MINISTERIO DE SALUD
MS-DM-RM-3772-2021
MINISTERIO
DE SALUD. San José a los seis días del mes de agosto de dos mil veintiuno.
DEROGATORIA DE LA RESOLUCION MINISTERIAL No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho
días del mes de agosto de dos mil veinte: DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS
RELATIVAS A LA RECONVERSION TEMPORAL DE LAS ACTIVIDADES DE ESTABLECIMIENTOS
COMERCIALES DESTINADOS A BARES, CANTINAS Y TABERNAS (CODIGO CIIU 5630) A
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DESTINADOS A RESTAURANTES, SODAS Y CAFETERÍAS
(CODIGO CIIU 5610) con permiso sanitario de funcionamiento vigente.
RESULTANDO:
I. Que
mediante resolución ministerial No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del
mes de agosto de dos mil veinte este Ministerio dispuso una serie de medidas
relativas a la reconversión temporal de las actividades de establecimientos
comerciales destinados a bares, cantinas y tabernas (Código CIIU 5630) a
establecimientos comerciales destinados a restaurantes, sodas y cafeterías
(Código CIIU 5610) con permiso sanitario de funcionamiento vigente.
II. Que
actualmente los establecimientos comerciales tales como bares, cantinas y
tabernas pueden operar, aunque con un aforo reducido, por lo que se considera
oportuno y necesario dejar sin efecto la resolución de cita No. DM-RM-5430-2020
de los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinte.
POR
TANTO,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
PRIMERO:
Dejar
sin efecto la resolución de cita No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del
mes de agosto de dos mil veinte, que dispuso una serie de medidas relativas a
la reconversión temporal de las actividades de establecimientos comerciales
destinados a bares, cantinas y tabernas (Código CIIU 5630) a establecimientos
comerciales destinados a restaurantes, sodas y cafeterías (Código CIIU 5610)
con permiso sanitario de funcionamiento vigente.
SEGUNDO:
Rige a
partir de esta fecha.
COMUNIQUESE: