Artículo 2°— Definición: El Consejo Directivo es el órgano colegiado que define la política de organización y administración del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA) y sus proyectos.
El Consejo Directivo es el superior jerárquico de la Institución, y tiene relación de autoridad propia y directa con la Gerencia, la Auditoria y la Secretaría.