ARTÍCULO 22.- El Comité Olímpico y las federaciones deportivas de
representación nacional e internacional son las entidades responsables de
vigilar, dirigir, organizar y reglamentar el deporte de alta competición,
dentro de los términos establecidos en esta ley, la Carta Olímpica
Internacional y las normas emanadas de las federaciones y los organismos
internacionales en los respectivos deportes.