Artículo 2º—Conceptos y definiciones. Para
los propósitos de aplicación e interpretación del presente Arancel, cuando su
texto se refiera a algunos de los siguientes conceptos, se entenderán los
mismos según se indica en cada caso:
Actividades educativas: seminarios, charlas, cursos, y cualquier otra
actividad donde el instructor nutricionista, desarrolla una acción formativa,
sistemática y organizada a través del seguimiento de un programa con un
estructura temática y con objetivos concretos, que involucra además de la
exposición de temas por parte del instructor, actividades interactivas, entrega
de material didáctico y alguna forma de evaluación, que permita constatar la
adquisición de nuevos conocimientos.
Arancel: El presente “Arancel de Honorarios por Servicios
Profesionales en Nutrición”. Es un costo mínimo de honorarios por servicios que
trata de igualar los costos económicos por la aplicación y gestión de
conocimiento en el trabajo ejecutado por el profesional en nutrición a lo
interno y externo del país. Es por tanto, un importe mínimo fijo por unidad,
producto o tipo de servicio realizado por el /la nutricionista a fin de
reconocer económicamente el valor del trabajo especializado y protegerlos
contra la competencia extranjera; pero sobre todo, para documentar en materia
de salarios mínimos a los patronos nacionales e internacionales de carácter
temporal ó permanente.
Asesor(a) en Nutrición: profesional en Nutrición
que ayuda a innovar, desarrollar y mejorar un servicio ò servicios relacionados
con la selección, producción, presentación, distribución, consumo y disfrute de
alimentos en diversas áreas del quehacer humano (trabajo, cultura, bienestar
físico y mental) relacionadas con alimentos, nutrición y alimentación.
Generalmente, es un profesional que no pertenece a la empresa pero contribuye a
llevar un proceso de gestación /aplicación de cambios y/o soluciones en el
campo de la Ciencia de la Nutrición.
Atención Dietoterapéutica: La atención
dietoterapéutica es el proceso en el que el Profesional en Nutrición aplica la
dietética a diversas patologías, ya sea como tratamiento único o como
coadyuvante al tratamiento médico o terapia farmacológica. Prescribe los
requerimientos nutricionales adaptados a las necesidades individuales de
acuerdo al proceso patológico de la persona. Asimismo incluye la definición del
tipo de alimentación, cantidad y calidad de los alimentos, frecuencia y vías de
administración.
Atención nutricional: La atención nutricional
la realiza exclusivamente el Profesional en Nutrición y se refiere al proceso
que aplica la dietética. La dietética se basa en la ciencia de la nutrición.
Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la naturaleza de
los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su metabolismo
en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas sanas durante el
ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y el modo en el
que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en personas y
grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se individualiza a
los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y culturales de una
persona o colectividad.
Cliente: persona física en su condición personal, o a
quien bajo cualquier condición o calidad a nombre de una persona jurídica
pública o privada, solicite o se beneficie con los Servicios Profesionales en
Nutrición, independientemente de la forma o modalidad de requerimiento con o
sin instrumento contractual.
Colegiados: Miembros del Colegio de Profesionales en
Nutrición de Costa Rica en ejercicio profesional activo y no suspendidos
Colegio: Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa
Rica, ente que agremia a todas las y los profesionales en Nutrición Humana de
Costa Rica.
Consulta nutricional: La consulta nutricional
puede ser individual o grupal, y consiste en una serie lógica de acciones
realizadas por el nutricionista para conocer y resolver necesidades
relacionadas con la nutrición y la alimentación de una persona sana o grupos de
personas sanas o con alguna patología, mediante la utilización de métodos,
técnicas y procedimientos de trabajo profesional, a fin de establecer metas de
tratamiento, educación, seguimiento y vigilancia de su estado de salud,
principalmente, patologías y complicaciones que se presentan en algunas etapas
de la vida. La consulta nutricional se ofrece, como atención nutricional y
dietoterapéutica, debiendo realizarse en un tiempo no menor a 30 minutos y de
acuerdo a la condición del cliente.
Consultorio público o privado del profesional en
nutrición: espacio dedicado a la atención individualizada o grupal de personas con
necesidad de atención nutricional dietoterapéutica, que cumple con las
disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud.
Consultoría en Nutrición (Nacional o Internacional): es la realizada por un o
una profesional en Nutrición especializada en alguna técnica relativa a la
ciencia, contratado por un organismo internacional o nacional para evaluar el
impacto de cambios alimentarios y nutricionales en la sociedad costarricense o
en una sociedad regional fuera del país
Dieta: Conjunto y cantidades de alimentos o mezclas de
alimentos que se consumen habitualmente por un individuo o grupo poblacional.
Dietética: La dietética se basa en la ciencia de la
nutrición. Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la
naturaleza de los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su
metabolismo en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas
sanas durante el ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y
el modo en el que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en
personas y grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se
individualiza a los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y
culturales de una persona o colectividad.
Educación: Es el proceso a través del cual la persona
asimila y aprende conocimientos, implica la concientización cultural y
conductual a través de la adquisición de nuevas habilidades y/o valores que
producen cambios intelectuales, emocionales y sociales en el individuo
Honorarios: Retribución o pago en dinero por Servicios
Profesionales en Nutrición
Investigación: La investigación es la búsqueda intencionada de
nuevos conocimientos y/o la comprobación o modificación de los ya existentes
sobre una determinada materia, mediante una metodología sistemática. El proceso
investigativo involucra actividades que van desde la observación, el
planteamiento del problema, el diseño de la investigación, el diagnóstico de la
situación, la revisión de bibliografía, la selección del objeto de
investigación, la recolección de la información cuantitativa y cualitativa
requerida, la comparación de los resultados con los obtenidos en otros estudios
y la interpretación de estos resultados en función de las teorías actuales,
para emitir una conclusión y la posterior divulgación de los conocimientos
generados, ya sea en forma oral o escrita.
Jornada completa: correspondiente a 40 horas laborales por semana.
Junta Directiva: grupo de profesionales elegidos por la Asamblea
del Colegio para fungir como Junta Directiva del Colegio de Profesionales en
Nutrición
Nutrición: La nutrición es la ciencia que se encarga de
estudiar los nutrientes y otros compuestos bioactivos que constituyen los
alimentos, la función, reacción e interacción de éstos con respecto a la salud
y a la enfermedad. Comprende los procesos por medio de los cuales el organismo
ingiere y digiere los alimentos, absorbe, transporta y metaboliza las
sustancias nutritivas, y excretan los desechos derivados de su utilización.
Además, la ciencia de la nutrición se dedica a estudiar la composición y valor
nutricional de los alimentos, las necesidades nutricionales del ser humano, sus
hábitos alimentarios, su consumo de alimentos y la multiplicidad de factores
que influyen sobre éstos.
Nutricionista: Profesional en Nutrición y dietética incorporado
al Colegio de Profesionales en Nutrición y que ha sido autorizado por el
Colegio para el ejercicio profesional.
Profesional en Nutrición: Licenciada o Licenciado
en nutrición debidamente incorporado al Colegio de Profesionales en Nutrición.
Regencia: De competencia del Profesional en Nutrición que
tramita la inscripción de la regencia ante el Colegio asumiendo la
responsabilidad profesional, que le compete a su campo como se describe en el
Reglamento General a la Ley. El Profesional en Nutrición podrá tener un máximo
de regencias dentro de los establecimientos descritos en el Reglamento General
a la Ley, dependiendo de: el número de personas a las que se atienda y la
complejidad del servicio de alimentos o de las responsabilidades adquiridas en
el establecimiento en el que se le contrata.
Salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al
trabajador por su trabajo.
Seminarios, charlas, conferencias, talleres, entre
otras actividades: Son disertaciones públicas o privadas, impartidas por el profesional en
Nutrición, dirigidas a un grupo de personas que poseen interés común en un tema
particular, en las que, a través de la exposición de ideas o conocimientos
sustentados en literatura científica o de experiencia, se transfiere el
conocimiento científico.
Servicios de Alimentación: Empresas pertenecientes
a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, dedicados a ofrecer, como
actividad principal, mediante los criterios de eficiencia, eficacia y
efectividad la prestación de una variedad de productos, servicios y una
alimentación inocua, de calidad organoléptica y nutricional, y ajustado a las
necesidades y expectativas de un grupo de usuarios/clientes o un segmento
particular. En orden de importancia de mayor a menor:
a . Asesor
en Servicios de Alimentación: Brindar las capacidades profesionales
necesarias a los directivos de los servicios de alimentación y orientar a estos
para que puedan resolver los problemas de la organización relacionados con las
políticas, organización, procedimientos, métodos y oferta, acompañar u otorgar
la prestación de asistencia en la aplicación de las recomendaciones derivadas.
b. Supervisión en Servicios de Alimentación:
Valorar (cumplimiento, verificación y evaluación), las actividades y operaciones
del servicio de alimentación con miras a contribuir al cumplimiento de sus
metas y objetivos y mejorar la eficacia de los procesos de gestión, control y
dirección. Emitir reportes periódicos a diferentes instancias a nivel interno y
externo sobre el estado de situación y enunciar acciones correctivas
pertinentes
c. Regencia en Servicios de Alimentación:
Responsable directo de intervenir en la planificación, organización, dirección,
desarrollo, supervisión y control en instituciones o empresas públicas o
privadas que preparen y suministren alimentación a grupos de individuos con
altos estándares de calidad y productividad.
En todos estos niveles de intervención la o él nutricionista deberá
supervisar la calidad verificando sistemáticamente el funcionamiento del
sistema de control establecido, sustentado en Buenas Prácticas de Manufactura
(BPM) y Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y el fomento
de acciones correctivas y preventivas para lograr solucionar problemas de
calidad y asegurar la inocuidad del servicio.
Servicios Profesionales: Servicios laborales realizados por la o él nutricionista contratados como tales.