Artículo 9ºCausas de impedimento, recusación o excusa del Órgano. Respecto a las causas de impedimento, recusación o excusa del Órgano Instructor, se estará a las reglas del Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial - salvedad hecha de lo dispuesto en el precepto 212 ídem -.