No 5100

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

Artículo 1°—Declárase "Parque  Nacional Manuel Antonio*" la zona comprendida entre los siguientes linderos, según los mapas básicos escala 1:50.000 del Instituto Geográfico Nacional, partiendo de un punto situado sobre la playa entre las coordenadas 371.000 N y 447.000 E, sigue en orientación N 45° E y por una distancia de 250 metros hasta un punto situado sobre las coordenadas 371.15 N y 447.200 E, sigue luego sobre la coordenada 447.200 E con rumbo Norte hasta la quebrada Camaronera, por la que sigue aguas arriba hasta alcanzar la coordenada 372.000 N. Sigue entonces por una línea recta con orientación S 50° E hasta alcanzar las coordenadas 371.000 Ny 448.000 E. De este punto, sigue sobre la coordenada 371.000 N con rumbo Este, hasta alcanzar las coordenadas 371.000 N y 449.650 E. De este último punto sigue por la coordenada 449.650 E con rumbo Sur, hasta alcanzar la costa. Las islas ubicadas frente a esta delimitación incluyendo la isla Magote y las situadas frente a playa Espadilla, lo mismo que hasta donde abarquen las aguas territoriales, se considera parte de este Parque Nacional*.

*(Modificada su denominación mediante artículo 1 del decreto ejecutivo N° 7901 del 16 de enero de 1978).

(NOTAS DE SINALEVI: 

1. Mediante artículo 4 del decreto ejecutivo N°11148 del 05 de febrero de 1980, "se amplía el Parque Nacional Manuel Antonio, creado por ley número 5100 del 15 de noviembre de 1972, para que incluya como área total la comprendida dentro de los siguientes linderos; de la desembocadura del río Naranjo, sigue aguas arriba de dicho río hasta un punto localizado en las coordenadas 370.500 N y 450.450 E. Sigue por la coordenada 370.500 N, con rumbo Oeste franco, hasta encontrar la curva de nivel de los 10 metros en su intersección con la coordenada 449.750 E, continúa por dicha curva de nivel con rumbo aproximado Norte, hasta encontrar la coordenada 371.000 N, en su intersección con la coordenada 449.700 E, sigue por la coordenada 371.000 N, con rumbo Oeste franco, hasta encontrar la curva de nivel de los 10 metros en su intersección con la coordenada 449.175 E, sigue por dicha curva de nivel hasta encontrar la quebrada Azul, en el punto de coordenadas 372.175 N y 449.000 E, sigue aguas arriba de esta quebrada hasta un punto situado en las coordenadas 372.440 N y 448.280 E, continúa con rumbo Oeste franco hasta encontrar un punto en las coordenadas 372.440 N y 448.000 E, luego sigue hasta un punto situado en las coordenadas 372.880 N y 446.920 E, continúa luego hasta encontrar el punto de coordenadas 372.780 N y 446.600 E. Sigue con rumbo Sur franco, hasta encontrar la carretera Quepos-Manuel Antonio en el punto de coordenadas 371.670 N y 446.600 E. Continúa por el mismo camino con rumbo aproximado Sur-Este hasta encontrar el punto en las coordenadas 371.470 N y 446.710 E. De este punto continúa hasta encontrar el punto en las coordenadas 371.870 N y 447.200 E. De aquí toma rumbo Sur franco hasta el punto de coordenadas 371.150 N y 447.200 E y continúa para terminar en un punto en la playa de coordenadas 371.100 N y 446.940 E. Las islas Larga o Picuda, Gemelas, Olocuita, Mogote y Serrucho se consideran como parte integral de este Parque Nacional, lo mismo que las aguas territoriales entre los dos puntos sobre la costa que sirven de límite al mismo").

2.  Mediante artículo 1 del decreto ejecutivo N°29177 del 17 de noviembre del 2000,  se amplía "el Parque Nacional Manuel Antonio con los terrenos que comprende la siguiente descripción realizada con base en las Hojas Cartográficas del IGN, escala 1: 50.000, Quepos-edición 2-IGN-CR, y Savegre- edición 1-IGN-CR, que parte de un punto (1) de coordenadas Lambert Costa Rica Sur 370000 Norte (N) y 450300 Este (E), punto ubicado en el límite actual del Parque y en la margen derecha del río Naranjo, a partir de aquí continua por el borde de un manglar que describe la hoja Quepos o sea pasando por puntos tales como:
 
370000N-450200E (2)
370350N-450250E (3)
370550N-450200E (4)
370600N-450480E (5)
 
Punto (5) localizado de nuevo en la margen derecha del río Naranjo y de aquí pasa en línea recta a la otra margen del río hasta el punto 370600N-450600E (6), que coincide con el límite norte de un manglar también indicado en dicha hoja cartográfica. Sigue por este borde de ese manglar pasando por los puntos de coordenadas:
 
370800N-450800E (7)
370650N-451100E (8)
370800N-451300E (9)
370400N-451400E (10)
370200N-451100E (11)
370200N-451000E (12)
370100N-451000E (13)
 
De este punto (13) sigue bordeando el mangle, involucrando una franja de 200 metros del borde norte del estero Negro y quebrada Cacao hasta el punto de coordenadas 369640N-453400 E(14), ubicado sobre la quebrada Cacao, para seguir siempre por una línea paralela y distante 200 metros de la Quebrada Lagartera, hasta el punto 369400N-453800E(15), ubicado este sobre el borde externo de bloque de mangle (Laguna Negraforral) por el que sigue y pasa por algunos puntos como:
 
369750N-454800E(16)
369900N-455750E(17) Sobre brazo de la Quebrada Estero Negro
369750N-456400E(18) Sobre brazo Quebrada Lagartera
368300N- 455850E(19)
 
Del punto 19 ubicado en el límite de la zona marítimo terrestre de la Playa Savegre, continúa por este límite con rumbo sureste hasta intersectar una línea imaginaria que dista 150 metros del borde norte del Estero Garita, punto de coordenadas 367350N-457750E (20), para seguir siempre por esa línea paralela hasta encontrar la margen derecha de la quebrada Hacienda punto 366950N-459300E(21), para seguir siempre por esa margen aguas arriba hasta su intersección con el río Savegre punto de coordenadas 368300N-459450E (22).
 
De aquí pasa con rumbo este franco, a la otra margen del río por la que continua aguas abajo, hasta encontrar el borde externo de otro bloque de mangle en el punto de coordenadas 367200N-459740E(23), prosiguiendo por ese borde pasando por algunos puntos como:
 
367300N-460000E (24)
367000N-459750E (25)
367000N-460000E (26)
366900N-460700E (27)
 
De este punto ubicado en la Quebrada Barbudal, continúa aguas abajo hasta el punto 366600N-460500E (28), que dista 150 metros de la margen norte del Río Savegre, continuando paralelo al río distante 150 metros, hasta encontrar el borde externo de un bloque manglar y ciénega en el punto de coordenadas 366400N-460900E(29), para seguir por ese borde externo pasando por algunos puntos tales como:
 
366750N-461150E (30)
366900N-461800E (31)
367200N-461900E (32)
367000N-462300E (33)
367300N-462400E (34)
367100N-462800E (35)
366700N-462700E (36)
366550N-463000E (37)
366700N-463300E (38)
366600N-463350E (39)
366400N-463300E (40)
366000N-463700E (41)
 
Punto último que coincide con el límite del Refugio de Fauna Silvestre Mixto Portalón, creado mediante el Decreto ejecutivo #25139-MINAE, por el que sigue pasando por los puntos:
 
365900N-463550E (42)
365800N-463500E (43)
365750N-463500E (44)
365650N-463500E (45)
365550N-463200E (46)
365400N-463100E (47)
 
Punto Ubicado en la boca del río Portalón y siguiendo por la línea de costa pasando en línea recta por las bocas de los ríos y por el borde de la Playa Savegre hasta alcanzar la boca del río Naranjo en el punto de coordenadas 369750N- 450400E(48), es decir incluyendo la zona marítimo de ese sector.
 
De aquí toma una línea recta hasta llegar al límite actual del Parque Nacional en el punto de coordenadas 369800N-450300E(49), por el que sigue hasta llegar el punto inicial de la presente descripción: 370000 Norte (N) y 450300 Este (E) (1)").