(Esta norma fue derogada
mediante publicación en La Gaceta N° 169 del 6 de setiembre del 2022)
OPCIÓN INDEMNIZATORIA DE
SUSTITUCIÓN
DE PIEZAS
DAÑADAS DEL SEGURO VOLUNTARIO
DE AUTOMÓVILES
Estimado Asegurado/Cliente: El Instituto Nacional de
Seguros, le informa que la única vía de pago para indemnizaciones de reclamos
del Seguro Voluntario de Automóviles será a través del Sistema IRV, que es una
herramienta tecnológica en
El pago de reintegro se utilizará en casos de
excepción previa autorización del INS.
Beneficios para el Asegurado/Cliente:
. Facilita la obtención de repuestos sin tener
que recurrir a fuertes desembolsos ni a financiamiento, dado que el Instituto
se encarga de pagar directamente al proveedor de repuestos.
. La definición del trámite del reclamo se
realiza previo a la reparación del vehículo, de manera tal que el asegurado
tome la decisión correspondiente.
. Usted puede determinar el tipo de Proveedor y
repuesto a cotizar por parte del Instituto.
. Entrega del repuesto en el lugar que usted
elija.
. Al existir una Red de Proveedores debidamente
inscritos, se minimiza el riesgo de reclamos no amparados, por factores que no
cumplen con requisitos de Ley.
. Disminución de los costos del reclamo, lo que
representa una baja para usted en el deducible, favoreciendo los porcentajes de
variación siniestral (bonificación o recargo) aplicables
en su prima de su seguro.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cómo funciona el IRV?
1. Se realiza la estimación de daños del vehículo
(avalúo) por parte del Instituto y/o Talleres adscritos a
2. El Cliente o Apoderado debe indicar por escrito
el tipo de Proveedor y repuesto con el que desea reparar el vehículo
siniestrado, en el documento "Volante del IRV" que el Inspector de
Accidentes le entregará en el sitio del evento o en su defecto, dispondrá como
plazo máximo para informarle al INS el momento (fecha y hora) que se
confecciona la estimación de daños de su vehículo.
3. Se prepara y publica la solicitud de cotización
en
4. Recibidas las cotizaciones por parte de los
proveedores, se selecciona la mejor, y notifica al asegurado y/o tercero
perjudicado, al taller y al proveedor(es) que resulten autorizados.
¿Qué tipo de repuestos otorga el Instituto mediante IRV?
Es decisión del Asegurado/Cliente seleccionar al
Proveedor y tipo de repuesto con el que desea reparar su vehículo.
Los tipos de repuestos son los siguientes:
. De agencia: Se refiere a piezas nuevas
suplidas por
. No de agencia: Se refiere a piezas
nuevas de la marca del vehículo, comercializadas en el País por empresas no
autorizadas por la casa representante.
. Genérico o alternativo: Se refiere a
piezas nuevas específicas que no son de la marca del vehículo.
. Usados: Piezas que ya fueron
utilizadas en otro vehículo.
¿Qué sucede si un proveedor entrega un repuesto que no
corresponde a la calidad solicitada por el cliente?
El Asegurado/Cliente debe informar inmediatamente al INS
de lo sucedido, mediante llamada telefónica al 2284-8330 o al correo
electrónico irv@ins-cr.com. El INS coordinará con el proveedor el cambio del
repuesto en caso de que posea en existencia. Si no cuenta con el repuesto en
inventario se le indica al asegurado/cliente.
¿Qué pasa si el proveedor no entrega el repuesto en el
tiempo establecido?
El Asegurado/Cliente debe informar inmediatamente al
Instituto de lo sucedido, mediante llamada telefónica al 2284-8330 o al correo
electrónico irv@ins-cr.com.
¿Qué pasa si el proveedor deja pendiente de entregar el
repuesto, y se compromete a sustituirlo por el que corresponde, dado que se
equivocó en el repuesto a entregar?
El Asegurado/Cliente o Apoderado debe informar
inmediatamente al INS de lo sucedido, mediante llamada telefónica al 2284-8330
o al correo electrónico irv@ins-cr.com, y no debe firmar como recibido el
repuesto hasta que se entregue nuevamente el repuesto que si corresponde al
vehículo.
¿Qué pasa si el Taller se rehúsa a recibir el repuesto?
El INS contactará al asegurado para informarle lo
sucedido con su taller de reparación y se le indica el lugar donde se
encuentran los repuestos disponibles (Instalaciones del proveedor) para que los
retire en un plazo máximo de 24 horas naturales.
¿Qué pasa si el Asegurado/Cliente y/o Taller indica que
recibió un repuesto que no corresponde al vehículo?
El Asegurado/Cliente o Apoderado debe comunicar
directamente al INS de lo sucedido, mediante llamada telefónica al 2284-8330 o
al correo electrónico irv@ins-cr.com.
Si desea más información sobre el IRV sírvase
llamar a la central telefónica del INS número 2284-8330, o escribirnos al
correo irv@ins-cr.com o diríjase a
San José, 21 de abril del 2009