Artículo 5º—Objetivos y funciones de la Unidad de Consolidación de Cifras. La Unidad de Consolidación de Cifras tiene como objetivo realizar la consolidación contable requerida del Sector Público Costarricense, con el propósito de emitir los estados financieros agregados, que servirán de apoyo para la toma de decisiones por parte de las autoridades del Ministerio de Hacienda y terceros interesados en la misma.

Para su cumplimiento desarrollará las siguientes funciones y deberes:

a) Requerir de las autoridades institucionales que componen el Sector Costarricense, la información necesaria para la consolidación y emisión de los estados financieros agregados del Sector.

b) Asegurarse de que dentro de la primera quincena del mes de febrero de cada año, las entidades e instituciones del Sector Público entreguen a la Contabilidad Nacional los estados contables financieros de su gestión, con las notas y anexos que correspondan.

c) Velar que la información suministrada por el Sector Costarricense, reúna las características de exactitud, suficiencia y calidad, que requiera la Unidad de Consolidación de Cifras para la emisión de los estados financieros agregados.

d) Remitir a la Unidad de Asesoría y Estudios Especiales de la Contabilidad Nacional los estados financieros agregados, los cuales serán incluidos dentro de los documentos que conforman la liquidación final de la ejecución presupuestaria del período.

e) Remitir los estados financieros agregados del Sector Costarricense a la Unidad de Análisis Contable de la Dirección General de Contabilidad Nacional, con el propósito de que se lleven a cabo los análisis de la gestión financiera consolidada del sector.

f) Velar porque las instituciones del Sector Público Costarricense, cumplan con las disposiciones, directrices, procedimientos y formatos establecidos por la Dirección General de Contabilidad Nacional, para la presentación de los estados financieros, objetos de consolidación.

g) Realizar visitas periódicas a las diferentes instituciones del Sector Público para efectos de asesorar, verificar y controlar los procesos que conllevan a la elaboración de la información a consolidar dentro de los estados financieros.

h) Custodiar y archivar documentalmente o por otros medios y por el tiempo establecido en la legislación, la información remitida por las instituciones del sector público, que serán el respaldo para la preparación de los estados financieros agregados, así como los estados financieros emitidos.

i) Realizar las conciliaciones que sean necesarias, de modo que permitan garantizar la exactitud de la información producida por la Unidad de Consolidación de Cifras.

j) Gestionar la tecnología informática adecuada, que facilite el cumplimiento de la consolidación de cifras.

k) Otras funciones profesionales, asignadas por la Dirección General de Contabilidad Nacional.