N° 44316-MTSS
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de las
potestades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política y los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 de 2 de mayo de
1978 y el artículo 6 de la Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo
Nacional de Salarios, Ley N° 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.
Considerando:
I.-Que el artículo 6 de la
Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de Salarios, Ley N° 832
del 4 de noviembre de 1949, otorga al Poder Ejecutivo la facultad de realizar
el nombramiento de los miembros del Consejo Nacional de Salarios.
II.-Que en virtud de la
renuncia del señor José Joaquín Arguedas Herrera, como Director propietario en
representación del Sector Estatal y renuncia de la señora Sandra Ríos Abarca, como
Directora propietaria en representación del Sector Laboral ante el Consejo
Nacional de Salarios, se requiere realizar nombramientos de Directores que los
sustituyan, para lo cual se procedió a la publicación del Aviso, prevista en el
artículo 6 de la Ley N° 832 del 4 de noviembre de 1949, en La Gaceta N°
94 del 29 de mayo de 2023, solicitando a todas las Asociaciones o Sindicatos
Patronales y Sindicatos de Trabajadores del país, la presentación de nóminas de
candidatos para los referidos cargos.
III.-Que, en la vacante del
miembro propietario del Sector Estatal, se nombrará al señor Luis Fernando
Salazar Alvarado, quien funge actualmente como director suplente de ese Sector,
quedando a su vez vacante esa suplencia, y se hará el nombramiento de la señora
María Alexandra Chaverri Loaiza, como directora suplente del Sector Estatal.
IV.-Que, se reciben las
postulaciones, realizadas por la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum
(CRTN); Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT); Central del Movimiento de
Trabajadores Costarricenses (CMTC), Confederación Costarricense de Trabajadores
Democráticos (CCTD), Bloque Unitario Sindical, Social Costarricense (BUSCOUNT),
y de la Central de Trabajadores CGT-Costa Rica.
V.-Que, el artículo 6,
inciso c) de la Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de
Salarios, Ley NO 832 del 4 de noviembre de 1949, dispone: "Si no se presentaren
nóminas, el Poder Ejecutivo hará la elección".
VI.-Que de conformidad con
la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos N° 8220, su Reglamento DE-37045-MP-MEIC y sus ref01mas, se
determina que este Decreto, no establece ni modifica trámites, requisitos o
procedimientos que el administrado deba cumplir ante la Administración Central.
Por tanto;
Decretan:
NOMBRAMIENTO DE DIRECTORES
DE SECTOR ESTATAL
Y SECTOR LABORAL DEL
CONSEJO NACIONAL
DE SALARIOS HASTA 31 DE
DICIEMBRE DE 2025
Artículo 1º-Nombrar como
directores del Consejo Nacional de Salarios, hasta el 31 de diciembre de 2025,
a las siguientes personas:
Representantes del Sector
Estatal Luis Fernando Salazar Alvarado, cédula 1-0484-0686 quien fungirá como titular
y a la señora María Alexandra Chaverri Loaiza, cédula 1-13970069, quien fungirá
como suplente.
Representante del Sector de
los Trabajadores: Maritza Arias Chaves, cédula N° 7-00650641, quien fungirá como
titular.