Artículo 56.--El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad. El Estado debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil, debidamente remunerada, e impedir que por causa de ella se establezcan condiciones que en alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del hom­bre o degraden su trabajo a la condición de simple mercancía. El Estado garan­tiza el derecho de libre elección de trabajo.