CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN SISTEMA CENTRALIZADO DE
RECAUDACIÓN
ÁREA REGISTRO Y CONTROL DE
APORTACIONES
LINEAMIENTOS PARA
Establece las pautas que deben seguir las
diferentes entidades involucradas en los procesos de afiliación de nuevos
trabajadores, traslado de una Entidad Autorizada a otra y ajuste de afiliación
en el Fondo de Capitalización Laboral y Fondo Complementario de Pensión
Obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en
Para los presentes lineamientos se utilizará la siguiente
terminología:
C.C.S.S.: Léase Caja Costarricense
de Seguro Social.
SICERE: Significa Sistema Centralizado de
Recaudación.
SUPEN: Léase Superintendencia de
Pensiones.
Entidad Autorizada: Se refiere a las Operadoras de
Pensiones, sociedades anónimas autorizadas por
Afiliado: Trabajador cuyos datos fueron
registrados en el Sistema Centralizado de Recaudación, en el proceso de afiliación.
Operadora Origen: Entidad Autorizada en la cual se
encuentra afiliado el trabajador al momento de gestionar un traslado o ajuste.
Operadora Destino: Entidad Autorizada a la cual se
traslada o se ajusta un afiliado.
Oficina Virtual del SICERE: Herramienta tecnológica dispuesta
en Internet para gestionar el trámite de afiliación, traslado y ajustes de
afiliados.
1 Afiliación y Traslado de Entidad Autorizada
1.1 Requisitos para
1.1.1 La afiliación o traslado se
tramitará ante el SICERE, mediante
Para fines de identificación, las
personas nacionales deberán presentar su cédula de identidad mientras que personas
extranjeras deberán aportar el número de seguro social, además de su cédula de
residencia DIMEX (Documento de Identificación de Migración y Extranjería),
pasaporte o el permiso laboral, documentos que deberán estar en buen estado y
vigentes.
El afiliado que no pueda presentarse
personalmente a tramitar la afiliación o el traslado ante la red de Sucursales
de
La documentación que respalda las
afiliaciones y traslados gestionados por los afiliados en la red de Sucursales
de
La documentación que respalda las
afiliaciones y traslados gestionados por las Entidades Autorizadas, será
custodiada por
1.1.2 El trabajador podrá gestionar
la afiliación o traslado en forma electrónica, mediante
1.2 Gestión de Afiliación o Traslado.
1.2.1 El formulario “Solicitud de
Afiliación a Entidad Autorizada” estará disponible en
Tipo de Afiliación |
Número Formulario |
Afiliación |
NPAAMMXXXXXXX |
Libre
Transferencia |
TPAAMMXXXXXXX |
Cambio
Comisión / Cambio de Control Accionario |
OPAAMMXXXXXXX |
Fusión |
FPAAMMXXXXXXX |
Cierre |
QPAAMMXXXXXXX |
Donde:
N, T, O, F, Q:
Identifican el tipo de afiliación que solicita el trabajador.
P: Corresponde al
perfil de quién gestionó la afiliación o traslado, según el siguiente detalle:
Código |
Descripción |
A |
Afiliado |
S |
Funcionario de la red de
Sucursales de |
E |
Entidad Autorizada |
AA: Corresponde al
año en que se genera el formulario.
MM: Corresponde al
mes en que se genera el formulario.
XXXXXXX:
Corresponde a siete dígitos de un número consecutivo.
1.2.2 El formulario para gestionar un traslado por
Cambio de Comisión, Cambio de Control Accionario, Fusión o Cierre de Entidad
Autorizada, sólo estará disponible en
1.2.3 Para gestionar la afiliación o traslado
directamente en
1.2.4 Para la gestión de afiliaciones y traslados se
deberá contar con un certificado de firma digital nacional o un usuario y
contraseña de
1.3 Firmeza de
1.3.1 Una vez
aplicada la afiliación ante el SICERE mediante su Oficina Virtual, éstos
adquirirán firmeza en el SICERE. A partir de esa fecha todos los aportes que se
recauden a favor del afiliado, serán enviados a
1.3.2 El Área Registro y Control de Aportaciones,
emitirá un archivo que contendrá la información de los movimientos de
afiliación, el cual se comunicará diariamente, de lunes a viernes, mediante
correo electrónico, según el siguiente detalle:
Entidad a comunicar |
Información que incluye el archivo
a comunicar |
SUPEN |
·
Traslados (Libre Transferencia, Cambio de Comisión, Cambio de Control
Accionario, Fusión o Cierre) ·
Ajustes de Afiliación ·
Corrección de registros erróneos |
Entidades Autorizadas |
·
Afiliaciones de primer ingreso (voluntarias y automáticas) |
La estructura del archivo será tipo
texto, cuya estructura se describe en el anexo 3.
1.3.3 El traslado de recursos lo gestionarán las
Entidades Autorizadas, en los plazos que establece la normativa vigente.
1.4 Responsabilidades
1.4.1 De la
entidad que gestiona la afiliación o el traslado.
1.4.1.1 Verificar que el solicitante cumpla con los
requisitos dispuestos en el numeral 1.1. de los presentes lineamientos.
1.4.1.2 Registrar en el SICERE de forma inmediata la
información correcta y completa de la afiliación o traslado que gestione.
1.4.1.3
1.4.1.4
La custodia de los documentos
referidos por parte de las entidades, no podrá ser inferior a 10 años (mayor
plazo de prescripción de la acción penal establecida en el Código Penal). Serán
aplicables las responsabilidades derivadas del delito de “Supresión, ocultación
y destrucción de documentos”, establecidas en el artículo 362 del Código Penal.
SICERE podrá
realizar verificaciones periódicas en las Entidades Autorizadas para corroborar
la correcta custodia de la documentación referida.
1.4.2 Del solicitante de la afiliación o traslado:
1.4.2.1 Suministrar
a la entidad que gestiona la afiliación o traslado, la información correcta y
completa, así como los documentos requeridos en el numeral 1.1.