13. ANEXOS

13.1 ANEXO A. RECOMENDACIONES DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE INTERCEPTORES DE GRASA

Artículo A-1

Las disposiciones de este anexo son una serie de recomendaciones para el diseño, construcción e instalación de interceptores de grasa para cocinas de comercio.

Artículo A-2

Todo el material drenado de los accesorios deberá entrar en el interceptor solamente por el tubo de entrada.

Artículo A-3 Diseño y localización.

Deberá cumplir con los siguientes requisitos:

• Los interceptores deberán ser construidos de acuerdo con las normas aprobadas por el Ministerio de Salud y el ente administrador del acueducto.

• Deberán ser instalados de manera que permitan un fácil acceso para limpieza, inspección y remoción de la grasa. Deberán poseer un número adecuado de registros de manera que permitan el acceso para realizar la limpieza del interceptor. La tapa de registro deberá evitar el ingreso y salida de líquidos y gases, teniendo una abertura mínima de sesenta centímetros (0,60 m).

•En áreas donde pueda existir tráfico vehicular, el interceptor deberá ser diseñado para soportar esta carga.

• No podrán ser instalados en los sitios de la edificación donde se maneje alimentos.

• Los interceptores deberán ser instalados lo más cerca posible de los accesorio a que sirve.

Artículo A-4 Requerimientos constructivos.

Los interceptores de grasas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• En el caso de negocios que deben presentar informes sobre el estado de sus desagües, se deberá dejar a la salida del interceptor una caja de registro u otro elemento que permita a la autoridad correspondiente tomar muestras del drenaje del interceptor.

• Los planos deberán contener todas las dimensiones, capacidades, refuerzos y, en el caso en que se requiera, los cálculos del diseño estructural.

• El interceptor de grasa deberá tener dos compartimentos. El compartimento de entrada deberá tener una capacidad igual a las dos terceras partes (2/3) del volumen total, teniendo un volumen de líquido de al menos mil doscientos (1200) litros. El compartimiento de salida deberá tener una capacidad mínima de un tercio (1/3) del volumen total.

• La profundidad del líquido no deberá ser menor a treinta y seis centímetros (0,36 m) y no mayor a ciento ochenta centímetros (1,80 m).

• Los interceptores de grasa deberán tener al menos mil centímetros cuadrados (0,1 m2) de área superficial por cada ciento ochenta y tres litros (183 L) de capacidad.

• Se deberá proveer de registros de acceso para cada compartimento del interceptor. Para el caso de interceptores que tengan una longitud mayor a seis metros (6 m), los accesos deberán encontrarse cada tres metros (3 m). Los registros de acceso tendrán una dimensión mínima de cincuenta centímetros (0,50 m), ya sea de diámetro o por lado.

• Tanto en la tubería de entrada como en la de salida, se deberá instalar una unión en T o un dispositivo de flujo similar. Cada unión en T se deberá extender como mínimo diez centímetros (0,10 m) sobre el nivel del líquido.

• La división entre los compartimentos se deberá realizar con material adecuado. La división deberá extenderse sobre el nivel de líquido al menos quince centímetros (0,15 m). La comunicación entre los compartimentos se realizará por medio de un codo (90°) de igual tamaño al de la unión en T de entrada.

• El nivel de líquido se debe encontrar a una distancia mínima de veintidós centímetros (0,22 m) de la parte superior del interceptor. La cámara de aire deberá tener una  capacidad mínima del 12,5% del volumen de líquido del interceptor.

• Las paredes del interceptor deberán tener un espesor mínimo de setenta y cinco milímetros (0,075 m).

Artículo A-5

Los interceptores de grasas deberán ser sometido a inspección y prueba para verificar su estanqueidad. La prueba consiste en llenar de agua el interceptor hasta la línea de flujo del tubo de salida y verificar la existencia de fugas. Las tuberías de entrada y salida al interceptor deberán ser probadas de igual forma a las tuberías de drenaje.

13.1.1 CRITERIOS DE DIMENSIONAMIENTO

Artículo A-6

Los parámetros para el dimensionamiento de un interceptor de grasa son la carga hidráulica y la capacidad de almacenamiento de la grasa, para uno o más accesorios.

Artículo A-7

El tamaño del interceptor se podrá calcular con cualquiera de los dos métodos que se indican a continuación:

Método 1. El tamaño del interceptor se estimará a partir del número máximo de comidas que se servirá por hora, a partir de los datos de la tabla A.1.

Método 2. El tamaño del interceptor se estimará a partir de las unidades de descarga y del tiempo de retención.

13.2 ANEXO B. Recomendaciones sobre sistemas individuales para el tratamiento y disposición de aguas residuales domésticas u ordinarias

Lechos de drenaje con zanjas de infiltración

Artículo B-1

A continuación se detalla el procedimiento recomendado para calcular la longitud adecuada de un drenaje en lechos con zanjas de infiltración.

A. Con la tasa de infiltración T obtenida (min/cm) del terreno se deduce, de referencias vigentes, la velocidad máxima de aplicación de aguas (m/s o litros/(m2 día)). Estas velocidades (v) han sido sugeridas, para el caso de Costa Rica, por el Ministerio de Salud o por el AyA.

Datos:

• T (tasa de infiltración)= tiempo entre lecturas/última diferencia de niveles de agua en agujero; unidades: (min/cm).

• Vp (Velocidad de infiltración)= 127,75⁄√T ; unidades: (litros/m2/día). El profesional responsable del diseño podrá utilizar otras formulaciones aceptadas por las buenas prácticas de la profesión y que se ajusten adecuadamente a las condiciones del sitio.

• El medio alternativo es obtener el dato para esa velocidad de infiltración de los datos indicados en la tabla B.1:

Notas:

1. Resultado mayor, inadecuado para pozos de absorción

2. Resultado mayor, inadecuado para sistemas de absorción

B. Es necesario, a este nivel del proceso de cálculo, conocer la cantidad de agua que estará aportando la vivienda o el sistema bajo análisis, lo cual sería el volumen o aporte diario de aguas (litros/día).

• Caudal o gasto (Q) de agua que por día recibirá el suelo. Por ejemplo, una persona podría representar una descarga (caudal de retorno) de 162 litros/día (sin la utilización de artefactos de bajo consumo de agua) ==> una casa con 6 personas producirá (162 x 6)=972 L/día; por lo que haciendo las conversiones, ese valor es: Q= 972 L/día= 0,972 m‰/día=0,00001125 m‰/s= 1,125 x 10-5 m‰/s

C. Con la comparación de los datos anteriores (velocidad de infiltración y caudal de retorno por disponer), se deduce el área de absorción o área de infiltración (Ai) requerida en metros cuadrados, mediante la siguiente ecuación:

D. Adicionalmente, en este proceso de cálculo para definir el campo de infiltración requerido, se aplican otros factores. Estos son coeficientes que toman bajo consideración el efecto de la lluvia y la limpieza o tipo de cobertura (solo zacate, adoquines, huellas de concreto, entre otros) que tendrá la superficie donde estará colocada el área de infiltración. A partir de las condiciones prevalecientes y la aplicación de esos coeficientes, se incrementa el valor anteriormente calculado como área de absorción, para obtener en consecuencia, como nuevo dato, el valor de la superficie del terreno requerida para el campo de infiltración que se busca.

• Precipitación (Fp) (factor mayor o igual a 2,5). Ese valor de 2,5 se supone para San José de acuerdo con su precipitación promedio anual y se ajusta hacia arriba, según sea la proporción que la precipitación promedio anual del lugar bajo estudio tenga.

• Revestimiento superior (rc). Se considera cero (0) si nada está cubriendo la superficie del terreno y casi uno (1) si está cubierta.

Entonces,

E. La geometría de ese campo de infiltración calculado se obtiene al fijarse características como el ancho de zanja y la profundidad de material filtrante graduado bajo las tuberías de drenaje. Según ese ancho y esa profundidad de material bajo los drenes, también de valoraciones hidráulicas, se obtiene un factor de corrección con el que se +ja un nuevo parámetro, conocido como el perímetro efectivo (Pe= perímetro mojado corregido).

• Se fija un valor para el ancho (W) de la zanja. Se +ja una distancia (D) de grava bajo el tubo.

• Con W y D en centímetros, en esa ecuación (también ese valor de Pe se puede tomar

también de tablas existentes).

F. La longitud de las zanjas por utilizar se obtendrá de la relación que es posible hacer entre el área de absorción calculada (Ai) y ese dato de perímetro efectivo. Queda entonces por establecer otra relación entre el valor de la superfcie por ocupar por todo el campo de infiltración y la longitud calculada de las zanjas. De esta manera se estará estableciendo la separación entre zanjas o el ancho requerido por la superficie total del campo de infiltración pretendido.

G. Nivel freático. Es necesario no olvidar la importancia que tiene la determinación y verificación de la profundidad a la que se encuentra el agua subterránea.

13.3 ANEXO C. RECOMEÑNDACIONES SOBRE SISTEMAS INDIVIDUALES PARA EL TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS U ORDINARIAS DIMENSIONES DE UN TANQUE SEDIMENTADOR/BIODIGESTOR (TANQUE SÉPTICO)

Artículo C-1

A continuación se detalla el procedimiento recomendado para de+nir las dimensiones de un tanque sedimentador/biodigestor, mediante el uso del método racional.

Artículo C-2

El procedimiento se basa en las fórmulas propuestas por las investigaciones de los doctores D.D. Mara y G.S. Sinnatamby, cuyo método racional es para calcular el funcionamiento apropiado de un tanque séptico en lugares de clima tropical. De esta manera, se establecen los medios analíticos apropiados para lograr la magnitud de cada uno de los volúmenes que son definibles en el proceso de tratamiento que se lleva dentro de un tanque séptico.

De esta manera, se presenta lo siguiente:

14. FIGURAS

Una gran parte de las +guras a continuación son adaptadas del Proyecto de Reglamento de Prestación de Servicios y de Instalaciones Sanitarias, del AyA. La +gura 5.1 es adaptada del Manual de Instalación y Fontanería, de Incesa Standard, facilitadas por el Arq. Mario Peraza. A todos ellos se agradece el permitir su reproducción.

 

San José, 7 de febrero del 2017.