DECRETO VIII

 

La Asamblea Legislativa declara la elección de

Consejeros propietarios y suplentes.

 

“El Jefe Supremo del Estado libre de Costa-Rica.—Por cuanto la Asamblea ha decretado lo siguiente.

La Asamblea Constitucional del Estado libre de Costa-Rica: habiendo examinado escrupulosamente las credenciales de las electorales, en òrden à los sufragios que èstas dieron para dos Consejeros propietarios y un suplente, observando que las elecciones practicadas estàn arregladas a la ley y tabla de la materia, y obrado la Asamblea lo prevenido en los artículos 37 y 38 de la ley fundamental, ha venido en declarar y decreta.

Art. 1° Se han por Consejeros propietarios para el presente periodo constitucional los Ciudadanos Manuel Garcia-Esealante y Felix Bonilla, y por Consejero suplente el Ciudadano Presbítero Rafael del Càrmen Calvo; todos electos por la Asamblea.