INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
(Nota de Sinalevi:
Mediante sesión N° 4683
del 7 de mayo de 2015, se acordó suspender la aplicación del presente
reglamento, hasta que la nueva propuesta de Reglamento que regula el procedimiento
para la compra especial de materiales perecederos de alto riesgo para el
desarrollo de servicios de capacitación y formación profesional y proyectos del
Instituto Nacional de Aprendizaje, sea sometido a conocimiento de la Junta
Directiva, así como enviado a la Contraloría General de la República y la
implementación a nivel interno de la Institución. Posteriormente mediante
sesión N° 4719-2015 del 30 de noviembre del 2015 se suspende nuevamente la
aplicación del presente reglamento. Subsiguientemente en sesión N°4747-2016 del
13 de junio del 2016, se acordó prorrogar hasta el 30 de diciembre del 2016 la
suspensión de la aplicación del presente reglamento. Consecuentemente en sesión
N° 4801 del 17 de julio de 2017, se convino suspender por seis meses la
aplicación de este reglamento. Mediante sesión ordinaria N° 4836 del 26 de
febrero del 2018 se suspende nuevamente el presente reglamento por un plazo más
de seis meses. Posteriormente mediante sesión N° 4863 del 12 de
setiembre del 2018 se suspende por seis meses más la vigencia del presente
reglamento. Mediante
sesión N° 10-2019 del 11 de marzo de 2019, se acordó suspender hasta por 12
meses la vigencia de esta norma. Posteriormente mediante sesión ordinaria N°
8-2020 del 9 de marzo del 2020 se suspende por un año la vigencia del presente
reglamento. Nuevamente mediante sesión
N° 6-2021 del 22 de febrero del 2021 se suspende por un año la vigencia del
presente reglamento. Mediante sesión N° 11-2022 del 28 de febrero del 2022, se
acordó suspender hasta por dos años la vigencia de esta norma.)
En la
sesión Nº 4463 celebrada el 15 de noviembre de 2010 la Junta Directiva acordó
aprobar las modificaciones al Reglamento de Fondos Rotativos de Caja Chica del
INA, según consta en el acta de esa sesión en el Artículo XI y el acuerdo N°
180-2010-JD, para que en adelante disponga lo siguiente:
REGLAMENTO DE
FONDO ROTATIVO DE CAJA CHICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Considerando:
1º-Que mediante el
oficio GG-848-2010, del 29 de octubre de
2010, la Gerencia General, remite para conocimiento y eventual aprobación de
Junta Directiva, la propuesta de
"Reglamento de Fondos Rotativos de Caja Chica del Instituto Nacional de
Aprendizaje".
2º-Que en informes de
Auditoría Interna N° 45-2009, 56-2009,
35-2010 y 43-2010, se emiten algunas recomendaciones, cuyos objetivos se
centran en:
a) La modificación del Reglamento de Fondos
Rotativos de Trabajo, Caja Chica y Viáticos del INA, con el fin de subsanar las
deficiencias encontradas.
b) Regular el pago de transporte de taxi.
c) Analizar el Reglamento citado, para que no se
contra ponga a la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
d) Realizar ajustes necesarios para que le pago
con tarjeta sea congruente con la normativa interna.
3º-Que de acuerdo
con la experiencia, las recomendaciones técnicas y los usuarios surge la
necesidad de separar la normativa en dos instrumentos independientes:
"Reglamento para Fondos Rotativos
de trabajo del INA" y "Reglamento de
Fondos Rotativos de Caja Chica del INA".
4º-Que la Asesoría
Legal, mediante oficio AL-1545-2010,
extiende la respectiva constancia de legalidad para el citado Reglamento.
5º-Que el presente
Reglamento consta de V Capítulos y 25 Artículos, que fueron analizados y
discutidos por los integrantes de la Junta Directiva.
6º-Que el señor
Arturo Gutiérrez Ballard, Asesor, Subgerencia Administrativa, expone ante los
miembros de Junta Directiva la propuesta
del Reglamento en cita.
7º-Que en los
señores directores y directoras conocen y discuten la propuesta de Reglamento,
y luego de realizar las observaciones y consideraciones correspondientes manifiestan su anuencia.
8º-Que el señor
Arturo Gutiérrez, recopiló y consignó en la versión definitiva del Reglamento,
las observaciones y sugerencias planteadas en el seno de la discusión, por
parte de los señores miembros de Junta Directiva.
9º-Que de
conformidad con el art. 7 inciso d, de la ley N° 6868, y al haberse sometido el
presente Reglamento al conocimiento de la Junta Directiva, se acuerda. Por
tanto,
ACUERDAN:
1º-Aprobar el
"Reglamento Fondo Rotativos de Caja Chica del Instituto Nacional de
Aprendizaje"; de conformidad con la propuesta realizada mediante el oficio
GG-848-2010, del 29 de setiembre de 2010, suscrito por la señora Gerente
General, lo expuesto por el Licenciado Arturo Gutiérrez Ballard y las
observaciones de los miembros de la Junta Directiva, para que disponga lo
siguiente:
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º-Ámbito
de Aplicación. El presente Reglamento regula la creación y funcionamiento
de los Fondos Rotativos de Caja Chica existentes y los que en el futuro se
establezcan en la Institución.