Cómo se concede la Iibertad condicional

Artículo 186.-La Corte Suprema de Justicia tiene exclusivamente la atribución de conceder la libertad condicional, de oficio o a solicitud de parte o del Ministerio Público, con conocimiento de las notas de conducta del penado, según aparezcan del Registro del establecimiento penal, oyendo el dictamen del Consejo Superior de Prisiones y en auto motivado.