EDUCACIÓN PUBLICA
LEY N° 8220 DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO DE REQUISITOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Dependencia: Unidad Administrativa (Dirección General de Personal)
Horario de atención al público: 8:00 a.m. a 4:30 p.m. (de lunes a jueves)
8:00 a.m. a 4:00 p.m. (viernes)
Teléfonos: Central: 256-8889 extensión: 212 ó 213.
Telefax: 255-1329.
Dirección: 150 metros oeste de la Iglesia La
Dolorosa, antigua Escuela Porfirio
Brenes, San José
Apartado postal: 10087-1000 San José.
ÁREA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS SERVICIOS: Elaboración y aprobación de acciones de personal (P-21) conforme al movimiento requerido.
Solicitante(s):
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Interesado.
Procedimiento y requisitos respectivos: Elaboración y aprobación de Acciones de Personal en los siguientes casos:
-Anulación de Acciones de Personal (Oficio o Resolución).
-Cese de funciones por Pensión o Defunción (Boleta de pensión o Certificado de Defunción).
-Cese de Interinidad (Comunicación de cese).
-Despido por causa (Resolución respectiva).
-Incapacidades (Boleta o certificación de incapacidad).
-Suspensiones (Resolución respectiva).
-Permisos con o sin sueldo (Contrato y oficios del interesado).
-Renuncia (Oficio del interesado).
-Vacaciones (Oficio de solicitud).
-Nombramientos (Comunicado de nombramiento y documentos personales del interesado).
-Reingreso por articulo 14 (Resolución de aval).
-Regreso al trabajo del titular (Oficio del titular).
-Ascensos y descensos (Comunicado del movimiento).
-Aumentos anuales (Oficio, certificación respectiva, cambio de categoría, constancia de grupo).
-Permutas (Oficio).
-Reajustes de sobresueldos (Oficios, constancias de años laborados, contratos de Dedicación Exclusiva y Addéndum, y Resoluciones de "Carrera Profesional).
-Reasignaciones (Resolución de Reasignación).
-Recargos (Resolución).
-Traslados (Comunicado).
-Asignaciones (Resolución de Asignación).
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Lineas de coordinación en general:Dirección General de Servicio Civil.Dirección General de Informática.Dirección General de Personal del MEP.
Centro de Cómputo de la Dirección General de Personal del MEP.
Sección de Expedientes del MEP.
Direcciones Regionales de Educación.
Departamento de Planillas.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 5 días por acción de personal.
Fundamento normativo
-Capítulo IV y VI del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
SERVICIO: Contratos de dedicación exclusiva y addéndum.
Solicitante:
- Interesado.
Procedimiento: Confección y firma de contratos y addéndum del Incentivo de Dedicación Exclusiva.
Requisitos:
-Comunicado de nombramiento y tres fotocopias.
-Original del titulo universitario, con los timbres respectivos, y tres fotocopias por ambos lados.
-Original y dos fotocopias de certificación de incorporación al colegio profesional respectivo.
-Carta de solicitud del interesado y dos copias.
-Carta de solicitud extendida por el jefe inmediato en que indique que el servidor amerita el pago de dicho incentivo y dos copias.
Formularios o instructivos requeridos:
-Formulario de contrato.
-Formulario de addéndum.
Lineas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Direcciones Regionales de Educación.
Plazos estimados: 12 días para el trámite.
Fundamento normativo:
-Resolución DG-070-94 del 03 de agosto de 1994.
-Código Fiscal 273, inciso 23
SERVICIOS: Incapacidades.
Solicitante:
-Interesado.
Procedimiento:
1. Tramite de la incapacidad.
Requisitos respectivos:
- Boleta de incapacidad.
--Oficio de la jefatura justificando la ausencia por incapacidad.
Formularios o instructivos requeridos: Boleta de incapacidad.
Lineas de coordinación:
Caja Costarricense de Seguro Social.
Instituto Nacional de Seguros.
Dirección General de Personal del MEP.
Servicios Médicos Privados (tramitados mediante la CCSS)
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 12 días.
Fundamento normativo:
- Capitulo IX y articulo 35, inciso k) del Estatuto de Servicio Civil y articulo 34, 35 y 36 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.
- Código de Trabajo.
- Ley sobre Riesgos del Trabajo y Reglamento (INS)
- Reglamento Interno de Trabajo.
Procedimiento:
2. Apelaciones y reclamos de incapacidades.
Solicitantes:
- Interesado.
Requisitos respectivos:
- Oficio de apelación por incapacidad.
- Incapacidad tramitada.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Personal del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Caja Costarricense de Seguro Social.
Instituto Nacional de Seguros.
Servicios Médicos Privados (tramitados mediante la CCSS)
Plazos estimados: 8 días de acuerdo con el articulo 352 de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
- Reglamento Interno de Trabajo.
- Código de Trabajo.
- Articulo 34 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Reglamento de Consejería.
SERVICIOS: Permisos con o sin goce de salario
Solicitantes:
-Interesado.
Procedimiento: Trámite de permiso con o sin goce de salario.
Requisitos respectivos:
-Solicitud por escrito del interesado.
-Documentos que justifiquen la petitoria en el caso que lo amerite
-Únicamente para funcionarios regulares.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazo estimado: 18 dias.
Fundamento normativo:
-Articulo 33 del Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
-Ley de Carrera Docente y su Reglamento.
SERVICIOS: Elaboración de constancias.
Solicitantes de los siguientes procedimientos:
-Interesado.
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Procedimiento:
1. Elaboración de constancias por nombramientos tramitados.
Requisitos respectivos:
-Solicitud verbal o por escrito del interesado.
-Cédula de identidad.
-Comunicado de Nombramiento cuando se requiere.
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazo estimado: 1 día
Fundamento normativo: No aplica
Procedimiento:
2. Retiro de ahorro obligatorio de la Caja de ANDE
Requisitos respectivos:
-Solicitud verbal o por escrito del interesado.
-Cédula de identidad.
-No tener relación laboral con el Ministerio de Educación Pública, habiendo transcurrido como mínimo un mes de laborar.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario para la solicitud de una constancia, de acuerdo a los requerimientos que ex ANDE.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda
-Sección de Planillas.
-Caja de ANDE.
Plazos estimados: I día
Fundamento normativo:
-Requerimientos establecidos por la Caja de ANDE.
Procedimiento:
3. Licencia de estudio
Requisitos respectivos:
-Aprobación por parte del Departamento de Adiestramiento Promoción del contrato de licencia para estudios o de contra para adiestramiento ante la Dirección General de Servicio Civil.
Solicitud escrita del funcionario regular.
Cédula de identidad.
Nombramiento en propiedad (acción de personal).
Clase, especialidad y ubicación del puesto.
Fecha de ingreso al Régimen.
Formularios o instructivos requeridos: Departamento Adiestramiento y Promoción gestiona y avala dicha solicitud:
-Formulario de Solicitud de Contrato de Licencia para Estudios
-Autorización del Jefe inmediato concediendo el permiso.
-Constancia de nombramiento.
-Constancia de matricula y horario del centro educativo correspondiente o del docente a cargo del curso.
Líneas de coordinación:
Departamento de Adiestramiento y Promoción del MEP.
Dirección General de Personal del MEP.
Dirección General de Servicio Civil.
Instancias Educativas Públicas o Privadas que impartan el curso
Embajadas (cursos en el exterior)
Profesor a cargo de la materia.
Plazo estimado: 1 día
Dichos formularios se tramitan en el Departamento de Adiestramiento y Promoción del MEP.
Fundamento normativo:
-Artículos 37 y 38 del Reglamento de Servicio Civil.
Procedimiento:
4. Constancia de salario para presentación en la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional.
Requisitos respectivos:
-Solicitud por escrito o verbal del interesado.
-Cédula de identidad.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
-Junta de Pensiones del Magisterio Nacional.
-Caja Costarricense de Seguro Social.
Plazo estimado: 1 día
Fundamento normativo:
-De acuerdo a la normativa de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional.
Procedimiento:
5. Control de vacaciones
Requisitos respectivos:
-Solicitud por escrito del interesado o Dependencia del Ministerio de Educación Pública.
-Cédula de identidad.
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados
-4 días solicitud individual.
-15 días por solicitud de un Departamento.
Fundamento normativo:
-Articulo 37, inciso b) del Estatuto de Servicio Civil.
Procedimiento:
6. Constancia de saldo de vacaciones de funcionarios activos.
Requisitos respectivos:
-Solicitud por escrito del interesado.
-Cédula de identidad.
-Certificación de tiempo laborado, en el caso que el interesado haya laborado para otras instancias públicas, para el reconocimiento de vacaciones acumuladas.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 5 días
Fundamento normativo de los siguientes procedimientos:
-Código de Trabajo.
-Capitulo V del Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
-Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Procedimiento:
7. Constancia de saldo de vacaciones de funcionarios pensionados y exfuncionarios del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Solicitud por escrito del interesado.
-Ser funcionario no activo del Ministerio de Educación Pública.
-Cédula de identidad.
-Certificación de tiempo laborado, en el caso que el interesado haya laborado para otras instancias públicas, para el reconocimiento de vacaciones acumuladas.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere
Líneas de Coordinación:
-Sección de Planillas del MEP.
-Área de Servicios Especializados de la División Jurídica del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 5 días.
SERVICIOS: Identificación del funcionario.
Solicitantes:
- Dirección General de Personal del MEP.
Procedimiento:
1. Confección de carné.
Requisitos respectivos:
-Comunicado de nombramiento.
-Original y fotocopia de la cédula.
-Constancia de nacimiento.
Formularios o instructivos requeridos: Tarjeta de datos (para confección del carné).
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Área de Régimen Disciplinario de la División Jurídica del MEP.
Plazos estimados: 8 días
Fundamento normativo:
-Capítulo XII del Reglamento Interior de Trabajo.
Procedimiento:
2. Reposición de Carné.
Solicitantes:
-Jefatura donde labora el interesado.
-Interesado.
Requisitos respectivos: Oficio de la Jefatura solicitando la reposición del carné del funcionario, indicando la fecha exacta del extravío.
Formularios o instructivos requeridos: Tarjeta de datos (para confección del nuevo carné.)
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 8 días
Fundamento normativo:
-Capítulo XII del Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
SERVICIOS: Control de asistencia.
Solicitantes:
- Dirección General de Personal del MEP.
Procedimiento:
1. Verificación de marcas de asistencia de funcionarios.
Requisitos respectivos:
Registro de Marcas de asistencia mensual.
Boleta de vacaciones, incapacidades y por omisión de marcas.
Oficios de permisos con o sin goce de salario.
Renuncias.
Comunicados de nombramientos.
Contratos de estudios.
Formularios o instructivos requeridos: Boleta de omisión de marca (para justificar la falta de marca)
Líneas de coordinación: .
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Área de Régimen Disciplinario de la División Jurídica del MEP.
Plazos estimados: 30 días
Fundamento normativo:
-Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
-Código de Trabajo.
-Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Procedimiento:
2. Rebajo de Nómina por ausencia justificada.
Requisitos respectivos:
-Registro de Marcas de asistencia mensual.
-Boleta de omisión de marca.
Formularios o instructivos requeridos: Boleta de omisión de marca.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Área de Régimen Disciplinario de la División Jurídica del MEP.
Plazos estimados: 30 días
Fundamento normativo:
-Capitulo XII y Articulo 74 del Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
-Código de Trabajo.
-Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Procedimiento:
3. Solicitud de Vacaciones
Requisitos respectivos:
-Cédula de identidad.
-Certificación de tiempo laborado, en el caso que el interesado haya laborado para otras instancias públicas, para el reconocimiento de vacaciones acumuladas.
-Llenar Boleta de control de vacaciones indicando los días a disfrutar.
Formularios o instructivos requeridos: Boleta de control de vacaciones.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Instancias públicas para el reconocimiento de las vacaciones acumuladas.
Plazos estimados: 8 días
Fundamento normativo:
- Código de Trabajo.
- Capítulo V del Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
SERVICIOS: Asesoría legal.
Solicitante:
- Sala Constitucional
Procedimiento: Respuesta a Recursos de Amparo.
Requisitos respectivos:
- Recepción del recurso de amparo.
- Oficio de apelación del interesado.
- Registro de marcas actualizado.
- Resolución de suspensión del Área de Régimen Disciplinario (División Jurídica del MEP)
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de Coordinación según cada caso:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
División Jurídica (Área de Régimen Disciplinario)
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Plazos estimados: 3 días hábiles, de acuerdo con el articulo 44 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y el articulo 346 de la Ley General de la Administración Pública
Fundamento normativo:
- Constitución Política de Costa Rica.
- Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
- Ley General de la Administración Pública.
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
- Ley de Carrera Docente.
- Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
- Jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Jurisprudencia y leyes conexas.
SERVICIOS: Asesoría legal.
Solicitantes:
- Interesado.
Procedimiento:
Apelación de suspensiones por omisión de marca o llegadas tardías (Aplicación del Reglamento Interior de Trabajo del MEP).
Requisitos respectivos:
- Reclamo presentado por el interesado o mediante un órgano competente.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
División Jurídica (Área de Régimen Disciplinario).
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazos estimados: 8 días hábiles, de acuerdo con articulo 352 de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
- Constitución Política de Costa Rica.
- Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
- Ley General de la Administración Pública.
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
- Ley de Carrera Docente.
- Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
- Jurisprudencia de la Controlaría General de la República.
- Jurisprudencia y leyes conexas.
SERVICIO: Asesoría legal.
Solicitantes:
- Interesado.
Procedimiento: Recurso de Revocatoria
Requisitos respectivos: Recurso de Revocatoria presentado por el interesado.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
Área de Régimen Disciplinario de L División Jurídica-
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazo estipulado: 3 días de acuerdo con Ley General de la Administración Pública, artículos 262 y 346.
Fundamento normativo:
- Constitución Política de Costa Rica.
- Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
- Ley General de la Administración Pública.
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
- Ley de Carrera Docente.
- Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
- Jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Jurisprudencia y leyes conexas.
SERVICIO: Asesoría legal.
Solicitantes:
- Interesado
Procedimiento: Recurso de Apelación.
Requisitos respectivos: Presentación del Recurso de Apelación.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
División Jurídica del MEP.
Otras Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazo estipulado: 3 días hábiles, según Ley General de Administración Pública, artículos 262 y 346.
Fundamento Normativo:
- Constitución Política de Costa Rica.
- Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
- Ley General de la Administración Pública.
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
- Ley de Carrera Docente.
- Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
- Jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Jurisprudencia y leyes conexas.
SERVICIO: Asesoría legal.
Solicitantes:
- Interesado.
- Máximo Jerarca delega el trámite a la Unidad Administrativa.
Procedimiento: Respuesta del Máximo Jerarca.
Requisitos respectivos: Apelación del interesado contra la respuesta de un Recurso presentado.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
- Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Comisión de Ascensos del MEP.
División Jurídica del MEP.
Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazo estipulado: 8 días, según articulo 261 de la Ley General de la Administración Pública y articulo 88, inciso a) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento Normativo:
- Constitución Política de Costa Rica.
- Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
- Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
- Ley General de la Administración Pública.
- Código de Trabajo.
- Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
- Ley de Carrera Docente.
- Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
- Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
- Jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Jurisprudencia y leyes conexas.
SERVICIO: Registro de inhabilitación de servidores.
Solicitantes: Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil
Procedimiento: Actualización del Registro de Inhabilitados de la Dirección General de Servicio Civil.
Requisitos respectivos:
- Listado del Registro de Inhabilitados, actualización cada tres meses.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
- Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
Plazos estimados: 11 días
Fundamento Normativo:
- No aplica.
SERVICIO: Mantenimiento de la estructura presupuestaria del Ministerio de Educación Pública.
Solicitantes:
- Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Procedimiento: Modificación presupuestaria.
Requisitos respectivos:
- Solicitud de ajuste por parte de la Dependencia.
- Datos del puesto
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de coordinación:
- Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 5 días.
Fundamento normativo:
- Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario para el ejercicio económico de! año correspondiente.
PROCESOS DEL ÁREA DE DOTACIÓN DE PERSONAL
SERVICIO: Repone de plazas vacantes.
Solicitantes: Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública.
Procedimiento: Captura y control de plazas vacantes.
Requisitos respectivos:
- Plazas vacantes generadas por Decretos Ejecutivos, por la Ley de Presupuesto del año en vigencia; así como por algún movimiento de personal.
Formularios o instructivos requeridos: Boleta de vacante.
Líneas de coordinación:
- Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública
Plazos estimados: Durante todo el año se realiza este proceso.
Fundamento Normativo: No aplica-
SERV1CIO: Dotación de personal.
Solicitantes:
- Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal.
-Departamento de Carrera Docente, de la Dirección General de Servicio Civil.
Procedimiento: Confección de Pedimentos de Personal (P-10) para puestos administrativos del Titulo I.
Requisitos respectivos:
-Reporte de puestos vacantes
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de Pedimento de Personal.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Centro de Cómputo de la Dirección General de Personal del MEP.
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 30 días
Fundamento Normativo:
-Capítulo V del Estatuto de Servicio Civil y Capitulo V de su Reglamento.
-Instructivo de los Formularios Pedimento de Personal y Características del Puesto Vacante de la Dirección General de Servicio Civil, 1996.
SERVICIO: Reclutamiento y selección de personal en propiedad.
Solicitantes: Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
Procedimiento: Entrevista de los candidatos que integran una Nómina.
Requisitos respectivos:
-Puesto vacante.
-Pedimento de personal.
-Nómina remitida por la Dirección General de Servicio Civil.
-Cédula del interesado.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de entrevista.
Líneas de coordinación:
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Servicio 123 (RACSA).
Plazo estipulado: 25 días, según Capitulo V" del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil (para la selección por parte del jefe inmediato) y Resolución SP-10-95 de 1995.
Fundamento Normativo:
-Capitulo V del Estatuto de Servicio Civil y Capitulo V de su Reglamento.
-Resolución SP-10-95 de 1995.
SERVICIO: Selección de personal en propiedad.
Solicitantes: Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Procedimiento: Nombramiento en propiedad y verificación de requisitos.
Requisitos respectivos:
Cédula de identidad y fotocopia.
Fotografía reciente.
Original y fotocopia del titulo de secundaria.
Original de los títulos académicos con los timbres respectivos y fotocopia por ambos lados del mismo.
Original del número de cuenta cliente.
Constancia de nacimiento.
Constancia de antecedentes judiciales
Incorporación al colegio profesional respectivo (cuando lo amerita).
Comunicado de nombramiento.
Puesto vacante.
Expediente personal del interesado.
Original y fotocopia de certificaciones de experiencia laboral.
Original y fotocopia de títulos de capacitación recibida, debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
Formularios o instructivos requeridos:
Hoja de datos personales.
Hoja de Juramentación.
Declaración Jurada de que no ha recibido prestaciones.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Personal del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Poder Judicial.
Departamento de Control de Calidad del MEP.
Sección de Expedientes del MEP.
Universidades Estatales y Privadas.
Servicio 123 (RACSA).
Plazos estimados: 12 días.
Fundamento Normativo:
- Capitulo V del Estatuto de Servicio civil y Capitulo V de su Reglamento.
- Articulo 45, párrafo final, del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Ley No 8220 de Protección al Ciudadano, del 2002.
- Código Fiscal articulo 273. inciso 23
SERVICIO: Estudios de idoneidad.
Solicitantes:
- Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
- Dirección General de Servicio Civil.
- Interesado.
Procedimiento:
1. Estudio de Preingreso.
Requisitos respectivos:
-Cédula de identidad y fotocopia.
-Entrevista al interesado.
-Entrevistas de referencias laborales.
-Entrevistas de referencias comunales.
-Certificación de antecedentes judiciales.
-Formulario del Periodo de prueba e Informe justificando cuando se tramita por un cese.
-Fotocopia de la sentencia del delito cometido.
Formularios o instructivos requeridos:
-Formulario de entrevista al interesado.
-Formulario de referencias laborales.
-Constancia de entrega de la copia del informe avalado por la Dirección General de Servicio Civil al interesado (cumplir con el debido proceso)
Líneas de coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Sección de Expedientes del MEP.
Poder Judicial.
Instituciones o empresas donde ha laborado el interesado posterior a la causa del estudio.
Psicólogo de la Unidad Administrativa (cuando amerite pruebas, ver proceso correspondiente).
Entrevistas a vecinos de la comunidad (cuando amerita).
Plazo estipulado: 60 días (sin considerar la Resolución final de la Dirección General de Servicio Civil), según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento Normativo:
-Articulo 192 de la Constitución Política de Costa Rica.
-Articulo 20, inciso a) del Estatuto del Servicio Civil y articulo 9°, inciso c) de su Reglamento.
Procedimiento:
2. Estudio de Reingreso, por articulo 14 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Solicitante:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Solicitud escrita del interesado.
-Verificación que el puesto se encuentre actualmente vacante.
Solicitud por parte de la Unidad Administrativa de los siguientes documentos:
-Cédula y fotocopia.
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Original de atestados académicos con los timbres respectivos, y fotocopia de los mismos por ambos lados.
-Certificación de tiempo laborado en el Sector Público, detallando calificación de servicios, puestos ocupados y jornada laboral, motivo y fecha de salida, si los puestos ocupados fueron en propiedad o en forma interina y descripción de funciones.
-Certificaciones de tiempo laborado en otras empresas posterior a la salida del Sector Público, detallando calificación de servicios, puestos ocupados y jornada laboral, motivo y fecha de salida, puestos ocupados en forma permanente o temporal y descripción de funciones.
-En los periodos no trabajados después de la salida del Sector Público, presentar declaración jurada autenticada por Abogado.
-Haber cumplido el periodo establecido por ley para casos concernientes a la movilidad laboral.
Formularios o instructivos requeridos:
-Formulario de entrevista al interesado.
-Formulario de Referencias Laborales.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Poder Judicial.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Psicólogo de la Unidad Administrativa (cuando amerite pruebas, ver proceso correspondiente).
Plazo estipulado: 60 días (sin considerar la Resolución final de la Dirección General de Servicio Civil), según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento Normativo:
-Articulo 14 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Resolución DG-115-2002 del 11 de junio del 2002.
-Resolución DG-027-98 del 26 de marzo de 1998.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23.
Procedimiento:
3. Estudio de aplicación del articulo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Solicitante:
-Interesado.
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Resolución de asignación del puesto, emitida por el Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Solicitud escrita del interesado.
-Revisión del caso para verificar si procede la aplicación de la normativa.
-Laborar para el Estado durante dos o más anos en forma ininterrumpida.
-Original y copia de la cédula.
-Original y copia de los atestados.
-Incorporación al colegio profesional respectivo (cuando se amerite).
-Certificación de tiempo laborado en el Sector Público (detallando calificación de servicios, puestos ocupados y jornada laboral, motivo de salida y si los puestos ocupados fueron en propiedad o en forma interina).
-Cumplir con los requisitos de la clase de puesto en la que solicita la aplicación del Articulo 11.
Formularios o instructivos requeridos:
-Normas y procedimientos para la aplicación del articulo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Nota de Juramentación.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Sección de Expedientes del MEP.
Poder Judicial.
Comisión de Ascensos del MEP.
Plazos estimados: 60 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Articulo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Articulo 192 de la Constitución Política.
-Articulo 20, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, y el articulo 9°, inciso c) de su Reglamento.
-Oficio Circular Gestión-008-2002, de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23.
SERVICIO: Reclutamiento y selección de personal interino.
Solicitantes:
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Procedimiento: Nombramiento interino por traslados, ascensos, descensos y plazas vacantes.
Requisitos respectivos:
-Puesto vacante.
-Expediente personal del interesado.
-Verificación de los siguientes requisitos:
-Original y copia de la cédula.
-Fotografía reciente.
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Original de títulos académicos con los timbres respectivos, y fotocopia de los mismos por ambos lados.
-Original y fotocopia de certificados de capacitación recibida o impartida.
-Original y fotocopia de certificaciones de experiencia.
-Constancia de nacimiento.
-Constancia de Número de Cuenta Cliente original.
-Incorporación al Colegio Profesional respectivo (cuando se amerite).
-Comunicado de Nombramiento.
- Original y copia de la Licencia de Conducir y del carné de portar armas, cuando la clase de puesto así lo amerite.
- Certificación de Antecedentes Judiciales.
Formularios o instructivos requeridos:
-Hoja de Juramentación.
-Hoja de Datos Personales.
-Declaración Jurada de que no ha recibido prestaciones.
Líneas de coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Poder Judicial.
Plazos estimados: 10 días.
Fundamento normativo:
- Articules 10 y 12. y Capítulo IV del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Articulo 45, párrafo final del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
SERVICIO: Reclutamiento y selección de personal.
Solicitantes:
- Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
Procedimiento: Conformación de la Comisión de Ascensos.
Requisitos respectivos:
- Material para la elección de los miembros de la Comisión de Ascensos.
- Selección por parte de la Dirección General de Personal del secretario de Actas de la Comisión de Ascensos.
- Convocatorias a Asamblea General de servidores regulares, para elecciones.
- La Comisión de Ascensos se encuentra conformada por:
-Un representante de la Oficina de Recursos Humanos quien presidirá.
-Un representante de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dos representantes de los funcionarios regulares, uno de nivel profesional y otro del nivel de apoyo.
-Un representante del Ministro.
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
Poder Judicial.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: Los representantes elegidos tendrán dos años de nombramiento y podrán ser reelegidos (máximo 4 anos), según articulo 13 del Decreto Ejecutivo No 24025-MP.
Fundamento normativo:
- Articulo 34 del Estatuto de Servicio Civil y 21 de su Reglamento.
- Decreto Ejecutivo No 24025-MP del 13 de enero de 1995.
SERVICIO: Reclutamiento y selección de personal.
Procedimiento:
1. Concurso Externo Ordinario Nacional.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Unidad Administrativa de la Dirección General de Personal (MEP).
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil '(para la coordinación con otras instancias públicas).
Requisitos respectivos:
-Listado de Plazas vacantes en coordinación con el Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Presentar cédula de identidad.
-Verificación de los requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Títulos de capacitación, reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Medios de comunicación escrita (periódicos) para la divulgación respectiva.
-Poder Judicial.
Plazos estimados: 180 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Capitulo V del Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
-Capitulo XV de la Constitución Política de Costa Rica.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
2. Concurso Externo Ordinario Regional.
Solicitantes:
-Direcciones Regionales de Educación.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Unidad Administrativa de la Dirección General de Personal (MEP).
Requisitos respectivos:
-Listado de Plazas vacantes en la (s) Región (es) del concurso, en coordinación con el Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Títulos de capacitación reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
-Certificaciones de Experiencia Laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Medios de comunicación escrita (periódicos) para la divulgación del concurso.
-Poder Judicial.
Plazos estimados: 180 días. según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Articulo 18 del Estatuto de Servicio Civil.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
3. Concurso Extraordinario.
Solicitantes:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal.
-Solicitudes por escrito de interesados en este Concurso.
Requisitos respectivos:
-Listado de plazas vacantes en coordinación con el Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Nombramiento interino del interesado.
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y copia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Títulos de capacitación reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Realizar pruebas extraordinarias, de acuerdo con la clase y especialidad requerida.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Poder Judicial.
Plazos estimados: El Concurso Extraordinario quien lo coordina y ejecuta es el Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil. La Dirección General de Personal, en coordinación con la Unidad Administrativa ejecuta sólo tres etapas del proceso: la divulgación del concurso, la elaboración de comunicados a los interinos de los puestos a concurso y la recepción de ofertas.
En el caso que lo amerita la Unidad Administrativa colabora en la aplicación y calificación de pruebas. Por consiguiente no se puede determinar un plazo por cuanto el proceso es potestad de la Dirección General de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-A cargo de la Dirección General de Servicio Civil.
Procedimiento:
Concurso Interno.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Unidad Administrativa.
-Comisión de Ascensos del MEP.
Requisitos respectivos:
-Listado de plazas vacantes en coordinación con el Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil, para ser utilizadas en el Concurso Interno.
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Títulos de capacitación debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
-Los oferentes que integren las Nóminas o Ternas deben de ser funcionarios regulares.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
Poder Judicial.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil v plazos estipulados en el Decreto Ejecutivo No 24025-MP del 13 de enero de 1995.
Fundamento normativo:
-Articulo 21 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Decreto Ejecutivo No 24025-MP del 13 de enero de 1995.
-Oficio Circular DG-027-96. del 14 de noviembre de 1996.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
5. Concurso Docente en Propiedad
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Requisitos respectivos:
-Confección de pedimentos de personal.
-Listado de Plazas vacantes en coordinación con Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del título de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno: los cuales deben coincidir con los requisitos básicos del puesto.
-Certificaciones de estudios académicos extendidas por la Universidad correspondiente.
-Títulos de capacitación debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
-Aplicación de pruebas en los casos que se requieran.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios (Oferta abierta / Oferta cerrada).
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Unidades de Gestión de la Dirección General de Personal (MEP Direcciones Regionales de Educación.
Poder Judicial.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días.
Fundamento normativo:
-Ley de Carrera Docente y su Reglamento.
-Capitulo I. II y III del Titulo II del Estatuto de Servicio Civil.
-Articulo 20 del Estatuto de Servicio Civil.
-Código Fiscal artículo 273, inciso 23).
Procedimiento:
6. Concurso Administrativo- docente y Técnico- docente en propiedad.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Requisitos respectivos:
-Confección de pedimentos de personal.
-Listado de Plazas vacantes en coordinación con Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados, los cuales deben coincidir con los requisitos básicos del puesto.
-Certificaciones de estudios académicos extendidas por la Universidad correspondiente.
-Títulos de capacitación debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Unidades de Gestión de la Dirección General de Personal.
Direcciones Regionales de Educación.
Poder Judicial.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días.
Fundamento normativo:
-Ley de Carrera Docente y su Reglamento.
-Articulo 20 y Capitulo I, II y III del Titulo II del Estatuto de Servicio Civil.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
7. Concurso Docente Interino.
Solicitante: Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar titules académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados; los cuales deben coincidir con los requisitos básicos del puesto.
-Certificaciones de estudios académicos extendidas por la Universidad correspondiente.
-Títulos de capacitación debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
-Aplicación de pruebas en los casos que se requieran.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Unidades de Gestión de la Dirección General de Personal.
-Direcciones Regionales de Educación.
-Poder Judicial.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días.
Fundamento normativo:
-Ley de Carrera Docente y su Reglamento.
-Articulo 20 y Capitulo 1, II y III del Titulo II del Estatuto de Servicio Civil.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
8. Concurso Administrativo-docente y Técnico-docente interino.
Solicitantes: Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Presentar cédula de identidad.
Verificación de requisitos:
-Original y fotocopia del titulo de secundaria.
-Presentar títulos académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados; los cuales deben coincidir con los requisitos básicos del puesto.
-Certificaciones de estudios académicos extendidas por la Universidad correspondiente.
-Títulos de capacitación debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia laboral originales.
-Presentar cualquier otro documento original, establecido como requisito en el concurso correspondiente.
-Llenar el formulario de Oferta de Servicios.
-Certificación de Antecedentes Judiciales.
Formularios o instructivos requeridos: Oferta de Servicios.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Unidades de Gestión de la Dirección General de Personal (MEP)
Direcciones Regionales de Educación.
Poder Judicial.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días.
Fundamento normativo:
-Ley de Carrera Docente y su Reglamento.
-Articulo 20 y Capitulo 1, 11 y 111 del Titulo 11 del Estatuto de Servicio Civil.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
SERVICIO: Apelación a resultados del concurso interno.
Solicitantes:
- Interesado
Procedimientos:
1. Recurso de apelación por resultados en Concurso Interno.
Requisitos respectivos: Presentación del Recurso de Apelación.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
División Jurídica del MEP.
Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazos estimados: 3 días hábiles, según Ley General de la Administración Pública, artículos 262 y 346.
Fundamento normativo:
Constitución Política de Costa Rica.
Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Ley General de la Administración Pública.
Código de Trabajo.
Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
Ley de Carrera Docente.
Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
Jurisprudencia de la Contraloría General de la República Jurisprudencia y leyes conexas.
Decreto Ejecutivo No 24025-MP del 13 de enero de 1995.
Procedimiento:
2. Recurso de apelación con agotamiento de la vía administrativa.
Requisitos respectivos: Presentación del Recurso de Apelación.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del Ministerio de Educación Pública.
División Jurídica del MEP.
Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Sala Constitucional.
Procuraduría General de la República.
Contraloría General de la República.
Ministerio de Trabajo.
Plazos estimados: 8 días hábiles, según Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
Constitución Política de Costa Rica.
Declaratoria Universal de los Derechos Humanos.
Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
Ley General de la Administración Pública.
Código de Trabajo.
Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.
Ley de Carrera Docente.
Jurisprudencia de la Sala Constitucional.
Reglamento Interior de Trabajo del MEP.
Jurisprudencia de la Procuraduría General de la República.
Jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
Jurisprudencia v leves conexas.
Decreto Ejecutivo No 24025-MP del 13 de enero de 1995.
SERVICIO: Reclutamiento y selección de personal.
Procedimientos:
1. Conformación de Bases de Selección de las Clases y especialidades que conforman el Titulo 1 del Estatuto de Servicio Civil para concursos ordinarios, internos y por Articulo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Solicitantes:
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal.
Requisitos respectivos:
-Ofertas de Servicio con las clases y especialidades a concurso y para el Articulo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Bases de selección existentes.
-Manual de Clases de la Dirección General de Servicio Civil.
-Manual de Especialidades de la Dirección General de Servicio Civil.
-Manual de Pruebas Psicométricas de la Dirección General de Servicio Civil.
Formularios o instructivos requeridos: Manual para la elaboración de Bases de Selección de la Dirección General de Servicio Civil.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
Plazos estimados: 15 días.
Fundamento normativo:
-Articulo 192 de la Constitución Política de Costa Rica.
-Articulo 20, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y articulo 9°, inciso c) de su Reglamento.
Procedimientos:
2 Definir y elaborar en coordinación con la Dirección General de Servicio Civil, los instrumentos de Evaluación.
Solicitantes:
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal
Requisitos respectivos:
-Necesidad de Instrumento de Evaluación para una clase y especialidad determinada.
-Manual de Pruebas Psicométricas de la Dirección General de Servicio Civil.
-Para la elaboración de una entrevista para una clase o especialidad, se requiere:
a) Pedimentos de Personal de la clase y especialidad a entrevista.
b) Manual de Clases y Manual de Especialidades de la Dirección General de Servicio Civil.
-En el caso de elaborar una prueba especifica se requiere:
a) Perfil del puesto.
b) Criterios de éxito.
c) Apoyo de otros profesionales o especialistas en la clase.
d) Listado de eventos críticos del puesto.
e) Entrevistas a la jefatura donde se ubica el puesto en estudio.
f) Realización de una prueba piloto para evaluar la validez del instrumento.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Profesionales especialistas para asesoramiento.
Universidades Públicas y Privadas.
Plazos estimados: 60 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Articulo 192 de la Constitución Política de Costa Rica.
-Artículo 20, inciso a) y 22 del Estatuto de Servicio Civil y articulo 9°, inciso c) y Capítulo V de su Reglamento.
Procedimiento:
3. Aplicación y revisión de Pruebas.
Solicitantes:
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal.
Requisitos respectivos:
-Coordinación y disponibilidad de la (s) Sala (s) para la aplicación de las pruebas.
-Pruebas disponibles y cantidad de las mismas.
-Número de oferentes.
-Bases de Selección para la clase y especialidad a ser evaluada.
-Manuales o tablas de interpretación.
-Listado de cuadros de sala (a cargo de la Dirección General de Servicio Civil, cuando lo amerita) o control de asistencia.
-Cédula del interesado.
Formularios o instructivos requeridos:
-Pruebas a utilizarse.
-Hoja de respuesta.
-Plantilla de calificación, cuando lo amerite.
-Sistema Automatizado para el Reclutamiento y la Selección (SAPRES).
-Manual de aspectos a considerar para la aplicación de pruebas, de la Dirección General de Servicio Civil (marzo del 2000).
-Manual de aplicación de la prueba.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sala de Tests, de la Dirección General de Servicio Civil.
-Otras instancias, en el caso de aplicar pruebas fuera de las instalaciones de la Dirección General de Servicio Civil.
Plazos estimados: 60 días (supeditado a la cantidad de pruebas aplicadas y del número de oferentes).
Fundamento normativo:
-Articulo 192 de la Constitución Política de Costa Rica.
-Artículos 9°. (inciso c), 20 (inciso a), 22 y 23 del Estatuto de Servicio Civil, y Capitulo V de su Reglamento.
Procedimiento:
4. Preparación y revisión de Cuadros de Calificación de los predictores para declarar concursos.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Comisión de Ascensos del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Ofertas de Servicio recibidas.
-Sistema Automatizado para el Reclutamiento v la Selección (SAPRES).
-Calificación de las pruebas en los casos en que se aplicaron.
-Calificación de los predictores contenidos en las Bases de Selección correspondientes.
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Comisión de Ascensos del MEP (en concursos internos).
Plazos estimados: 30 días (supeditado a la cantidad de pruebas aplicadas y del número de oferentes).
Fundamento normativo:
-Capítulo V del Estatuto de Servicio Civil y artículo 17 y Capitulo V de su Reglamento.
-Decreto Ejecutivo N° 24025-MP, del 13 de enero de 1995. Para los Concursos Internos.
Procedimiento:
5. Informes de Resultados de Concursos.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Comisión de Ascensos del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Expediente del concurso que contenga:
a) Circular y afiche del concurso.
b) Puestos a concurso.
c) Bases de Selección.
d) Temas. Nóminas y Nóminos elaborados.
e) Oficios de personas escogidas.
f) Tramite de Periodo de Prueba.
g) Registros de Elegibles.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Comisión de Ascensos del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 30 días.
Fundamento normativo:
-Articulo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Para los Concursos Internos con base en el Decreto Ejecutivo No. 24025-MP. del 13 de enero de 1995.
Procedimiento:
6. Elaborar Informe de Psicodiagnósticos de diferentes evaluados a nivel interno del Titulo I del Estatuto de Servicio Civil.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Dirección General de Servicio Civil.
-Técnico encargado del Estudio de Idoneidad.
Requisitos respectivos:
-Solicitud verbal del encargado del Estudio de Preingreso.
-Pruebas psicológicas disponibles.
Formularios o instructivos requeridos: De acuerdo a la prueba psicológica a ser aplicada.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Técnico encargado del estudio.
-Colegio Profesional de Psicólogos.
Plazos estimados: 60 días según articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
-Artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Articulo 192 de la Constitución Política de Costa Rica.
-Artículo 20 inciso a) y articulo 22 del Estatuto de Servicio Civil y articulo 9°. inciso c) del Reglamento.
-Articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública.
Procedimiento:
7. Entrevistas de devolución de los resultados de las evaluaciones psicológicas de los oferentes que participan en concursos ordinarios.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
-Dirección General de Servicio Civil.
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Resultados de las evaluaciones psicológicas efectuadas en el concurso.
-Solicitud escrita del interesado.
Formularios o instructivos requeridos: No se requiere.
Líneas de Coordinación:
-Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
Plazos estimados: 30 días, según articulo 16 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Artículo 16 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
SERVICIO: Selección de personal.
Procedimiento: Control de Periodo de Prueba.
Solicitantes:
- Dirección General de Personal.
- Proceso de Dotación de Personal de la Dirección General de Servicio Civil.
- Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
- Comisión de Ascensos del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
- Copia del telegrama de Nombramiento en Propiedad.
- Acción de Personal de Nombramiento en propiedad.
- Copia del oficio de ascenso en propiedad (por Concurso Interno).
Formularios o instructivos requeridos:
- Formulario de Evaluación del Período de Prueba.
- Informe del reporte de Evaluación del Periodo de Prueba, en caso de ser negativo.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Comisión de Ascensos del MEP.
Jefe inmediato de la dependencia.
Sección de Expedientes del MEP.
Interesado.
Plazos estimados: 90 días. según artículos 30 y 31 del Estatuto de Servicio Civil y articulo 19 de su Reglamento.
Fundamento normativo:
- Articulo 30 y 31 del Estatuto de Servicio Civil.
- Articulo 19 y 25 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Por Concurso Interno, de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 24025- MP, de 13 de enero de 1995.
PROCESOS DEL ÁREA DE ANÁLISIS OCUPACIONAL
SERVICIO: Estudios de puestos.
Procedimiento:
1. Asignación de puestos del Titulo I, tramitados por la Unidad Administrativa (facultada mediante Resolución DG-130-2002).
Solicitantes:
- Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
- Dirección General de Servicio Civil.
Requisitos respectivos: Puesto nuevo (por Decreto Ejecutivo).
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de Asignación.
Líneas de Coordinación:
- Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 60 días, según Oficio circular Gestión 008-2002, de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Fundamento normativo:
- Capitulo XI. Artículos 105, 108 y 116 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Resolución DG-130-2002, del 2002.
- Oficio circular Gestión 008-2002. de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Procedimiento:
2. Asignación de puestos del Titulo I, tramitados al Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil (no facultados).
Solicitantes:
- Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
- Dirección General de Servicio Civil.
Requisitos respectivos:
- Puesto nuevo.
- Descripción de funciones.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de Asignación.
Líneas de Coordinación:
- Departamento de Carrera Docentes de la Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazo estipulado: 60 días, según Oficio circular Gestión 008-2002, de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Fundamento normativo:
- Capitulo XI, Artículos 105, 108 y 116 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
- Oficio circular Gestión 008-2002, de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Procedimiento:
3. Reasignación de puestos ocupados por servidores regulares.
Solicitantes:
-Interesado
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Oficio de solicitud del interesado o del Departamento.
-Tres formularios de reasignación.
-Documento de Procesos de Trabajo.
-Descripción de funciones.
-Atestados académicos originales con los timbres respectivos, y tres fotocopias de los mismos por ambos lados.
-Certificación de Incorporación al Colegio Profesional respectivo (cuando lo amerita) y tres fotocopias.
-Certificación de tiempo laborado y tres fotocopias.
-Funcionario en propiedad.
-Tiempo mínimo de seis meses de permanencia en el puesto ejecutando las nuevas funciones.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de reasignación.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docentes de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 60 días, según articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
-Capitulo XI del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil
-Decreto N° 28692-H.
-Código Fiscal articulo 273. inciso 23).
Procedimiento:
4. Reasignación para puestos vacantes.
Solicitantes:
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública (Departamento con el puesto vacante).
Requisitos respectivos:
-Puesto vacante.
-Oficio de solicitud del Departamento con el puesto vacante.
-Tres formularios de reasignación.
-Descripción de funciones.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de reasignación.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docentes de la Dirección General de Servicio Civil,
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados; 60 días, según articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública
Fundamento normativo:
-Capítulo XI del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Decreto No 28692-H.
Procedimiento:
5. Excepcionalidad de requisitos.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Oficio de solicitud.
-Tres formularios de reasignación.
-Descripción de funciones.
-Atestados académicos originales con los timbres respectivos, y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Cursos de capacitación reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
-Certificaciones de tiempo laborada.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 60 días. según articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
-Articulo 111, inciso c) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Oficio Circular 08-99 del 18 de febrero de 1999.
Procedimiento:
6. Asignación de puestos del Titulo II (Docentes, Administrativo - Docentes y Técnico - Docentes, afectados por la Matricula Estudiantil), tramitados en la Unidad Administrativa.
Solicitantes:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Puestos nuevos.
-Repone de matricula del centro educativo.
-Constancia de Grupo Profesional y tiempo laborado (interino).
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de asignación.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General del Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Departamento de Estadística del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
-Departamento de Estudios v Programación Presupuestaria del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación.
Plazos estimados: 60 días (supeditado a reportes del Departamento de Estadística), según Oficio circular Gestión 008-2002. de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Fundamento normativo:
-Capitulo XI. Artículos 105, 108 y 116 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Oficio circular Gestión 008-2002. de la Dirección General de Servicio Civil, del 22 de abril del 2002.
Procedimiento:
7. Reasignación de puestos del Titulo II (Docentes, Administrativo - Docentes y Técnico - Docentes, afectados por la Matricula Estudiantil) tramitados por la Unidad Administrativa.
Solicitantes:
-Interesado.
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Solicitud escrita del interesado.
-Certificación de tiempo laborado y Grupo Profesional.
-Matricula del Centro Educativo.
Formularios o instructivos requeridos: Formulario de reasignación.
Lineas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda.
Dirección General de Personal del MEP.
Departamento de Estadística del MEP.
Sección de Expedientes del MEP.
Departamento de Estudios y Programación Presupuestaria del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 60 días (Supeditado a reportes del Departamento de Estadística del Ministerio de Educación Pública), según articulo 261, Numeral 1. de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
-Capítulo XI. Articulo 105, 107, 115 del Estatuto de Servicio Civil.
Procedimiento:
8. Cambios de especialidad (Asesores de Educación).
Solicitantes:
-Dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos:
-Solicitud de cambio de especialidad.
-Descripción de funciones que justifiquen el cambio.
-Entrevista al interesado y jefatura correspondiente.
Formularios o instructivos requeridos: Guía de entrevista- Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección Genera) de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Interesado.
Plazos estimados: 60 días, según articulo 261, Numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública.
Fundamento normativo:
-Capitulo XI del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
-Resolución DG-130-2002 del 02 de julio del año 2002.
Procedimiento:
9. Traslado horizontal.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Solicitud del interesado.
-Oficio de solicitud del interesado.
-Presentación de documentos tales como:
- Atestados académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
- Certificaciones de experiencia.
- Si proviene de una Institución que posee Manual Institucional de Puestos, se le solicita copia del perfil del
puesto que ocupa.
- Certificación del tiempo laborado.
- Justificación del traslado.
-Resolución de aprobación por parte de los Ministros correspondientes.
-Certificación de funciones a realizar por la Jefatura del departamento donde se ubica el puesto. Elaboración del Informe y Resolución respectiva.
-Oficio del aval por el Departamento de Carrera Docente.
-Oficio de aceptación a las condiciones del traslado, por parte del interesado.
-Homologación.
-Elaboración del Informe y Resolución respectiva.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
Secretaria Técnica de la Autoridad Presupuestaria.
Departamento de Estudios v Programación Presupuestaria del MEP.
Dirección General de Personal del MEP.
Ministros de ambas instituciones involucradas en el traslado.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Interesado.
Otras Instituciones involucradas.
Plazos estimados: 180 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
Fundamento normativo:
-Oficio Circular STAP-880-94 y STAP-1064-98.
-Decreto No 22317-MP-H-MIDEPLAN.
-Código Fiscal articulo 273, inciso 23).
Procedimiento:
10. Aplicación de la Resolución DG-049-86.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Puesto vacante.
-Verificación de que el puesto no tenga Pedimento de Personal (P-10).
-Verificación del Expediente Personal del funcionario que ocupa el puesto, para ver si reúne requisitos.
-El interesado debe poseer propiedad en un puesto del Titulo 1 del Estatuto de Servicio Civil.
-Solicitud escrita del interesado.
-Cédula y fotocopia.
-Entrevista al interesado.
-Análisis de los atestados académicos originales con los timbres respectivos.
-Certificación de tiempo laborado.
-Elaboración del Informe y Resolución respectiva.
Formularios o instructivos requeridos: No requiere.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Expedientes del MEP.
Plazos estimados: 180 días, según articulo 97 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil Fundamento normativo:
- Resolución DG-049-86 del 26 de febrero de 1986.
ÁREA DE PROCESO DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO SERVICIO: Capacitación y desarrollo.
Procedimiento:
1. Diagnóstico de necesidades de capacitación de la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública y elaboración del Informe Anual de Actividades.
Solicitantes:
- Dirección General de Personal.
Requisitos respectivos: Población de la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública.
Formularios o instructivos requeridos: Formularios de detección de necesidades de capacitación.
Líneas de Coordinación:
- Unidades de Gestión de la Dirección General de Personal (MEP).
- Sección de Expedientes de la Dirección General de Personal del MEP.
Plazos estimados: 60 días.
Fundamento normativo:
- Decreto Ejecutivo No 15302-P del 12 de marzo de 1984.
Procedimiento:
2. Desarrollo de actividades de capacitación.
Solicitantes:
- Dirección General de Personal del MEP.
- Interesado.
Requisitos respectivos:
- Diagnóstico de necesidades de capacitación.
-Disponibilidad de:
a) Materiales.
b) Aulas.
c) Refrigerios.
d) Instructor (es).
e) Asistencia.
O Certificados.
Formularios o instructivos requeridos:
Boleta de inscripción al curso.
FOCAP2: 1,2, 3, 4, 5 y 6.
Instrumentos de post-evaluación.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Instituto Nacional de Aprendizaje.
Universidades Públicas y Privadas.
Institutos.
Otros centros educativos.
Centro Nacional de Didáctica (CENADI)
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 180 días (supeditado a la duración del curso que se esté realizando) Circular SC-187-90 del 27 de junio de 1990.
Fundamento normativo:
- Decreto Ejecutivo N° 15302-P del 12 de marzo de 1984.
SERVICIO: Capacitación y desarrollo.
Procedimiento: Reconocimiento de actividades de capacitación y su registro.
Solicitantes:
-. Interesado
Requisitos respectivos:
-Cédula de identidad.
-Original y fotocopia de títulos de capacitación, debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil.
-En caso de que el tramite sea realizado por otra persona que no sea el interesado se solicita:
a) Autorización.
b) Fotocopia de la cédula del interesado.
c) Fotocopia de la cédula del autorizado.
Formularios o instructivos requeridos:
-Registro de actividades de capacitación.
-Sellos respectivos.
Líneas de Coordinación:
-Centro de Capacitación y Desarrollo (CECADES), Dirección General de Servicio Civil.
- Dirección General de Personal del MEP.
- Instituciones que impartieron el curso de capacitación (cuando lo amerita).
Plazos estimados: 1 día. según Manual de Procedimientos para reconocimiento de actividades de capacitación v Resolución DG-155-97, del 11 de diciembre de 1997.
Fundamento normativo:
- Manual de Procedimientos para reconocimiento de actividades de capacitación.
- Resolución DG-155-97 del 11 de diciembre de 1997.
- Decreto Ejecutivo N° 25393-MP del 08 de agosto de 1986.
- Resolución DG-017-96 del 28 de enero de 1996.
- Resolución DG-063-96 del 17 de julio de 1996.
SERVICIO: Carrera profesional.
Procedimiento:
1. Recepción de documentos para la apertura del expediente de Carrera Profesional del Titulo 1 del Estatuto de Servicio Civil.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Carta de solicitud del interesado.
-Cédula de identidad.
-En caso de que el trámite sea realizado por otra persona, se requiere: carta de autorización del interesado, fotocopia de la cédula del interesado y fotocopia de la cédula del autorizado.
-Comunicado de nombramiento por un mínimo de seis meses.
-Atestados académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Certificación de Incorporación al Colegio Profesional respectivo.
-Títulos de cursos de capacitación recibidos, reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil, original y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia afín al puesto, original y fotocopia.
-Publicaciones, original y fotocopia.
-En caso de traslado del Titulo II al Titulo I, se solicita, además:
a) Constancia de grupo profesional.
b) Constancia de anos de servicio.
-Emisión de la resolución respectiva.
Formularios o instructivos requeridos:
Sellos respectivos.
Formulario de estudio para Carrera Profesional.
Formulario de ajuste del Incentivo por Carrera Profesional.
Tarjeta de control o prontuario de Carrera Profesional.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Instituciones con las cuales se debe verificar información.
Plazos estimados: 30 días (supeditado a la emisión de la Resolución respectiva), la aplicación del incentivo rige a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la realización de la solicitud.
Fundamento normativo:
-Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
-Resolución DG-075-99 de 7 de junio de 1999.
Procedimiento:
2. Apertura del incentivo para los servidores que provienen de otros Ministerios.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Expediente de Carrera Profesional del interesado del Ministerio de procedencia.
-Dependiendo de) caso se le solicita al interesado documentos adicionales:
- Constancia del otro Ministerio o Dependencia Estatal que indique que ya gozaba del beneficio de Carrera Profesional, misma que deberá incluir
a) Puntaje.
b) Desglose del puntaje.
c) Fecha del cumplimiento de los aumentos anuales.
d) Fecha de salida del otro Ministerio o Dependencia.
e) Fecha de ingreso al Ministerio de Educación Pública.
-Emisión de la Resolución respectiva.
Formularios o instructivos requeridos:
-Ajuste de incentivo por Carrera Profesional.
-Formulario de estudio para Carrera Profesional.
-Sellos respectivos.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Personal del MEP.
-Sección de Carrera Profesional del Ministerio o Dependencia de procedencia del interesado.
-Instituciones educativas, públicas y privadas, para confirmar títulos de capacitación y atestados, cuando el caso lo requiera.
Plazos estimados: 30 días para el tramite (supeditado a la emisión de la resolución respectiva), en caso de que el nuevo funcionario demuestre que su periodo de trabajo ha sido continuo a pesar del traslado, se continua con el incentivo recibido hasta ese momento.
Sin embargo si existe un lapso de diferencia entre el cese de una institución y su ingreso a otra, el rige es a partir del primer día del mes siguiente al ingreso. Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
Fundamento normativo:
-Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
Procedimiento:
3. Resolución de Carrera Profesional
Solicitantes:
-Dirección General de Personal del Ministerio de Educación Pública.
Requisitos respectivos: Expediente de Carrera Profesional de interesado.
Formularios o instructivos requeridos:
-Formulario del incentivo del ajuste de Carrera Profesional.
-Formulario de estudio para Carrera Profesional.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Plazos estimados: 30 días.
Fundamento normativo:
-Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
Procedimiento:
4. Ajuste para el pago de Carrera Profesional.
Solicitantes:
-Interesado.
Requisitos respectivos:
-Carta de solicitud del interesado.
-Cédula de identidad.
-En caso de que el trámite sea realizado por otra persona, se requiere: carta de autorización del interesado, fotocopia de la cédula del interesado y fotocopia de la cédula del autorizado.
-Comunicado de nombramiento por un mínimo de seis meses.
-Atestados académicos originales con los timbres respectivos y fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Certificación de incorporación al colegio profesional respectivo.
-Títulos de cursos de capacitación recibidos, debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil, original y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia afín al puesto, originales y fotocopia.
-Publicaciones, original y fotocopia.
-En caso de traslado del Titulo II al Titulo I, se solicita, además:
1. Constancia de Grupo Profesional.
2. Constancia de años de servicio.
3. Expediente de Carrera Profesional del interesado.
Formularios o instructivos requeridos:
Sellos respectivos.
Formulario de estudio para Carrera Profesional.
Formulario de ajuste del Incentivo por Carrera Profesional.
Tarjeta de control o prontuario de Carrera Profesional.
Líneas de Coordinación:
Dirección General de Servicio Civil.
Dirección General de Personal del MEP.
Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
Instituciones con las cuales se debe verificar información.
Plazos estimados: 10 días para el trámite (supeditado a la emisión de la resolución respectiva), según Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
Sin embargo, la fecha del ajuste para el pago de Carrera Profesional, se da solamente durante dos momentos al año: el 1" de enero y el 1° de julio, por lo cual el rige del pago respectivo es efectivo solo a partir de dichas fechas.
Fundamento normativo:
-Resolución DG-080-96 del 3 de octubre de 1996.
-Código Fiscal artículo 273, inciso 23).
Procedimiento:
5. Rebajo de puntaje del incentivo de Carrera Profesional.
Solicitantes:
-Dirección General de Personal.
Requisitos respectivos:
-La petición de documentos dependerá del análisis de cada caso.
-Cédula de identidad.
-En caso de que el trámite sea realizado por otra persona, se requiere: carta de autorización del interesado, fotocopia de la cédula del interesado y fotocopia de la cédula del autorizado.
-Comunicado de nombramiento por un mínimo de seis meses.
-Atestados académicos originales con los timbres respectivos fotocopia de cada uno por ambos lados.
-Certificación de incorporación al colegio profesional respectivo.
-Títulos de cursos de capacitación recibida, debidamente reconocidos por la Dirección General de Servicio Civil, original y fotocopia de cada uno.
-Certificaciones de experiencia afín al puesto, original y copia.
-Publicaciones, original y fotocopia.
-En caso de traslado del Titulo II al Titulo 1, se solicita, además:
1. Constancia de Grupo Profesional.
2. Constancia de años de servicio.
3. Expediente de Carrera Profesional del interesado.
-Resolución emitida por la Unidad Administrativa para el rebajo correspondiente.
-Oficio al interesado informándole del rebajo.
Formularios o instructivos requeridos:
-Sellos respectivos.
-Formulario de estudio para Carrera Profesional.
-Formulario de ajuste del Incentivo por Carrera Profesional.
-Tarjeta de control o prontuario de Carrera Profesional.
Líneas de Coordinación:
-Dirección General de Servicio Civil.
-Departamento de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.
-Dirección General de Personal del MEP.
-Otras dependencias del Ministerio de Educación Pública.
-Instituciones con las cuales se debe verificar información.
Plazos estimados: 30 días (supeditado a la emisión de la Resolución respectiva), según Ley General de la Administración Pública, articulo 26, numeral 1.
Fundamento normativo:
-Ley General de la Administración Pública, articulo 173, inciso 4).
-Resolución DG-080-96 del 03 de octubre de 1996.
-Código Fiscal articulo 273. inciso 23).