Artículo 7º—Funciones del Proveedor Institucional. Son funciones del Proveedor Institucional, las siguientes:

 

a)  Organizar, programar, coordinar, dirigir, supervisar y controlar la ejecución de las acciones de la Proveeduría en los procedimientos de contratación administrativa, almacenamiento y distribución de los bienes adquiridos.

b)  Organizar, asignar, supervisar y evaluar la gestión del personal a su cargo.

c)  Velar por el cabal cumplimiento de las políticas y directrices emitidas por la Contraloría y por los niveles jerárquicos superiores.

d)  Revisar la conformidad de la decisión final que se adopte en cada procedimiento, con el respectivo expediente.

e)  Dictar los actos de adjudicación de acuerdo con lo establecido en este Reglamento.

f)   Revisar y firmar órdenes de compra una vez firmes las adjudicaciones.

g)  Preparar y remitir la información que exija el ordenamiento jurídico, en la materia propia de sus funciones, a órganos internos o externos del Instituto.

h)  Analizar y adoptar las medidas sobre las recomendaciones técnicas formuladas, tanto por la Junta Directiva, la Gerencia y la Auditoria General del Instituto, sobre el funcionamiento de la Proveeduría.

i)   Coordinar con la Unidades Administrativas del Instituto en caso de incumplimientos por parte de los contratistas, resoluciones o modificaciones contractuales, ejecución de garantías, sanciones administrativas, reclamos de orden civil o penal, etc., atendiendo en todo caso, el debido proceso.

j)   Ordenar y enviar a publicación en el Diario Oficial, los distintos actos y documentos que sean necesarios, según la legislación vigente.

k)  Mantener actualizado el Manual de Procedimientos Internos de la Proveeduría.

l)   Asesorar en materia de su competencia a las demás Unidades Administrativas.

m) Las demás funciones compatibles con la naturaleza de las que le son propias, asignadas por sus superiores o el ordenamiento jurídico.

En las ausencias temporales del Proveedor Institucional, asumirá sus funciones el superior jerárquico inmediato o quien éste designe, con sus mismas atribuciones y responsabilidades.

Quien asuma dichas funciones, deberá reunir los mismos requisitos y rendir igual caución que el Proveedor Institucional.