CIRCULAR N° 8-2023

ASUNTO: Reiteración y aclaración de la circular N° 156- 2013 "Debida comunicación al Organismo de Investigación Judicial, de visitas, continuaciones, reconocimientos, juicios, cambio de medidas cautelares entre otros".

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES

JURISDICCIONALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 108-2022 celebrada el 8 de diciembre de 2022, artículo V, dispuso reiterar al personal jurisdiccional la circular N° 156-2013, referente a la comunicación oportuna de las remisiones; haciendo la salvedad planteada por la Comisión de la Jurisdicción Penal, en el sentido de que en muchas oportunidades esta regla deberá ser exceptuada cuando es imperativo proceder de forma célere para definir la situación jurídica de las personas privadas de libertad en un tiempo menor, de modo que deban celebrarse audiencias antes de ese plazo, tales como las remisiones en el trámite expedito de flagrancia, audiencias o juicios con vencimiento de la medida cautelar de prisión preventiva, o por ejemplo, cuando se dan traslados de personas privadas de libertad a otros centros penitenciarios por parte del Ministerio de Justicia posterior a la orden de remisión, entre otros. Además, se aclara que en dicha directriz que el plazo mencionado corresponde a días hábiles, según se desprende de las observaciones realizadas por dicha Comisión y en concordancia con lo estipulado en la circular N° 218-2021.

Se adjunta para su consulta el enlace de las circulares de cita.

Circular N° 156-2013

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-4431

Circular N° 218-2021

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-7656

De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 16 de enero de 2023.