Artículo 3º—Las celebraciones
patrias obligatorias por realizarse en todas las instituciones educativas del
país son:
a) Aniversario de la Batalla
de Santa Rosa.
b) Aniversario de la Batalla
de Rivas y del Acto Heroico de Juan Santamaría.
c) Aniversario de la Anexión
del Partido de Nicoya a Costa Rica.
d) Desfile de faroles.
e) Aniversario de la
Independencia Nacional.
f) Día de las Culturas.
g) Otras conmemoraciones
especiales de acuerdo con el Calendario Escolar, como lo son la Semana Nacional
del Cooperativismo, la Semana de la Paz, la Semana de la Educación Tributaria y
las actividades cívicas propias de las diversas regiones del país.
h) Día de
la Abolición del Ejército.
(Así adicionado
el inciso anterior por el artículo 3° del decreto ejecutivo N°41444 del 1° de
diciembre del 2018, “Regulación de las actividades en conmemoración al Día de
la Abolición del Ejercito”)