ANEXO ÚNICO:
TRÁMITES Y REQUISITOS PARA
LA INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN DE
INFORMACIÓN Y
DESINSCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS DE PRESTATARIOS Y
DE EMPRESAS
COMERCIALIZADORAS O INTERMEDIARIAS DEL SERVICIO DE
HOSPEDAJE NO TRADICIONAL
DEL ICT
Fundamento jurídico de los
Registros de Prestatarios y de Empresas Comercializadoras o Intermediarias del
Servicio de Hospedaje no Tradicional del ICT (en adelante los registros):
Artículo 10 y 11 de la Ley
Marco para la Regularización del Hospedaje no Tradicional y su Intermediación a
través de Plataformas Digitales, Ley N° 9742 del 29 de octubre de 2019 (en adelante
Ley Marco).
Acceso a los registros por
parte de los prestatarios y empresas comercializadoras o intermediarias del
Servicio de Hospedaje no Tradicional (en adelante los sujetos del registro):
El ICT dispondrá en su
página electrónica institucional, en la dirección electrónica www.ict.go.cr, un espacio permanente para la
inscripción de los sujetos de registro mediante un formulario electrónico.
Información a brindar por
los sujetos de registro en línea: El formulario electrónico
de cada registro solicitará la información requerida para cada modalidad de
registro, según lo indicado en los artículos del 4 y 6 de este reglamento. Las
plataformas de intermediación en las que conste la oferta de los sujetos de
registro que sean prestatarios del servicio de hospedaje no tradicional, deberán
señalar un correo electrónico para recibir notificaciones, así como de un
número de teléfono de contacto.
Trámite de inscripción,
validación de la información y resolución de inscripción: Una vez remitido el formulario de inscripción debidamente completado al
ICT por parte del sujeto de registro y por medio de la página electrónica institucional,
el ICT contará con un plazo de quince días naturales para validar de oficio la
información de la solicitud de registro y emitir vía correo electrónico su
resolución de inscripción, la cual se acompañará de un código de usuario. En el
plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de
inscripción al sujeto de registro, el ICT hará visible en su página electrónica
institucional el registro del caso, junto con la información relacionada de
carácter público según lo dispuesto en los artículos 5, 7 y 8 de este Reglamento.
En el caso de que el
formulario de inscripción sea presentado en forma incompleta o con información
errónea, o bien incumpla con los requisitos establecidos en los artículos 4 y 6
de este Reglamento y en el punto "Información a brindar por los sujetos de
registro en línea" de este anexo único, el ICT podrá realizar un requerimiento
por escrito y de forma motivada sobre dichos requisitos, por una única vez y
dentro del plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del
trámite. Asimismo, en casos de excepción y cuando sea imprescindible para la
resolución del trámite, el ICT tendrá la facultad de requerir ampliaciones o
aclaraciones adicionales a la información aportada en la solicitud, lo cual hará
por escrito, vía correo electrónico, de manera motivada y por una única vez en
el mismo plazo de los diez días naturales siguientes al día del recibo del
trámite. En ambos casos, la prevención del ICT suspende el plazo máximo de
quince días naturales para la resolución del trámite y otorga al interesado un
plazo de diez días hábiles para su atención, para lo cual le indicará un correo
electrónico institucional al cual remitir la respuesta del caso.
En caso de que el ICT
deniegue en forma motivada una solicitud de inscripción, el sujeto de registro podrá
interponer los recursos de Revocatoria ante la Dirección de Gestión Turística
del ICT y el de Apelación ante la Gerencia General del ICT, dentro de los tres
días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la denegatoria.
Modificación de la
información de los registros y solicitud de desinscripción por motivo de no
ejercer la actividad de servicio de hospedaje no tradicional.
Los sujetos de registro
inscritos podrán por medio de su código de usuario y en la misma página electrónica
del ICT, tramitar modificaciones de la información que consta en su registro o
bien, solicitar su desinscripción al mismo. El ICT contará con un plazo de
quince días naturales para validar de oficio la información modificada del
registro del caso o bien la solicitud de desinscripción y emitir vía correo
electrónico su resolución de aceptación o denegatoria motivada de la petición
del interesado. En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación
de la resolución de aceptación de la petición del sujeto de registro, el ICT
hará visible en su página electrónica institucional la modificación del
registro o bien la desinscripción del caso según la naturaleza de la petición.
En los casos de las
solicitudes de desinscripción el sujeto de registro deberá comprometerse por escrito
ante el ICT y en el mismo formulario de solicitud, a no ejercer como
prestatario ni intermediario del servicio de hospedaje no tradicional, toda vez
que dicho ejercicio conlleva la obligación de su inscripción ante el registro
del caso en el ICT, según el artículo 14 de la Ley Marco. En efecto, el
incumplimiento en el deber de registro, o de actualizar los datos que consten en
éste, implica el funcionamiento ilegal del servicio de hospedaje no tradicional,
estándose a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Marco.
En el caso de que los
formularios de solicitud de estos trámites sean presentados de forma incompleta
o con información errónea, o bien incumplan con los requisitos establecidos en
este anexo único, el ICT podrá realizar observaciones escritas y en forma
motivada sobre dichos requisitos, por una única vez y dentro del plazo de los
diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. Asimismo, en
casos de excepción y cuando sea imprescindible para la resolución del trámite,
el ICT tendrá la facultad de requerir ampliaciones o aclaraciones adicionales a
la información aportada en la solicitud, lo cual hará por escrito, vía correo
electrónico, de manera motivada y por una única vez en el mismo plazo de los
diez días naturales siguientes al día del recibo del trámite. En ambos casos,
la prevención del ICT suspende el plazo máximo de quince días naturales para la
resolución del trámite y otorga al interesado un plazo de diez días hábiles para
su atención, para lo cual le indicará un correo electrónico institucional al
cual remitir la respuesta del caso.
En caso de que el ICT
deniegue en forma motivada una solicitud de modificación o de desinscripción,
el sujeto de registro podrá interponer los recursos de Revocatoria ante la
Dirección de Gestión Turística del ICT y el de Apelación ante la Gerencia
General del ICT, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la
comunicación de la denegatoria.
Formularios de solicitud
Registro de Prestatarios del Servicio de Hospedaje No Tradicional.
Nombre social o físico de quien presta el
servicio: __________________________
Número de documento de identificación en caso
de persona física o número de cédula jurídica
en caso de personas jurídicas:
_____________________________________
Domicilio legal de quien presta el servicio:
________________________________
Nombre del representante legal:
_______________________________________
Número de documento de identificación del
representante legal:
_________________________________________________________________________
Localización del inmueble:
____________________________________________
Provincia: ______________ Cantón:
_______________Distrito: ___________
Dirección exacta del inmueble (únicamente
para efectos tributarios).
__________________________________________________________________
Número de habitaciones:
____________________________________________
Número máximo de huéspedes:
______________________________________
Página web: _______________________________________________________
Correo electrónico para recibir
notificaciones: _____________________________
Número de teléfono:
_________________________________________________
Registro de Empresas Comercializadoras o
Intermediarias
del Servicio de Hospedaje
no Tradicional.
Razón social de la empresa:
_________________________________________
Número de cédula jurídica:
__________________________________________
Domicilio legal de la empresa:
________________________________________
Representante Legal de la empresa:
___________________________________
Número de identificación del Representante
Legal: ________________________
Correo electrónico para recibir
notificaciones: ____________________________
Página web: _______________________________________________________
Número de teléfono:
_________________________________________________