Artículo 2º—Tabla
de distribución de Bases de Operación. Para efectos del Procedimiento
Especial Abreviado de Taxis de la Base de Operación del Aeropuerto
Internacional Juan Santamaría, se establece la siguiente distribución de concesiones
administrativas de taxi con fundamento en el transitorio VI de la Ley
Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en
Vehículos en la Modalidad de Taxi Nº 7969:
PROVINCIA DE ALAJUELA
(AEROPUERTO
INTERNACIONAL JUAN SANTAMARÍA)
Código de
bases de operación |
Cantón |
Distrito |
Base de
operación |
Número de
taxis por base |
|
CENTRAL |
|
TOTAL: |
100 |
201011 |
ALAJUELA |
ALAJUELA |
1 base en el Aeropuerto, distribuidas de la siguiente manera: SEDÁN MICROBÚS |
90 60 30 |
201012 |
ALAJUELA |
ALAJUELA |
1 base en el Aeropuerto de transporte para
personas con discapacidad |
10 |
(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36965 del 15 de diciembre de 2011)