ASAMBLEA COLEGIADA REPRESENTATIVA

La Asamblea Colegiada Representativa en sesión N° 31, celebrada el 22 de junio del presente año, acordó las siguientes modificaciones al Estatuto Orgánico:

Artículo 25.—Los miembros del Consejo Universitario a que se refieren los incisos a), b) y c) del artículo anterior, se elegirán por períodos de cuatro años, sin derecho a reelección inmediata. Su renovación se hará nombrando tres o cuatro miembros, según corresponda. Deberán dedicar al menos medio tiempo al ejercicio de sus funciones.

Artículo 70.—Las áreas integradas por facultades son las siguientes:

Inciso ch) Ingeniería: Integrada por las Facultades de Agronomía e Ingeniería.

Artículo 80.—Las facultades integradas por escuelas son las siguientes:

Inciso d) Ingeniería: Ingeniería Civil. Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Industrial, Ingeniería Química, Ingeniería Mecánica, Arquitectura y "Ciencias de la Computación e Informática.

Ciudad Universitaria "Rodrigo Facio", 13 de julio de 1984