Artículo 17.- Del pago de Premios. El jugador registrará la forma de pago que desee, ya sea: que el pago se realice en efectivo, por transferencia bancaria, o bien, deposito en el monedero (en el caso que el mismo se habilite por parte de la Junta).

Los premios serán pagados al jugador mediante depósito en su cuenta bancaria, cuando haya registrado su cuenta IBAN activa y en colones en la Web Comercial de previo a la realización del sorteo.

Si el jugador desea matricular una cuenta IBAN diferente a la registrada inicialmente, deberá de actualizar los datos antes de cada sorteo, esta cuenta debe estar a nombre del mismo interesado, activa y en colones.

El depósito correspondiente al pago de premios será realizado en las 24 horas del día hábil siguiente a la realización del sorteo, salvo casos especiales debidamente justificados que imposibiliten el pago en este plazo.

En caso de que el jugador no registre una cuenta IBAN para el pago de los premios que obtenga, podrá apersonarse a las oficinas centrales de la Junta, los puntos de venta autorizados por esta o cualquier otro lugar que la misma autorice y disponga para el cambio y pago de premios. En estos casos el jugador debe presentarse con su cédula o documento de identidad vigente; o bien, remitir un correo electrónico a la dirección electrónica premiojpsenlinea@jps.go.cr, solicitando que se realice la respectiva transferencia del premio a una cuenta bancaria que registre para tales efectos.

Para el cambio de premios el jugador debe presentarse con su cédula o documento de identidad vigente, en buen estado de conservación que permita su identificación.

La Junta, se reserva el derecho de establecer otros métodos o dispositivos físicos o electrónicos para la identificación de la persona que realiza la compra de lotería y cambio de premios.

El monto máximo para el pago de premios en efectivo que se hará en las oficinas centrales de la Junta, será de cinco millones de colones, los montos superiores a esta suma, serán pagados mediante depósito en una cuenta bancaria a nombre del jugador que haya resultado ganador del premio.

Por razones de conveniencia y oportunidad, la Junta se reserva el derecho de modificar el límite máximo del monto para el pago de premios en efectivo. En caso de que se implemente el pago de premios a través del monedero, el jugador deberá registrar antes del sorteo, el monto que autorizará se le deposite a través del mismo, los montos superiores al registrado se pagarán según el medio registrado o en efectivo.

En caso de que el jugador no registre la opción de pago del monedero, se realizará el pago en efectivo o por transferencia.