Artículo 14.—Cambio de Razón Social. De darse un cambio de razón social por parte de alguna de las empresas acreditadas ante la Dirección General, la empresa deberá aportar para el efecto los siguientes requisitos:

1) Carta dirigida a la Dirección General, suscrita por el representante legal o apoderado de la empresa informando del cambio de razón social. Dicha carta deberá venir debidamente autenticada por un abogado y en el evento de que la firma de la carta sea estampada en presencia del respectivo funcionario de la Dirección General, no requerirá de autenticación. En tal solicitud deberá indicarse:

a) Razón social o denominación de la persona jurídica.

b) Fundamentación detallada de las razones que justifican la solicitud.

c) Giro comercial de la empresa.

d) Dirección exacta de su domicilio social en el país y fax o medio electrónico para recibir notificaciones.

2) Fotocopia certificada del acta de acuerdo de la junta directiva donde se aprueba el cambio de razón social.

3) Certificación de personería jurídica de la empresa expedida con no más de tres meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud ante la Dirección General, en la que se indiquen el cambio de razón social, fecha de constitución, los datos de inscripción, representantes legales y vigencia de la empresa.