CAPÍTULO II

Requerimientos

2.1. Todo proyecto de ingeniería o arquitectura deberá contar con la elaboración y presentación de planos eléctricos, de acuerdo con los procedimientos y requerimientos que más adelante se indican.

2.2. Todos los planos de instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones, de voz y datos deberán cumplir donde corresponda con:

a.   El NEC Código Eléctrico Nacional (NFPA 70) en su última versión en español.

b.   NFPA 70 E “Norma para la seguridad eléctrica de los empleados en los lugares de trabajo”, en su última versión en español.

c.   Las últimas revisiones y adenda aprobados de las normas ANSI/EIA/TIA 568, 569, 570, 606, 607.

d.   Este Reglamento y otros reglamentos y normas aprobados por el CFIA.

2.3. Todo proyecto de remodelación eléctrica que requiera cambio de medidor, debe presentar los planos eléctricos respectivos, de acuerdo con los procedimientos y requerimientos que más adelante se indican.

2.4. Todo proyecto definido como Obra Mayor deberá contar, para la elaboración, cálculo, diseño, firma, inspección, dirección técnica y administración, con un profesional responsable, debidamente incorporado y miembro del CFIA. Estos profesionales responsables, según sea el caso, deberán ser:

a.   Ingeniero Electricista, Ingeniero electromecánico o Ingeniero en Mantenimiento Industrial para cualquier proyecto de Obra Mayor, autorizado por el CIEMI, o por el Colegio de Ingenieros Tecnólogos (CITEC), según corresponda.

b.   Para proyectos de redes de telecomunicaciones y/o de cualquier tipo de señales eléctricas en obra mayor, también están autorizados como profesionales responsables, los ingenieros en telecomunicaciones y los ingenieros en electrónica miembros del CIEMI y del CITEC.

c.   Cualquier otro profesional no indicado anteriormente podrá ser autorizado por el CIEMI, de acuerdo a su currículo, quien extenderá una licencia aprobada por el CFIA, en forma temporal y renovable.

2.5. Los proyectos definidos como obra menor podrán ser elaborados, a demás de los profesionales indicados en el punto anterior, por Ingenieros Civiles, Arquitectos, o Ingenieros en Construcción.  En todos los casos para la presentación de los planos, éstos deberán ser firmados por el profesional que los elaboró y cumplir con los requisitos de este reglamento.

2.6. Todos los planos deberán cumplir con todos los Códigos, Reglamentos y en general con toda la normativa vigente en la materia.