Artículo 10.—Documentación que debe
aportar todo contratista para acogerse al beneficio de exoneración. Todo
contratista o sub-contratista interesado en acogerse al beneficio de la
exoneración de servicios, bienes, repuestos y combustible, deberá presentar
ante el Departamento de Exenciones de
Adicionalmente y por única vez, deberá aportar copia certificada de
los siguientes documentos:
a) Copia certificada del Contrato
refrendado por
b) Tratándose del
Sub-contratista, deberá presentar copia certificada del Sub-contrato suscrito
con la empresa Contratista.
c) Las empresas contratistas o
sub-contratistas deberán estar al día con las obligaciones patronales, para los
efectos del artículo 73 de
d) Certificación notarial o
registral de personería jurídica del contratista o sub-contratista.
e) Fotocopia certificada de la
cédula jurídica, del contratista o sub-contratista.
f) Poder General debidamente
inscrito en el Registro Nacional, expedido por el contratista o
sub-contratista, en favor de persona física para gestionar, con su firma y ante
este Departamento, exoneraciones tributarias o cualquier movimiento relacionado
con éstas.
g) Documento emitido por el
respectivo Administrador del contrato de obra del MOPT o del CONAVI, indicando
el plazo del proyecto (fecha de inicio y de finalización), y los bienes que se
pueden exonerar al amparo de