Artículo 4°—Competencias del Instituto:

 

a)  Reclutamiento, selección, formación y perfeccionamiento del personal que inte­grará el Servicio Diplomático de la República tanto en la modalidad del servicio exterior contó en la del personal interno del Ministerio.

b)  Capacitación, formación y perfeccionamiento de los funcionarios de otros ministerios, instituciones y dependencias públicas que lo requieran.

c)  A petición de los servicios competentes del Ministerio. Convocar de manera pública a los interesados en realizar el examen de admisión para tener derecho a ingresar al Instituto. Dicha convocatoria se hará por los principales medios de comunicación escritos.

d)  Establecer los requisitos necesarios del examen de admisión.

e)  Determinar las modalidades y alcances de los exámenes de admisión.

f)   Organizar el programa de estudios del Curso de Estudios en Diplomacia.

g)  Establecer los requisitos de graduación del Curso de Estudios en Diplomacia,

h) Organizar y dirigir la Biblioteca “León Fernández Bonilla” que comprende la sección de archivos y colecciones del Ministerio,

i)  Establecer, organizar y dirigir el Museo “Braulio Carrillo” dedicado a la Historia Diplomática de Costa Rica,

j)  Difundir los objetivos y acciones centrales de la Política Exterior de nuestro país  y de su cultura mediante la publicación de la revista Costa Rica,

k) Propiciar la participación de quienes han servido al país de manera destacada en el campo internacional para aprovechar su valiosa experiencia.

l)  Mantener actualizado el conocimiento y la investigación de las técnicas moder­nas de la política exterior y de los problemas del Derecho y las Relaciones Internacionales.

m) Promover el estudio, la investigación y la extensión de los problemas internacio­nales y Política Exterior de Costa Rica.

n) Preparar la lista oficial de quienes concluyen satisfactoriamente su curso de  estudios