CIRCULAR N°
8-2023
ASUNTO: Reiteración y aclaración de la circular N° 156-
2013 "Debida comunicación al Organismo de Investigación Judicial, de
visitas, continuaciones, reconocimientos, juicios, cambio de medidas cautelares
entre otros".
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES
JURISDICCIONALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N°
108-2022 celebrada el 8 de diciembre de 2022, artículo V, dispuso reiterar al
personal jurisdiccional la circular N° 156-2013, referente a la comunicación
oportuna de las remisiones; haciendo la salvedad planteada por la Comisión de
la Jurisdicción Penal, en el sentido de que en muchas oportunidades esta regla
deberá ser exceptuada cuando es imperativo proceder de forma célere para
definir la situación jurídica de las personas privadas de libertad en un tiempo
menor, de modo que deban celebrarse audiencias antes de ese plazo, tales como
las remisiones en el trámite expedito de flagrancia, audiencias o juicios con
vencimiento de la medida cautelar de prisión preventiva, o por ejemplo, cuando
se dan traslados de personas privadas de libertad a otros centros
penitenciarios por parte del Ministerio de Justicia posterior a la orden de
remisión, entre otros. Además, se aclara que en dicha directriz que el plazo
mencionado corresponde a días hábiles, según se desprende de las observaciones
realizadas por dicha Comisión y en concordancia con lo estipulado en la
circular N° 218-2021.
Se adjunta para su consulta el enlace de las circulares
de cita.
Circular N° 156-2013
https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-4431
Circular N° 218-2021
https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/avi-1-0003-7656
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la
Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del
principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de
todo pago de derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José,
16 de enero de 2023.