Cómo se concede la Iibertad
condicional
Artículo 186.-La
Corte Suprema de Justicia tiene exclusivamente la atribución de conceder la
libertad condicional, de oficio o a solicitud de parte o del Ministerio Público,
con conocimiento de las notas de conducta del penado, según aparezcan del
Registro del establecimiento penal, oyendo el dictamen del Consejo Superior de
Prisiones y en auto motivado.