TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
REGLAMENTO
PARA EL USO DE LOS VEHICULOS PROPIEDAD
DEL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Y REGISTRO CIVIL
ARTICULO PRIMERO: DE
a)
b)
Reglamento: el reglamento a
c)
Reglamentación: el presente conjunto de disposiciones que fijan el régimen
jurídico de los vehículos
propiedad de estos organismos electorales, las
obligaciones de los conductores y usuarios, los deberes y facultades de
d)
Tribunal: Tribunal Supremo de Elecciones en cuanto que administración superior.
e)
Organismos Electorales: Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. f)
Administración: todo lo relativo
a la actividad propia
del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, así como a las diferentes
dependencias que los integran en su función registral-civil, electoral y
administrativa en sentido lato.
g)
Dependencias: las diferentes unidades administrativas que conforman el
organigrama de estos organismos
electorales, independientemente de su posición jerárquica.”
(Así
reformado el inciso anterior por el Decreto del Tribunal Supremo de Elecciones
N° 2, publicado en
h)
Conductor: todo funcionario de estos organismos que cuente con autorización
expresa del Tribunal para conducir vehículos.
i)
Funcionarios: todo servidor que se desempeña a las órdenes de esta administración,
según lo que prescriben el artículo 11 de