Artículo 5. Definiciones.

Administrador de la Asociación Empresarial: funcionario nombrado por la Unidad Gestora, responsable de velar por la correcta ejecución de los términos establecidos en el Acuerdo de Asociación con el socio, respetando para ello todas las obligaciones y responsabilidades contraídas por cada una de Las Partes, así como las responsabilidades contempladas en el presente Reglamento. Tendrá dentro de sus obligaciones el control de las garantías y su ejecución, así como realizar lo necesario para llevar a buen término la ejecución contractual, incluida la imposición de cláusulas penales y de multas, en coordinación con el Depto.

Logística, así mismo emitir los informes de gestión respectivos. Para ello deberá coordinar con la Unidad de Operaciones, quien será la dependencia responsable de garantizar el cumplimiento de los niveles de servicio pactados con el cliente, según lo que establece el Reglamento.

Administrador del Contrato con el Cliente: funcionario nombrado por la Dirección Comercial, responsable de velar por el cumplimiento de la ejecución contractual entre el cliente y RACSA, según los términos establecidos en el contrato, respetando para ello todas las obligaciones y responsabilidades contraídas por cada una de Las Partes, así como las responsabilidades contempladas en el presente Reglamento. Asimismo, será responsable de coordinar lo necesario para llevar a buen término la ejecución contractual y emitir los informes de gestión respectivos. Para ello deberá coordinar con la Unidad de Operaciones, quien será la dependencia responsable de garantizar el cumplimiento de los niveles de servicio pactados con el cliente, según lo que establece el Reglamento.

Administrador técnico del servicio: funcionario nombrado por la Unidad de Operaciones, responsable de velar por el cumplimiento de los niveles de servicio acordados contractualmente con el cliente. Tendrá dentro de sus obligaciones, la coordinación con el Socio Comercial, en lo relativo a la gestión operativa del servicio en operación y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Asociación. En caso de incumplimiento del Socio Comercial, deberá coordinar con el Administrador de la Asociación Empresarial, quien es el responsable de garantizar el cumplimiento de los términos establecidos con el Socio Comercial. Asimismo, será responsable de evaluar la calidad del servicio brindado, mediante los indicadores establecidos contractualmente con el cliente y emitir los informes de gestión operativa del servicio.

Departamento de Logística: Dependencia encargada de la gestión, administración del Registro de Socios, custodia del expediente de la Asociación Empresarial, que ejecuta los procedimientos de cobro de multas, terminación anticipada, ejecución de garantías, reclamos, en coordinación con el Administrador de la Asociación Empresarial.

Proponente: Corresponde al interesado en realizar la asociación empresarial, sea éste una dependencia de RACSA o un tercero, valorando la necesidad del cliente de cara al ámbito de competencia de RACSA y el entorno. Asimismo, la propuesta deberá contemplar la cuantificación preliminar del negocio, de tal manera que se pueda conocer y analizar la participación de cada potencial socio en la iniciativa.

Sistema Electrónico de Reconocimiento (SER): Es el sistema que utiliza SICOP para que los socios registren la información acerca de sus representantes legales, apoderados y colaboradores, así como para que otorguen poderes especiales.

Socio: Corresponde a aquella persona física o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera,

que RACSA seleccione para realizar una asociación empresarial.

Unidad Comercial: Es la encargada de comercializar el servicio implementado, cuando aplique,  y/o monitorear el cumplimiento de las proyecciones financieras estimadas en el caso de negocio de la Asociación Empresarial. Deberá emitir el reporte del cumplimiento de las proyecciones

financieras y entregarlo al Administrador de la Asociación Empresarial. Corresponderá a la Dirección Comercial asumir las responsabilidades de la Unidad Comercial.

Unidad de Operaciones: Es la encargada de operar y/o administrar el servicio, siendo responsable del control del cumplimiento de los niveles de servicio pactados en el contrato firmado con el cliente. Deberá realizar los reportes de incumplimientos que sean responsabilidad del socio al Administrador de la Asociación Empresarial. Corresponderá a la Dirección de Operaciones asumir las responsabilidades de la Unidad de Operaciones.

Unidad Ejecutora del Proyecto: Esta unidad será responsable de llevar a cabo la implementación del servicio conforme a lo establecido en el contrato con el cliente (cuando aplique), y lo pactado en el Acuerdo de Asociación Empresarial formalizado entre las Partes, coordinando lo necesario para llevar a buen término la ejecución del proyecto y hacer su traslado a la Unidad de Operaciones y Unidad Comercial. Corresponderá a la Dirección Nuevos Negocios e Innovación asumir las responsabilidades de la Unidad Ejecutora del Proyecto.

Deberá realizar los reportes de incumplimientos que sean responsabilidad del socio al Administrador de la Asociación Empresarial cuando aplique.

Unidad Financiera: Es la encargada de realizar el análisis de la capacidad financiera del socio y emitir criterio sobre los resultados de estudios de viabilidad financiera de los casos de negocio y pre factibilidades, sometidos a su conocimiento por la Unidad Gestora. Corresponderá a la Dirección Administrativa - Financiera asumir las responsabilidades de la Unidad Financiera.

Unidad Gestora: Es la responsable de tramitar y gestionar a lo interno de RACSA el análisis y

evaluación de la propuesta de la asociación empresarial, coordinando con las áreas técnica, comercial, financiera y legal, según corresponda, todo lo necesario para realizar el estudio de pre-factibilidad, el caso de negocio y obtener el aval correspondiente, hasta la formalización del Acuerdo de Asociación Empresarial. Una vez formalizada la asociación empresarial, deberá trasladar el expediente a la Unidad Ejecutora del Proyecto. Corresponderá a la Dirección Nuevos Negocios e Innovación asumir las responsabilidades de la Unidad Gestora.