ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN:
Modificación
de documentos 003-2014.-El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), da a
conocer las modificaciones de los documentos códigos ECA-MC-P16, ECA-MC-P21,
ECA-MC-P17, ECA-MC-P20, ECA-MC-PO01 y ECA-MC-PO02 Procedimiento de Investigación;
emitidos de la siguiente manera:
Procedimiento
|
Versión
actual |
Versión
publicada |
Fecha
de emisión |
Fecha
de entrada en vigencia en el sistema de gestión del ECA |
ECA-MC-P16
Procedimiento de investigación |
Versión
08 |
Versión
09 Esta publicación versión 09, deja sin efecto el documento publicado
el 13 de febrero del 2014 en La Gaceta N° 31, con la misma versión. |
24
de marzo del 2014 |
Tres
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. |
ECA-MC-P21
Procedimiento de Gestión del CEE, antes llamado: Reclutamiento, selección,
incorporación, evaluación del desempeño y cambios de categoría al
cuerpo de evaluadores y expertos técnicos. |
Versión
05 |
Versión
06. Esta publicación versión 06, deja sin efecto el documento publicado
el 13 de febrero del 2014 en La Gaceta N° 31, con la misma versión. |
24
de marzo del 2014 |
A
partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. |
ECA-MC-P20
Política de trazabilidad mediciones |
Versión
04 |
Versión
05 |
18
de febrero del 2014 |
Tres
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. |
ECA-MC-P17
Política y criterios para la participación en ensayos/pruebas de aptitud
y otras comparaciones para los laboratorios |
Versión
03 |
Versión
04 |
18
de febrero del 2014 |
Seis
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. |
Los
documentos modificados se encuentran a disposición de los interesados en
nuestra página electrónica www.eca.or.cr/ http://www. eca.or.cr/docs.php; así
mismo puede solicitar el envío de manera electrónica o solicitar gratuitamente
una copia no contralada en la Gestoría de Calidad y en las oficinas centrales
del ECA ubicadas en Rohrmoser 150 metros al este del Centro Comercial Plaza
Mayor, contiguo a Prisma Dental, de lunes a viernes de las 8 a las 16 horas.
Entra en vigencia según indicación descrita en esta publicación.
San
José, 24 de marzo del 2014.-
(Nota
de Sinalevi: La presente norma se extrajo del sitio web Ente
Costarricense de Acreditación, por lo que se reproduce a continuación:)
Nota
de Sinalevi: El presente procedimiento fue reformado parcialmente y reproducido
su texto de forma íntegra mediante publicación en La Gaceta N° 169 del 31 de
agosto del 2015, donde se actualiza la versión 04 y se publica la versión 05
que se reproduce a continuación:)
ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
POLITICA
PARA LA PARTICIPACIÓN EN ENSAYOS/ PRUEBAS DE APTITUD Y OTRAS
COMPARACIONES |
Código
N
: ECA-MC-P17 |
Páginas:
1 de 24 |
|
Fecha
emisión: 25.06.2015 |
Versión:
05 |
Modificado
por: |
Revisado
por: |
Aprobado
por: |
Fecha
de entrada en vigencia: |
Coordinador
de la Secretaría Acreditación de Laboratorios |
Directora
Técnica |
Junta
Directiva |
Acuerdo
N° JD- 002-2015-11 ,
Sesión ordinaria JD-002-2015, 25 de Junio del 2015. A partir de 31 de
Agosto del 2015, publicado en el diario oficial la Gaceta #169 del
31.08.2015 |
TABLA
DE CONTENIDO
1.
INTRODUCCIÓN
....................................................................................................................
1
2.
OBJETIVO
..............................................................................................................................
2
3.
ALCANCE
...............................................................................................................................
2
4.
DEFINICIONES
.......................................................................................................................
2
5.
CRITERIOS GENERALES
......................................................................................................
4
6
REQUISITOS ESPECIFICOS
.................................................................................................
5
7
PLAN DE PARTICIPACIÓN EN INTERCOMPARACIONES
.................................................. 10
8
MONITOREO DEL DESEMPEÑO EN INTERCOMPARACIONES
........................................ 12
9
BONO DE CONFIANZA (no aplica a organismos de inspección).
......................................... 13
10
CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROVEEDORES DE ENSAYOS/ PRUEBAS DE
APTITUD Y OTRAS COMPARACIONES PARA LOS LABORATORIOS Y ORGANISMOS DE INSPECCIÓN
(cuando sea relevante para el caso de organismos de inspección)
.....................................................................................................................................
14
11
BIBLIOGRAFIA
.....................................................................................................................
15
12
ANEXO
.................................................................................................................................
15
13
IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS
..........................................................................................
24
1.
INTRODUCCIÓN
Los
laboratorios y los organismos de inspección (para estos últimos cuando sea
relevante), deben poseer formas para demostrar la validez de los ensayos,
calibraciones e inspecciones que realizan como parte de su control de calidad y
ECA, como Organismo de Acreditación, está en la obligación de velar por su
cumplimiento. De allí radica la importancia de participar en actividades de
ensayo de aptitud u otras comparaciones, para asegurar la calidad de los
resultados y demostrar la competencia técnica, convirtiéndose en una
herramienta útil, tanto para el propio laboratorio u organismo de inspección,
como para el ECA.
ILAC,
establece que con el fin de obtener y mantener los acuerdos de reconocimiento
mutuo entre los sistemas de Acreditación de laboratorios, es necesario que ECA,
establezca los lineamientos para la participación de los laboratorios y
organismos de inspección acreditados o en proceso de Acreditación; así como
las responsabilidades de los laboratorios y organismos de inspección,
evaluadores y del propio ECA para asegurar las buenas prácticas en el uso de
programas de ensayos de aptitud organizados en el ámbito nacional, regional o
internacional.
2.
OBJETIVO
Establecer
los criterios para la participación en ensayos/pruebas de aptitud y otras
comparaciones interlaboratorios para laboratorios y organismos de inspección.
3.
ALCANCE
Este
documento debe ser aplicado por:
Los laboratorios acreditados o en proceso de Acreditación ante el ECA.
Los organismos de inspección acreditados o en proceso de Acreditación ante el
ECA, cuando sea relevante, pues se reconoce que los ensayos de aptitud no son un
elemento usual y esperado en los procesos de acreditación de la mayoría de los
tipos de inspección. Sin embargo, los ensayos de aptitud se pueden utilizar en
algunos tipos de inspección cuando estén disponibles y justificado por la
inclusión de las actividades de prueba o mediciones que afectan directamente y
determinan el resultado de la inspección o cuando sea requerido por la ley o
por los reguladores.
Los evaluadores y expertos técnicos que participan en los procesos de
Acreditación.
Los miembros de Órganos Colegiados que intervengan en el proceso de Acreditación.
4.
DEFINICIONES
4.1
Comparaciones Interlaboratorios: Organización,
realización y evaluación de mediciones o ensayos sobre el mismo ítem o ítems
similares por dos o más laboratorios u organismos de inspección, de acuerdo
con condiciones predeterminadas.
4.2
OEC: Organismo
de evaluación de la Conformidad. Para el caso de este documento, se refiere a
los laboratorios de ensayo y calibración, laboratorios clínicos y organismos
de inspección (estos últimos cuando aplique o sea relevante)
4.3
Ensayos de aptitud: Evaluación
del desempeño de los participantes con respecto a criterios previamente
establecidos mediante comparaciones interlaboratorios.
Nota:
Incluye,
pero no se limita a:
a)
Programa cuantitativo – en el que el objetivo es cuantificar uno o más
mensurandos del ítem de ensayos de aptitud.
b)
Programa cualitativo – en el que el objetivo es identificar o describir una o
más características del ítem de ensayos de aptitud.
c)
Programa secuencial – en el que se distribuyen uno o más ítems de ensayo de
aptitud secuencialmente para ensayo o medida y se devuelven a intervalos al
proveedor de ensayos de aptitud.
d)
Programa simultáneo – en el que se distribuyen ítems de ensayos de aptitud
para los ensayos y las mediciones simultáneas en un periodo de tiempo definido.
e)
Ejercicio aislado – en el que los ítems de ensayos de aptitud se proporcionan
por única vez.
f)
Programa continuo – en el que los ítems de ensayo de aptitud se proveen a
intervalos regulares
g)
Muestreo – en el que se toman muestras para su posterior análisis.
h)
Transformación e interpretación de datos – en los que se suministran
conjuntos de datos u otra información y se procesa la información para
proporcionar una interpretación (u otro resultado)
i)
Grupos pares- es un ensayo de aptitud, a un grupo que presumiblemente utiliza métodos
de ensayos idénticos
4.4
Familia de ensayos o calibraciones: Conjunto
de ensayos o calibraciones, en el que cualquiera de sus miembros es
razonablemente representativo de los demás en cuanto a la evaluación de la
calidad de los resultados obtenidos. Es decir, que el resultado en una
intercomparación debe poder ser directamente correlacionado con los otros
grupos de propiedad/ productos incluidos en la misma familia. El concepto de
familia de ensayos o calibraciones no aplica a los laboratorios clínicos.
4.5
Área de Laboratorio Clínico: Especialidad
de la Microbiología Química Clínica que agrupa los diferentes ensayos o análisis
realizados en un laboratorio clínico. El concepto de Área de Laboratorio Clínico
solamente aplica a los laboratorios clínicos.
4.6
Ítem de ensayos de aptitud: muestra,
producto, artefacto, material de referencia, parte de un equipo, patrón de
medida, conjunto de datos u otra información utilizada para los ensayos de
aptitud
4.7
Laboratorios: en
el contexto de este documento implica todo tipo de laboratorio de ensayo,
calibración y clínicos.
4.8
Programa de ensayos de aptitud: ensayos
de aptitud diseñados y operados en una o más rondas para un área específica
de ensayo, medida, calibración o inspección.
Nota:
un
programa de ensayos de aptitud puede cubrir un tipo particular de ensayo,
calibración, inspección o varios ensayos, calibraciones o inspecciones de ítems
de ensayos de aptitud.
4.9
Proveedor de ensayos de aptitud:
organización que es responsable de todas las tareas relacionadas con el
desarrollo y la operación de un programa de ensayos de aptitud.
4.10
Requerimiento de Calidad: aplica
para laboratorios clínicos y se refiere al Error máximo tolerable (TEA) que es
la especificación acerca de la tasa de error que puede ser permitida en un método
analítico sin invalidar la utilidad clínica del resultado.
4.11
Ronda de ensayo de aptitud: secuencia
completa única de distribución de ítems de ensayos de aptitud, y evaluación
y comunicación de los resultados a los participantes.
4.12
Valor asignado: valor
atribuido a una propiedad particular de un ítem de ensayo de aptitud.
4.13
Valor atípico: observación
en un conjunto de datos que parece no concordar con los restantes datos de dicho
conjunto.
Nota:
Un
valor atípico puede originarse a partir de una población diferente o ser el
resultado de un registro incorrecto o de otro error de gran magnitud.
5.
CRITERIOS GENERALES
5.1
El Ente Costarricense de Acreditación: Recolecta y difunde información, sobre
programas de ensayos/pruebas de aptitud, entre los laboratorios u organismos de
inspección, cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección,
acreditados y en proceso, para que seleccionen y definan su participación en
programas de este tipo; promociona en particular, la participación en programas
de ensayos de aptitud ofrecidas por: proveedores de ensayos nacionales, que
cuando sea posible cumplan con los requisitos de la norma INTE-ISO 17043:2010,
IAAC y otros organismos de cooperación especializados.
5.2
Utiliza los programas de ensayos/pruebas de aptitud como uno de los criterios
para evaluar la competencia técnica de los laboratorios y organismos de
inspección, cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección, que
solicitan su Acreditación, y de los ya acreditados. y donde sea aplicable para
los organismos de inspección acreditados o en proceso de Acreditación, en
relación con sus actividades de ensayo.
5.3
Verifica durante las evaluaciones, que los laboratorios, tengan en su Manual de
Calidad una Política y procedimientos sobre la participación en
ensayos/pruebas de aptitud, que incluya como mínimo los siguientes aspectos:
a)
La forma cómo el desempeño en estos programas se utiliza para demostrar su
competencia.
b)
La frecuencia de participación en intercomparaciones.
c)
Realización de análisis de causa y acciones correctivas en caso de resultados
no satisfactorios.
d)
La manera de medir la eficacia de las acciones correctivas tomadas en caso de
resultados no satisfactorios.
5.4
Verifica durante las evaluaciones, que los laboratorios y organismos de inspección
(cuando se relevante para el caso de Organismos de Inspección), documenten una
justificación en caso de que no sea posible la participación en este tipo de
programas.
5.5
Requiere y verifica de los laboratorios y organismos de inspección (cuando sea
relevante en el caso de organismos de inspección), acreditados y de los que se
encuentran en proceso de Acreditación, que su participación sea efectiva y
que, cuando sea necesario, se tomen las acciones correctivas y que se apliquen
eficazmente.
5.6
Mantiene información actualizada de la participación efectiva de los
laboratorios y organismos de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), acreditados o en proceso de acreditación, y de los
ensayos/pruebas de aptitud y otras comparaciones en los que han participado,
para lo cual:
a)
Los laboratorios y organismos de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), deben remitir como mínimo una vez al año a ECA, el
formulario ECA-MC-P17-F01: Reporte de resultados de participación en
ensayos/pruebas de aptitud y otras comparaciones para los laboratorios, con la
información actualizada de su participación en ensayos de aptitud y otras
comparaciones.
b)
La información recibida por parte del OEC debe ser revisada y puesta a
disposición a los equipos evaluadores para que sea evaluada y verificada
durante los procesos de evaluación.
6
REQUISITOS ESPECIFICOS
Los
criterios del ECA para la Acreditación de laboratorios y organismos de inspección
(cuando aplique), establecen los siguientes requisitos en relación a la
participación en ensayos/pruebas de aptitud y otras comparaciones:
6.1
Demostración de la competencia técnica de los laboratorios y organismos de
inspección (cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección) para
la realización de los ensayos, calibraciones e inspecciones acreditados o en
proceso, por medio de la participación en programas de ensayos/pruebas de
aptitud y otras comparaciones, donde tales actividades estuvieren disponibles.
6.2
Se reconoce que la competencia técnica puede ser también demostrada por la
participación en comparaciones interlaboratoriales que hayan sido organizadas
para propósitos diferentes que para un ensayo de aptitud en su estricto
sentido, por ejemplo para:
Evaluar las características de desempeño de un método
Caracterizar un material de referencia
Comparar resultados de uno o más laboratorios acreditados por su propia
iniciativa
Para respaldar las capacidades de medición y calibración de Laboratorios
Nacionales o Designados por LACOMET.
6.2.1
En cualquiera de los puntos anteriores deben estar documentados los siguientes
aspectos:
a)
Evidencia de que todos los participantes conocen sobre el ejercicio de comparación
que se está ejecutando, y que se encuentran de acuerdo en participar en el
mismo
b)
Fecha de entrega del ítem de ensayo o calibración.
c)
Modo de entrega del ítem de ensayo o calibración.
d)
Tipo y número de ítem a ensayar o calibrar.
e)
El método de ensayo o calibración a ser usado.
f)
Los parámetros a determinar.
g)
Forma de evaluar la estabilidad y homogeneidad, cuando aplique, de muestras o
equipos
h)
Técnica estadística utilizada para determinar el valor asignado a la o las
propiedades a medir en la comparación. La técnica empleada debe cumplir lo
indicado en la norma INTE-ISO/IEC 17043:2010
i)
Los criterios de aceptabilidad y evaluación. La estadística empleada para
evaluar el desempeño de los participantes debe cumplir lo indicado en la norma
INTE-ISO/IEC 17043:2010 y en el documento ISO/IEC 13528.
6.2.2
El ítem de calibración utilizado debe cumplir con lo establecido en
ECA-MC-P20: Política de Trazabilidad o el ítem de ensayo debe ser un material
de referencia certificado y cumplir con lo establecido en ECA-MC-P20: Política
de Trazabilidad. Si no se utiliza un material de referencia certificado, el ítem
de ensayo debe cumplir con los siguientes requerimientos:
i.
Debe ser producido y/o caracterizado por:
Laboratorios acreditados por el ECA, cuyo alcance incorpore el respectivo método
de ensayo o calibración.
Laboratorio Costarricense de Metrología, LACOMET.
Laboratorios Reconocidos por LACOMET.
Laboratorios con alcances acreditados por un organismo de Acreditación homólogo
que firme Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MRA) o firmantes de un Acuerdo
Multilateral (MLA) en un Foro Internacional (IAAC, ILAC, APLAC, EA).
Los proveedores de ensayos de aptitud que cumplan con los criterios del punto 10
de este documento.
ii.
El valor asignado debe incluir la incertidumbre asociada a cada parámetro de
interés a ser analizado, siempre que sea posible su determinación.
6.3
Los laboratorios y organismos de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), deben seguir la frecuencia y requisitos para las
familias, establecidos en el anexo 1 de este documento.
Nota
1: La
fecha de referencia para la frecuencia de participación descrita en el punto
6.3, es la fecha en que se realiza el reporte de datos por parte del OEC al
proveedor del ensayo de aptitud o intercomparación.
Nota
2: En
caso de que haya requerimientos legales sobre la participación en
intercomparaciones estos deben ser tomados en cuenta.
6.4
Para laboratorios y organismos de inspección (cuando sea relevante en el caso
de organismos de inspección) que tengan más de una sede crítica, tanto fija
como temporal o de proyecto, se debe aplicar lo siguiente según corresponda:
6.4.1
Si las diferentes sedes críticas realizan actividades, ensayos o calibraciones,
clasificadas dentro de distintas familias, o áreas de laboratorios clínicos,
ver anexo 1, para cada sede, deben participar en ensayos de aptitud, siguiendo
todo lo establecido en la presente política, como si cada sede fuese un
laboratorio u organismo independiente.
6.4.2
Si las diferentes sedes críticas realizan actividades, ensayos o calibraciones,
que se encuentran clasificadas dentro de las mismas familias, o áreas de
laboratorios clínicos, ver anexo 1, se debe aplicar uno de los siguientes
requisitos sobre participación en comparaciones:
6.4.2.1
Cada sede puede participar en ensayos de aptitud, siguiendo todo lo establecido
en esta política, como si fuese un laboratorio u organismo independiente.
6.4.2.2
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección) selecciona la sede que participa en ensayos de
aptitud, siempre cumpliendo siempre todo lo establecido en este documento, y
adicionalmente debe ejecutar, aplicando métodos estadísticos válidos, y
adecuados, y documentados, procesos de comparación internos entre la sede que
participa en ensayos de aptitud y las demás sedes que no participan en los
mismos, esto con la finalidad de garantizar, estadísticamente, que no existen
diferencias significativas en la ejecución de ensayos o calibraciones entre las
sede que participa en ensayos de aptitud y las sedes que no participan en los
mismos.
6.4.2.2.1
Cuando un OEC, que aplique lo indicado en 6.4.2.2, obtenga un resultado
cuestionable o no satisfactorio en sus participaciones en ensayos de aptitud,
debe contemplar a todas sus sedes críticas acreditadas al aplicar lo descrito
en los apartados 6.10, 6.11 y 6.12.
6.4.3
Tanto para el informe de resultados de participación en ensayos de aptitud que
se envía al ECA, según el apartado 5.6, como en la elaboración y envío del
plan de intercomparaciones, según apartado 7, el OEC debe incluir todo lo
relacionado con la información de ensayos de aptitud o comparaciones internas
para sus sedes críticas.
6.4.4
En caso de no existir programas de ensayos de aptitud en alguna o varias
familias de ensayos o calibraciones, o áreas de laboratorios clínicos, el OEC
debe aplicar lo indicado en el apartado 6.9 de este documento, tomando en cuenta
sus sedes críticas, esto en caso de que ninguna pueda participar, por no
existencia de programas de intercomparaciones, en ensayos de aptitud.
6.5
Se requiere evidencia de participaciones satisfactorias, conforme a las familias
de ensayos, calibraciones o microorganismos a ensayar, o áreas de laboratorios
clínicos, definidas en el anexo 1, antes de una acreditación inicial o de una
ampliación de la acreditación, en la forma que se describe a continuación:
6.5.1
Cuando se trate de una acreditación inicial o ampliación de alcance, el
laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), debe obtener resultados satisfactorios en ensayos de
aptitud, para al menos un cuarto de las familias de actividades, ensayos,
calibraciones o microorganismos a ensayar definidas en el anexo 1, en el caso de
los laboratorios clínicos, al menos un cuarto de los ensayos de cada área, y
que estén incorporadas en el alcance de acreditación o ampliación solicitada,
cuando estén disponibles (ver requisito 6.9).
6.5.2
La participación no debe exceder los doce meses anteriores a la presentación
de la solicitud. La participación satisfactoria no es requisito para la
admisibilidad de la solicitud, pero si es requisito indispensable para el
otorgamiento de la acreditación o ampliación.
6.5.3
En ningún caso se otorga la acreditación si el laboratorio u organismo de
inspección (cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección), no
demuestra que haya participado en ensayos de aptitud con resultados
satisfactorios, según la tabla del anexo 1, cuando hay disponibles.
6.6
Cuando exista más de un funcionario autorizado para ejecutar actividades dentro
del alcance de acreditación, debe alternarse el personal involucrado durante la
participación en intercomparaciones, de forma tal, que pueda ser evaluada la
mayor cantidad del personal de manera externa.
6.7
En caso de que hayan cambios significativos en los procedimientos o en el
personal involucrado en las actividades acreditadas, de acuerdo al
ECA-MP-P09-F02: Compromiso de Acreditación, se exige la participación en la próxima
prueba de aptitud disponible o sino la aplicación del requisito 6.9.
6.8
Para el caso de organismos de inspección, deben participar cuando sea relevante
y estén disponibles los ensayos de aptitud. (Ver apartado 3 respecto al término
"relevante")
6.9
En el caso de no existir disponibles programas de ensayos/pruebas de aptitud, el
laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), acreditado o en proceso de acreditación o ampliación,
debe:
6.9.1
Documentar una justificación en caso de que no sea posible la participación en
este tipo de programas.
6.9.2
Demostrar por algún otro medio, debidamente documentado, que posee la
competencia técnica, para las actividades acreditadas los ensayos/
calibraciones acreditados o en proceso de Acreditación, por cualquiera de los
siguientes métodos:
a)
El uso regular de materiales de referencia certificados o un control de calidad
interno utilizando materiales de referencia secundarios.
b)
La repetición de ensayos o calibraciones utilizando el mismo método o métodos
diferentes.
c)
La repetición del ensayo o de la calibración de los objetos retenidos.
d)
La correlación de los resultados para diferentes características de un ítem.
e)
Para laboratorios clínicos pueden aplicarse los siguientes aspectos:
i.
Los materiales de referencia certificados
ii.
Las muestras previamente analizadas.
iii.
Intercambio de muestras con otros laboratorios.
iv.
El control de los materiales que se ponen a prueba diariamente como parte del
control intralaboratorio.
El
uso de los datos provenientes de estas fuentes, deben seguir los mismos
principios relativos al seguimiento de desempeños no satisfactorios, ver
apartados 6.10, 6.11 y 6.12.
6.10
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), acreditado o en proceso de acreditación, o ampliación,
debe realizar un análisis crítico de los resultados provenientes de su
participación en programas de ensayos de aptitud y las investigaciones de
cualquier resultado no satisfactorio y cuestionable, la aplicación del control
de ensayos/ calibraciones no conformes y las acciones correctivas consiguientes,
así como la definición del plazo de corrección comprometido.
6.10.1
En el caso de los laboratorios clínicos: cuando el laboratorio tenga
participaciones no satisfactorias, debe demostrar el cumplimiento con su
requerimiento de calidad, en caso que el resultado se encuentre fuera del
requerimiento, se requiere el análisis de causas, el planteamiento de acciones
correctivas necesarias y la verificación de efectividad de sus acciones
correctivas aplicadas en los siguientes interlaboratoriales. El requerimiento de
calidad debe proveer, tanto como sea posible desafíos clínicamente
pertinentes.
6.11
La información del análisis anterior (investigaciones de resultados no
satisfactorios y cuestionables, la aplicación del control de ensayos/
calibraciones no conformes y las acciones correctivas y los plazos para su
implementación) deben ser entregados a la Secretaría de Acreditación
respectiva en un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha en que se
recibieron los resultados por parte del proveedor. La Secretaría de Acreditación
es responsable de dar seguimiento a la implementación de las acciones
correctivas y de apoyarse en el equipo evaluador si fuera necesario.
Nota
1:
El envío de esta información puede coincidir o no con el reporte del requisito
6.13.
Nota
2:
El análisis debe ser remitido tanto por los laboratorios u organismos de
inspección (cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección)
acreditados como en proceso de acreditación o ampliación.
6.12
Solo en el caso de obtener resultados insatisfactorios, el laboratorio u
organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de organismos de
inspección), acreditado o en proceso de acreditación o ampliación, debe
participar en ensayos/pruebas de aptitud u otras comparaciones subsecuentes, que
estén disponibles, o cumplir con el punto 6.9 de este documento, en un plazo no
mayor de seis meses de recibido el resultado no satisfactorio, para demostrar
que las acciones correctivas son efectivas.
Nota:
La
demostración de que las acciones correctivas son efectivas es un requisito
indispensable para el otorgamiento de la ampliación o acreditación inicial.
6.13
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), acreditado o en proceso de acreditación o ampliación,
debe mantener registros actualizados conteniendo los programas de ensayos de
aptitud en que participó, con la siguiente información, cuando sean
aplicables:
a)
Fecha de realización
b)
Organizador, nombre y frecuencia de realización del programa
c)
Tipo de ensayo / calibración, magnitudes o características medidas, ensayadas
o calibradas, método de ensayo/calibración empleado por el laboratorio.
d)
Materiales / Patrones de referencia certificados utilizados para corroborar la
exactitud y precisión obtenidas en los ensayos.
e)
Matrices ensayadas / Equipos calibrados
f)
Personal que participó.
g)
Criterio de aceptación de los resultados o evaluación del desempeño.
h)
Resultados obtenidos con sus incertidumbres asociadas.
i)
Acciones correctivas pertinentes (en el caso de haber obtenido resultados no
satisfactorios).
6.14
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), ya sea acreditado o en proceso de acreditación o
ampliación, debe entregar al ECA, el documento ECA-MC-P17-F01: Reporte de
resultados de participación en ensayos/pruebas de aptitud y otras
comparaciones. Este reporte debe entregarse, de manera anual, dos meses antes de
las evaluaciones de seguimiento o reevaluaciones y en el caso de evaluaciones
iniciales o de ampliación, el reporte se debe entregar en los anexos remitidos
con la respectiva solicitud. El ECA-MC-P17-F01, debe incorporar todos los
resultados satisfactorios, cuestionables y no satisfactorios obtenidos por el
laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), así como las actividades realizadas para los casos
donde no hay disponibles programas de aptitud u otras comparaciones, ver
apartado 6.9.
6.15
La información anterior debe ser entregada por la Secretaría de Acreditación
respectiva al equipo evaluador para ser analizada y evaluada durante las
evaluaciones iniciales, ampliaciones, seguimiento o reevaluación.
6.16
Los laboratorios u organismos de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), participantes deben hacerse cargo de los costos de
su participación en programas de ensayos de aptitud conforme a lo definido en
las reglas y/ o condiciones de cada programa.
7
PLAN DE PARTICIPACIÓN EN INTERCOMPARACIONES
7.1
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), debe formular un plan de participación en
intercomparaciones que comprenda, en un periodo de 4 años, la participación
del OEC en comparaciones para todas sus familias de actividades acreditadas, o
áreas, que refleje el cumplimiento del anexo 1. El plan debe ser presentado al
ECA para su respectiva revisión, y posterior aprobación por parte de la
secretaría de acreditación respectiva. Si se requiere de algún apoyo técnico
en la revisión del plan se puede solicitar la colaboración del comité asesor
respectivo, o asesoría a expertos externos si se considera necesario.
7.2
El ECA tiene un mes para responder si acepta el plan o si requiere cambios.
Nota
1: Se
debe tener en cuenta que los proveedores publican los cronogramas anualmente por
lo que este plan puede cambiar según las programaciones de los proveedores de
rondas.
Nota
2: El
plan debe entregarse cada 4 años y actualizarse ante cualquier cambio en el
mismo
7.3
La revisión del plan de participación en intercomparaciones, se realiza con el
fin de determinar si es adecuado para el alcance de acreditación del
laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), y conforme a las frecuencias mínimas y familias, o
áreas, establecidas en el anexo 1.
7.4
El plan debe incluir como mínimo:
Organizador del programa.
Fecha o periodo de participación.
Ensayos, calibraciones o inspecciones en los que participará.
Personal responsable de la ejecución.
Actividades a realizar, con su respectiva frecuencia establecida, por parte del
laboratorio u organismos de inspección para las actividades en las cuáles no
exista un programa de ensayos de aptitud y la justificación técnica por la que
no se puedan participar.
7.5
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), debe utilizar el formato ECA-MC-P17-F03: Plan de
intercomparaciones, para la presentación del plan al ECA.
Nota
1: Para
la realización del plan se pueden consultar las siguientes direcciones de
proveedores de rondas:
http://www.eptis.bam.de/en/index.htm
http://www.a2la.org/dirsearchnew/ptproviders.cfm
http://www.scc.ca/en/complete-listing-palcan-directory-of-accredited-clients
http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=130&Itemid=157
http://www.mollabs.com
http://www.sim-metrologia.org.br/
https://www.api-pt.com/
www.lgcstandards.com/
www.fapas.com/
www.aoac.org/proficiencytesting/proficiency.html
www.bipea.org
www.cap.org
Colegio Americano de Patólogos (CAP)
www.sysmex.com
Corporación Sysmex-Programa de comparación insight
www.riqas.net
RIQAS External Quality Assessment Program
www.stago-us.com/products.../stago.../proeficiency-testing-quality-assurance-servicies
Qualiris by Stago
www.bio-rad.com/
external-quality-assurance-services (EQAS®)
www.ukneqas.org.uk-
UKNEQAS
www.nascola.org-
NASCOLA
Nota
1: Algunos
de los proveedores no dan servicios en otros países.
Nota
2: La
lista anterior no es exhaustiva y se actualizarán en la página web del ECA.
7.6
Una vez que el plan ha sido aprobado por parte de la Secretaría de Acreditación
respectiva, el cumplimiento del mismo, es revisado por el equipo evaluador
durante las evaluaciones de seguimiento y reevaluación.
7.7
El plan debe ser actualizado por el laboratorio u organismo de inspección
(cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección), cuando:
a)
Ocurran cambios en metodología o instrumentación, que tenga incidencia directa
en el resultado del ensayo, calibración o inspección.
b)
Cuando se otorgue una ampliación, cuyas familias o áreas no estén cubiertas
por el alcance ya acreditado, el OEC entrega un plan nuevo y específico para la
ampliación otorgada y debe cumplir los requisitos de este apartado
c)
Cuando se publiquen los cronogramas anuales y no coincidan con lo planeado.
7.8
Una vez otorgada la ampliación o acreditación inicial, el OEC cuenta con 20 días
hábiles para la entrega del ECA ECA-MC-P17-F03: Plan de intercomparaciones al
ECA.
8
MONITOREO DEL DESEMPEÑO EN INTERCOMPARACIONES
8.1
Los resultados de la participación en los programas de ensayos de aptitud serán
monitoreados en las evaluaciones del ECA para:
a)
Asegurar el adecuado desempeño de los laboratorios u organismos de inspección
(cuando sea relevante en el caso de organismos de inspección)
b)
La eficacia de las acciones tomadas para los resultados cuestionables o no
satisfactorios.
c)
En los laboratorios clínicos, los cálculos realizados para demostrar que los
resultados cuestionables no se salen del requerimiento de calidad establecido
por el laboratorio.
8.2
Durante las evaluaciones, el equipo evaluador utiliza como criterio de aceptación
el establecido por el organizador del ensayo/ prueba de aptitud y otras
comparaciones. La información sobre los resultados de intercomparaciones debe
ser documentado por el equipo evaluador en el Informe final de evaluación
respectivo, el cual es analizado durante los procesos posteriores a la evaluación
y el proceso de toma de decisión, según corresponda.
8.3
El laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante en el caso de
organismos de inspección), debe poder aportar en las evaluaciones información
sobre el diseño del programa, incluyendo la frecuencia, procedimiento para
establecer valores asignados, instrucciones para los participantes, tratamiento
estadístico de los datos y el informe final de cada ensayo de aptitud
seleccionado.
8.4
En caso de que el laboratorio u organismo de inspección (cuando sea relevante,
en el caso de organismos de inspección):
a)
No cumpla con haber participado en el número de programas de ensayos de aptitud
requeridos.
b)
Obtuviera desempeños insatisfactorios consecutivos, para la misma familia
c)
En el caso de los laboratorios clínicos: cuando el laboratorio tenga 2
participaciones no satisfactorias consecutivas, debe demostrar el cumplimiento
con su criterio de calidad y la efectividad de sus acciones correctivas cuando
aplique; y reportar a la Secretaría de Acreditación respectiva de forma
inmediata. El requerimiento de calidad debe proveer, tanto como sea posible
desafíos clínicamente pertinentes.
d)
No demuestre haber tomado medidas correctivas apropiadas o éstas no hayan
resultado ser efectivas;
e)
Si el laboratorio clínico no logra demostrar el cumplimiento con su
requerimiento de calidad.
El
ECA procede conforme a lo establecido en ECA-MC-P16: Procedimiento de
investigación.
9
BONO DE CONFIANZA (no aplica a organismos de inspección).
9.1
Los laboratorios que:
9.1.1
Como mínimo participen en ensayos de aptitud u otras comparaciones, dos veces,
en un mismo ciclo de acreditación, para cada familia incluida en su alcance de
acreditación, en cumplimiento de lo establecido en el anexo 1 y
9.1.2
Presenten evidencia de esos resultados satisfactorios consecutivos para cada
familia.
No
recibirán la evaluación de seguimiento más próxima. De esta forma el
laboratorio recibe una extensión del periodo de fiscalización que realiza el
ECA del alcance de acreditación.
Nota:
Con
este beneficio se logra una extensión del plazo establecido para las
evaluaciones de seguimiento. No debe entenderse que el ECA deja de evaluar
alguna parte del alcance acreditado o los requisitos de gestión durante el
ciclo de reevaluación.
9.2
En los casos donde el laboratorio entregue la evidencia necesaria para optar por
el bono de confianza, y la evaluación documental ya haya sido realizada, el
beneficio se traslada para la evaluación de seguimiento siguiente. El beneficio
no aplica para las reevaluaciones y es solo aplicable para un seguimiento por
ciclo de acreditación.
9.3
Para poder optar por este beneficio el laboratorio debe cumplir los siguientes
requisitos:
a)
Contar con al menos un ciclo de acreditación completado.
b)
Durante el ciclo de acreditación, para el cual se solicita el bono de
confianza, no debe tener en su expediente inicio de un proceso de investigación
relacionado con potenciales incumplimientos de este documento.
c)
Contar dentro del plan de intercomparaciones con actividades formales de ensayos
de aptitud o intercomparaciones, por lo que los laboratorios que únicamente
puedan aplicar el requisito 6.9 de este documento no pueden optar por este
beneficio, esto se debe a que dicho laboratorio no se está sometiendo a una
evaluación externa adicional para aseguramiento de la competencia técnica de
los ensayos o calibraciones.
d)
Evidencia de participación en ensayos de aptitud o intercomparaciones, de forma
tal que al menos se duplique la frecuencia mínima solicitada por esta política
(ver anexo) y con resultados satisfactorios, para todas las familias de ensayos
o calibraciones que tenga acreditadas el laboratorio.
Nota.
El
laboratorio que presente el plan citado en el inciso anterior cumple con el
requisito 7.1 de este documento.
e)
Los resultados de las intercomparaciones satisfactorias que se presenten deben
estar dentro del ciclo de reevaluación actual en que se encuentre el
laboratorio, no se aceptan resultados de intercomparaciones de ciclos anteriores
para optar por este beneficio.
10
CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROVEEDORES DE ENSAYOS/ PRUEBAS DE
APTITUD Y OTRAS COMPARACIONES PARA LOS LABORATORIOS Y ORGANISMOS DE INSPECCIÓN
(cuando sea relevante para el caso de organismos de inspección)
10.1
El ECA acepta los siguientes proveedores de ensayos/ pruebas de aptitud y otras
comparaciones:
a)
Cualquier programa de ensayos de aptitud en el cual los OEC deseen participar,
que demuestren conformidad con la norma ISO/IEC 17043, cuando sea aplicable, a
través de evidencia de la acreditación del proveedor en la norma ISO/IEC
17043, o por la evaluación por pate del laboratorio al proveedor del ensayo de
aptitud no acreditado. En el último caso, el laboratorio debe hacer uso de su
procedimiento de compras de servicios y suministros para demostrar la
conformidad del proveedor con los siguientes requisitos de la norma ISO/IEC
17043: preparación apropiada de las muestras o ítem a ensayar, homogeneidad y
estabilidad de la muestra, diseño estadístico, forma de establecer el valor
asignado y análisis de datos.
b)
Los programas de aptitud realizados por:
i.
Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC).
ii.
Asia Pacific Laboratory Accreditation Cooperation (APLAC),
iii.
European Cooperation Accreditation (EA)
iv.
Southern African Development Community Cooperation in Accreditation (SADCA),
v.
Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) o los laboratorios nacionales
designados por LACOMET.
vi.
Colegio Americano de Patólogos (CAP)
vii.
Corporación Sysmex-Programa de comparación insight
viii.
Los ensayos de aptitud organizados por proveedores de ensayos de aptitud
reconocidos por organismos de acreditación signatarios del MLA de IAAC y del
MRA de APLAC y de ILAC.
11
BIBLIOGRAFIA
NT-03 Política ENAC Sobre intercomparaciones, Rev 4 julio 2011.
MP-CA002-08 entidad mexicana de acreditación, a. c., Manual de Procedimientos,
Política de Ensayos de Aptitud. fecha de emisión: 2011-07-22.
R103a - The American Association for Laboratory Accreditation. Annex:
Proficiency Testing for ISO/IEC 17025 Laboratories. Fecha de Revisión
14-05-2012
Norma INTE-ISO/IEC 17011:2004. Evaluación de la conformidad- Requisitos
Generales para los organismos de Acreditación que realizan la acreditación de
organismos de evaluación de la Conformidad.
Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005. Requisitos Generales para la competencia de los
laboratorios de ensayo y calibración.
Norma INTE-ISO 15189:2008 Laboratorios de análisis clínicos. Requisitos
Particulares para la calidad y la competencia.
Norma INTE-ISO/IEC 17043:2010. Evaluación de la conformidad — Requisitos
generales para los ensayos de aptitud.
ILAC-P9:11/2010: ILAC Policy for Participation in Proficiency
Testing Activities.
12
ANEXO
12.1
Anexo 1: Requisitos de participación
12.1.1
ECA podrá modificar las frecuencias y familias con base en la importancia de
los ensayos, inspecciones cuando aplique, o calibraciones, o por solicitudes de
autoridades reguladoras. La lista presentada no pretende ser exhaustiva y se
actualizará cuando se considere necesario por parte de los Comités Asesores
respectivos.
12.1.2
Cuando un ensayo o calibración no se encuentre dentro de alguna familia, el
Comité Asesor respectivo analiza el caso y toma la decisión al respecto, para
lo cual cuenta con un tiempo de 10 días hábiles.
Laboratorios
que realizan análisis clínicos acreditados con INTE-ISO/IEC 17025 o
INTE-ISO 15189: Área |
Frecuencia
por cada ensayo |
|
|||||||||||||||||||
Bacteriología,
micología, virología y Parasitología |
1
anual |
|
|||||||||||||||||||
Química
Clínica Hormonas
Toxicología
Clínica |
3
anuales |
|
|||||||||||||||||||
Marcadores
tumorales |
1
anual |
|
|||||||||||||||||||
Uroanálisis:
Sedimento
urinario Química
urinaria |
3
anuales |
|
|||||||||||||||||||
Hematología
Coagulación
|
3
anuales |
|
|||||||||||||||||||
Inmunología
o Serología |
3
anual |
|
|||||||||||||||||||
Biología
Molecular (Incluye pruebas de paternidad) |
1
anual |
|
|||||||||||||||||||
Citogenética
Genética
Clínica, Genética
Humana |
1
anual |
|
|||||||||||||||||||
Inmunohematología
y Banco de Sangre |
3
anuales |
|
|||||||||||||||||||
Banco
de Tejidos y Terapia Celular |
1
anual |
|
|||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan análisis microbiológicos: Matriz |
Microorganismos
a ensayar |
Requisitos
de Participación |
|
||||||||||||||||||
Agua
Residual, Agua de Mar, Aguas
|
Salmonella
spp Escherichia
coli Recuento
total aerobio mesófilos Coliformes
totales, fecales Staphylococcus
aureus Enterococos
fecales Listeria
spp |
1 participación cada 4 años por cada microorganismo a ensayar para cada
matriz enlistada.
Cuando se tengan más de un ensayo o método acreditado para un mismo
microorganismo dentro de una misma matriz deben alternarse la participación
en intercomparaciones cada 4 años. |
|
||||||||||||||||||
Agua
|
Salmonella
spp Escherichia
coli Recuento
total aerobio |
|
|
||||||||||||||||||
|
|
|
|||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||
Matriz
|
Microorganismos
a ensayar Mesófilos Coliformes
totales, fecales Enterococcos
fecales Staphylococcus
aureus Listeria
spp Pseudomonas
aeruginosa Legionella
pneumophila |
Requisitos
de Participación |
|
||||||||||||||||||
|
|
|
|
||||||||||||||||||
|
|
|
|
||||||||||||||||||
Alimentos
(incluye alimentos, bebidas y bebidas alcohólicas) |
Salmonella
spp Escherichia
coli Recuento
total aerobio mesófilos Coliformes
totales, fecales. Staphylococcus
aureus Escherichia
coli O157H7 Listeria
spp. Recuento
de hongos y levaduras |
|
|
||||||||||||||||||
Microbiología
en sectores Fitosanitario y Zoosanitario |
Salmonella
spp Escherichia
coli Escherichia
coli O157H7 Recuento
total aerobio mesófilos Coliformes
totales, fecales Enterococos
fecales Staphylococcus
aureus Recuento
de hongos y levaduras Listeria
spp. |
|
|
||||||||||||||||||
Productos
farmacéuticos, productos naturales medicinales, y dispositivos médicos |
Escherichia
coli Staphylococcus
aureus Salmonella
spp Coliformes
totales, fecales Pseudomonas
aeruginosa Recuento
de Hongos y Levaduras Prueba
LAL/Pirógenos Carga
microbiana Esterilidad |
|
|
||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan ensayos de materiales de construcción: |
|
|
|
||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||
Productos
|
Familia
de ensayos |
Requisitos
de participación |
|
||||||||||||||||||
Concretos
|
Incluye
ensayos en concretos, mampostería y prefabricados. |
1 participación cada 4 años, por cada familia de ensayos enlistada.
Cuando se tengan más de un ensayo o método acreditado dentro de la
familia, deben alternarse las intercomparaciones cada 4 años. |
|
||||||||||||||||||
|
|
|
|
||||||||||||||||||
Cementos
|
Incluye
ensayos en cemento |
|
|
||||||||||||||||||
Agregados
|
Incluye
ensayos en Agregados |
|
|
||||||||||||||||||
Varillas
y aceros |
Incluye
ensayos en varillas y acero |
|
|
||||||||||||||||||
Suelos
|
Incluye
ensayos de Suelos |
|
|
||||||||||||||||||
Asfaltos
|
Incluye
ensayos en Mezclas Asfálticas y ligantes asfálticos. |
|
|
||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan calibraciones: |
|
|
|||||||||||||||||||
Magnitud
|
Familia
de Equipos a calibrar |
Requisitos
de participación |
|
||||||||||||||||||
Masa
y cantidades relativas |
Patrones
de masa (pesas), e instrumentos de pesaje |
1 participación cada 4 años, por cada familia de equipos enlistada.
Si el laboratorio tiene acreditado métodos de calibración del mismo ítem
con diferentes principios físicos debe alternase cada 4 años o
participar en intercomparaciones en el más alto nivel metrológico con
que cuenta el laboratorio, para cada disciplina, garantizando de esta
forma que los niveles metrológicos inferiores se encuentran cubiertos al
obtener resultados satisfactorios en intercomparaciones para los niveles
metrológicos más altos. |
|
||||||||||||||||||
|
Calibración
de equipo volumétrico |
|
|
||||||||||||||||||
|
Calibración
de densímetros Calibración
de Viscosímetros Calibración
de equipos por comparación (manómetros, transductores, esfigmomanómetros,
entre otros equipos de medición de presión) Calibración
de balanzas de presión Calibración
de equipos para medición de dureza Calibración
de equipos en torque Calibración
de equipos para medición de fuerza Calibración
de equipos para medición de flujo de líquidos Calibración
de equipos para medición de flujo de gases |
|
|
||||||||||||||||||
Longitud |
Calibración
en frecuencia laser, calibración de bloques patrón, máquinas de
coordenadas. Calibración
en metrología dimensional: micrómetros, vernier, indicadores de carátula,
reglas rígidas, cintas métricas, entre otros equipos |
|
|
||||||||||||||||||
Acústica,
ultrasonido y vibraciones |
Calibración
de Sonómetros y otros equipos |
|
|
||||||||||||||||||
Termometría |
Calibración
de equipos por comparación (líquido en vidrio, termopares, termómetros resistencia
de platino, termistores, entre otros) Calibración
de equipos de temperatura por puntos fijos |
|
|
||||||||||||||||||
Humedad
Relativa |
Calibración
de higrotermómetros y otros equipos para medición de humedad relativa |
|
|
||||||||||||||||||
Tiempo
y frecuencia |
Calibración
de equipos para medición de tiempo y frecuencia |
|
|
||||||||||||||||||
Fotometría
y radiometría |
Filtros
de densidad neutra, espectrofotómetros, opacímetros y otros equipos o
patrones ópticos (materiales) |
|
|
||||||||||||||||||
|
Calibraciones
y medición en fibra óptica |
|
|
||||||||||||||||||
Radiación
ionizante |
Calibración
de equipos de dosimetría |
|
|
||||||||||||||||||
Electricidad
y Magnetismo |
Calibración
de equipos (AC/DC) para medición de: corriente, voltaje y resistencia Calibración
de puentes de resistencia |
|
|
||||||||||||||||||
|
Calibración
de equipos en impedancia (inductores, capacitores) Calibración
de equipos en radiofrecuencia Calibración
de equipos para medición de potencia y energía Calibración
o medición de campos magnéticos o materiales magnéticos |
|
|
||||||||||||||||||
pH
y Conductividad |
Calibración
de pH metros Calibración
de Conductímetros |
|
|
||||||||||||||||||
Velocidad
y aceleración |
Calibración
de equipos para medición de velocidad Calibración
de equipos para medición de aceleración |
|
|
||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan análisis de agua potable, residual, de mar o recreacionales: |
|
|
|
||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
|||||||||||||||||||
sólidos
totales sólidos
suspendidos sólidos
sedimentables sólidos
volátiles |
1 participación cada 4 años por cada familia de ensayo enlistada.
Si el laboratorio tiene todos los ensayos acreditados de la familia debe
alternar las pruebas cada 4 años |
|
|||||||||||||||||||
pH,
temperatura, conductividad |
|
||||||||||||||||||||
DBO,
DQO |
|
||||||||||||||||||||
Grasas
y aceites (gravimétrico) |
|
||||||||||||||||||||
Sustancias
activas al azul de metileno |
|
||||||||||||||||||||
Color
y turbidez |
|
||||||||||||||||||||
Dureza
total, dureza de calcio y dureza de magnesio. |
|
||||||||||||||||||||
Cloro
total y cloro residual |
|
||||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan análisis químicos generales: |
|
||||||||||||||||||||
Productos
|
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de participación |
|||||||||||||||||||
Aniones
Plaguicidas Hidrocarburos
y compuestos volátiles Alcoholes Medicamentos
y materias primas para medicamentos Otros
analitos diferentes a los indicados |
CROMATOGRAFIA
Cromatografía Líquida (LC, siglas en inglés);
Cromatografía Líquida de Alta Presión (HPLC, siglas en inglés);
Cromatografía de Gases (GC, siglas en ingles);
Cromatografía Gases-Masas (GC-MS)
Cromatografía Iónica (IC, siglas en inglés);
Super Critical Fluid Chromatography (SFC);
Electroforesis
Cromatografía de Capa fina (TLC, siglas en inglés); |
1 participación cada 4 años, en cada producto para la familia de ensayos
enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años o participar en el método más
sensible. |
|||||||||||||||||||
Metales,
Metales Ferrosos, Metales No Ferrosos Medicamentos
y materias primas para medicamentos Hidrocarburos Otros
analitos diferentes a metales o hidrocarburos |
ESPECTROSCOPIA:
Absorción atómica, horno de grafito, generador de hidruros, vapor en frío
Fluorescencia
Emisión por Plasma (ICP, siglas en inglés)
Ultravioleta-visible (UV/VIS)
Infrarrojo (IR/FTIR)
Espectrometría de masas (MS) |
1 participación cada 4 años, en cada producto para la familia de ensayos
enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años o participar en el método más
sensible.
Para el caso de los metales y medicamentos, el laboratorio debe asegurar
que durante el ciclo de reevaluación, se cubran todos los metales o
medicamentos incorporados dentro del alcance acreditado. |
|||||||||||||||||||
|
|||||||||||||||||||||
Alimentos
|
FISCIOQUÍMICOS
DE ALIMENTOS:
humedad
grasa
cenizas
proteína
pH |
1 participación cada 4 años, para la familia de ensayos enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años. |
|||||||||||||||||||
Alimentos
|
Ensayos
Fisicoquímicos en granos y semillas |
1 participación cada 4 años, para la familia de ensayos enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años.
|
|||||||||||||||||||
Casos
especiales |
resonancia magnética
sensorial
enzimas
entre otros. |
1 participación cada 4 años, para la familia de ensayos enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años. |
|||||||||||||||||||
Otros
analitos en otras matrices no especificadas |
Ensayos
en General
Titulaciones
Kjeldahl.
Combustión
Calorimetría |
1 participación cada 4 años, para la familia de ensayos enlistada.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada cuatro años. |
|||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan ensayos en el área eléctrica-electrónica, eficiencia energética: |
|
|
|||||||||||||||||||
Productos
|
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de participación |
|
||||||||||||||||||
Transformadores
|
Pruebas eléctricas a Transformadores |
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años. |
|
||||||||||||||||||
Conductores |
Ensayos físicos en Conductores •
Ensayos químicos en Conductores |
|
|
||||||||||||||||||
Productos
Electrónicos de uso doméstico o en oficina |
Ensayos electrónicos o de seguridad |
|
|
||||||||||||||||||
Lavadoras
electrodomésticas Refrigeradores y congeladores domésticos |
Ensayos de eficiencia energética |
|
|
||||||||||||||||||
Equipos
para Telecomunicaciones |
Ensayos eléctricos o de seguridad |
|
|
||||||||||||||||||
Luminarios,
balastros e iluminación |
Ensayos eléctricos y de eficiencia energética |
|
|
||||||||||||||||||
|
|
|
|||||||||||||||||||
Laboratorios
que realizan ensayos en ambientes laborales:
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
|||||||||||||
Mediciones
de Ruido Mediciones
de Vibraciones Mediciones
de Iluminación Mediciones
de Radiaciones ionizantes y Radiaciones no ionizantes |
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años. |
|
|||||||||||||
Laboratorios
que realizan ensayos en aire o fuentes de emisión: |
|
||||||||||||||
|
|
||||||||||||||
|
|
||||||||||||||
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
|||||||||||||
Gases
(O2, CO2, CO, SO2 y óxidos de nitrógeno), Flujo, Gravimetría, Volumetría,
compuestos orgánicos |
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años.
Si los gases deben medirse en el sitio junto al muestreo no aplican rondas
internacionales.
Si los gases son transportados para realizar la medición en el
laboratorio como el biogas o gases fijos, entonces participar en una ronda
alternando la matriz de la ronda cada 4 años. |
|
|||||||||||||
Presión,
Volumen, Gases, Emisiones Vehiculares Laboratorios
que realizan ensayos en metal mecánica, mecánicos y físicos para
diversos materiales: |
|
||||||||||||||
Productos
|
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
||||||||||||
Plásticos,
metales y otros |
Dureza
|
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años |
|
||||||||||||
Calzado,
llantas, cristales, vidrios, cerámicas, cámaras de llantas, carcasas, plásticos,
hules, entre otros. |
ENSAYOS
MECÁNICOS DESTRUCTIVOS:
Tensión,
elongación,
Compresión,
Impacto
aguante. |
|
|
||||||||||||
Calzado,
Válvulas de seguridad, Cristales automotrices, Llantas, Cámaras de
llantas, Maderas, Gatos hidráulicos, Cinturones de Seguridad, Cascos de
Seguridad, Chalecos antibalas, Condones |
Ensayos
de seguridad para |
|
|
||||||||||||
Plásticos
y Hules, Tuberías PVC, Prueba hidrostática, Prueba neumática,
Recipientes a presión (Tanques, Cilindros, etc.) |
Ensayos
de hermeticidad |
|
|
||||||||||||
Medidores
de agua, inodoros, válvulas de |
Otros
ensayos, |
|
|
||||||||||||
Productos
|
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
||||||||||||
inodoros,
regaderas y fluxómetros, Filtros de aire, aceite y gasolina |
ensayos
de desempeño |
|
|
||||||||||||
Soldaduras
y materiales metálicos |
Ensayos
no destructivos |
|
|
||||||||||||
Textil
y vestido |
PRUEBAS
FÍSICAS:
Resistencia,
tensión,
dimensión de hilos,
rasgado PRUEBAS
QUÍMICAS
Solides (color),
pH,
Identificación
Contenido |
|
|
||||||||||||
Papel
y cartón |
Pruebas físicas y químicas |
|
|
||||||||||||
Fertilizantes
|
Ensayos químicos en fertilizantes |
|
|
||||||||||||
Aceros,
metales y materiales galvanizados |
Ensayos de Corrosión |
|
|
||||||||||||
Pinturas
|
Ensayos físicos en Pinturas •
Ensayos químicos en pinturas |
|
|
||||||||||||
Fluidos
dieléctricos, aislantes o aceites de transformador |
Determinación
de humedad Color
Densidad
rigidez
dieléctrica disipación dieléctrica. PCBs,
aroclor Compuestos
furánicos |
|
|
||||||||||||
Cuero
|
Pruebas
químicas del cuero Pruebas
físicas en cuero |
|
|
||||||||||||
|
|
|
|
||||||||||||
Polímeros
no textiles |
Pruebas
químicas en Plásticos |
|
|
||||||||||||
|
|
|
|||||||||||||
Laboratorios
que realizan ensayos de destilados de petróleo: |
|
|
|||||||||||||
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
|||||||||||||
Lista
de Familias de Ensayos |
Requisitos
de Participación |
|
|||||||||||||
Ensayos
fisicoquímicos (curvas de destilación, curvas de viscosidad, densidad,
punto de inflamación, presión de vapor etc.) |
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años |
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Determinación
de azufre |
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Determinación
de residuos de carbón |
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Índice
de cetano e índice de octano |
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Otras
áreas de análisis: Lista de Familias de Ensayos |
Requisitos
de participación |
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Ensayos de biodegradabilidad |
1 participación cada 4 años en cada familia de ensayos.
Si el laboratorio cuenta con más de un ensayo de la familia acreditado
debe alternarlo cada 4 años |
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Aislamiento e identificación de microorganismos patógenos |
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Identificación de malezas y plagas |
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Determinación de nematodos y fagos por técnicas tradicionales |
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Determinación de bacterias y virus patógenos por prueba inmunoensayo
(ELISA) |
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Identificación de bacterias, hongos y nematodos patógenos y viroides por
reacción de la cadena de la polimerasa (PCR) y sus variantes |
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Determinación de Aflatoxinas y otras micotoxinas |
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Ensayos de toxicología oral, toxicología dérmica e irritación o
corrosión ocular |
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13
IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS Motivo: |
Modificación
del procedimiento ECA-MC-P17 |
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Refiérase
a la solicitud de elaboración o modificación del documento número
2014-072 |
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Observaciones:
Se
actualiza respecto a la última versión vigente de la referencia del ILAC
P9. Se
incluye en la mayoría de los apartados en los cuales anteriormente solo
se mencionaban laboratorios, a los Organismos de Inspección, esto en los
casos en los que se considere pertinente. En
el apartado de definiciones se indica cuando es pertinente o cuando
aplica. Nota:
Esto
último no aplica en el Apartado 9 Bono de confianza. Se
realizan mejoras en la clasificación de algunas de las familias,
especialmente para calibración. |
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