Artículo 30.—Del valor porcentual de cada uno de los componentes de la calificación. La calificación de los aprendizajes del estudiante en cada asignatura, excepto conducta será el resultado de la suma de los siguientes valores porcentuales:

a)       En el primer año del I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas de Matemática, Estudios Sociales, Ciencias, Español, Lengua Extranjera y Lengua Indígena el valor porcentual es el siguiente:

 

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

30%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

b)       En el segundo y tercer año del I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Matemática, Estudios Sociales, Ciencias, Español, Lengua Extranjera y Lengua Indígena:

 

Trabajo Cotidiano

40%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

40%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

c) En el II Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Matemática, Estudios Sociales, Ciencias, Español, Lengua Extranjera y Lengua Indígena:

 

Trabajo Cotidiano

30%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

50%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

d) En el I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Educación Religiosa, Educación Musical, Educación Agrícola, Educación Física, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Artes Industriales y Culturas Indígenas:

 

 

Trabajo Cotidiano

60%

Trabajo Extraclase

10%

Prueba

20%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

e) En el II Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Educación Religiosa, Educación Musical, Educación Agrícola, Educación Física, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Artes Industriales y Culturas Indígenas:

 

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

10%

Prueba

30%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

f)  Tanto en el III Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Artes Industriales, Educación para el Hogar, Artes Plásticas, Educación Ambiental, Artesanía Indígena y Música Indígena, como en los Colegios Nocturnos, en los IPEC y los CINDEA en la asignatura de Desarrollo Social Laboral:

 

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

10%

Prueba

30%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

 

 (*)g)       En el sétimo año del III Ciclo de la Educación General Básica y el primer año de las modalidades de IPEC y CINDEA, para las asignaturas Matemática, Español, Estudios Sociales, Ciencias, Lengua extranjera y Lengua Indígena:

 

 

Trabajo Cotidiano

25%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

55%

Concepto

5%

Asistencia

5%

     

Para Educación Cívica:

Trabajo Cotidiano

15%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (una)

30%

Proyecto (uno)

35%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

 (*)h)   En el octavo y noveno año de III Ciclo de la Educación General Básica, como el segundo y tercer año de las modalidades de IPEC y CINDEA, para las asignaturas Matemática, Español, Estudios Sociales, Ciencias, Lengua Extranjera y Lengua Indígena:

 

Trabajo Cotidiano

15%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

65%

Concepto

5%

Asistencia

5%

     

Para Educación Cívica:

 

Trabajo Cotidiano

15%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (una)

30%

Proyecto (uno)

35%

Concepto

5%

Asistencia

5%

 

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

i) En el caso del III Ciclo de la Educación General Básica, la incorporación, en la asignatura de Ciencias, del Programa de Afectividad y Sexualidad Integral formará parte de la evaluación de la siguiente manera:

 

Trabajo cotidiano: En aplicación del Artículo 23 del presente reglamento, el docente elaborará los instrumentos para la evaluación del trabajo cotidiano de los estudiantes durante los procesos de Afectividad y Sexualidad. Los resultados de esta evaluación serán sumados a los obtenidos por los estudiantes en las demás lecciones de Ciencias.-

Para los Estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad se les evaluará sin esta unidad temática. Conformando su calificación a partir de las otras unidades temáticas del programa de estudio de Ciencias.-

Trabajo extra clase: Sin alterar lo establecido en el artículo 24 del presente reglamento, en la asignatura de Ciencias se deberá asignar al menos uno de los Trabajos Extra Clase como parte de los procesos educativos de Afectividad y Sexualidad.-

Los estudiantes que no reciben la lección de Afectividad y Sexualidad se les asignarán los trabajos Extra Clase con base en las otras unidades temáticas del Programa de Ciencias.-

Asistencia: La asistencia a las lecciones de Afectividad y Sexualidad forma parte de la asignatura de Ciencias. Para aquellos estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad, se calculará la asistencia únicamente con base en las otras lecciones de Ciencias.-

Concepto: La evaluación de este rubro mantendrá lo establecido en el artículo 27 del presente reglamento, entendiendo que la lección de Afectividad y Sexualidad forma parte del Programa de Ciencias.-

En el caso de los estudiantes que no reciban la lección de Afectividad y Sexualidad, la calificación sobre el concepto se definirá con base en las demás lecciones de ciencias.

(Así adicionado el inciso i) anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ")

 

j) En el caso del Tercer Ciclo de la Educación General Básica la asignatura Educación para la Vida Cotidiana será evaluada con los siguientes rubros:

 

Trabajo cotidiano

30

Trabajo Extraclase

10

Prueba (una)

25

Proyecto (uno)

25

Concepto

5

Asistencia

5

 

(Así adicionado el inciso j) anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ")

(*)k)    Tanto en la Educación Diversificada Académica y Técnica, Diurna y Nocturna, en las modalidades de IPEC y CINDEA, para las asignaturas Matemática, Español, Estudios Sociales, Biología, Física, Química, Lengua Extranjera, Filosofía, Psicología y Lengua Indígena:

Trabajo Cotidiano

10%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

70%

Concepto

5%

Asistencia

5%

Para Educación Cívica:

Trabajo Cotidiano

10%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (una)

35%

Proyecto (uno)

35%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso i) al inciso k))

   (*)l)    En III Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas Educación Religiosa, y Educación Física:

Trabajo Cotidiano

40%

Trabajo Extraclase

15%

Prueba

35%

Concepto

5%

Asistencia

5%

      Para Educación Musical:

Trabajo Cotidiano

20%

Trabajo Extraclase

5%

Pruebas (una)

25%

Proyecto (uno)

40%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso j) al inciso l))

(*)m)   En III ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, en la asignatura de Literatura en Lengua Inglesa, específica de los Liceos Bilingües Públicos y Liceos Experimentales Bilingües, así como en los colegios artísticos, ambientalistas, deportivos y en toda aquella otra modalidad especial que apruebe el Consejo Superior de Educación en las asignaturas propias de la especialidad:

Trabajo Cotidiano

45%

Trabajo extra clase

20%

Pruebas (mínimo dos)

25%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso k) al inciso m))

(Así reformado el inciso m) anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37973 del 19 de agosto del 2013)

n)  Tanto en III Ciclo de la Educación General Básica, como en los talleres exploratorios y en las asignaturas prácticas de los IPEC y de los CINDEAS se calificará de la siguiente manera:  

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

30%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso l) al inciso n))

(*)o)  En Educación Diversificada, en las asignaturas de Educación Religiosa, Educación Física y Artes Plásticas:

Trabajo Cotidiano

35%

Trabajo Extraclase

15%

Prueba

40%

Concepto

5%

Asistencia

5%

Para Educación Musical:

Trabajo Cotidiano

10%

Trabajo Extraclase

5%

Pruebas (una)

25%

Proyecto (uno)

50%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso m) al inciso o))

(*)p) En Educación Diversificada en las asignaturas correspondientes a las Tecnologías de los Colegios Académicos:

Trabajo Cotidiano

40%

Trabajo Extraclase

15%

Pruebas (mínimo dos)

35%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso n) al inciso p))

(*)q)   En las asignaturas técnicas en las modalidades de IPEC y CINDEA, en la Educación Diversificada:

Trabajo Cotidiano

25%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

40%

Concepto

5%

Asistencia

5%

Proyecto

15%

 Para los efectos de este inciso el Trabajo Cotidiano incluye la realización del Portafolio de Evidencias en los que se evaluará tanto el proceso como el producto.

El o la docente, al inicio de cada unidad de estudio determinará la cantidad y tipo de prueba.

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana ", que lo traspaso del antiguo inciso o) al inciso q))

    (*)r)   En las asignaturas técnicas correspondientes a las áreas: Comercial y Servicios, Agropecuaria e Industrial en la Educación Diversificada Técnica:  

Trabajo Cotidiano

25%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo dos)

40%

Concepto

5%

Asistencia

5%

Proyecto

15%

Para los efectos de este inciso el Trabajo Cotidiano incluye la realización del Portafolio de Evidencias en los que se evaluará tanto el proceso como el producto.

 

El o la docente, al inicio de cada unidad de estudio determinará la cantidad y tipo de prueba.

(*)(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 35480 del 10 de agosto de 2009)

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana", que lo traspaso del antiguo inciso p) al inciso r))

(*)s) En el III Ciclo de la Educación Especial (Etapa Prevocacional) en el Área Técnica, manipulación básica, proyectos integrados y de aplicación:

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

10%

Pruebas (mínimo una)

30%

Concepto

5%

Asistencia

5%

La calificación final será el resultado del promedio de las notas obtenidas en las asignaturas técnicas: Computación, Talleres Exploratorios, Valor Agregado, Artes Industriales, Educación para el Hogar, Agricultura, Artes Plásticas y otras similares, mediante el trabajo colegiado de los docentes.

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana", que lo traspaso del antiguo inciso q) al inciso s))

(*)t)  En el III Ciclo Educación Especial (Etapa Prevocacional) en el Área Cognitiva:

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

20%

Pruebas (mínimo una)

20%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana", que lo traspaso del antiguo inciso r) al inciso t))

(*)u) En el III Ciclo de Educación Especial (Etapa Prevocacional) las asignaturas de Educación Física, Música y Religión:

Trabajo Cotidiano

50%

Trabajo Extraclase

20%

Pruebas (mínimo una)

20%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(*)(Así corrida la numeración del inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37502 del 22 de enero de 2013, "Reforma parcial al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes atinentes a las Normas Reguladoras de la Promoción y Repitencia dentro del Sistema Educativo Costarricense, el Programa de Educación para la Afectividad y Sexualidad Integral y el Programa de Estudio de Educación para la Vida Cotidiana", que lo traspaso del antiguo inciso s) al inciso u))

v) En III Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada en los Liceos Bilingües Públicos y Liceos Experimentales Bilingües, en las asignaturas de Listening and Speaking (Escucha y Habla), asignaturas propias de la especialidad:

Trabajo Cotidiano

30%

Trabajo extra clase

15%

Pruebas (mínimo dos)

45%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(Así adicionado el inciso v) anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37973 del 19 de agosto del 2013)

w)   En III Ciclo de la Educación General Básica en los Liceos Bilingües Públicos y Liceos Experimentales Bilingües, en las asignaturas de Reading and Writing (Lectura y Escritura), asignaturas propias de la especialidad:

Trabajo Cotidiano

30%

Trabajo extra clase

10%

Pruebas (mínimo dos)

50%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(Así adicionado el inciso w) anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37973 del 19 de agosto del 2013)

x) En la Educación Diversificada en los Liceos Bilingües Públicos y Liceos Experimentales Bilingües, en las asignaturas de Reading and Writing (Lectura y Escritura), asignaturas propias de la especialidad:

Trabajo Cotidiano

25%

Trabajo extra clase

10%

Pruebas (mínimo dos)

55%

Concepto

5%

Asistencia

5%

(Así adicionado el inciso x) anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37973 del 19 de agosto del 2013)

Las asignaturas anteriormente citadas de Educación Indígena (Lengua Indígena, Culturas Indígenas, Artesanía Indígena y Música Indígena, entre otros) se impartirán y calificarán únicamente en los centros educativos incluidos dentro del programa de instituciones educativas de zonas indígenas.