Nº 36839-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 del ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve, y en los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones Nº 29496-J publicada en La Gaceta Nº 96 del veintiuno de mayo del dos mil uno.

Considerando:

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 del ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—Que la Asociación Pro Centro Nacional de Rehabilitación, cédula de persona jurídica Nº 3-002-087335, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día diecinueve de abril del dos mil cinco, bajo el tomo Nº 361, asiento 1284, expediente Nº 2525.

III.—Que los objetivos que persigue la Asociación, según el artículo cuarto de sus Estatutos, son: “Artículo cuarto: “-La Asociación Pro Centro Nacional de Rehabilitación “Dr. Humberto Araya Rojas”, será una Institución de utilidad pública, cuyos fines principales serán los siguientes: 1. Vigilar y ayudar a toda la población minusválida del país, con énfasis en aquellas personas más desprotegidas, económica y socialmente. 2. Establecer programas para el mejoramiento de los servicios del Centro Nacional y su relación e integración con la comunidad”.

IV.—Que tales objetivos solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado Costarricense. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declárese de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Pro Centro Nacional de Rehabilitación, cédula de persona jurídica Nº 3-002-087335, inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Público bajo el expediente Nº 2525.