INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

 

(Nota de Sinalevi: Mediante sesión N° 4683 del 7 de mayo de 2015, se acordó suspender la aplicación del presente reglamento, hasta que la nueva propuesta de Reglamento que regula el procedimiento para la compra especial de materiales perecederos de alto riesgo para el desarrollo de servicios de capacitación y formación profesional y proyectos del Instituto Nacional de Aprendizaje, sea sometido a conocimiento de la Junta Directiva, así como enviado a la Contraloría General de la República y la implementación a nivel interno de la Institución. Posteriormente mediante sesión N° 4719-2015 del 30 de noviembre del 2015 se suspende nuevamente la aplicación del presente reglamento. Subsiguientemente en sesión N°4747-2016 del 13 de junio del 2016, se acordó prorrogar hasta el 30 de diciembre del 2016 la suspensión de la aplicación del presente reglamento. Consecuentemente en sesión N° 4801 del 17 de julio de 2017, se convino suspender por seis meses la aplicación de este reglamento. Mediante sesión ordinaria N° 4836 del 26 de febrero del 2018 se suspende nuevamente el presente reglamento por un plazo más de seis meses. Posteriormente mediante sesión N° 4863 del 12 de setiembre del 2018 se suspende por seis meses más la vigencia del presente reglamento. Mediante sesión N° 10-2019 del 11 de marzo de 2019, se acordó suspender hasta por 12 meses la vigencia de esta norma. Posteriormente mediante sesión ordinaria N° 8-2020 del 9 de marzo del 2020 se suspende por un año la vigencia del presente reglamento.  Nuevamente mediante sesión N° 6-2021 del 22 de febrero del 2021 se suspende por un año la vigencia del presente reglamento. Mediante sesión N° 11-2022 del 28 de febrero del 2022, se acordó suspender hasta por dos años la vigencia de esta norma.)

 

En la sesión Nº 4463 celebrada el 15 de noviembre de 2010 la Junta Directiva acordó aprobar las modificaciones al Reglamento de Fondos Rotativos de Caja Chica del INA, según consta en el acta de esa sesión en el Artículo XI y el acuerdo N° 180-2010-JD, para que en adelante disponga lo siguiente:

REGLAMENTO DE FONDO ROTATIVO DE CAJA CHICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Considerando:

1º-Que mediante el oficio GG-848-2010, del 29  de octubre de 2010, la Gerencia General, remite para conocimiento y eventual aprobación de Junta Directiva,  la propuesta de "Reglamento de Fondos Rotativos de Caja Chica del Instituto Nacional de Aprendizaje".

2º-Que en informes de Auditoría  Interna N° 45-2009, 56-2009, 35-2010 y 43-2010, se emiten algunas recomendaciones, cuyos objetivos se centran en:

a) La modificación del Reglamento de Fondos Rotativos de Trabajo, Caja Chica y Viáticos del INA, con el fin de subsanar las deficiencias encontradas.

b) Regular el pago de transporte de taxi.

c) Analizar el Reglamento citado, para que no se contra ponga a la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

d) Realizar ajustes necesarios para que le pago con tarjeta sea congruente con la normativa interna.

3º-Que de acuerdo con la experiencia, las recomendaciones técnicas y los usuarios surge la necesidad de separar la normativa en dos instrumentos independientes: "Reglamento  para Fondos Rotativos de trabajo del INA" y "Reglamento de  Fondos Rotativos de Caja Chica del INA".

4º-Que la Asesoría Legal, mediante  oficio AL-1545-2010, extiende la respectiva constancia de legalidad para el citado Reglamento.

5º-Que el presente Reglamento consta de V Capítulos y 25 Artículos, que fueron analizados y discutidos por los integrantes de la Junta Directiva.

6º-Que el señor Arturo Gutiérrez Ballard, Asesor, Subgerencia Administrativa, expone ante los miembros  de Junta Directiva la propuesta del Reglamento en cita.

7º-Que en los señores directores y directoras conocen y discuten la propuesta de Reglamento, y luego de realizar las observaciones y consideraciones  correspondientes manifiestan su anuencia.

8º-Que el señor Arturo Gutiérrez, recopiló y consignó en la versión definitiva del Reglamento, las observaciones y sugerencias planteadas en el seno de la discusión, por parte de los señores miembros de Junta Directiva.

9º-Que de conformidad con el art. 7 inciso d, de la ley N° 6868, y al haberse sometido el presente Reglamento al conocimiento de la Junta Directiva, se acuerda. Por tanto,

ACUERDAN:

1º-Aprobar el "Reglamento Fondo Rotativos de Caja Chica del Instituto Nacional de Aprendizaje"; de conformidad con la propuesta realizada mediante el oficio GG-848-2010, del 29 de setiembre de 2010, suscrito por la señora Gerente General, lo expuesto por el Licenciado Arturo Gutiérrez Ballard y las observaciones de los miembros de la Junta Directiva, para que disponga lo siguiente:

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º-Ámbito de Aplicación. El presente Reglamento regula la creación y funcionamiento de los Fondos Rotativos de Caja Chica existentes y los que en el futuro se establezcan en la Institución.