Artículo 4º—Responsabilidad de la UEN de Servicio al Cliente. La UEN de Servicio al Cliente, será la dependencia responsable de recibir y tramitar los Reclamos por Daños de los clientes del servicio eléctrico prestado por JASEC. Para esto gozará de todas las atribuciones que le otorga este procedimiento y el resto del Ordenamiento Jurídico. Además brindará al Cliente toda la información requerida sobre los trámites y derechos del presente procedimiento.

Verificará la existencia del Convenio para el Aprovechamiento de la Energía Eléctrica entre el Cliente y JASEC y clasificará los reclamos en Individuales y Colectivos, creando un expediente para la tramitación y seguimiento de los mismos.