Artículo 3º—La Participación Política Estudiantil tiene por fines:

a) Impulsar el enfoque de derechos por medio de una cultura institucional basada en la Promoción de la Participación Política Estudiantil como un derecho fundamental de los niños, las niñas, las y los adolescentes.

b) Promover, por medio de la Participación Política de los niños, las niñas y los adolescentes el respeto a las diferencias por motivos étnicos, de nacionalidad, edad, sexo, religión o condición social.

c) Propiciar el respeto por la dignidad humana, el cumplimiento de los deberes y derechos del estudiantado como personas que forman parte activa de una comunidad democrática.

d) Procurar la formación de líderes sociales conscientes de derechos y responsabilidades, con una mentalidad participativa, crítica y objetiva.

e) Ejercitar a los y las estudiantes en la práctica de las vivencias democráticas, para que las valoren como forma de vida y como sistema político.

f)  Lograr la participación constructiva de los y las estudiantes en las responsabilidades que les requiere tanto el ser parte de un Centro Educativo como su ingreso exitoso a la sociedad costarricense.

g) Practicar los principios éticos en un ambiente fecundo en valores de lo autóctono y lo nacional, en armonía con la cultura universal.

h) Favorecer la participación estudiantil en la toma de decisiones vinculadas con los procesos de aprendizaje, en busca de igualdad de oportunidades educativas, sobre la base de equidad de género y de una mejor calidad de vida individual y colectiva.