Artículo 8º—Instrumentos utilizados para la emisión de garantías. Para la emisión de garantías serán utilizados los siguientes instrumentos que aquí se indican con carácter enunciativo y no limitativo:

 

           Cartas de crédito stand by.

           Aval Bancario.

           Aceptación Bancaria.

           Certificados de garantía Participación/Cumplimiento.