V CONDICIONES DE PAGO DE LOS INSUMOS Y REGISTRO ESTADÍSTICO

Articulo 11.—Mecánica de pago del material utilizado. El COORDINADOR ADMINISTRATIVO notifica al Área de Gestión de Bienes y Servicios, cuando deba iniciar los trámites correspondientes para hacer de conocimiento a las EMPRESAS la presentación de cada factura, así como el modo y el período de tiempo en que se hará la cancelación correspondiente. El trámite a seguir es el siguiente:

11.1  El Área de Gestión de Bienes y Servicios, remitirá vía facsímil a cada EMPRESA la “Boleta de Registro de Materiales en consignación” para facturación, la que dispone de un plazo máximo de 3 días hábiles para presentar su factura de cobro y para reponer el Insumo utilizado.

11.2  La EMPRESA debe presentar facturas comerciales debidamente timbradas o en su defecto dispensada de timbraje por Tributación Directa y presentar facturas de cobro en formulario de la Caja Costarricense de Seguro Social, la cual deberá cumplir con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La factura debe presentarse por parte de la EMPRESA al COORDINADOR ADMINISTRATIVO, el cual deberá verificar, montos unitarios y totales, cantidad de INSUMOS consumidos, previa confrontación de la bitácora llevada al efecto, además adjuntar la boleta que certifica el procedimiento quirúrgico e INSUMOS utilizados.

11.3  La Factura Comercial y la Factura de la Caja Costarricense de Seguro Social, deben estar desglosadas según INSUMOS utilizados, nombre del paciente, número de cédula de identidad, fecha del Procedimiento, fecha en que se solicito el insumo, precio unitario y monto total, además de estar firmadas por el representante legal o encargado de dicho acto.

11.4  A partir de la notificación de la utilización del Insumos para la reposición de los INSUMOS, se da un plazo máximo de 3 días hábiles, mismo plazo en que deberá presentar la factura de cobro de los INSUMOS UTILIZADOS.

11.5  La recepción de las facturas debe darse por parte del COORDINADOR ADMINISTRATIVO y ser firmadas además por el MÉDICO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO, previa confrontación con la bitácora llevada al efecto, además de adjuntar la boleta que certificará el procedimiento efectuado y material utilizado.

11.6  El COORDINADOR ADMINISTRATIVO, trasladara por escrito al Área de Gestión de Bienes y Servicios las facturas para el respectivo trámite de pago.

11.7  La Unidad de Cajas de este centro hospitalario se compromete a realizar la cancelación de las facturas adeudadas en un plazo no mayor a 30 días siguientes contados a partir del día de la recepción de la misma.

11.8  En caso de que se abra el empaque de un insumo durante el procedimiento y el mismo no se adaptó a las condiciones de la lesión del paciente, el MÉDICO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO debe hacer indicación expresa de los motivos médicos por los cuales no fue utilizado en el paciente, dicho Insumo para efectos de cancelación será considerado como un INSUMO UTILIZADO.

11.9  En caso de que se abra el empaque de un insumo y el mismo presente problemas técnicos que sean responsabilidad de la empresa, se debe de reportar al COORDINADOR ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO al menos 24 horas posteriores a la terminación del procedimiento utilizando el formulario de Reporte de Insumos con problemas técnicos que se encuentra disponible en el Sistema de Hemodinamia.

11.10 Respecto al Reajuste de Precio, debe considerarse lo indicado en el numeral 18 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 31 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa