Artículo 13. Servicio posventa e información.
En la póliza consta al menos un número de teléfono, dirección física, y
un correo electrónico u otro medio de comunicación digital en los cuales la
aseguradora atiende consultas relacionadas con el producto.
La aseguradora también debe contar con un medio de contacto con el
tomador y asegurado, según corresponda, al cual deberá informar cualquier
situación relevante relacionada con el seguro.