Artículo 8°-El Jurado Calificador tendrá amplia libertad para considerar trabajos que, aunque no estén concursando, contengan elementos dignos de tomarse en cuenta para una eventual premiación.
Referencia: Sesión de junta directiva N° 8451, acuerdo N° IX del 28-5-2001.
San José, 8 de agosto del 2001.