Artículo 16.—Las funciones del representante del Inder relacionadas con la Secretaría Técnica son las siguientes: 

a) Elaborar las respectivas agendas y hacer la convocatoria de todos los integrantes del CTDR a las reuniones. 

b) Elaborar actas de todas las sesiones ordinarias y extraordinarias, para lo cual se le deberá asignar, por parte del Inder, un libro de actas debidamente foliado y autorizado por la Auditoría Interna de este. 

c) Dar seguimiento a todos los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y extraordinarias. 

d) Elaborar informes semestrales y anuales de seguimiento y cumplimiento de los acuerdos tomados y presentarlos ante el Comité Directivo. 

e) Remitir los informes al CTDR y la Secretaría Técnica del Inder. 

f) Facilitar los procesos técnicos y metodológicos de acción en el territorio en coordinación con el Inder.