Artículo
2º—Definiciones y abreviaturas. Para efectos del presente Reglamento, se
entenderán los siguientes términos como se detallan a continuación:
Beneficiario: Persona física o jurídica con
representación legal de la entidad, con las facultades correspondientes, con
servicios de capacitación y formación profesional acreditados.
Contrato de Acreditación: Acuerdo suscrito
entre la persona física o la entidad que presta servicios de capacitación y
formación profesional acreditados y el INA para regular las relaciones que
demanda el servicio de acreditación, así como el alcance de la acreditación
como tal.
Consejo de Acreditación: Órgano colegiado que tiene la facultad de
resolver, suspender o revocar la acreditación de los servicios de capacitación
y formación profesional que desarrollan terceros.
Diseño Curricular: Proceso técnico-metodológico por medio del
cual se elaboran los perfiles profesionales, planes, programas, módulos,
estructura de pruebas para certificación, material didáctico y se definen los
recursos didácticos para la formación y la capacitación profesional. Posibilita
la organización lógica de los objetivos, los contenidos, las actividades y la
evaluación de los aprendizajes.
Entidad interesada: Persona física o jurídica, pública o
privada que somete sus servicios de capacitación y formación profesional al
proceso de acreditación del INA.
Equiparación: Acción mediante la cual el INA, previo
criterio técnico emitido por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos competente,
declara que el contenido curricular de la asignatura, materia, módulo o
cualquier otra unidad curricular, que fue aprobada por la persona solicitante,
en el INA o cualquier otra institución de educación formal o no formal,
nacional o extranjera, debidamente reconocida en el país, posee al menos un 85%
de similitud de los contenidos con un módulo propio de la oferta formativa del
Núcleo respectivo.
Especialista externo: Persona con formación técnica-docente que
no labora para el INA, el cual debe responder a un perfil profesional definido
por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos atinente, producto de una
contratación realizada de acuerdo a la necesidad existente, que no puede ser
suplido por el personal de planta del INA.
Especialista interno: Persona con formación técnica-docente que
labora para el INA y que debe ser designado por el Núcleo de Formación y
Servicios Tecnológicos atinente, con la competencia técnica requerida.
Evaluación para la acreditación: Estudio que
permite analizar las condiciones técnicas, tecnológicas y metodológicas bajo
las cuales se desarrollan los programas y módulos correspondientes a los
servicios de capacitación y formación profesional que son sometidos al proceso
de acreditación, definidos por el Núcleo de Formación y Servicios Tecnológicos
atinente.
Panel de Especialistas: Grupo de personas internas o externas al
INA con atinencia y experiencia técnica y metodológica, facultadas para
realizar evaluaciones de servicios de capacitación y formación profesional que
son sometidas al proceso de acreditación por las entidades interesadas,
asimismo facultados para realizar la supervisión de dichos servicios que fueron
acreditados.
Proceso de Acreditación: Conjunto de procesos que se llevan a cabo,
para determinar si se otorga o rechaza, se renueva o revoca la acreditación de
servicios de capacitación y formación profesional otorgada.
Programa de formación o capacitación profesional:
Agrupación de los módulos requeridos para la formación de una figura
profesional, según el nivel de competencia requerido en el mercado del empleo.
Puede ofrecer salida certificable intermedias o final.
Recomendación de carácter obligatorio: Mandato a cumplir
por la entidad, producto del proceso de evaluación y fiscalización, previo a la
resolución a adoptar por el Consejo de Acreditación.
Resolución: Acuerdo adoptado por el Consejo de
Acreditación, producto del estudio de evaluación, prórrogas, revocatorias o
suspensiones del beneficio de acreditación.
Servicio de capacitación y formación profesional:
Conjunto de acciones y productos técnicos, tecnológicos, metodológicos y
curriculares derivados de la identificación de necesidades y requerimientos de
los clientes. Por su naturaleza, y para los efectos de la acreditación se
clasifican en: a) planes y programas de formación y b) módulos específicos de
capacitación.
Servicio de Acreditación: Servicio técnico,
tecnológico y metodológico para el reconocimiento de los servicios de
capacitación y formación profesional impartidos por personas físicas y
jurídicas, sean públicas o privadas, de acuerdo a los estándares del INA.
Unidad de Acreditación: Unidad responsable de coordinar,
administrar y ejecutar las actividades relacionadas con el Sistema de
Acreditación de