Artículo
2°—Para la aplicación del artículo anterior, se excluyen del gasto
presupuestario los siguientes conceptos:
a)
Para todas las entidades, según corresponda:
1.
Sumas sin asignación presupuestaria.
2.
Amortización.
3.
Intereses y comisiones.
4.
Adquisición de valores.
5.
Montos ordenados en ejecución de sentencias judiciales en firme.
6.
Impuestos por transferir.
7.
Otros recursos que se transfieren al Fondo General de Gobierno (incluye
donaciones de títulos valores).
8.
Impuestos sobre ingresos y utilidades.
9.
Contribuciones Patronales al Desarrollo y la Seguridad Social, Contribuciones
Patronales a Fondos de Pensiones y Otros Fondos de Capitalización.
10.
Reintegros o devoluciones al FODESAF.
11.
Montos asignados para la atención de lo dispuesto en Ley Nº 7972.
12.
Recursos que transfieran las entidades públicas a la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, de conformidad con lo que
establece la Ley Nº 8488.
13.
Recursos orientados a proyectos y programas en apoyo a la Ley Nº 7600 Ley de
Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
14.
Canon Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
15.
Recursos que transfieran las entidades públicas al Instituto Costarricense del
Deporte y la Recreación (ICODER) Ley Nº 7800 Ley de ICODER, para la realización
de los Juegos Deportivos Nacionales.
b)
Adicionalmente, se excluye para las siguientes:
ENTIDAD-CONCEPTO
-
Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco -Tarifa de
Riego (Canon al SENARA).
-
Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (CONAPE) - Reintegro Efectivo
Fondos Administrados Seguro Vida Prestatarios.
Concesión
de préstamos
-
Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias- Recursos
destinados a la atención de emergencias referidos en el transitorio I de la Ley
Nº 8276 y recursos para la atención de emergencias declaradas por el Poder
Ejecutivo.
-
Compañía Nacional de Fuerza y Luz – Compra de energía.
-
Consejo de Seguridad Vial – Transferencia al PANI según Ley Nº 7648, Ley
Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia. Cruz Roja Costarricense y
Gobiernos Locales, según Ley Nº 7331 Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres. Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), según Ley Nº 7798 Ley de
Creación del Consejo de Vialidad.
-
Consejo Nacional de Producción (CNP) - Materias Primas y Mercaderías del
Programa Abastecimiento Institucional. Reserva Alimentaria y Emergencia
Nacional. Transferencia a FANAL según Ley Nº 6050 Ley Orgánica del Consejo
Nacional de Producción.
-Consejo
Nacional de Vialidad (CONAVI)- Recursos provenientes del Préstamo con el
Export-Import Bank de la República de China destinados al Proyecto de
Construcción de la Carretera Florencia a Naranjo, según Ley Nº 7624, publicada
en La Gaceta N° 186 del 30 de septiembre de 1996. Recursos destinados a
la Adquisición de Terrenos, para dar cumplimiento al artículo 4º del Decreto
Ejecutivo Nº 31688-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 58 del 23 de marzo de
2004, sobre el pago de expropiaciones de la primera etapa del proyecto del
tramo San José – San Ramón.
-
Consejo Técnico Asistencia Médico Social (CTAMS) - Transferencia al INCIENSA
según Ley Nº 7851 Ley General de Distribución de Loterías y sus Reformas.
-
Dirección General de Aviación Civil – Transferencia al Instituto Meteorológico
Nacional según Ley Nº 5222.
-
Editorial Costa Rica - Impresión y encuadernación. Derechos de autor en el
Programa Producción y Difusión. Pago de comisiones por ventas.
-
Fábrica Nacional de Licores (FANAL) - Materia Prima. Impuesto IDA. Impuesto
IFAM. Transferencia al IAFA según Ley Nº 5152 y sus reformas, Ley Orgánica del
Ministerio de Salud. Transferencia al CNP, por Margen de Comercialización y por
Utilidad Neta y Ventas Proyectadas según Ley Nº 6050 Reforma Ley Orgánica del
Consejo Nacional de Producción.
-
Fondo de Parques Nacionales - Transferencias al Parque Nacional Manuel Antonio,
Ley Nº 5100 y sus reformas, Ley que declara Parque Nacional Playas Manuel
Antonio.
-
Fondo de Vida Silvestre - Transferencias a Comisión Nacional para la Gestión de
la Biodiversidad (CONAGEBIO) Ley Nº 7317 y sus reformas, Ley de Conservación de
la Vida Silvestre.
-
Fondo Forestal - Transferencias al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal
(FONAFIFO) Ley Nº 7575 y sus reformas Ley Forestal.
-
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) - Compra de energía. Importación de energía. Alquileres
operativos. Alquileres de canales y participación telefónica. Combustibles para
generación térmica.
-Instituto
Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA) - Transferencia a Universidad
de Costa Rica, Universidad Nacional de Costa Rica. Transferencia al Servicio
Nacional de Guarda Costas.
-
Transferencia a Colegios Universitarios de Guanacaste y de Limón de conformidad
a los artículos 51 y 154 de la Ley Nº 8436 Ley de Pesca y Acuicultura.
-
Transferencia al Instituto Nacional de Innovación y Tecnología Agropecuaria
(INTA) según Ley Nº 8149 Ley del Instituto Nacional de Innovación y Tecnología
Agropecuaria.
-
Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) - Transferencia al Instituto sobre
Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), de conformidad con la Ley Nº 8204
Reforma Integral a la Ley de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas
de Uso no Autorizado, Legitimación de Capitales y Actividades Conexas.
-
Instituto Costarricense de Turismo (ICT) - Gastos de Capital del Proyecto
Turístico Golfo de Papagayo, según Decreto Ejecutivo Nº 21828-MT-MEIC,
Reglamento Fondo Desarrollo Turístico.
-
Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) - Transferencia a SENARA, según Convenio
de Cooperación entre IDA y SENARA, para la Ejecución de un Programa de
Construcción de Obras de Riesgo y Drenaje en Asentamientos del IDA.
-
Instituto de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) - Concesión de Préstamos, Transferencias
al CONACOOP y CENECOOP R.L., según artículo 185 de la Ley Nº 4179, Ley de
Asociaciones Cooperativas y creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo, reformada íntegramente por la Ley Nº 6756.
-
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) – Concesión de Préstamos.
-
Transferencia al ICODER según Ley Nº 7800 Ley de Creación del ICODER.
Transferencias a las municipalidades provenientes de los artículos 3º de la Ley
Nº 6909 y sus reformas, Ley Venta Antiguo Palacio Municipal de San José: Crea
Impuesto Ruedo a Favor de las Municipalidades del País y 2º de la Ley Nº 6282
Ley Reforma Código Municipal, que reforma el artículo 37 de la Ley Nº 10 y sus reformas,
Ley sobre Venta de Licores. Recursos asignados al proyecto Fortalecimiento
Municipal y Descentralización (FOMUDE) Ley Nº 8342 y sus reformas, Ley de
Aprobación del Convenio- Marco Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y
la Cooperación Económica en Costa Rica en Virtud del Reglamento “ALA”, según
convenio de Financiación CRI/B7-310/99/0150, firmado por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) en representación de la
República de Costa Rica y la Unión Europea (UE).
-
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) – Mercaderías para la Venta. Ley Nº 4760 y sus reformas, Ley de Creación
del Instituto Mixto de Ayuda Social.
-
Transferencia a la Dirección General de Aviación Civil. Ley Nº 5150 y sus
reformas, Ley General de Aviación Civil.
-
Instituto Nacional de Seguros (INS) - Concesión de préstamos. Obligaciones por Contratos de Seguros.
Reaseguros. Comisiones y otros. Aporte al Consejo de Seguridad Vial,
proveniente del seguro obligatorio de vehículos automotores, según Ley Nº 6324 Ley
de Administración Vial. Egresos de Servicios Médicos y lo correspondiente a
este Servicio en el Programa de Inversiones.
Egresos del subprograma Servicios de Bomberos, incluyendo los proyectos
de construcción, mejoras y equipamiento de unidades de ese Servicio
identificadas en el presupuesto y los Aportes al Consejo de Salud Ocupacional
en cumplimiento de lo estipulado en el Título IV del Código de Trabajo.
-
INS Pensiones OPC, S. A.- Comisiones.
-
INS Bancrédito Valores, Puesto de Bolsa, S. A. - Comisiones. Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo
(INVU) - Concesión de Préstamos. Construcciones Adiciones y Mejoras (Bono
Familiar de Vivienda). Transferencias de Capital (Bono Familiar de Vivienda). Amortización de Obligaciones de Contrato de
Ahorro y Préstamo. Ley Nº 1788 Ley
Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
-
Junta Administrativa de la Imprenta Nacional - Compras de papel, tinta y
planchas de imprenta.
-
Junta Administrativa del Registro Nacional - Transferencia a la Editorial Costa
Rica. Gastos por concepto de investigación y capacitación en materia de
propiedad intelectual, según Ley Nº 7978 Ley de Marcas y otros signos
distintivos y sus reformas.
-
Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR) - Concesión de Préstamos.
-
Junta de Protección Social de San José (JPSSJ) - Pago de premios. Costo de lotería instantánea. Transferencias
corrientes producto de las utilidades de la lotería tradicional, tiempos e
instantánea, lotería electrónica, apuestas deportivas, del impuesto sobre el
pago de premios y de la distribución de premios prescritos y productos financieros.
-
Radiográfica Costarricense S. A. (RACSA) - Alquiler canales digitales. Alquiler
líneas directas. Alquiler de equipo de cómputo.
Alquiler de equipo rentado. Equipo de comunicación. Participación líneas
extranjeras. Servicios contratados. Dividendos.
-
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE) - Impuesto único a los
combustibles. Compra de materia prima. Compra de producto terminado. Transporte
y fletes internacionales. Seguros por importación de hidrocarburos. Canon
Aviación Civil. Comisión sobre tarjetas de crédito. Póliza todo riesgo, daño
físico y Póliza Responsabilidad Civil por venta de combustible de aviación - aeropuertos.
-
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) - Transferencia
al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria
(INTA). Ley Nº 8149 Ley del INTA.
-
Sistema Nacional de Radio y Televisión, S. A. (SINART S. A.) - Comisiones por
intermediación.
-
Teatro Nacional - Transferencias a: Museo de Arte Costarricense, Compañía
Nacional de Teatro y Centro Nacional de la Música (Unidad Técnica Especializada
Orquesta Sinfónica Nacional). Según
leyes Nº 3632 Ley Declara Monumento al Teatro Nacional e Impuesto Espectáculos
Públicos y Ley Nº 5780, Distribuye Impuesto a Favor del Teatro Nacional y el
Decreto Nº 27762-H-C (Reglamento para la aplicación del impuesto sobre
espectáculos públicos).