Artículo 2º—Tabla de distribución de Bases de Operación. Para efectos del Procedimiento Especial Abreviado de Taxis de la Base de Operación del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, se establece la siguiente distribución de concesiones administrativas de taxi con fundamento en el transitorio VI de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi Nº 7969:

 

PROVINCIA DE ALAJUELA

(AEROPUERTO INTERNACIONAL JUAN SANTAMARÍA)

 

Código de bases de operación

Cantón

Distrito

Base de operación

Número de taxis por base

 

CENTRAL

 

TOTAL:

100

201011

ALAJUELA

ALAJUELA

1 base en el Aeropuerto, distribuidas de la siguiente manera:

SEDÁN

MICROBÚS

90

 

 

 

 

60

30

201012

ALAJUELA

ALAJUELA

1 base en el Aeropuerto de transporte para personas con discapacidad

10


Cada participante en el primer procedimiento especial deberá especificar si participa en la modalidad de vehículo tipo sedán, microbús o para personas discapacitadas, debiendo cumplir con la totalidad de los requisitos de cada modalidad. Solo se podrá participar en una de las modalidades, serán excluidas de valoración las ofertas que no cumplan con lo establecido en este artículo.

(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36965 del 15 de diciembre de 2011)