Artículo 6º—Del trámite para adquirir la tarjeta electrónica para compra de combustible. Las tarjetas electrónicas que utilizará el personal autorizado para conducir vehículos de CONAPE se obtendrán a través del formulario “Solicitud de tarjeta individual” que se encuentra en la Sección Administrativa, quien lo remitirá al Secretario Ejecutivo para la respectiva aprobación.

La jefatura de la Sección Administrativa es la responsable de enviar esta información al BNCR, a través de sistema TECC para la emisión de las tarjetas correspondientes.

Los tarjetahabientes que utilizan vehículos de uso discrecional, pueden conservar en su poder permanentemente las respectivas tarjetas; los que utilizan vehículos administrativos, deben entregarlas para su custodia en la Sección Administrativa, cuando no se está haciendo uso del vehículo de CONAPE.