Los enclaves privados
debidamente inscritos al amparo de
d) Aquellas cuya legitimidad
reconozcan las leyes (artículo 6°; Ley 6043);
e) El Proyecto de Papagayo
(artículo 74 ibid.; dictamen C-210-2002);
f) Los terrenos traspasados a
JAPDEVA, excepto la zona marítimo terrestre correspondiente a ambos lados del
sistema de canales principales que unen los puertos de Moín y Barra del
Colorado, y la playa (artículo 75 ibid. y Ley 5337, artículo 41 inc. b).
g) El sector entre Chacarita y
la desembocadura del Río Barranca (Ley 6043, artículo 76).
h) La zona portuaria de
Caldera, en Mata de Limón (Ibid., art. 79).
i)
2) Administración de
Hay varias disposiciones sobre legislación litoral
en el Caribe norte, veamos:
“Se
declara zona de recreo y turismo la faja de doscientos metros de ancho,
desde la pleamar ordinaria, comprendida dentro de
Sobre la norma, cabe destacar qué debemos entender por el río Moín, pues de ello dependerá cuál porción de zona marítimo terrestre administrarían las municipalidades con injerencia en la materia.
De acuerdo
con lo anotado en las supra notas 8, 36 y
Así, el
denominado río Moín por el legislador de 1961, comenzaría donde termina el
cantón de Matina por el sur, es decir, de las coordenadas 228.100 y 629. 100 se
traza una línea recta a la boca del río Toro en el Estero de Moín y se continúa
por el río Toro aguas arriba (Ley 4344 de 16 de junio de 1969, artículo
1º). Por ello,
En este
aspecto, cabe precisar que el plano L-434-63 catastrado a nombre del Instituto
Costarricense de Turismo para efecto de
Además, como
vimos
En igual sentido el dictamen C-303-2000 de 11 de
diciembre de 2000, punto A, in fine
acotó: “Empero, de previo
debe señalarse lo siguiente. Del informe N. 864-99 de 27 de octubre de 1999 de
A raíz de las previsiones de
Por su parte, el artículo 41, inciso b) de la ley Nº 5337 de 27 de agosto de 1973 dispone:
“Son propiedad de JAPDEVA…
Todos los terrenos del Estado situados en el
área habilitada por canales navegables,([114]) comprendidos en un área de diez kilómetros
desde el mar hacia el interior, paralela a la costa, y una faja de tres
kilómetros de ancho paralela a ambos lados de los ríos y canales que administre
Además,
“Artículo 16.- Dentro de la zona
comprendida entre la desembocadura del
Río Matina y la desembocadura del Río Colorado y desde el Mar Caribe hasta un
kilómetro al Oeste el canal principal de navegación, exceptuando el área
incluida dentro del Parque Nacional de Tortuguero, el uso de la tierra y el
aprovechamiento de todos los recursos naturales, estará regulado por JAPDEVA,
previa consulta obligada al CONICIT, y sólo podrán llevarse a cabo si cuentan
con la aprobación de esta institución.
Artículo 17.- Esta ley rige desde
su publicación y deroga o modifica en lo pertinente cualquier otra que se
oponga.
Transitorio I.- Para los efectos
del artículo 16 JAPDEVA realizará, con el asesoramiento de CONICIT, en un plazo
no mayor de doce meses a partir de la vigencia de esta ley, el estudio completo
del uso potencial de la tierra y los recursos naturales a efecto de que los
particulares poseedores se ajusten estrictamente al mismo. Mientras se efectúa
este estudio el uso de la tierra queda congelado a su situación actual.
Transitorio II.- JAPDEVA, previa
consulta con el ITCO, en el término de un año procederá a entregar títulos de
propiedad debidamente inscritos en el Registro Público a todos los ocupantes de
fincas rurales de los pueblos que se encuentren en la zona delimitada en el
artículo 16 -exceptuando a los que estén dentro de los límites del Parque
Nacional de Tortuguero- que reúnan los requisitos que establece
No están comprendidos en esta autorización los doscientos metros de zona
marítimo-terrestre, a partir de la pleamar, ni las zonas protectoras
establecidas por la ley 4465 (Ley Forestal).”
(La negrita no pertenece al original).
Y, el precepto previsto por
“Artículo 75.-
Como vimos,
hay declaratoria de áreas silvestres protegidas desde
En
consecuencia, JAPDEVA administraría los doscientos metros de zona marítimo
terrestre a partir de la pleamar ordinaria entre la desembocadura del río Matina y el Caño
Mondonguillo, así como el sector entre la desembocadura
del Caño Negro en
La zona
marítimo terrestre de administración municipal en el Caribe norte es la
contigua a ambos lados de los canales
principales que unen Moín con Barra del Colorado, siempre y cuando esos
terrenos no estén comprendidos en los supuestos de los artículos 13 de
Sin embargo,
en aquellos casos donde por la estrechez de la franja costera la zona
restringida de administración municipal contigua a los canales principales traslape con los cincuenta metros de la zona
pública contigua al mar Caribe, han de prevalecer las prohibiciones y
restricciones especiales de la zona pública en detrimento de la zona
restringida (Reglamento a
Por supuesto, quedan a salvo los terrenos
reducidos a propiedad privada con título legítimo inscrito con sujeción a la
ley por así disponerlo en su momento disposiciones especiales (Ley 4558,
Transitorio III; Ley 5680, artículo 16 y Transitorio II; Ley 6043, artículos 6
y 35; Sala Constitucional Voto Nº 1272-95 de 15:57 hrs. del 7 de marzo de 1995,
dictamen C-191-96 de 27 de noviembre de 1996, conclusión tercera, párrafo
segundo), de carácter excepcional y de necesaria comprobación por el particular
a quien incumbe demostrar la titularidad invocada, con ajuste a derecho, de no
hacerlo se reputará pública por ministerio de ley (Dictámenes C-138-91 y
C-102-93). La tesis halla soporte en el principio del onus probandi (carga de la
prueba) y también ha sido sostenida en otras latitudes, como ocurre en
España. El Tribunal Supremo, en
repetidas sentencias, como son las del 7 de mayo de 1975, 12 de noviembre de
1988 y 7 de julio de
VI.- RESPUESTA A LAS
INTERROGANTES PLANTEADAS EN
Con base en las anteriores disposiciones y antecedentes pasamos a responder las preguntas planteadas.
A) Qué se debe entender por el concepto de “canales principales” y qué tipo de canales estaría fuera de esta categoría?
Los canales principales son aquellas vías acuáticas que permiten la comunicación
entre Moín y Barra del Colorado, cuyas secciones de recorrido son descritas por el Decreto
N° 3729 del 3 de mayo de 1974, que declaró inaugurado el sistema de navegación
fluvial de
Los
“canales” naturales y artificiales
que no están contemplados en el Decreto Nº 3729 de 1974 estarían fuera de la
categoría de principales.
B) Qué pasaría con los terrenos aledaños a canales artificiales que comunican canales naturales, por su condición de artificiales se podría interpretar que no constituyen zona marítimo terrestre?
Tanto los canales artificiales, como los
naturales, tienen a ambos lados de sus orillas doscientos metros de zona
marítimo terrestre de administración municipal si cumplen las condiciones
mencionadas en la respuesta anterior y esos terrenos no están cobijados por
los supuestos de los artículos 13 de
C) Qué condición ostentan los canales
artificiales creados precisamente para comunicar canales principales, formarían
o no parte de la zona marítimo terrestre?
Para
efecto de lo dispuesto por el artículo 75 de
D)
Con respecto a los alcances del artículo 75 de
La zona marítimo
terrestre no se constituye sobre los ríos, sino sobre los terrenos aledaños a
éstos. Y, en los términos dados a la
respuesta primera, sí pueden haber ríos que al ser parte de los canales principales tienen a ambos lados
zona marítimo terrestre de administración municipal, siempre y cuando esos terrenos no se hallen cobijados por
los supuestos de los artículos 13 de
E) Para efectos de autorización de
licencias de construcción en los márgenes de los canales artificiales
comprendidos en el área establecida en el ordinal 75 de
La zona marítimo terrestre contigua a los canales principales que unen Moín con
Barra del Colorado y cuyos terrenos no estén comprendidos en los supuestos de
los artículos 13 de
F) En caso de considerarse que
independientemente de que sea canal natural o artificial, principal o secundario,
por encontrarse dentro del área comprendida en el sistema de canales que une
Puerto de Moín y Barra del Colorado debe entenderse como zona marítimo
terrestre, qué requisitos deben requerirse para autorizar construcciones, en el
entendido de que técnicamente no se trataría de una zona costera?
Para efectos de la zona marítimo terrestre
prevista por el artículo 75 de
Como apuntamos, en nuestro país,
la zona marítimo terrestre es un término jurídico sobre varios espacios
naturales costeros o cercanos al litoral, y por ende, pueden tener influencia
de las mareas en algunos casos, y en ese tanto, tampoco es determinante si
técnicamente comprende naturalmente todos los elementos que determinen un área
como zona costera. En todo caso, la
investigación reseñada en el primer capítulo de este dictamen, denota que se
trata de áreas interdependientes con la costa, donde la barra constituye la
playa actual, y aún en la actualidad ganan terreno al mar por la unión de los
cordones litorales, el relleno de lagunas en la trasplaya o el levantamiento de
la plataforma continental.
Ha de tenerse claro, que la labor
consultiva de este Despacho lo es para evacuar dudas en la interpretación de las normas, su
significado y alcances. Pues a los
operadores jurídicos en el desempeño de sus labores les corresponde obtener
insumos como los ahora requeridos sea del Diario Oficial
Por esta vez, y para colaborar con las
tareas que corresponden a esa Municipalidad, se complementa la respuesta en
estos términos.
Las construcciones a realizar dentro de la
zona marítimo terrestre contigua a los canales principales que unen Moín con
Barra del Colorado y cuyos terrenos no estén comprendidos en los supuestos de
los artículos 13 de
Entre ellas, la “Reforma al
Reglamento a
Asimismo,
el “Reglamento para el Trámite de Visado de Planos para
Las obras deben ajustarse al “Reglamento
General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”,
Decreto N° 31849 del 24 de mayo del 2004 (
Además,
conforme al Decreto N° 29307, artículo 3, para edificar en la zona marítimo terrestre, definida
según el artículo 9° de
Con respecto a los requisitos a cumplir en el
trámite de la solicitud de concesión hemos indicado:
"Es de interés pasar
revista, aunque sea en forma sucinta, a los requisitos para obtener una
concesión en la zona marítimo terrestre, tema que se ha abordado en varios
pronunciamientos de
Esos requisitos están dispersos
en
Con anterioridad, era preciso la
aprobación del anteproyecto por el ICT, INVU y
La solicitud debe seguir el
trámite previsto y la concesión está sujeta al plazo y demás condiciones
legales establecidas (artículos 31, 41, 43, 45, 57, 58 y 65 de
Las entidades extranjeras pueden
intervenir en desarrollos turísticos, siempre que se trate de empresas
turísticas, cuyo capital pertenezca en
más de un cincuenta por ciento a costarricenses. Además, quienes se propusieren realizar
explotaciones turísticas en la zona marítimo terrestre deben rendir ante
Es obligatorio también ofrecer
hasta una cuarta parte en concesiones, para fines de esparcimiento, descanso y
vacaciones, a las organizaciones sociales mencionados en el artículo 58, inciso
c, de
Por remisión del artículo 48 de
Va
sobreentendido que
Para su aprobación, el original
del contrato de concesión y copia del expediente, con todos los documentos que
sirvieron de base, deben enviarse al Instituto Costarricense de Turismo o el
Instituto de Desarrollo Agrario, según corresponda, o
En los artículos 46 y 65 del
Reglamento a
En relación con los criterios a tomar en
cuenta al adoptar planes reguladores hemos señalado:
"En
general podemos definir el plan regulador costero como "el instrumento
legal y técnico para el desarrollo económico, social y ambiental equilibrado en
la zona marítimo terrestre, y áreas adyacentes cuando así lo implique"
(Proyecto de Reglamento para la elaboración de planes reguladores en los
litorales marítimos. Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, 1993. p.10).
Todo
plan regulador debe estar conformado por dos cuerpos: el gráfico y el escrito.
El primero, está compuesto por una serie de documentos, gráficos, planos y
diagramas que definen los usos del suelo en el área en donde se va a aplicar y
los sistemas de comunicación, y el segundo por un conjunto de normas y
reglamentos que establecen los términos bajo los cuales se deben desarrollar
dichos usos, estableciendo los criterios sobre urbanización, edificaciones,
facilidades comunales, servicios públicos y estrategias para la implementación
del plan vial, programas, proyectos y actividades, tanto por la iniciativa
privada como para inversión pública en aras del desarrollo sostenido de la zona
costera" (ibíd, p.10).
Son
muy variadas las funciones que cumple un plan regulador (por mencionar algunas:
definir un programa de necesidades de instalaciones de acuerdo con las
expectativas de los usuarios, garantizar mediante políticas y propuestas la
atención de las necesidades más sentidas de los habitantes locales, establecer
lineamientos y especificaciones de los sistemas de comunicación, identificar
pautas de control sobre uso de suelo, definir la estrategia de implementación
para la ejecución, control y evaluación de proyectos, etc.), pero de todas la
más importante es la de determinar los diferentes tipos de uso y su
localización en un circunscrito sector costero, con miras a lograr su
desarrollo equilibrado y sostenible.
Para
poder elaborar adecuadamente un plan regulador han de ser tomadas en cuenta
ciertas variables: análisis científico-social (estudio de composición y
distribución de poblaciones cercanas, estructuras de empleo, etc.), análisis
económico (subdividido en los diferentes sectores (agropecuario, industrial,
etc.) con definición de los potenciales existentes), análisis de la estructura
urbana (estudio de infraestructura, cuantificación y calificación de servicios
presentes, etc.) análisis socio-político (relaciones de poder, identificación
de grupos organizados, etc.), análisis físico-natural (caracterización geológica,
geomorfológica, de suelos, hidrológica, de clima, de calidad del aire, de
flora, de fauna, de ecosistemas, de paisaje, del área marina, etc.), análisis
cultural (formas y contenidos de las manifestaciones culturales, investigación
sobre el patrimonio histórico-arquitectónico y arqueológico, etc.).
Estos índices son fundamentales a
fin de determinar la incidencia de los diferentes proyectos de uso sugeridos,
por lo que habrán de considerarse cómo las fases de construcción de obras y
operación los afectan. En este sentido, no deberán faltar la enumeración de
todas aquellas acciones tendientes a mitigar los impactos de proyectos sobre el
ambiente local y recuperación de áreas afectadas, y programas de monitoreo a
fin de vigilar la exacta observancia de las disposiciones del plan
regulador.(...)
De
todo lo expuesto, se arriba a la conclusión de que un plan regulador contentivo
de todos los puntos anteriores y en que se hayan valorado todas las variables
existentes es un instrumento propicio para llevar a cabo un proceso ordenado de
crecimiento para una zona costera específica. Se lograría un equilibrio del
auge económico, sobre todo proveniente del sector turismo, y el conjunto de
recursos naturales. Asimismo, se conciliarían en una misma propuesta viable la
inversión extranjera y nacional con las expectativas e intereses
socioeconómicos de los pobladores locales." (Dictamen
No. C-100-95).
"Es
de recibo acotar que en la elaboración de planes reguladores, tanto de zonas
turísticas como no turísticas, debe tenerse en cuenta el diferente orden de
prioridades que elenca el artículo 57 del Reglamento a
Por
otra parte, y aunque no se encuentra contenido en
"Artículo
28.- Políticas del ordenamiento territorial Es función del Estado, las
municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas
nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los
asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población,
así como el desarrollo físico- espacial, con el fin de lograr la armonía entre
el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos
naturales y la conservación del ambiente."
Para
cumplir eficientemente esta función, exigible también en la zona marítimo
terrestre, los organismos involucrados al momento de planificar los
territorios, deberán considerar los siguientes fines (artículo 29 ibíd):
"a)
Ubicar, en forma óptima, dentro del territorio nacional las actividades
productivas, los asentamientos humanos, las zonas de uso público y recreativo,
las redes de comunicación y transporte, las áreas silvestres y otras obras viales
de infraestructura, como unidades energéticas y distritos de riego y
avenamiento.
b)
Servir de guía para el uso sostenible de los elementos del ambiente.
c)
Equilibrar el desarrollo sostenible de las diferentes zonas del país.
d)
Promover la participación activa de los habitantes y la sociedad organizada, en
la elaboración y aplicación de los planes de ordenamiento territorial y en los
planes reguladores de las ciudades, para lograr el uso sostenible de los
recursos naturales." (…)
Finalmente,
y con base en la aplicación analógica del artículo 38 de
Además,
el artículo 31 ibíd, relativo a planos de desarrollos urbanos o turísticos en
toda la zona marítimo terrestre, que como ya se explicó es el criterio
delimitador para efecto de planificación, remite también a aquellas
Instituciones:
"Artículo
31.- Todos los planos de desarrollos urbanos o turísticos que afecten la zona
marítimo terrestre deberán ser aprobados por el Instituto Nacional de Vivienda
y Urbanismo, así como por los demás organismos oficiales que tuvieren
competencia para intervenir al efecto, de acuerdo con la ley.." (Dictamen C-097-97)
Y, en oficio Nº AAA-951-04 del 27 de agosto
del 2004, agregamos:
"1.-
Los planos de desarrollo o planes reguladores (arts. 31 y 33; Ley 6043) y la
evaluación de impacto ambiental (art. 17; Ley Orgánica del Ambiente), como se
sabe, no conllevan un visado, ni por sí autorizan a construir. (opinión
jurídica Nº 123-2000 del 10 de noviembre del 2000).
2.-
Los Planes Reguladores establecidos por
En cuanto al trámite de
concesión, conforme al artículo 44 de
Sobre
esa disposición, en dictamen N° C-108-96 del 1° de julio 1996, se apuntó:
"Como puede apreciarse, este
artículo fija un principio general por el que han de regirse las
Municipalidades al momento de decidir sobre el otorgamiento de las concesiones,
cual es el dar prioridad a la persona que hubiese presentado la solicitud de
forma previa a cualquier otra. Por ello, es de suma importancia consignar por
Ahora bien, no basta que una
solicitud se hubiese presentado de primera en tiempo para proceder al
otorgamiento; es necesario además que se cumplan todos los requisitos, tanto
subjetivos como objetivos, fijados por
Una vez que se ha llegado a
determinar las solicitudes que son conformes a la planificación sectorial, el
Reglamento a
Una vez llegado a este punto, de
persistir la existencia de dos o más solicitudes con uso preferente y concorde
con la planificación zonal, deberá darse prioridad en el otorgamiento al
llamado ocupante. A esto se refiere el artículo 44 de
La interpretación de que el
término "en igualdad de condiciones" se refiere a la presentación
simultánea (al mismo tiempo) por dos o más particulares de solicitudes sobre un
mismo sector de la zona marítimo terrestre, debe ser descartada, pues es prácticamente
imposible que esto suceda en la práctica, y por ende, que el legislador hubiese
estimado oportuno regular una hipótesis tan restringida. (…)
Entonces, no debe perderse de
vista que el ocupante tiene un derecho de prioridad al otorgamiento de
concesiones, aún incluso por encima del que hubiere presentado primero en
tiempo su solicitud, sólo si cumple con los requerimientos legales y
reglamentarios, y sobre todo, si el uso solicitado es conforme a la
planificación de la zona y es preferente dentro de la categorización del
artículo 57 del Reglamento.
A este punto, si no existe ningún
ocupante, se procederá conforme al principio general de primero en el tiempo
primero en derecho (artículos 44 de
En síntesis, al momento de
valorar diferentes solicitudes sobre un mismo terreno de la zona marítimo
terrestre, deberá verificarse primeramente que se cumplen todos los requisitos,
tanto subjetivos como objetivos, que fijan
Constatado lo anterior, deberá
atenderse al orden de prioridad por actividades dispuesto en el artículo 57 del
Reglamento. Existiendo aún varias solicitudes con igual uso preferente, deberá
otorgarse la concesión al que fuere ocupante del terreno, el que deberá cumplir
con las características que le asigna
Sobre
las solicitudes de concesión de quienes construyeron sin autorización en la
zona costera, en dictamen C-230-97 de 4 de diciembre de 1997, puntualizamos:
"Ante lo expuesto, consideramos que las
solicitudes de concesión de quienes hayan construido sin autorización
administrativa en los terrenos de la zona marítimo terrestre cuya concesión
gestionan, deben resolverse una vez que se haya cumplido el procedimiento
preceptuado por el numeral 13 de
Lo anterior es claro, por cuanto la municipalidad
respectiva, el Instituto Costarricense de Turismo y las demás autoridades con injerencia en la
materia, deben dictar aquellas medidas que estimen necesarias para conservar o
evitar que se perjudiquen las condiciones originarias de la zona marítimo
terrestre (Ley 6043, artículo 17).-
Además, lo normal es que la entrega de la parcela que se
otorga en concesión debe hacerse libre de ocupantes y construcciones, salvo que
existan las mismas ante la hipótesis de un otorgamiento realizado con base en
el artículo 60 de
No debemos tampoco perder de vista que la misma Ley 6043,
artículos 62 y 63, sanciona tanto a los particulares como a los funcionarios
públicos que impidan ejecutar una orden
de suspensión o demolición de obras o imposibiliten la aplicación de penas a
los infractores.-
No obstante lo anterior, las solicitudes de concesión
planteadas por quienes hayan infringido la prohibición contenida en el ordinal
12 de
Debe quedar claro que las solicitudes de concesión
planteadas por quienes han construido ilegalmente en la zona marítimo terrestre
deben ser tramitadas de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley y el
reglamento, y por lo tanto no pueden ser rechazadas argumentándose que el
gestionante es un infractor, sin perjuicio, claro está, de proceder con lo
ordenado por el artículo 13 de
En conclusión, el trámite de solicitudes de concesión
presentadas por quienes ocupan o construyeron sin autorización administrativa
en la zona marítimo terrestre es el mismo que de aquellas solicitudes
presentadas por quienes no han incurrido en tales infracciones, pero en el
primer caso deberá previamente instaurarse el procedimiento reparador mediante
el cual se desaloja a los ocupantes y se destruyen las edificaciones y
posteriormente resolver la solicitud como en derecho corresponda, sin perjuicio
de las sanciones que deberán imponerse a los responsables.-
Ante naturaleza especial de
“...cabe indicar que
La
demolición de las construcciones ilegales forma parte de la reparación del daño
provocado por un hecho delictivo, aun cuando se hubiese extinguido la acción
penal. Incluso si después de construir se otorga la concesión, ello no implica
la eliminación del delito (Tribunal Superior de Casación Penal, sentencias
números 213-F-96 de 11:35 hrs. del 18 de abril de 1996 y 834-F-97).
Tómese
en cuenta que ocupar bienes demaniales sin la necesaria autorización, no da
derecho alguno a los infractores, ni siquiera para reclamar por las obras que
instale al margen de la ley. La simple tolerancia o tardanza de
Y, frente a actos ilegítimos contra
el demanio costero, las municipalidades deben tomar las medidas pertinentes
para contrarrestarlos, preservando los recursos naturales en sus condiciones
originarias, siendo pertinente el desalojo de los ocupantes ilegítimos y la
destrucción de las edificaciones en los supuestos previstos por la ley, pues
tratándose del dominio público rigen las potestades de autotutela y policía
demanial, y sin perjuicio de que interpongan las denuncias penales contra los
infractores (Ley 6043, artículos 3, 13, 17, 20, 34, 35 y 63; Sala
Constitucional, sentencias 2233-93, 846-95, 5559-96, 8429-2001 y 12777-2001;
Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera, Nº 246-98 de 10:20 hrs.
del 30 de julio de 1998; dictámenes números
28-PA-77 de 2 de mayo de 1977, 32-PA-77 de 5 de mayo de 1977, C-289-80 de 22 de
diciembre de 1980, C-066-81 de 31 de marzo de 1981, C-214-81 de 18 de setiembre
de 1981, C-003-85 de 4 de enero de 1985, C-313-85 de 4 de diciembre de 1985,
C-127-96 de 31 de julio de 1996 y C-230-97 de 4 de diciembre de 1997).
La
obligación de los gobiernos locales para desalojar a los ocupantes ilegítimos
se mantiene aún cuando los terrenos hayan sido otorgados en concesión a otras
personas, pues la actuación municipal en resguardo de la franja costera no cesa
nunca. Cuando se llegare a constatar una actitud negligente de los concesionarios
u otras personas legitimadas para ocupar la zona marítimo terrestre en su cuido
y protección, el Municipio debe prevenirles la corrección de su proceder que,
de continuar, dará cabida al trámite de cancelación de su derecho en los
supuestos previstos por ley (Ley 6043, artículos 34, 35 y 53; Dictamen Nº
C-169-95 de 4 de agosto de 1995).
Recordemos
que los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad,
deben actuar siempre sometidos a los principios (entre otros el
de transparencia y sana administración) y normas del ordenamiento
jurídico, y no pueden hacer caso omiso o negarse a cumplir los mandatos
contenidos en éste (Artículos 11 de
La omisión de actuar conforme a
lo indicado, puede hacer incurrir a los funcionarios municipales en
responsabilidades disciplinarias y penales (Ley 6043, artículo 63; Código
Penal, artículo 330; Código Municipal, N° 7794 del 30 de abril de 1998,
artículos 4, inciso c); 13, inciso ñ); 18, inciso d); Ley Orgánica de
Es
entendido que si mediaren actos administrativos declaratorios de derechos,
viciados de nulidad evidente y manifiesta, han de removerse de previo,
siguiendo los trámites que establecidos artículos 173 y 308 y siguientes de
VII.- CONCLUSIONES
1) El dictamen C-321-2003 del 9 de octubre
de 2003, conclusión segunda, reconsideró de oficio el criterio que requería la
clasificación de los terrenos rurales, cubiertos de bosque o forestales,
propiedad o bajo administración de los organismos de
Por ello, se adiciona el dictamen
C-303-2000 de 11 de diciembre de 2000, conclusión sexta, para indicar que los
terrenos de bosques y forestales que estuvieren comprendidos dentro del área
descrita por el artículo 1 de
2) La faja de tres kilómetros de ancho,
paralela a ambos lados de los ríos y canales que menciona el artículo 41,
inciso b) de
3)
Las lagunas Plaset, Urpiano y Caldera son parte del Humedal Nacional Cariari y
están rodeadas por un área silvestre protegida (zona protectora) de
4) La zona marítimo terrestre de
administración municipal en el Caribe norte es la contigua a ambos lados de los
canales principales que unen Moín con Barra del Colorado, siempre y cuando esos
terrenos no integren el Patrimonio Natural del Estado, ni estén comprendidos
por el artículo 1º de Ley 2906 de 24 de noviembre de 1961.
5) Los canales principales referidos por el
artículo 75 de
Los “canales” naturales y artificiales que
no están contemplados en el Decreto Nº 3729 de 1974 no son canales principales.
6) La zona marítimo terrestre contigua a
los canales principales que unen Moín con Barra del Colorado y cuyos terrenos
no estén comprendidos en los supuestos de los artículos 13 de
7) En aquellos casos donde por la estrechez
de la franja costera, la zona restringida de administración municipal, contigua
a los canales principales que unen Moín con Barra del Colorado, traslape con
los cincuenta metros de la zona pública a partir de la pleamar ordinaria del
mar Caribe, han de prevalecer las prohibiciones y restricciones especiales a
favor de la zona pública, en detrimento de la zona restringida.
8) Quedan a salvo aquellos terrenos
reducidos a propiedad privada con título legítimo inscrito con sujeción a la
ley, por así disponerlo en su momento normativa especial.
Atentamente,
Lic. Mauricio Castro Lizano
Procurador Adjunto
ci: Concejo Municipal de Matina
Dr. Roberto
Dobles Mora
Ministro del
Ambiente y Energía
Junta
Directiva
Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de
Junta Directiva
Instituto
Costarricense de Turismo
Msc. Max Lobo Hernández
Director a.i.
Instituto Geográfico Nacional
([1]) Este período se inició hace 1.8 millones
de años, y en él se instauraron las cordilleras volcánicas actuales (DENYER,
Percy, y Otros. Historia Geológica, en Geología de Costa Rica, Editorial
Tecnológica de Costa Rica, Cartago, Costa Rica, 2000, p.165).
([2]) Sobre su nombre, Ricardo Fernández Guardia
indicó: “Los caribes…según fundadas probabilidades eran oriundos del
Brasil, de donde pasaron a Venezuela, esparciéndose después por las Antillas y
las costas del mar Caribe, al cual han dado su nombre” (El Descubrimiento
y
Por su
parte, Antonio de Alcedo, anotó: “Caribes:
Nación bárbara de indios feroces comedores de carne humana, que habitan en
provincia llamada por ellos Caribana” (Guayana) (Diccionario Geográfico-
Histórico de las Indias Occidentales o América, Imprenta de Benito Cano, Tomo
I, Madrid, 1786, p. 376).
Similarmente, Antonio Lot Helgueras y Manuel Lucena Salmoral
sostienen: “El caribe es un mar que empieza donde el Océano Atlántico pierde su
nombre a causa del calor tropical…Su nombre deriva de la palabra “canibi”, con
la que los taínos afincados en las Antillas designaron a unos invasores
suramericanos que tenían la costumbre de comerse a sus enemigos. Los caribe –así los llamaron los españoles-
procedían posiblemente de
([3]) La arena de las playas es muy oscura debido
a su origen volcánico procedente de
([4]) Este cerro data de 1,2 millones de años,
mientras la buena preservación del cono piroclástico del Tortuguero sugiere una
formación más reciente. (TOURNON, J.
y ALVARADO, Guillermo. Mapa Geológico de Costa Rica, Editorial Tecnológica de
Costa Rica, Cartago 1997, citado por KUSSMAUL, Siegfried. Estratigrafía de las
Rocas Ígneas, en Geología de Costa Rica, Editorial Tecnológica de Costa Rica,
Cartago, Costa Rica, 2000, p.77). Ver infra nota 75.
([5]) Denominado primeramente Desaguadero, su embocadura fue
descubierta por el Capitán Ruy Díaz en 1525, cuyo bergantín no logró pasar del
primer recial. Luego, lo recorrió hasta
su desembocadura en la mar del Norte Alfonso Calero, quien llegó a la costa el
24 de junio de 1539, el día de San Juan Bautista. En la expedición se utilizaron embarcaciones
de poco tamaño (canoas), la más pequeña de ellas se llamó San Juan (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Conquista y Poblamiento en el
Siglo XVI, Relaciones Histórico-Geográficas, Editorial Costa Rica, Biblioteca
Patria, volumen 2, San José, Costa Rica, 1976, pp. 44, 49-59; FERNÁNDEZ
GUARDIA, Ricardo, El Descubrimiento y
([6]) En 1874 el Dr. William Gabb señaló que “Sixola significa “Río de los
Guineos” (Citado por NORIEGA, Félix.
Diccionario Geográfico de
Manuel
María de Peralta anotó que el río Tarire (Tilirii) fue descubierto en abril de
1540 y es oficialmente su primer nombre. (Carta Histórico-Geográfica referente
á Talamanca, Boletín de las Escuelas Primarias, Nº 39, Inspección General de
Enseñanza, 31 de julio de 1896, San José, Costa Rica, pp. 231 y 234. Biblioteca Nacional, signatura H 370.5/ B6881
b CR). También se cita en los protocolos coloniales de Cartago en el documento
fechado 7 de junio de 1607 (Archivo Nacional, sig: 801-CO).
([7]) La placa Coco se hunde bajo la emergente
placa del Caribe, que se desliza hacia el este produciendo el levantamiento
geotectónico paulatino del territorio nacional con
Estudios
del Observatorio Vulcanológico y Sismológico revelaban ya entre 1984 y 1988
aumento de la actividad sísmica en el Caribe con mayor concentración frente a
la desembocadura del río Parismina (BRENES MARÍN, Jorge, Estudio Preliminar de
([8]) En 1912 indicaba Pittier: "…esta costa aumenta y pone nuevos
obstáculos al desaguadero de las aguas que vienen del interior. Pero este aumento parece depender aún de otro
acontecimiento: de un levantamiento
lento que debe haber comenzado desde miles de años y del cual se encuentran
rastros bastantes recientes. En los
pantanos que separan el "Río Blanco" del Cuba en la comarca de Moín,
a cinco o seis kilómetros de distancia del mar se ve en todas partes el coral
blanco en el fondo de las aguas negruzcas de los canales sin salida. En medio de una vegetación extraordinaria se
elevan de vez en cuando pilares del mismo material, desnudos y surcados, como
se ven a lo largo de los arrecifes del territorio costeño y que parecen haber
sido lavados por las olas todavía ayer o unos días antes." (Costa
Rica, su Orografía e Hidrografía.
Revista de Costa Rica, Nº 12, agosto, 1922, pp. 309-310. Tomado de
([9]) No hay sistema estuarino porque las mareas
alta y baja fluctúan muy poco, solo unas decenas de centímetros. (ACUÑA, J. A.,
y MURILLO, M. M., Mapa de Sensibilidad Ambiental para Derrames de Petróleo en
las Costas de Costa Rica, Revista Biología Tropical, 1996-1997, citados por
DICK, Belinda, Op.cit., p. 15).
En análogo
sentido, el cronista contemporáneo a Colón, Pedro Mártir de Anglería (Décadas
del Nuevo Mundo) escribió: “en aquellas regiones había poca marea
viendo que había árboles en la playa, como en las orillas de los ríos. Lo mismo dicen los demás que han visitado
aquellas costas, que hay poco flujo y reflujo en las orillas de aquellas
tierras o islas.” (Colección de Documentos para
([10]) Raphia
taedigera Mart.: Palma muy frondosa, características de los
pantanos de la costa atlántica (PITTIER, Henri, Plantas Usuales de Costa Rica,
Editorial Costa Rica, Biblioteca Patria, Volumen 21, San José, Costa Rica,
1978, p.153). Para GAGINI yolillo probablemente es aféresis de coyolillo. (Diccionario de
Costarriqueñismos, Editorial Costa Rica, Biblioteca Patria, tercera edición,
volumen 20, San José, Costa Rica, 1975, p. 215).
([11]) No
extraña que el gobernador Diego de
([12]) La
palabra "cacique" es de
origen caribeño (arawako) y significa "jefe",
quien como líder político y religioso, dirigía al grupo y ejercía las funciones
asociadas a la guerra y el comercio. (Fundación de Pastoral Aborigen, Instituto
de las Tradiciones Sagradas, Los Pueblos Indígenas de Costa Rica, Historia y
Situación actual, Costa Rica, 1999, p. 10).
([13]) Los Suerres eran caribes (GAGINI, Carlos.
Los aborígenes de Costa Rica, Imprenta Trejos Hermanos, San José, Costa Rica,
1917, p. 177.
Biblioteca Nacional, signatura: C.R
498/G134a).
([14]) Pococí: pueblo de mucha
gente (GAGINI, Carlos, Op.cit., p.
165). En igual sentido, en 1569 apuntó
Juan de Cárate, Procurador General de Cartago (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Indios,
Reducciones y el Cacao, Editorial Costa Rica, Biblioteca Patria, volumen 4,
Costa Rica, 1976, p. 27).
([15]) Tariaca parece significar diente de tiburón
(tari, tëri: tiburón, áca: diente) o es la corruptela castellana de Tarí-Vàk,
Tribu del tiburón. (PITTIER, Henri. Nombres Geográficos de Costa Rica, I
Talamanca, Instituto Físico Geográfico Nacional, Tipografía Nacional, San José,
Costa Rica, 1895, p. 41. Biblioteca Nacional, Colección especial, signatura: CR
910.3 / P689n).
([16]) Llamado por los ingleses “North River” y por
los aborígenes “Tain hin” (Río Grande) (PITTIER, Henri, Costa Rica, su
orografía e hidrografía, p. 308).
Peralta describió similarmente los terrenos de los Suerres, Pococís y
Tariacas, pero para éstos últimos señaló como límite sureste el río Tarire
(Sixaola). (Los aborígenes de Costa Rica, Ensayo de Distribución Geográfica,
Sociedad Americanistas de París, sesiones de 2 de junio y 1º de diciembre de
1896, traducido del francés en
Jorge Lines también indicó el Sixaola como límite sureste para los
Tariacas en su Carta Etnológica de Costa Rica y Nicoya Siglos XVI y XVII.
(MOLINA María y LINES Jorge, Costa Rica Monumentos Históricos y Arqueológicos,
Instituto Panamericano de Geografía e Historia, San José, Costa Rica, 1974.
Biblioteca del Museo Nacional, signatura: F1545 / M6c).
([17]) En 1908, Pittier destacaba sobre esta
palmera arbórea (Guilielma utilis Oerst)
su cultivo por los aborígenes desde tiempos remotos, con más frecuencia en el
Atlántico y sin conocérsele en estado silvestre. Agregaba que sus frutas alcanzan un tamaño
similar al de un jocote tronador y tienen un sabor parecido a las
castañas. La madera es muy dura y la
utilizaron los nativos para bastones, arcos, puntas de flechas, chuzos y
macanas. La voz pejibaye es probablemente
suramericana, con las variantes pejiballe,
pejibay, pixbae, pixbay. (Plantas Usuales de Costa Rica, p. 225). En 1918, Carlos Gagini señalaba que la grafía
más aceptable es pijibay, y que la
nuestra se debe a la influencia de las palabras peje y valle. (Diccionario de
Costarriqueñismos, p. 175).
([18]) Theobroma
cacao L: En 1908 afirmaba Pittier
que su nombre es origen del nahuatl cacahuatl,
y que el cacao actual, cacao Matina, que
es el criollo de los antillanos, es
una especie mejorada de la indígena. (Plantas Usuales de Costa Rica, pp. 63, 91
y 92).
([19]) Los arqueólogos sitúan el inicio de la
orfebrería en el Nuevo Mundo, tentativamente en Perú en el Siglo V. Nuestra Cultura del oro la adscriben al
complejo Costa Rica-Panamá-Colombia, que sobresale en objetos de metales
obrizos y éneos, con las aleaciones de voz haitiana de guanín, y excluyen la posibilidad de influencia en nuestro arte
metálico proveniente de México. (MOLINA María y LINES Jorge, Op.cit., pp. 131-132).
([20]) Al respecto afirma Carolyn
Hall: “Toda la vertiente Atlántica fue
una importante área comercial. Entre los
artículos intercambiados dentro y fuera de Costa Rica, se encontraban los
tapires, cerdos salvajes, sal, cacao, miel de abeja, tela de algodón, hamacas y
artefactos de oro". (Costa Rica una interpretación geográfica con
perspectiva histórica, Editorial Costa Rica, San José, 1983, p. 67. HALL cita a STONE,
Doris, Pre-Columbian Man in Costa Rica, Harvard, Peobsdy Museun Press, 1977,
pp. 168-204).
([21]) Sobre este lugar señalan Ricardo Vásquez
Leiva y Claude Chapdelaine: “El nombre del sitio se debe a la antigua
Finca Las Mercedes…dedicada en diferentes ciclos a la producción de banano,
cacao y abacá, entre otros cultivos y usos. La sobresaliente riqueza de la
cultura material del sitio quedó en evidencia con la construcción de
([22]) Con respecto a los contratos para
construir la vía férrea entre Cartago y el Atlántico, concluida el domingo 7 de
diciembre de 1890, véase la opinión jurídica Nº OJ-204-2005 del 12 de diciembre
del 2005.
([23]) "Keith
acumuló una inmensa colección de artefactos indígenas…corrientemente están
hechos de oro puro, formados a veces de una masa sólida, a veces huecos; en
ocasiones, como sucede con los objetos de mayor tamaño, con el oro incrustado. Representan pájaros, pumas, ranas,
serpientes, dioses míticos…La colección de Keith fue gradualmente llevada a los
Estados Unidos donde, hasta el año de 1914, permanecía en su casa de
habitación…Miss Flora Siegel, del Museo de Brooklyn, me mostró muy amablemente
la parte de la colección que se encuentra en manos del Museo…La belleza de
aquellos ejemplares y el alto grado de habilidad con que estaban labrados era
impresionante…Miss Siegel me suministró los datos relativos al número de piezas
de cada clase, que conforman la colección que posee el Museo: Oro: 1.054; Jade:
67; Cobre misceláneo: 6; Cerámica y piedra: 4.000. El número de piezas de cerámica excede en
mucho al de la piedra. Este presente
investigador viajó, por el ruidoso tren subterráneo, al Centro de Nueva York en
donde está el American Museum of Natural History. Allí, Miss Bella Weitzher me dio los datos
acerca de los materiales de Keith existentes en este Museo. Piedra miscelánea: 82; Oro: 332; Jade: 68;
Cobre: 6; Cerámica: 4.058… (STEWART, Watt. Keith y Costa Rica, Editorial
Costa Rica, segunda reimpresión, San
José, Costa Rica 1991, pp. 172-179).
En el Libro de J. Alden Mason titulado
Costa Rican Stonework. The Minor C. Keith Colection, Volumen 39 Part 3. Anthropological Paper of The American
Museum of Natural History, New York, 1945,
se aprecian 183 imágenes fotográficas de los objetos procedentes del
sitio Las Mercedes, 61 de Palmar y 9 del Valle Central (Biblioteca Nacional,
signatura CR 913.031/ M399c).
([24])
Leyes números 7 de 6 de octubre de 1938, artículo 1; y 6703 de 28 de
diciembre de 1981, artículos 1 y 3; Corte Plena, resoluciones de las 9:00 hrs.
del 25 de marzo de 1983 y 13:00 hrs. del 12 de mayo de 1989; Sala Tercera, Nº
211 de las 10:40 hrs. del 20 de julio de 1990; Sala Constitucional, sentencias
números 729-96 de 9:15 hrs. del 9 de febrero de 1996, 2002-05245 de 16:20 hrs.
del 29 de mayo de 2002, adicionada por la 2002-7360 de 15:51 hrs. del 24 de
julio de 2002 y 2005-12129; dictámenes nuestros Nos. C-241-87 de 4 de diciembre
de 1987 y C-127-88 de 5 de agosto de 1988.
([25]) Esos territorios han sido declarados
inalienables y no susceptibles de adquisición por no indígenas. La propiedad y
su organización son consideradas de carácter colectivo y comunitario (Ley Nº
6172 de 29 de noviembre de 1977, artículo 3º; Sala Primera, sentencia N° 223 de
las 15:30 hrs del 6 de julio de 1990; Sala Constitucional, sentencias Nos. 1786-93 de las 16:21 hrs. del 21 de abril de 1993,
2002-02623 de las 14:41 hrs del 13 de marzo del 2002, 2002-3468 de las 16:04
hrs. del 16 de abril de 2002, 2005-6856 de las 10:02 hrs. del 1 de junio de
2005 y 2006-8556 de 16 de junio de 2006; Tribunal Agrario, votos Nos.
107 de las 10:20 hrs del 16 de febrero de 1994, 429 de las 15:30 hrs del 24 de
julio de 1997 y 304-F de las 8:00 hrs del 29 de marzo de 2006; dictámenes
C-112-94 del 8 de junio de 1994, C-228-99 del 19 de noviembre de 1999 y
C-395-2003 del 16 de diciembre de 2003).
([26]) Pertenece al tipo de “barco redondo”, con
estructura bombeada, cortos de eslora y perfil mazacote. Por ser muy alto no podía moverse a remo, y
su maniobrabilidad dependía de la combinación adecuada de las velas. Capaz de cargar hasta cien toneladas, jugó un
papel decisivo en las empresas de descubrimiento y exploración costera gracias
a su poco calado. A pesar del pequeño
tamaño, logró enfrentar largas travesías oceánicas gracias a su gran agilidad
de maniobra al tener un aparejo de velas cuadradas y triangulares. La nave fue perfeccionada por los portugueses
a lo largo del siglo XV. De los buques
nórdicos tomaron la vela cuadrada, buena para navegar con viento de popa, y de
los árabes la triangular, para navegar con viento de costado (Colón.
Protagonistas de
([27]) Desde el 3 de abril de 1502 surcó las aguas del río Sevilla. Fue fletada para este cuarto viaje por 9000
maravedís al mes. Inició su recorrido en
Cádiz el 9 u 11 de mayo de 1502, y zabordó en las costas de Jamaica el sábado
12 de agosto de 1503. La otra carabela, Santiago de Palos (Bermuda) fletada por
10000 maravedís al mes, encalló en las playas de Jamaica el domingo 23 de junio
de 1503. Dos navíos más acompañaban la
flota de 140 hombres, Gallega y Vizcaína, arrendados, por su orden, en
8333 y 7000 maravedís.
La broma
es un molusco lamelibronquio de aspecto veriforme, con sifones desmesuradamente
largos y concha muy pequeña, que deja al descubierto la mayor parte del
cuerpo. Las valvas de la concha,
funcionando a manera de mandíbulas, perforan las maderas sumergidas, haciendo
galerías que reviste de una materia calcárea segregada por el manto y causan
graves daños en las construcciones navales (Diccionario de
([28])
([29]) El Decreto Nº
29737 de 31 de agosto de 2001, artículo 1º
(
Según Carlos
Gagini, Colón no arribó a Limón el 25 de setiembre de 1502, sino a la ensenada
del río Rama en Nicaragua, frente a la isla Pájaro Bobo. Entre otras razones, indicó que para esa
fecha no había en Limón hallazgos arqueológicos sobre restos de la población
que describieron los españoles (Colección
de Documentos para
Para Carlos Meléndez (FERNÁNDEZ BONILLA,
León, Historia de Costa Rica,
durante
En cambio, Fray Bartolomé de Las Casas
sostuvo: “El domingo, a 17 de setiembre, fueron a echar anclas entre una isleta
llamada Quiribrí y en un pueblo de la tierra firme llamado Cariarí. Allí hallaron la mejor gente y tierra y
estancia que habían hasta allí hallado, por la hermosura de los cerros y sierra
y frescura de los ríos y arboledas, que se iban al cielo de altos, y la isleta
verde, fresquísima, llena de grandes florestas, que parecía un vergel
deleitable; llamóla el Admirante
Por su parte, Bartolomé Colón sólo
escribió: “Seguitando più oltre in fino a una terra chiamata
Cariai in la quale habita gente de bone sorte che vivono de industria et
mercantia”, que se traduce: “Siguiendo más adentro hasta una tierra llamada Cariai
en la cual habita gente de buena suerte que viven de industria y comercio” (Informatione di Bartolomeo
Colombo della navigatione di ponente et Garbin di Beragua nel mondo novo, Roma, 1505,
reproducido en: Colección de Documentos para
([30]) La isla fue declarada monumento nacional
por Decreto Nº 16542 de 14 de agosto de 1985 (
([31]) “Llegué
a tierra de Cariay, donde me detuve á remediar los navíos y bastimentos, y dar
aliento á la gente, que venia muy enferma. Yo que, como dije, habia llegado muchas
veces a la muerte, allí supe de las minas del oro de la provincia de Ciamba,
que yo buscaba. Dos indios me llevaron á Carambaru, á donde la gente anda
desnuda y al cuello un espejo de oro, mas no le querian vender ni dar á trueque” (Carta de Colón a los Reyes escrita en
Jamaica el 7 de julio de 1503, transcrita por Martín Fernández de Navarrete, Op.cit., p. 447).
([32])
([33]) Es probable que el nombre Bocas del Toro
derive de los Torasques (Dorasques) (Barrantes, Claudio, Com. Pers, 15 de mayo de 2006),
perteneciente, según las misiones franciscanas, al grupo de los Talamancas, del cual también formaban
parte los Cabecaras, Viceitas, Térrabas,
Tóxares (habitantes de una isla), Changuenes,
Zeguas y Guaymíes (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Indios, Reducciones
y el Cacao, p. 280).
En este
sentido escribió Ricardo Fernández Guardia: “En los siglos XVI y XVII
Actualmente la isla Tójar
recibe el nombre de Colón. En tiempos
previos y durante la colonia acudían a ella los demás grupos nativos al trato
de cacao por ser bueno y darse allí en abundancia, entre otros frutos como los
plátanos y las piñas. Durante el siglo
XVIII empezó a quedar desierta pues los zambos y mosquitos, coligados con los
ingleses, repetidamente se llevaban presos a los nativos para venderlos en
Jamaica, y los pocos que quedaron se retiraron a los cerros. No es extraña entonces que el 30 de julio de
1722, el gobernador de Costa Rica, Diego de
([34]) El
1° de mayo de 1503 Colón dejó el Golfo de San Blas. Llegó a Jamaica el 23 de junio, y encalló los
dos navíos en la playa pues ya no servían para navegar (ver supra nota
27). El 28 de junio de 1504 embarcó
hacia
El
nombre del océano Atlántico “proviene del
griego Atlas, uno de los titanes de la mitología griega” (Tomado de
([35]) Mirobálano: Árbol de la familia Combretaceae,
cuyo fruto se usa en medicina y tintorería (Diccionario de
El
almendro de playa (Terminalia catappa
L.), anotaba Pittier en 1908, es preferido para sombra en las plazas y alamedas
de la tierra caliente en toda la zona tropical. Las raíces, la corteza y las frutas contienen
mucho tanino y se emplean para curtir.
Las últimas dan además un tinte negro muy firme y las semillas
oleaginosas tienen un sabor bastante agradable (Plantas Usuales de Costa Rica,
p. 74). El árbol alcanza entre los 10 y
Dentro de
la familia Combretaceae, encontramos
además la especie mangle botón (Conocarpus
erecta L.), asociada a manglares o vegetación costera (ZAMORA VILLALOBOS,
Nelson, Ibídem, p. 236).
Otra
especie del género Terminalia sp., de
la familia Combretaceae, muy frecuente en los bosques
húmedos de las tierras bajas del Caribe (
([36]) Para William Eleroy Curtis, Colón arribó a Moín: “Moín
se lleva las mayores probabilidades de ser el risueño y privilegiado lugar de
nuestras costas del Atlántico, descubierto y frecuentado, desde el diez y siete
de setiembre al cinco de octubre, por los tres Colones. Las palizadas y otros obstáculos que cierran
hoy su entrada, semejante a una isleta que lo separan del mar, y es donde la
carena y reparación de naves podía hacerse cómodamente, y otras señales
características de aquella localidad, lo mismo que su distancia a
En la
traducción que del italiano al español hizo Andrés González Barcia
(Historiadores Primitivos de las Indias Orientales, Madrid, 1779) transcribe
así a Hernando Colón: “El domingo 25 de
setiembre, siguiendo así al Mediodía, surgimos en una isla llamada Quirivirí, y
un pueblo de tierra firme, llamado Cariai…era la referida isla espesa, llena de
muchas manchas de árboles, así de palmitas y mirobalandos como de otras muchas
especies, por lo cual la llamó el Almirante
Sobre ese río, el obispo de nuestro país
Bernardo Augusto Thiel acotó el 12 de octubre de 1900: “el
gran río a que se refiere la descripción anterior es el río Matina o Chirripó,
que anteriormente desembocaba en el actual estero de Moín, por el cauce del
actual río Cubas o Cuba que se junta con el río Toro, formando la cabecera del
estero de Moín. Debemos este dato al
señor Enrique Pittier, quien me refirió los pormenores geográficos en que se funda
este dato histórico-geográfico, pormenores que pueden verse en los mapas
levantados por los ingenieros de
([37])"El
Pacífico Norte es la zona para la cual se tiene información sobre un número
mayor de sitios, seguida en orden descendente por el Pacífico Sur y el Área
Central. Una consideración especial se le debe otorgar a las Islas del
Pacífico, donde es alto el número de sitios identificados en proporción al área
geográfica insular. Las zonas menos conocidas serían: las llanuras de
Tortuguero, San Carlos, Guatuso y las ubicadas al sur del Lago de Nicaragua, la
sección norte de
([38]) Sobre el origen de ese nombre para nuestro
territorio, Francisco de Paula García Peláez citó a Alcedo, quien el 22 de mayo
de 1627 escribió: “dieron al pais los
españoles el nombre de Costa-Rica por el mucho oro y plata que encierra en sus
minas” (Memorias para
Y con
anterioridad, el 7 de julio de 1503 escribió Colón: “Nombraronme
muchos lugar en la costa de la mar, a donde decian que habia oro y minas. El postrero era Veragua, y lejos de allí obra
de veinte y cinco leguas…De una oso decir, porque hay tantos testigos, y es que
yo vide en esta tierra de Veragua más señal de oro en dos dias primeros, que en
La
jurisdicción de Costa Rica comprendía desde “la boca del río de San Juan del Desaguadero de Granada
hasta el Escudo de Veragua” (Informes de 1675 y 1676 del gobernador Juan
Francisco Sáenz, citado por FERNÁNDEZ BONILLA, León, Conquista y Poblamiento en
el Siglo XVI, Relaciones Histórico-Geográficas, pp. 367 y 369; PERALTA, Manuel
María, Costa Rica y Colombia de
En
análoga dirección, Fernández Guardia apuntó: “Es de creerse que Felipe II y
su Consejo de las Indias no perdían de vista las afamadas riquezas de Costa
Rica…firma el 1º de diciembre de 1573 una capitulación con el capitán Diego de
Artieda Chirino…el Rey confiaba a Artieda el descubrimiento, pacificación,
impugnación de Costa Rica y fijó…desde el río San Juan de Nicaragua hasta la
misma provincia de Veragua, por el Atlántico” (El Descubrimiento y
Así
describe nuestro territorio el Mapa de Costa Rica, Istmo de Panamá, Veragua y
Costa de Misquitos, es decir, desde la desembocadura del Río San Juan hasta el
Río Chiriquí, Culebra o Calobebora frente a
En abril de 1827, Orlando W. Roberts publicó en Edimburgo el libro
"Narración de los Viajes y Excursiones en
Sobre la
pérdida de los territorios de Bocas del Toro Fernández Guardia señaló: “…a principios de 1836 llegaron algunos
pobladores irlandeses a dicho lugar; pero al saberlo el gobierno de
([39]) Cleto González Víquez elaboró un amplio
estudio para demostrar que el Suerre es el Reventazón (Apuntes sobre Geografía
Histórica de Costa Rica, Imprenta de Avelino Alsina, San José, Costa Rica,
1906, pp. 7-37. Biblioteca Nacional, signatura: CR 917.286/ G.643a). Para
Pittier Suerre (Tsuiri) significa río Rápido. (Capítulos escogidos de
([40]) Esta provincia se extendía a la derecha
del río Sarapiquí y del San Juan (Desaguadero) hacia el valle de Matina. Los españoles llamaron playas de Suerre las
que comenzaban al norte de la margen izquierda de la boca del Matina. A pesar de sus incursiones, no pudieron
dominar la provincia con establecimientos firmes (GONZALEZ VÍQUEZ, Cleto,
Apuntes sobre Geografía Histórica de Costa Rica, pp. 38-41).
([41]) Guarco
fue un famoso cacique, rey de los Huetares de oriente, cuyos dominios se
extendían desde el Virilla hasta Chirripó (GAGINI, Carlos Diccionario de
Costarriqueñismos, p. 133). Peralta
sostuvo que “Guarco viene del nahautl Qualcan,
de qualli, bueno, conveniente, y can
sufijo de lugar. Qualcan o Guarco, buen
lugar, o, según el Padre Alonso de Molina, “lugar
abrigado y conveniente”, como lo es en efecto el valle de Cartago” (Los
aborígenes de Costa Rica, Ensayo de Distribución Geográfica, p. 424).
([42]) José María Figueroa Oreamuno ilustró la
llegada de Diego Gutiérrez a Suerre, la fundación de San Francisco, su muerte
por parte de los aborígenes. En 1845, Figueroa trabajó de empleado en el puerto
de Moín. Ese año visitó las costas del
Parismina, Tortuguero y Colorado (Ver Viajes 11 y 12 en Adolfo Blen,
Índice del Libro Histórico de Don José María Figueroa Oreamuno, Enero 1918, pp.
13-29).
([43]) Los
sobrevivientes lograron llegar a la boca del río Taure y se embarcaron para el interior de Nicaragua. También por la
boca del Taure, Badajoz abandonó
nuestro territorio en "cumplimiento
de la sentencia dictada contra él en Doybabarú, Hernández Sánchez, fue
embarcado en la boca del Taure en la carabela de Martín de Bonilla, bajo la
custodia de Diego Contreras” (FERNÁNDEZ GUARDIA, Ricardo, El Descubrimiento
y
Los días
12 y 13 de octubre de 1665,
En
1741, Luis Diez Navarro mencionó las bocas: “San Juan, Taure y Colorado” (Canal Interoceánico entre Nicaragua y
Costa Rica en 1620 y 1687, PERALTA, Manuel María, Bruselas, Imprenta de
Merterns, 1887, p.163. Biblioteca Nacional, signatura CR 627.13/ P426c).
También lo hizo José Lacayo en 1745, señalando que el Brasuelo de San Juan tiene mucho manatí y tortugas de carey, que
por el Taure salen las embarcaciones,
pero entran por el San Juan por tener mejor barra, y que el Colorado, era el más copioso de los tres
y el de mejor barra, pudiendo entrar por él balandras y barcos grandes, y de su
boca por la misma costa está el valle de Matina a quince o 20 leguas
(FERNÁNDEZ, León, Conquista y Poblamiento en el Siglo XVI, pp.416-417). Nuestra cartografía oficial denomina al río Taure como Taura (Hoja Punta Castilla, coordenadas verticales 573-575 y
horizontales 321-318).
([44]) Las tortugas marinas en peligro de
extinción que desovan en el Caribe son: tortuga baula (Dermochelys coriacea) de
Según
la lista roja de
([45]) En nuestro país habitan en los bosques húmedos dos tipos de leones
catalogados en peligro de extinción, el puma
concolor, de color amarillento hasta rojizo intenso, y caza presas como
el zorro pelón (Didelphis marsupialis),
mono congo (Alouatta palliata), mono
colorado (Ateles geoffroyi), rata de
monte (Prochimys semispinosus) e
iguanas (Iguana iguana); así como el león
breñero (Herpailurus yaguarondi),
de color gris oscuro, rojizo o castaño, que se alimenta de pequeños mamíferos
como ratones de monte, armadillos y aves, huevos de aves y antrópodos.
(Carrillo, Eduardo y otros, Mamíferos de Costa Rica, Instituto Nacional de
Biodiversidad, Segunda Edición, Santo Domingo de Heredia, 2002, pp. 198-199,
208-209).
En
1889, anotaba Pittier que ambos felinos estaban esparcidos tanto en América del
Norte, como del Sur. (Ver supra nota 31 en
([46]) Entre los felinos manchados que habitan
nuestra costa caribeña y catalogados en peligro de extinción, pueden citarse al
más grande de ellos, el jaguar (Panthera
onca) de
Estos
felinos, según Pittier, también estaban esparcidos en todo el continente
americano. (Ver supra nota 31 en
([47]) En la vertiente del Caribe abundan las
serpientes, las que sobrepasan los
([48]) En
la zona están presentes tres especies, dos amenazadas de extinción: el mono
congo (Aloatta palliata), que come
hojas tiernas, flores y frutos; y el mono araña o colorado (Ateles Geoffroyi), el cual usa la cola
para agarrarse de las ramas y es importante dispersador de semillas; y la
tercera, considerada como población reducida, es la del mono cariblanca (Cebus capucinus), que es omnívoro y
parte de la dieta del jaguar. (Carrillo, Eduardo y otros, Ibídem., pp. 118-123). El
mono congo es especial de Centroamérica, mientras que el colorado procede de la
fauna sur-americana (PITTIER, supra nota 31,
([49])
Benzoni describió la especie así: "Encuéntrese
allí también otro animal que los naturales llaman cascuii, el cual es de la
forma de un puerco negro, velloso, con el cuero muy duro, los ojos pequeños,
orejas grandes, cascos hendidos y una pequeña trompa como el elefante, y da un
grito tan terrible que aturde á la gente". León Fernández Bonilla la
denomina Elasmognatus bairdii
(Historia de Costa Rica, p. 57). En la
actualidad, su nombre científico es Tapirus
bairdii. Entre otros, habita en
bosques húmedos, siempre en cercanías de fuentes de agua, de visión pobre, pero
agudo en sus sentidos auditivo y olfativo.
Su dieta incluye follaje, gran variedad de semillas, que a su vez
dispersan, frutas, flores y zacate. Da a luz una cría, que permanece con su
madre durante su primer año. Es una
especie considerada en peligro de extinción, rango provocado por la cacería y
pérdida de su hábitat a raíz de la deforestación. (Carrillo, Eduardo y otros, Op.cit., pp. 212-213). La danta es especial de Centroamérica,
(PITTIER, supra nota 31,
([50]) Sobre
estos mamíferos comentó Benzoni: "Hállase igualmente otro animal
monstruoso que tiene una bolsilla debajo del vientre, y cuando quiere ir de un
lugar para otro, mete allí dentro sus hijos:
este animal tiene cuerpo y hocico de zorra, y las manos y pies como los
gatos, pero los mueve, y tiene orejas de murciélago". Fernández Bonilla lo catalogó como Didalphys aurita (Historia de Costa
Rica, p. 57). Se trata del zorro pelón (Didelphis marsupialis), que como vimos
es parte de la cadena alimenticia del puma y del manigordo. Su parte dorsal es negruzca y grisácea, la
parte ventral amarillenta o crema, sus orejas completamente negras y sin pelos,
de 0,6-
([51]) Hay 22 especies conocidas de murciélagos
en la región del Caribe, de ellas, la más grande es la del vampiro gigante (Vampyrum spectrum) de
([52]) En la costa caribeña y en la región de
Tortuguero habitan gran variedad de aves.
Podemos encontrar desde el ermitaño enano (Phaethornis languemareus) con sus
([54]) Para Gagini Matine, en la provincia
de Pococí, era el nombre indígena de la isla Martinica (Los aborígenes de Costa
Rica, p. 152).
([55]) "Y
doy cuenta a V.M. de cómo fui a reconocer si había algún puerto por
([56]) Los mosquitos tienen como origen la unión
de las etnias del indio (aborigen) con el negro. Se designan a sí mismos “Misquito”, y se extendían desde la costa atlántica de Nicaragua
(Laguna de Perlas, al Norte de Bluefields), hasta Honduras (río Tinto o Negro,
a 13 kms al este del Cabo Camarón). No
formaron establecimientos permanentes al sur de Bluefields y sólo frecuentaban
esa costa durante el tiempo de la pesca de tortugas o cuando hacían incursiones
piráticas. (CONZEMIUS, Eduardo, Apuntes sobre algunos Nombres Geográficos
Mosquitos en Costa Rica y Panamá, Revista de Costa Rica, Nº 12, agosto, 1922,
pp. 300-301, Biblioteca Nacional, signatura H056/R 454 rd CR).
El
nombre “miskito” es de origen
indígena. Según Eduardo Pereira,
descendiente real, el vocablo proviene de “Diskitwras-nani”,
es decir“los que no pueden ser
desarraigados” (HEAT, G.R., Notes on Miskuto Grammar and on other Indian Languages
of Eastern Nicaragua. American Anthropologist, Vol.XV, pp.48-62, Lancaster,
1913, p. 49, citado por CONZEMIUS,
Eduard, Miskitos y Sumus, Estudio Etnográfico sobre los Indios de Honduras y
Nicaragua, Asociación Libro Libre, San José, Costa Rica, 1984, p.52); mientras que el de “zambos” ha de obedecer a los africanos
de Zambia o de
([57]) Figueroa ilustró estas incursiones y la
defensa que en ocasiones hicieron las autoridades coloniales.
([58]) La legislación española e indiana tenía
varias regulaciones sobre costas. Las
Siete Partidas dictadas por el Rey de Alfonso X (El Sabio), quien gobernó entre
1252 y 1284, estableció en el tomo II, Partidas Segunda y Tercera, Ley Cuarta:
sobre las cosas que el hombre puede hacer en la ribera del mar, entre ellas,
construcciones que no embargaran el uso común de la ribera, entendiéndose el
espacio que cubre el agua del mar cuando más crece todo el año, sea en invierno
o en verano. (
([59]) Según González Víquez este es el
Parismina, que tuvo su boca directa al mar entre 1756 y 1758, y luego vino a
ser un afluente del Reventazón. (Apuntes sobre Geografía Histórica de Costa
Rica, p.32). Para Gagini, Parismina (Paresmenes) es una corrupción del
castellano Pero Ximénez. (Los aborígenes de Costa Rica, p. 162). Igualmente Pittier, Parismina (Parishmin)
proviene de la pronunciación inglesa Pedro Jiménez (Nombres Geográficos de
Costa Rica, p. 10).
([60]) Entre 1698 y 1787 se dieron al menos 20
incursiones de piratería y saqueo según los Archivos de Cartago estudiados por
Frantzius. (PITTIER, Henri, Nombres Geográficos de Costa Rica, p. 9).
A partir del siglo XIV pirata y corsario
comenzaron a precisar significados distintos.
Los soberanos empezaron a otorgar patentes de corso a los piratas
dejando de ser ladrones y convirtiéndose en combatientes honrados. Si un corsario caía prisionero era
encadenado, en cambio, el pirata ahorcado.
Los filibusteros no obtenían patentes de corso de ningún soberano. Eran desertores y malhechores de diversas
nacionalidades (españoles, holandeses, ingleses y franceses). Su actividad inicial fue salar y vender carne
de toros y verracos, por ello se les denominó también bucaneros, derivado de bucan, que significa carne salada.
Construyeron embarcaciones especiales llamadas filibustes (del holándes vlieboot),
con las que abordaron las islas del mar Caribe (Biblioteca Temática Montaner y
Simón,
([61]) En sentido análogo, el 20 de agosto de
1738, el gobernador Francisco Antonio de Carrandi y Menán apuntó: "El
cuarto y último testimonio contiene el asunto de mi Viage al Valle de
Matina…cuyo cacao, que es el más grueso y de mejor calidad de esta América, es
el único asilo de estos moradores, renta y congrua de todos los Ecleciásticos,
tanto que corre por moneda para comprar generalmente todo género menesteroso,
del cual en toda la provincia no hay quien pueda comprar á plata ninguna
porción ni á real la libra, por que no hay comercio ni embarcación alguna
aporta por uno y otro mar" (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Colección de
Documentos para
Además, el 19
de junio de 1717, el teniente gobernador Mier Cevallos emitió un bando para que
los víveres de toda clase, sin excepción alguna, se vendieran por almendras de
cacao, “que es la moneda corriente en
esta ciudad y provincia”. (Archivo Nacional, signatura 225-CO).
Con anterioridad, el 30 de junio de 1709,
una junta de vecinos de Cartago, ante la escasez de plata, solicitó que el
cacao corriera como moneda para la compra de artículos de primera
necesidad. El 1 de agosto de ese año, el
gobernador Juan de Granda y de Catalina Balbín señaló: “Porque
la miro en estado tan calamitoso que con decirle á V.S. que muchas veces no
tengo yo plata con que comprar carne, me parece que le doy á entender en el
grado que se halla”.
([62]) "Domingo 29…embarcando toda mi tropa y
por el río abajo el equipaxe en los Cayucos que estaban prontos, pasé el río y
monte en
([63]) El sargento mayor Pedro Antonio de
Carrandi midió el fondo de la boca del río Matina, cuyo resultado fue de 4
varas y 3/4 (
([64])
Sobre Moín, Gagini apuntó que es nombre indígena muy antiguo, encontrándosele
escrito también Muin, Moy y Muia. Agregó que Moín “es una baya (bahía) abrigada y ondable” y que Caray “debe ser Moín”. (Diccionario de
Costarriqueñismos, p. 161; Los aborígenes de Costa Rica, p. 153).
([65]) El 20 de agosto de 1738, Carrandi y Menán
escribió al Presidente de
([66]) Su nombre científico es Prioria copaifera Griseb.: árbol hasta
de
homogénea llamada "cativales". Su madera es abundante en resina aceitosa
útil para uso farmacéutico. Es una
especie escasa y amenazada. (JIMÉNEZ Quírico, y otros, Árboles Maderables de
Costa Rica, Ecología y Silvicultura, Editorial Tecnológica de Costa Rica,
Instituto Nacional de Biodiversidad, Santo Domingo de Heredia, Costa Rica, pp.
242-243).
([67]) Este ensayo fue publicado originalmente en
la revista
([68]) Plano del Fuerte de San Fernando, Archivo
Nacional, signatura: 4241-CC, levantado en 1744 por Luis Diez Navarro, cuya
reproducción se adjunta para efectos ilustrativos. Fernández Guardia señaló que
el fuerte "sirvió para impedir el
comercio ilícito, mas no los saqueos de las haciendas de cacao, porque los
zambos Mosquitos y sus amigos ingleses siguieron entrando en el valle de Matina
por Moín, Suerre y otros puntos de la costa, como lo hicieron en abril y mayo
de 1747. Tomaron entonces 10
prisioneros, de los cuales pusieron a 2 en libertad para que fuesen a decir al
Teniente de Matina y al Gobernador de la provincia que si no se les daba
permiso de comerciar volverían dentro de cuatro meses para destruir el Fuerte,
quemar las haciendas e ir hasta Cartago" (Crónicas Coloniales, pp.
131-132).
( [69]) "Cap.
([70]) El 8 de junio de 1663, el gobernador
Rodrigo Arias Maldonado escribió al Rey sobre este puerto: “se determinó llevar la fragata á un paraje llamado El Portete, por ser
abrigado y seguro de temporales.”
(FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa Rica, durante
El 31 de
diciembre de 1682, el gobernador Miguel Gómez de Lara escribió al presidente de
Gagini
señaló que Punta Blanca es la que abre boca al dicho puerto de Portete (Los
aborígenes de Costa Rica, 1917, p. 153).
Peralta afirmó que fue llamada así en el siglo XVI, y que se encuentra
al este del río Matina, entre Moín y Limón (
Sobre los
embarcos comerciales en 1638 entre los puertos de Punta Blanca con los de
Cartagena y Puertobelo, pueden consultarse en el Archivo Nacional los
documentos 04-CO, 14-CO, 17-CO y 18-CO.
El 14 de febrero de 1639, el gobernador Gregorio de Sandoval y el Cabildo
de Cartago informaban al Rey sobre las diligencias procuradas para abrir camino
hacia el puerto de Punta Blanca y fomentar el comercio con Cartagena y
Portobelo (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Historia de Costa Rica, durante
([71]) En su Álbum Figueroa dibujó el acontecimiento. Al momento del
ataque murieron dos soldados, y luego dos más a causa de las heridas. En el bando opositor fallecieron 2 que fueron
enterrados en Moín. (FERNÁNDEZ BONILLA,
León, Indios, Reducciones y el Cacao, p. 401).
([72]) Pittier afirmó que Pacuare es vocablo
indígena: pa-k-ua, pichón de lapa; ri, di, río" (Boletín del Instituto
Físico-Geográfico, p. 42, citado por GONZALEZ VIQUEZ, Op.cit., p. 15).
([73]) Junta de Protección Social de San José y
Comisión Nacional del Quinto Centenario del Descubrimiento de América,
Cartografía Histórica de Costa Rica, Siglos VXI-XIX, 1989, Mapa Nº 25.
(Biblioteca Nacional, signatura: R972.86 / C328c CR).
([74]) "Se
da el nombre de río "Matina" al gran río que nace de la unión de los
ríos "Barbilla y Chirripó".
Este último es el más importante y debiera conservar su nombre hasta el
fin…En el verdadero sentido de la palabra no hay ningún río "Moin",
porque así se llama únicamente el agua pantanosa de la costa que desemboca en
una bahía al Oeste del cabo de Limón; pero estas aguas reciben al "Río
Blanco", que nace en los cerros de la costa y al "Río Cuba" que
corre en cauce antiguo del "Río Chirripó"…Sin duda la unión del
"Chirripó" con el "Matina" data de un tiempo recién pasado,
y las aguas costeñas del “Moín" pertenecen propiamente al Delta del
último." (PITTIER, Henri, Costa Rica, su orografía e hidrografía, pp. 307).
Ver supra nota 36.
([75]) Ha de tratarse del cerro Carbonel, con sus
dos mayores altitudes de
([76]) Nuestro Observatorio Vulcanológico y
Sismológico, reporta dicho evento como “Fuerte oleaje y muchos sismos
sentidos en Barra de Matina”
(Tomado de
([77]) En similar sentido, brindó otro informe el
18 de mayo de 1804 (FERNÁNDEZ BONILLA, León, Asentamientos, Hacienda y
Gobierno, p. 131).
([78]) Audiencia de Guatemala, Expedientes del
Consulado y Comercio, 1807 á 1814, citados por Manuel María de Peralta, Límites
de Costa Rica y Colombia, 1573 Á 1881, su jurisdicción y sus límites
territoriales según los documentos inéditos del Archivo de Indias de Sevilla y
otras autoridades, p. 309.
([79]) Colección de los decretos y órdenes que
han expedido las Cortes generales y extraordinarias desde 24 de setiembre de
1811 hasta el 24 de mayo de 1812, tomo II, Sevilla, 1820, p. 34, citada por
Manuel María de Peralta, Límites de Costa Rica y Colombia, 1886, p. 312.
Biblioteca Nacional, signatura: CR 972.86/P426c; Archivo Nacional, signatura:
1098-CO, folio. 71.
([80]) “La
real orden del 30 de noviembre de 1803 encargó a las autoridades de Colombia de
la defensa militar de las costas de Centro América desde el Cabo de Gracias a
Dios hasta el río Chagres, esa real orden fue revocada por la corona española
en 1808. Sin embargo, en tiempos posteriores se presentaron dificultades por
pretender Colombia que todas esas costas le pertenecían, y así, el 5 de julio
de 1824 dictó un decreto pretendiendo su propiedad. El Gobierno de
Las
reales órdenes emitidas en San Lorenzo, una de ellas del 20 de noviembre de
1803, segregó de
El Río Chagres estuvo ubicado al centro del
istmo de Panamá y fue abarcado por el curso del Canal construido en 1914 (Tomado de
([81]) El 11 de setiembre de 1900, el presidente
de Francia, M. Emile Loubet, emitió el laudo para fijar la línea limítrofe con
Colombia, abarcando sectores de Talamanca cerca de Chirripó. Nuestro país solicitó una interpretación que
el ministro de relaciones exteriores de Francia, M. Delcassé, dejó como
cuestión pendiente. El 3 de noviembre de
1903, Panamá se independizó y en 1910 suscribió una convención con nuestro país
para que el presidente de
([82]) En convenio aprobado por Ley Nº 62 del 4
de noviembre de 1825, Hale se comprometió a formar una colonia de inmigrantes
norteamericanos y británicos en una región montañosa de Heredia, cerca de la
vereda a Sarapiquí, conocida como "Montaña
del Inglés". Sin embargo, el
proyecto no se realizó. (FERNÁNDEZ GUARDIA, Ricardo, Costa Rica en El Siglo
XIX, Antología de Viajeros, p. 11). El
lugar en mención está en las faldas del cerro Guararí (Concordia) (Archivo
Nacional, signatura 10.285, mapa del 13 de mayo de 1911, y otro con la
signatura 8181, escala 1:100000, que denomina el sector “Terrenos del Inglés”).
([83]) Las playas del Caribe cumplen una función
ecológica importante como sitios de anidación para diversos animales,
especialmente las tortugas marinas (ver supra nota 44), que son muy importantes
en la estructura de diversos ecosistemas por las funciones ecológicas que
cumplen, pues transportan la energía de los hábitats marinos altamente
productivos (áreas de pastos marinos) hasta los hábitats poco productivos
(playas arenosas). También los animales
terrestres dependen de la energía derivada de las tortugas marinas y sus
huevos, a través de procesos de depredación y reciclaje de nutrimentos. (BOUCHARD, S.S. y
BJORNDAL, Sea Turtles as Biological Transporters of Nutrients and Energy from
Marine to Terrestrial Ecosystems, Ecology, v.81, Nº 8, 2000, citado por DICK,
Belinda, Op.cit., p. 16).
([84]) Humiriastrum diguense Cuatrec: árbol hasta de
([85]) Cordia alliodora (Ruiz & Pav.) Oken:
árbol de tronco derecho y corteza blanca.
Flores blancas y olorosas. La
madera es dura y de color castaño claro.
Alcanza mayores dimensiones en la vertiente atlántica. (PITTIER, Henri,
Plantas Usuales de Costa Rica, p.183). La cocción de la corteza se usa para
combatir diarreas. La cocción de las
hojas es estimulante y tónico en casos de gripe y afecciones pulmonares.
(JIMÉNEZ Quírico, y otros, Ibídem,
pp. 104-105).
([86])
Como vimos, en 1827 Orlando Roberts al referirse a Moín lo escribió
"Salt Creek" (Op.cit., p.
20), que significa río salado.
Recordemos que para Pittier el río Matina (río Chirripó) desembocaba en
Moín, y ahora su cauce es recorrido por las aguas del Cuba. Ver supra notas 36 y 74.
En
El
Archipiélago de Bocas del Toro está constituido por
([87])
Sobre el nombre de Limón, se divulgó la creencia de que provenía de un
árbol que había en el puerto de Cariari: “…cerca
de donde hoy está
Sin
embargo, cuando Orlando Roberts describió la costa del Caribe en 1827, citó
como aldea "Lime Bight" (Op.cit,
p. 20), que significa Bahía de Cal.
Una corrupción castellana la denominaría Bahía de Limón. La referencia a la cal, como sustancia
alcalina de color blanco, puede obedecer al hecho de que al norte de Playa
Bonita hay yacimientos de cal en el sector denominado Punta Blanca (Barrantes,
Claudio, Com. Pers, 7 de noviembre de
2005). El nombre de esa punta aparece en
la hoja cartográfica Ciudad de Limón del Instituto Geográfico Nacional de 1979,
sobre la coordenada vertical 222, y también en el mapa Puerto Limón, escala
1:25.000 de U.S Naval Oceonographic Office, Washington D.C. 8 de febrero de
1971, sondajes de 1968 (Biblioteca Nacional, signatura: Mapa 912.19162/I
59p). Ver supra nota 70.
En
1918, cuando Pedro Pérez Zeledón publicó el ensayo sobre el Fuerte de San Fernando
del Río Matina, asoció el nombre de Punta Blanca con el de Limón (Op.cit., p.109). Ver supra nota 67.
La isla
Colón (de Tójar) en
([88]) Su nombre científico es Trichechus
manatus, y pertenece al orden Sirenia, único grupo de mamíferos acuáticos
adaptado a una dieta herbíbora. Tienen
una tasa reproductiva muy baja, y su actual distribución se restringe a las
aguas cálidas del Mar Caribe. Los cursos
de agua de los canales de Tortuguero constituyen un excelente hábitat para los
manatíes. Tienen un patrón crepuscular y nocturno influenciado por las
mareas. Se alimentan de plantas
flotantes como la choreha o lirio de
agua, y emergentes (Oryza latifolia
Desv. y Brachiaria sp) pastos de
orillas y zacates. Prefieren las lagunas
boscosas como Penitencia, Agua Fría, Sérvulo, Jalova y Moín. Como amenazas para su especie, están la
cacería, el uso de redes, embarcaciones con motor, la contaminación y la
destrucción del hábitat. (JIMÉNEZ PÉREZ, Ignacio, Los Manatíes del Río San Juan
y los Canales de Tortuguero, Asociación Comunidades Ecologistas
([89]) Cedrela odorata L. o cedro amargo es una especie escasa, pues ha sido muy explotada
por su valiosa madera. Alcanza los
([90]) Científicamente denominada Swietenia macrophylla king. Para Pittier, el nombre caoba (caúvana), es
de origen taíno, idioma de los
aborígenes de la isla de Santo Domingo (Haití).
Reprochó el uso abusivo de su madera en la construcción y otros usos más
triviales. (Plantas Usuales de Costa Rica, pp. 64 y 104). Se trata de una especie escasa y en peligro
de extinción, su aprovechamiento está vedado.
Sus flores se aprecian de noviembre a abril, sus frutos de enero a marzo
y de agosto a diciembre. De color pardo
rojizo, es una de las maderas más valiosas del continente americano. En Belice
es el Árbol Nacional. La infusión que se
obtiene por la cocción de la corteza y las semillas se usa contra la neurosis,
diarrea y fiebre (JIMÉNEZ Quírico, y otros, Op.cit.,
pp. 280-281).
([91]) Ha de tratarse del Puerto de Limón,
habilitado como tal durante la administración de Juan Rafael Mora por Decreto
Nº 84 del 6 de octubre de 1852, con vigencia a partir del 1º de enero de 1853
(artículo 1º). Felix Noriega señaló que
para esa época Limón estaba habitado por pescadores que vivían en ranchos. (Op.cit., p. 121).
([92]) En 1515 el Capitán Antonio Tello De Guzmán atravesó las selvas del Darién, y encontró a orillas del recién conocido Mar
del Sur un caserío de indígenas pescadores llamado Panamá. El gobernador Pedro Arias de
Ávila, conocido
como Pedrarias Dávila, dispuso crear una ciudad a orillas de ese mar, que
sirviera de base para los descubrimientos hacia el occidente. En la mañana del
15 de agosto de 1519, día de
Panamá,
en la lengua del pueblo del Cacique Tubanamá, quiere decir “lugar donde se toma mucho pescado” (De las Casas, Fray Bartolomé,
Historia de las Indias, Tomo III, 2ª. Edición, Fondo de Cultura Económica,
México, 1965, pp. 58-59). Germán
Vázquez indica que en la lengua de los indios Panamá quería decir “tierra rica en pesca”. (En busca del Mar del Sur, Núñez de Balboa y
el Descubrimiento del Océano Pacífico, Madrid, España, 1991, pp. 27, 38 y
39). Por su parte, Ernesto Castillero
citó a Pedrarias en carta que dirigió a los Reyes: “Vuestras
Altezas sabrán que Panamá es una pesquería en la costa del Mar del Sur, e por
pescadores dicen los indios panamá…La palabra significa pescadores y pescadería
también. Castillero agregó: “Balboa
había pedido antes, en 1514, el nombre de Panamá para su Gobernación. Fue cuando apareció por primera vez en la
historia dicha denominación.” (Op.
Cit., pp. 30-31).
El Mar
del Sur lo descubrió Vasco Núñez de Balboa desde las estribaciones de
la cordillera del Chucunaque antes del medio día del domingo 25 de setiembre de
1513. El jueves 29 llegó a la costa del
Golfo San Miguel en marea baja, bautizado así por arribar a sus riberas el día
que la iglesia católica dedica a este santo
(SOSA, Juan y ARCE, Enrique, Op.
Cit., p. 65. Biblioteca Nacional,
signatura 972.87 S). Balboa esperó la
marea alta y con el agua a las rodillas tomó posesión oficial en nombre de
([93])
Sobre el desarrollo de la actividad bananera en la región del Caribe,
pueden verse de Jefrey Casey Gaspar, LIMÓN: 1880-1940. Un estudio de la industria bananera en Costa
Rica, Editorial Costa Rica, San José, 1979; y de Roony Viales Hurtado: “La
coyuntura bananera, los productos complementarios y la dinámica productiva
empresarial para la exportación de
El 7 de
febrero de 1880, partió de Puerto Limón con rumbo a Nueva York el primer
cargamento de banano con 360 racimos abordo del vapor noruego Earnholm.
(QUIJANO QUESADA, Alberto, Costa Rica Ayer y Hoy, 1800-1939, Editorial Borrasé
Hermanos, San José, Costa Rica, 1939, p. 481. Museo Nacional, signatura:
F1547.5 / Q5c).
([94]) Archivo Nacional, planos con las
signaturas 7431, 1474 y 21877. La región deslindada contiene un área de
([95]) En un plano del 1º de julio de 1905, sobre
las propiedades de
([96]) Por
Ley Nº 14 del 26 de abril de 1886, se habilitó la boca del Colorado como puerto
menor. El 22 de marzo de 1888, el Presidente
Norteamericano, Grover Cleveland dictó el laudo arbitral sobre el Tratado de
Límites del 15 de abril de 1858 entre Nicaragua y Costa Rica, señalando el
punto tercero, acápite 7º: “El brazo del
río San Juan, conocido con el nombre de “Río Colorado”, no debe considerarse
como límite entre las Repúblicas de Costa Rica y Nicaragua en ninguna parte de
su curso.” (Colección de Leyes y Decretos, pp. 150-151). Ver supra nota 5.
([97]) Ceiba
pentandra caribaea: árbol imponente, de tronco enorme y
recto, más grueso a veces en la parte mediana, alcanza hasta
([98]) Pentaclethra macroloba (Willd.)
Kuntze: árbol mediano de la costa
atlántica, que crece en tierra arcillosa no apta para la agricultura (PITTIER,
Henri, Plantas Usuales de Costa Rica, Editorial Costa Rica, Biblioteca Patria,
Volumen 21, San José, Costa Rica, 1978, p.153).
La especie es frecuente en suelos aluviales, mal drenados o pantanosos,
ácidos y poco fértiles, tiene gran tolerancia a la sombra, lo cual le permite
crecer y sobrevivir en bosques primarios cerrados. Se identifica por las inflorescencias erectas
blancas. Al parecer, los aborígenes suramericanos
lo usaron para curar la disentería y mordeduras de serpientes venenosas.
(JIMÉNEZ Quírico, y otros, Op.cit.,
pp. 214-215).
([99]) Anacardium excelsum (Bertero & Balb. ex Kunth): árbol majestuoso, de
tierra caliente (0-
([100]) Ver Ley N° 2906 del 24 de noviembre de
1961, que declaró Zona Recreo y Turismo la franja entre Portete y
([101]) El
análisis fue elaborado en la opinión jurídica Nº OJ-042-2005 del 31 de marzo
del 2005, con el propósito de preservar el paisaje y tutelar el atributo
demanial de uso público de los paseos costeros al sur de la ciudad de
Puntarenas, y retomado en el
criterio vertido por
([102]) Al efecto, en dictamen C-210-2002 del 21 de agosto del 2002, señalamos
que la mutación del uso de un bien demanial cuando surge un interés público
preponderante requiere autorización legislativa.
([103]) La
problemática que se discute, la describe en pocas palabras MARTÍN-RETORTILLO,
Lorenzo, cuando hace buen tiempo indicó:
"Antes bien, el paisaje se
deteriora porque algunos quieren. El paisaje se deteriora porque a algunos
interesa. Remedio…siempre hay remedio
contra eso. Lo que hace falta es que se
quiera…" Problemas Jurídicos de
También, VERA REBOLLO, José Fernando y
IVARS BAIDAL, Josep Antoni, apuntan: "En
un mundo globalizado el paisaje es uno de los elementos que puede mantener la
diversidad, frente a la banalización y al estereotipo. Por tanto, ante las pautas de uniformización
es imprescindible mantener y reforzar las señas que atribuyen singularidad,
algo esencial si se pretende calificar la actividad turística sobre la base de
la diferenciación y autenticidad de los destinos y productos…Para los agentes
turísticos la sensibilidad hacia el paisaje debe ser extendida como apuesta por
ese concepto de calidad en el que tanto esfuerzo se viene realizando
actualmente. " (Turismo, Territorio y Desarrollo Regional en
([104]) "La
protección arbitrada de un espacio se basa en la dimensión predominante
asumida: la percepción estética, la conservación de un ecosistema, la tutela
del patrimonio histórico artístico…un paisaje natural es: <Un conjunto
estable de componentes naturales socialmente percibido como relevante y
jurídicamente tutelado>" (MARTÍN MATEO, Ramón, Tratado de Derecho
Ambiental, Volumen III (Recursos Naturales), Editorial Trivium, Madrid, 1997,
pp. 504-505).
MARTÍN
MATEO, agrega tres elementos más identificadores del paisaje digno de tutela, a
saber: a) Estabilidad. El paisaje es
estable, por lo menos por un período.
Hay valoración de la fragilidad visual en cuanto susceptibilidad al
cambio y expresión de su grado de potencial de evolución. Así, un paisaje marino incluye el inmudable
devenir de las olas y una percepción de playa que no se altera por lento
desplazamiento de las dunas. En invierno y en verano cambian algunos elementos
pero la infraestructura permanece. Los componentes más significativos del
paisaje son sin duda la vegetación y el agua, pero también aquí se insertan
otros elementos del reino mineral que crean componentes inanimados; b) Visualización.
El paisaje es algo que se percibe por la vista, aunque también puede ser
detectado gratamente por otros sentidos; el olor de las flores, la brisa
acariciando los árboles, el rumor de las olas. Pero lo relevante es la
percepción fundamentalmente visual; para que exista es necesario que lo
captemos; c) Utilidad. El paisaje es un recurso natural, en el
sentido de que es suministrado por la naturaleza, es escaso y proporciona
satisfacciones a los que lo perciben. Los beneficios pueden ser exclusivamente
extraeconómicos, consistentes en el mero placer estético, en la sensación de
equilibrio, de calma y felicidad, o en la satisfacción lúdica asociada a la
contemplación de la belleza, o a las emociones suscitadas por las referencias
culturales. El paisaje es un espacio
acotado, aunque puedan prolongarse sus componentes, por ejemplo, a lo largo de
las riberas del mar. Ibid. pp. 505-507.
([105]) MARTÍN MATEO, Ramón,
([106]) Ley N° 6043 del 2
de marzo de 1977, artículo 6; Ley de Aguas N° 276 de 27 de agosto de 1942,
artículos 3, inciso 1°, y 70; Tribunal
Superior de Limón, Nº 28 de 7:40 hrs. del 31 de mayo de 1995; Tribunal Superior
Agrario, Nº 523 de 14:50 hrs. del 24 de julio de 1995, Considerando V; dictámenes números
C-105-96, C-214-98, C-002-99). La real
orden del 10 de setiembre de 1815, dictada por Fernando VII, dispuso que las
playas son “todo aquel espacio que baña
el agua del mar en su flujo y reflujo diario y veinte varas comunes más arriba
de pleamar”.
([108]) Esta Ley indicaba que el patrimonio forestal del Estado
lo constituían todos los bosques y terrenos forestales de las reservas
nacionales, de las áreas declaradas inalienables, cuya administración estaba a
cargo de
([109]) Las
poblaciones de tortugas marinas son importantes transportadoras de
nutrientes. Así, por ejemplo, sin la
tortuga verde el pasto dura más tiempo en deshacerse y convertirse en comida o
nutrientes para otros animales y plantas.
Por el contrario, su presencia puede aumentar la producción de especies
de importancia comercial, como la langosta.
La carey se alimenta principalmente de esponjas en los arrecifes
coralinos y áreas rocosas, liberando espacio para ser usado por otras especies,
por ello es posible que todo el ecosistema haya cambiado con su drástica
disminución. Al alimentarse en
ecosistemas altamente productivos como los pastos marinos y los arrecifes,
guardan esa energía y la depositan en las playas de anidación en forma de
huevos, que junto con los neonatos sirven como nutrientes para plantas y como
comida para una gran cantidad de animales presentes en la playa y en la selva
adyacente, tales como cangrejos, pizotes, mapaches, tayras y zopilotes. Sin las
tortugas marinas se pierde el transporte de energía entre los hábitats marinos
y terrestres pudiéndose afectar otras poblaciones (TROËNG, Sebastián, “Uso
sostenible y producción de tortugas marinas en Costa Rica”. En: Ambientico, N°
94, julio 2001, Escuela de Ciencias Ambientales de
([110]) Se trata pues de preservar con ello y fomentar
los valiosos recursos históricos, artísticos, etnológicos, entre otros, que
posee un región y que le atribuyen singularidad. Definitivamente el interés cultural es parte
del potencial ecoturístico (VIÑALS BLASCO,
María José y BERNABÉ GARCÍA, Antonio,
Turismo en Espacios Naturales y Rurales, Turismo en Espacios Naturales y
Rurales, Universidad Politécnica de Valencia, Servicio de Publicaciones,
Valencia, 1999 p. 30; MACKINNON,
CHILD y THORSELLE, Managing Protected Areas in the Tropics, citados por. PÉREZ
DE LAS HERAS, Mónica. Conservando la
naturaleza a través del turismo, Revista Ecosistemas, núm. 2, 1992, p. 49). Ver supra nota 103, párrafo segundo.
([111]) Muchos de los lugares visitados por los
ecoturistas sostienen ecosistemas frágiles como los insulares, los coralinos,
los costeros (humedales y playas usadas como sitios de reproducción de tortugas
y aves marinas), las cuevas, o hábitats
con presencia de especies endémicas, amenazadas o en peligro, que aumentan el
atractivo turístico, pero que pueden ser afectados, aún con número pequeño de
visitantes.
La afluencia excesiva con ruidos y
movimiento (vehículos, embarcaciones motorizadas) puede cambiar el
comportamiento de los animales irritándolos (molestias al descanso, por ejemplo
de las aves migratorias, alimentación, caza, reproducción y cuido de las
crías). La construcción de
infraestructura de transporte (senderos, caminos, embarcaderos) también
ocasiona erosión y compactación del suelo y destruye la vegetación (con
reducción en la porosidad y en la tasa de infiltración del suelo, trastornos
por adherencia a la ropa de semillas), y la consiguiente pérdida y división de
hábitats, cambios de drenajes y obstrucción a la infiltración del agua.
Los paseos en bote, el buceo y snorkelling
producen disturbios a los animales acuáticos, dañan la vegetación
hidropterínea, pueden contaminar el agua por posibles derrames de hidrocarburos
y aceites, así como dañar el fondo marino (quebradura de coral y captura de
especimenes). Los desechos orgánicos e inorgánicos (basura, uso de detergentes,
protectores solares) degradan el paisaje natural, conllevan la habituación de
la fauna a los desperdicios y ponen en peligro su salud. Los residuos y vertidos no tratados en el
agua cambian el grado de acidez.
La recolección de recuerdos (captura de
fauna y recolección de flora, conchas, coral, tomas de fotografía): molesta a
los animales e interrumpe y destruye los procesos naturales de reproducción y
alimentación. La introducción de especies exóticas producen competencia sobre
el territorio y los recursos en perjuicio de las nativas. La alimentación de animales crea dependencia.
La recolección de leña y el riesgo de incendios producen graves daños al
ecosistema (mortalidad de animales pequeños y destrucción de hábitats). (Supra notas
([112]) El Decreto Nº 11046 de 18 de diciembre de
1979, ante la presencia de recursos naturales terrestres y marinos, y su
belleza escénica, creó el Área Recreativa Nacional Cariari en la zona comprendida
entre Playa Bonita y Bahía Portete, limitando por el este con el mar Caribe y
por el oeste con la carretera que comunica Limón con puerto Moín, comprendiendo
la pequeña península entre ambas playas y con una superficie de
Sobre
esos decretos ejecutivos el Instituto Costarricense de Turismo en oficio Nº
DL-864-99 de 27 de octubre de 1999 señaló:
“Según los límites establecidos
por el artículo 1 de
([113]) En la actualidad, el mayor porcentaje de
las aguas de los ríos Toro y Cuba discurren hacia la boca del río Matina. Lo anterior obedece al levantamiento
geotectónico de la plataforma continental luego del terremoto de 1991. (ASCH
HAYLING, Aaron, Junta de Administración
Portuaria de Desarrollo Económico y de
([114])
El área habilitada por canales, como habíamos
adelantado, la describe el Decreto N° 3729 del 3 de mayo de 1974, que declaró
inaugurado el sistema de navegación fluvial de
[115])
Ver supra nota 114.
([116]) El sector fue recorrido el 1º de diciembre
de 2005, en compañía de