Nº 33733-H
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en lo establecido en los artículos 140, inciso 3) y 18),
y 146 de
Considerando:
I.—Que la aplicación de
II.—Que en virtud de las experiencias de los últimos años y del análisis
efectuado en la elaboración del Plan Estratégico de Tecnología de Información,
es necesario actualizar el marco normativo de la función de Tecnología del
Ministerio de Hacienda.
III.—Que se hace necesario el establecimiento y seguimiento del Plan
Estratégico de Tecnología Institucional, enfocado en las acciones estratégicas
del Ministerio de Hacienda.
IV.—Que se debe conciliar la perspectiva y enfoques del Ministerio, con
las realidades y enfoques de la función de Tecnología de Información, promoviendo
el desarrollo informático y tecnológico en la Institución.
V.—Que en virtud del avance alcanzado en el área de Tecnología de Información,
el Ministerio de Hacienda requiere la creación de un órgano responsable que
lidere la dirección estratégica de esta área en concordancia con una visión
integral del Ministerio de Hacienda.
VI.—Que mediante el Manual sobre Normas Técnicas de Control Interno
Relativas a los Sistemas de Información Computarizados publicado en
VII.—Que mediante Decreto Nº 26874-H del 24 de marzo de 1998, publicado
en
VIII.—Que el Consejo citado en el considerando anterior requiere adecuarse
a las necesidades actuales del Ministerio de Hacienda.
IX.—Que
Por tanto,
DECRETAN:
Reglamento de Creación del
Consejo Institucional
de Tecnología de Información
del Ministerio
de Hacienda
Artículo 1º—Creación. Se crea el Consejo Institucional de
Tecnología de Información, como el órgano directivo responsable de:
a) Definir la estrategia de
b) Promover y patrocinar el desarrollo de la tecnología, en función de los
objetivos estratégicos del Ministerio de Hacienda.