Artículo 2°- La administración del Parque Natural Urbano Lorne Ross Ashley, estará a cargo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), a través del Área de Conservación Central, quien deberá preparar y ejecutar el Plan General de Manejo, el cual definirá la zonificación, y los usos permitidos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N°42742-MINAE del 24 de febrero del 2021, Creación y regulación de la categoría de manejo denominada Parques Naturales Urbanos (PANU), y de un Programa Nacional para su promoción e implementación del 24 de febrero del 2021, publicado el diario oficial La Gaceta Nº 53 del 17 de marzo de 2021, Alcance 57 y Normativa conexa y específica.