DECRETO VIII
La Asamblea Legislativa declara la
elección de
Consejeros propietarios y suplentes.
“El Jefe Supremo del Estado libre de
Costa-Rica.—Por cuanto la Asamblea ha decretado lo siguiente.
La Asamblea Constitucional del
Estado libre de Costa-Rica: habiendo examinado escrupulosamente las
credenciales de las electorales, en òrden à los sufragios
que èstas dieron para dos Consejeros propietarios y
un suplente, observando que las elecciones practicadas estàn
arregladas a la ley y tabla de la materia, y obrado la Asamblea lo prevenido en
los artículos 37 y 38 de la ley fundamental, ha venido en declarar y decreta.
Art. 1° Se han por Consejeros propietarios
para el presente periodo constitucional los Ciudadanos Manuel Garcia-Esealante y Felix Bonilla,
y por Consejero suplente el Ciudadano Presbítero Rafael del Càrmen
Calvo; todos electos por la Asamblea.