Artículo 2º—Fundamento. La administración de este bien se sujetará a las
disposiciones del presente reglamento, a la Ley de la Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos (Nº 8131) y su Reglamento, la Ley
General de la Administración Pública (Nº 6227), la Ley General de Control
Interno (Nº 8292) y el Manual de Normas Generales de Control Interno para la
Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su
fiscalización.