MINISTERIO DE SALUD

MS-DM-RM-3772-2021

MINISTERIO DE SALUD. San José a los seis días del mes de agosto de dos mil veintiuno. DEROGATORIA DE LA RESOLUCION MINISTERIAL No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinte: DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LA RECONVERSION TEMPORAL DE LAS ACTIVIDADES DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DESTINADOS A BARES, CANTINAS Y TABERNAS (CODIGO CIIU 5630) A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DESTINADOS A RESTAURANTES, SODAS Y CAFETERÍAS (CODIGO CIIU 5610) con permiso sanitario de funcionamiento vigente.

RESULTANDO:

I. Que mediante resolución ministerial No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinte este Ministerio dispuso una serie de medidas relativas a la reconversión temporal de las actividades de establecimientos comerciales destinados a bares, cantinas y tabernas (Código CIIU 5630) a establecimientos comerciales destinados a restaurantes, sodas y cafeterías (Código CIIU 5610) con permiso sanitario de funcionamiento vigente.

II. Que actualmente los establecimientos comerciales tales como bares, cantinas y tabernas pueden operar, aunque con un aforo reducido, por lo que se considera oportuno y necesario dejar sin efecto la resolución de cita No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinte.

POR TANTO,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

PRIMERO: Dejar sin efecto la resolución de cita No. DM-RM-5430-2020 de los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinte, que dispuso una serie de medidas relativas a la reconversión temporal de las actividades de establecimientos comerciales destinados a bares, cantinas y tabernas (Código CIIU 5630) a establecimientos comerciales destinados a restaurantes, sodas y cafeterías (Código CIIU 5610) con permiso sanitario de funcionamiento vigente.

SEGUNDO: Rige a partir de esta fecha.

COMUNIQUESE: