ARTÍCULO 22.- El Comité Olímpico y las federaciones deportivas de

representación nacional e internacional son las entidades responsables de

vigilar, dirigir, organizar y reglamentar el deporte de alta competición,

dentro de los términos establecidos en esta ley, la Carta Olímpica

Internacional y las normas emanadas de las federaciones y los organismos

internacionales en los respectivos deportes.