Artículo 2º—Conceptos y definiciones. Para los propósitos de aplicación e interpretación del presente Arancel, cuando su texto se refiera a algunos de los siguientes conceptos, se entenderán los mismos según se indica en cada caso:

Actividades educativas: seminarios, charlas, cursos, y cualquier otra actividad donde el instructor nutricionista, desarrolla una acción formativa, sistemática y organizada a través del seguimiento de un programa con un estructura temática y con objetivos concretos, que involucra además de la exposición de temas por parte del instructor, actividades interactivas, entrega de material didáctico y alguna forma de evaluación, que permita constatar la adquisición de nuevos conocimientos.

Arancel: El presente “Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales en Nutrición”. Es un costo mínimo de honorarios por servicios que trata de igualar los costos económicos por la aplicación y gestión de conocimiento en el trabajo ejecutado por el profesional en nutrición a lo interno y externo del país. Es por tanto, un importe mínimo fijo por unidad, producto o tipo de servicio realizado por el /la nutricionista a fin de reconocer económicamente el valor del trabajo especializado y protegerlos contra la competencia extranjera; pero sobre todo, para documentar en materia de salarios mínimos a los patronos nacionales e internacionales de carácter temporal ó permanente.

Asesor(a) en Nutrición: profesional en Nutrición que ayuda a innovar, desarrollar y mejorar un servicio ò servicios relacionados con la selección, producción, presentación, distribución, consumo y disfrute de alimentos en diversas áreas del quehacer humano (trabajo, cultura, bienestar físico y mental) relacionadas con alimentos, nutrición y alimentación. Generalmente, es un profesional que no pertenece a la empresa pero contribuye a llevar un proceso de gestación /aplicación de cambios y/o soluciones en el campo de la Ciencia de la Nutrición.

Atención Dietoterapéutica: La atención dietoterapéutica es el proceso en el que el Profesional en Nutrición aplica la dietética a diversas patologías, ya sea como tratamiento único o como coadyuvante al tratamiento médico o terapia farmacológica. Prescribe los requerimientos nutricionales adaptados a las necesidades individuales de acuerdo al proceso patológico de la persona. Asimismo incluye la definición del tipo de alimentación, cantidad y calidad de los alimentos, frecuencia y vías de administración.

Atención nutricional: La atención nutricional la realiza exclusivamente el Profesional en Nutrición y se refiere al proceso que aplica la dietética. La dietética se basa en la ciencia de la nutrición. Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la naturaleza de los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su metabolismo en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas sanas durante el ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y el modo en el que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en personas y grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se individualiza a los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y culturales de una persona o colectividad.

Cliente: persona física en su condición personal, o a quien bajo cualquier condición o calidad a nombre de una persona jurídica pública o privada, solicite o se beneficie con los Servicios Profesionales en Nutrición, independientemente de la forma o modalidad de requerimiento con o sin instrumento contractual.

Colegiados: Miembros del Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica en ejercicio profesional activo y no suspendidos

Colegio: Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica, ente que agremia a todas las y los profesionales en Nutrición Humana de Costa Rica.

Consulta nutricional: La consulta nutricional puede ser individual o grupal, y consiste en una serie lógica de acciones realizadas por el nutricionista para conocer y resolver necesidades relacionadas con la nutrición y la alimentación de una persona sana o grupos de personas sanas o con alguna patología, mediante la utilización de métodos, técnicas y procedimientos de trabajo profesional, a fin de establecer metas de tratamiento, educación, seguimiento y vigilancia de su estado de salud, principalmente, patologías y complicaciones que se presentan en algunas etapas de la vida. La consulta nutricional se ofrece, como atención nutricional y dietoterapéutica, debiendo realizarse en un tiempo no menor a 30 minutos y de acuerdo a la condición del cliente.

Consultorio público o privado del profesional en nutrición: espacio dedicado a la atención individualizada o grupal de personas con necesidad de atención nutricional dietoterapéutica, que cumple con las disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud.

Consultoría en Nutrición (Nacional o Internacional): es la realizada por un o una profesional en Nutrición especializada en alguna técnica relativa a la ciencia, contratado por un organismo internacional o nacional para evaluar el impacto de cambios alimentarios y nutricionales en la sociedad costarricense o en una sociedad regional fuera del país

Dieta: Conjunto y cantidades de alimentos o mezclas de alimentos que se consumen habitualmente por un individuo o grupo poblacional.

Dietética: La dietética se basa en la ciencia de la nutrición. Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la naturaleza de los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su metabolismo en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas sanas durante el ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y el modo en el que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en personas y grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se individualiza a los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y culturales de una persona o colectividad.

Educación: Es el proceso a través del cual la persona asimila y aprende conocimientos, implica la concientización cultural y conductual a través de la adquisición de nuevas habilidades y/o valores que producen cambios intelectuales, emocionales y sociales en el individuo

Honorarios: Retribución o pago en dinero por Servicios Profesionales en Nutrición

Investigación: La investigación es la búsqueda intencionada de nuevos conocimientos y/o la comprobación o modificación de los ya existentes sobre una determinada materia, mediante una metodología sistemática. El proceso investigativo involucra actividades que van desde la observación, el planteamiento del problema, el diseño de la investigación, el diagnóstico de la situación, la revisión de bibliografía, la selección del objeto de investigación, la recolección de la información cuantitativa y cualitativa requerida, la comparación de los resultados con los obtenidos en otros estudios y la interpretación de estos resultados en función de las teorías actuales, para emitir una conclusión y la posterior divulgación de los conocimientos generados, ya sea en forma oral o escrita.

Jornada completa: correspondiente a 40 horas laborales por semana.

Junta Directiva: grupo de profesionales elegidos por la Asamblea del Colegio para fungir como Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Nutrición

Nutrición: La nutrición es la ciencia que se encarga de estudiar los nutrientes y otros compuestos bioactivos que constituyen los alimentos, la función, reacción e interacción de éstos con respecto a la salud y a la enfermedad. Comprende los procesos por medio de los cuales el organismo ingiere y digiere los alimentos, absorbe, transporta y metaboliza las sustancias nutritivas, y excretan los desechos derivados de su utilización. Además, la ciencia de la nutrición se dedica a estudiar la composición y valor nutricional de los alimentos, las necesidades nutricionales del ser humano, sus hábitos alimentarios, su consumo de alimentos y la multiplicidad de factores que influyen sobre éstos.

Nutricionista: Profesional en Nutrición y dietética incorporado al Colegio de Profesionales en Nutrición y que ha sido autorizado por el Colegio para el ejercicio profesional.

Profesional en Nutrición: Licenciada o Licenciado en nutrición debidamente incorporado al Colegio de Profesionales en Nutrición.

Regencia: De competencia del Profesional en Nutrición que tramita la inscripción de la regencia ante el Colegio asumiendo la responsabilidad profesional, que le compete a su campo como se describe en el Reglamento General a la Ley. El Profesional en Nutrición podrá tener un máximo de regencias dentro de los establecimientos descritos en el Reglamento General a la Ley, dependiendo de: el número de personas a las que se atienda y la complejidad del servicio de alimentos o de las responsabilidades adquiridas en el establecimiento en el que se le contrata.

Salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Seminarios, charlas, conferencias, talleres, entre otras actividades: Son disertaciones públicas o privadas, impartidas por el profesional en Nutrición, dirigidas a un grupo de personas que poseen interés común en un tema particular, en las que, a través de la exposición de ideas o conocimientos sustentados en literatura científica o de experiencia, se transfiere el conocimiento científico.

Servicios de Alimentación: Empresas pertenecientes a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, dedicados a ofrecer, como actividad principal, mediante los criterios de eficiencia, eficacia y efectividad la prestación de una variedad de productos, servicios y una alimentación inocua, de calidad organoléptica y nutricional, y ajustado a las necesidades y expectativas de un grupo de usuarios/clientes o un segmento particular. En orden de importancia de mayor a menor:

        a  .           Asesor en Servicios de Alimentación: Brindar las capacidades profesionales necesarias a los directivos de los servicios de alimentación y orientar a estos para que puedan resolver los problemas de la organización relacionados con las políticas, organización, procedimientos, métodos y oferta, acompañar u otorgar la prestación de asistencia en la aplicación de las recomendaciones derivadas.

        b. Supervisión en Servicios de Alimentación: Valorar (cumplimiento, verificación y evaluación), las actividades y operaciones del servicio de alimentación con miras a contribuir al cumplimiento de sus metas y objetivos y mejorar la eficacia de los procesos de gestión, control y dirección. Emitir reportes periódicos a diferentes instancias a nivel interno y externo sobre el estado de situación y enunciar acciones correctivas pertinentes

        c. Regencia en Servicios de Alimentación: Responsable directo de intervenir en la planificación, organización, dirección, desarrollo, supervisión y control en instituciones o empresas públicas o privadas que preparen y suministren alimentación a grupos de individuos con altos estándares de calidad y productividad.

En todos estos niveles de intervención la o él nutricionista deberá supervisar la calidad verificando sistemáticamente el funcionamiento del sistema de control establecido, sustentado en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y el fomento de acciones correctivas y preventivas para lograr solucionar problemas de calidad y asegurar la inocuidad del servicio.

Servicios Profesionales: Servicios laborales realizados por la o él nutricionista contratados como tales.