Artículo
4º—Clasificación de riesgos. Para los propósitos de este manual de
disposiciones, el riesgo de los contenidos deberá considerarse como el peligro
relativo durante el comienzo y la propagación de un incendio, el peligro del
humo o de los gases generados y la probabilidad de explosión u otro suceso que
ponga potencialmente en peligro la vida y la seguridad de los ocupantes del
edificio o la estructura. El riesgo deberá ser determinado por la autoridad
competente según el carácter de los contenidos y de los procesos o actividades
realizados en el edificio o la estructura. Cuando existan diferentes grados de
riesgo de los contenidos en distintas partes de un edificio o una estructura,
los más riesgosos deberán regir la clasificación, a menos que las áreas
riesgosas estén separadas o protegidas según lo especificado en la Norma NFPA
101, secciones aplicables de los capítulos 11 al 42.
Los
tipos básicos de fuegos son:
Clase A. Se
refiere a fuegos en materiales combustibles comunes como madera, tela, papel,
caucho y plásticos.
Clase B. Son
fuegos en líquidos o gases, inflamables o combustibles, por ejemplo: aceites,
grasas, alquitranes, base de pinturas y lacas.
Clase C.
Involucran equipos eléctricos energizados, donde la conductividad eléctrica del
medio de extinción es lo importante (Cuando el equipo eléctrico esté des
energizado puede usarse sin riesgo, extintores para incendios clase A o B).
Clase D. Son
fuegos en metales combustibles como magnesio, titanio, zirconio, sodio, litio,
potasio.
Clase K. Fuegos
en aparatos de cocina que involucren un medio combustible para cocina (aceites
minerales, animales y grasas).
4.1. Clasificación del riesgo de incendio de los
contenidos, según NFPA 10. El riesgo de incendio de los contenidos de
cualquier edificio o estructura se deberá clasificar como leve (bajo),
ordinario (moderado) y extraordinario (alto), de acuerdo a la siguiente información.
4.1.1. Riesgo leve
(bajo). Cuando la cantidad de material clase A o clase B presentes es tal
que puede preverse que los posibles incendios serán de pequeña magnitud. En el
nivel clase A puede incluirse oficinas, iglesias, salones de conferencia,
centrales telefónicas; y en el nivel clase B que incluye pequeñas cantidades de
inflamables utilizados para máquinas copiadoras, departamentos de arte, siempre
que se mantengan en envases sellados y almacenados en forma correcta.
4.1.2. Riesgo
ordinario (moderado). Cuando la cantidad de material clase A o clase B
presentes en una proporción mayor que la esperada en lugares con riesgo leve
(bajo) Estas localidades podrían consistir en almacenes, salas de ventas en
establecimientos comerciales, salones de exhibición de autos, parqueaderos,
parqueos, industrias de manufactura, talleres de aprendizaje, bibliotecas y
almacenes no clasificados como de riesgo extraordinario (alto).
4.1.3. Riesgo
extraordinario (alto). Cuando la cantidad de material clase A o clase B
presentes hagan prever que los posibles incendios serán de gran magnitud. En
esta clasificación pueden incluirse los almacenes con materiales combustibles
apilados (en alturas mayores de