Artículo 2°—Del concepto y las prestaciones en dinero. Por prestaciones en dinero se entiende, el conjunto de aportes económicos que la Caja otorga a los asegurados protegidos por el Seguro de Salud, con las regulaciones que para cada prestación señalan los instructivos correspondientes. Las prestaciones que se otorgan son: Subsidios y ayudas económicas por incapacidad de enfermedad Subsidios y ayudas económicas por licencia de maternidad Subsidios para responsables de pacientes en fase terminal
Ayuda para hospedajes
Pago de traslados
Ayuda para accesorios y prótesis médicas
Ayuda para prótesis dentales
Ayuda para libre elección médica
Ayuda para gastos de funeral
Ayuda para anteojos