Artículo 2°—Del concepto y las prestaciones en dinero. Por prestaciones en dinero se entiende, el conjunto de aportes económicos que la Caja otorga a los asegurados protegidos por el Seguro de Salud, con las regulaciones que para cada prestación señalan los instructivos correspondientes. Las prestaciones que se otorgan son: Subsidios y ayudas económicas por incapacidad de enfermedad Subsidios y ayudas económicas por licencia de maternidad Subsidios para responsables de pacientes en fase terminal

Ayuda para hospedajes

Pago de traslados

Ayuda para accesorios y prótesis médicas

Ayuda para prótesis dentales

Ayuda para libre elección médica

Ayuda para gastos de funeral

Ayuda para anteojos