Artículo 2°- La administración del Parque Natural Urbano Lorne Ross Ashley, estará a
cargo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), a través del Área
de Conservación Central, quien deberá preparar y ejecutar el Plan General de
Manejo, el cual definirá la zonificación, y los usos permitidos de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N°42742-MINAE del 24 de
febrero del 2021, Creación y regulación de la categoría de manejo denominada
Parques Naturales Urbanos (PANU), y de un Programa Nacional para su promoción e
implementación del 24 de febrero del 2021, publicado el diario oficial La
Gaceta Nº 53 del 17 de marzo de 2021, Alcance 57 y Normativa conexa y específica.