ARTÍCULO 104.- Intersección de vías
Al aproximarse a una intersección de vías, en la que no se tenga prioridad
de paso, el conductor procederá de la siguiente manera:
a) Si se trata de un acceso
controlado mediante la luz roja de un semáforo, el conductor detendrá su
vehículo por completo en la línea de parada que esté demarcada. Si no existiera
esa línea, el conductor se detendrá cerca de la vía que va a cruzar pero sin
obstruir el tránsito transversal.
b) En caso de que vaya a
girar a la derecha y si el tránsito en la vía con luz verde lo permite, el
conductor podrá girar como si se tratara de un cruce regulado con señal fija de
alto. No obstante,
c) Después de las veintidós
horas y antes de las cinco horas, si el tránsito en la vía con luz verde lo
permite, el conductor podrá continuar el paso como si se tratara de un cruce
regulado con señal fija de alto. No obstante,
d) Cuando la luz verde del
semáforo otorgue el derecho de paso o cuando se gire a la derecha en rojo, el
conductor cederá el derecho de paso a todos los peatones y ciclistas que se
encuentren sobre la calzada.
e) La luz amarilla y la luz
verde intermitente del semáforo indican que el conductor debe desacelerar para
detenerse, si aún se encuentra lejos del punto de cruce o que, si se encuentra
muy cerca del punto de cruce, debe apresurarse sin exceder los límites de la
velocidad para evacuar la zona de intersección.
f) Si se trata de un acceso
controlado con una señal de “alto”, el conductor detendrá el vehículo
completamente en la línea de parada, aun cuando cuente con suficiente
visibilidad y no circule ningún vehículo sobre la vía con prioridad de paso. Si
no existe la línea de parada, se detendrá al llegar al punto más cercano de la
vía que va a cruzar; para realizar tal maniobra, cederá el derecho de paso a
todos los peatones que se encuentren sobre la calzada o a los vehículos que por
velocidad o su cercanía circulen sobre las vías prioritarias.
g) En las intersecciones
señaladas con un “ceda”, el conductor debe disminuir su velocidad de forma que
pueda observar el tránsito que se aproxima por las otras vías. Si se aproxima
un vehículo que por su cercanía o rapidez puede poner en peligro la seguridad
del tránsito, debe detener su marcha por completo.
h) Los vehículos de
emergencia que se desplacen en respuesta a un incidente de esta naturaleza,
utilizando los dispositivos de alarma correspondientes, podrán continuar la
marcha en una intersección con semáforo en luz roja o con señal de alto, no sin
antes verificar que no hay circulación de vehículos en las vías que se
intersecan.