Artículo 2º—Fundamento. La administración de este bien se sujetará a las disposiciones del presente reglamento, a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (Nº 8131) y su Reglamento, la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227), la Ley General de Control Interno (Nº 8292) y el Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización.