Sección II

Requisitos y análisis del contrato de cesión

Artículo 31Requisitos y documentación adjunta. El contrato debe contener:

a) Las calidades exactas del cedente y cesionario: En caso de ser personas jurídicas o actuar bajo un poder, debe indicarse la información de los representantes y las citas de inscripción.

b) Datos que describan plenamente la factura, orden de pedido o contrato cedido: el número (título si cuenta con el mismo), la fecha, el monto.

c) El número de contratación (licitación pública, abreviada o contratación directa) o número de pedido según el caso.

d) La estimación del contrato.

e) Indicación exacta de la cuenta bancaria y cuenta Cliente o IBAN, en la cual esta cartera ministerial debe hacer efectivo el pago del crédito cedido.

1. Si la Cesión se formalizó en escritura pública:

a) Presentar el testimonio de escritura del contrato de cesión mediante el cual se trasladan los derechos de crédito a un tercero.

b) Presentar copia certificada de la factura, orden de pedido o contrato cedido.

2. Si la cesión se formalizó en documento privado:

a) Presentar el contrato de cesión mediante el cual se trasladan los derechos de crédito a un tercero con fecha cierta.

b) Aportar certificación o copias certificadas de la personería jurídica vigente, y fotocopia de las cédulas de los representantes legales en caso de ser persona jurídica; o en su defecto, aportar fotocopia certificada de las cédulas de identidad. en caso de que el representante legal sea extranjero debe presentar documento de identificación.

c) Aportar copia certificada de la factura, orden de pedido o contrato cedido.

d) Aportar certificación de la cuenta cliente o IBAN emitida por la respectiva institución financiera.

e) Las firmas deben ser debidamente autenticadas.