Artículo 13. Servicio posventa e información.

En la póliza consta al menos un número de teléfono, dirección física, y un correo electrónico u otro medio de comunicación digital en los cuales la aseguradora atiende consultas relacionadas con el producto.

La aseguradora también debe contar con un medio de contacto con el tomador y asegurado, según corresponda, al cual deberá informar cualquier situación relevante relacionada con el seguro.